Ayudas asociaciones de alumnos 2018

  • Plazo: 16 de noviembre, veinte días naturales. Publicación BOE 27-10-18.
  • Objeto: financiar las actividades de las confederaciones, federaciones y asociaciones de alumnos, sufragando los gastos necesarios para la realización de dichas actividades.
  • ANEXO I: Programa de actividades a realizar por parte de confederaciones, federaciones y asociaciones de alumnos para el año 2018
  • ANEXO II:  Relación de Asociaciones de Alumnos incritas y en funcionamiento en la Federación.
  • ANEXO III: Relación de Federaciones/Asociaciones de Alumnos incritas y en funcionamiento en la Confederación.
  • ANEXO IV: Certificación pertenencia a Federación.

Modalidades

  • Confederaciones y federaciones de alumnos de ámbito estatal.
  • Confederaciones, federaciones y asociaciones de alumnos de ámbito no estatal, censadas en las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla.

Requisitos

Las ayudas se concederán para sufragar durante 2018, gastos derivados de actividades que contribuyan al cumplimiento de las finalidades establecidas en el artículo séptimo de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y en el Real Decreto 1532/1986.

Dotación

El total de ayudas asciende a 46.904,00 euros: Se destinarán hasta 46.376,00 euros a confederaciones y federaciones de alumnos de ámbito estatal y hasta 528,00 euros a confederaciones, federaciones y asociaciones de alumnos de ámbito no estatal, censadas en las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla.

Plazo solicitud.

  • La presentación de solicitudes se efectuará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Cumplimentación:

  • Será preceptivo hacerlo de forma telemática accediendo a la Oficina Virtual del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la siguiente dirección http://www.sede.educacion.gob.es. sección «Trámites y servicios»,

Alumnado-Reunion

Extracto de la Resolución de 16 de octubre de 2018, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para la realización de actividades por parte de confederaciones, federaciones y asociaciones de alumnos para 2018 (BOE 27-10-18)

Primero. Beneficiarios.

Las confederaciones y federaciones de alumnos de ámbito estatal constituidas de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1532/1986, de 11 de julio, cuyos fines se adecuen a lo dispuesto en la vigente normativa y se encuentren censadas conforme a lo dispuesto en la Orden de 27 de mayo de 1987, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado cuarto de la presente Resolución.

Las confederaciones, federaciones y asociaciones de alumnos de ámbito no estatal, censadas en el territorio de gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, constituidas de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1532/1986, de 11 de julio, cuyos fines se adecuen a lo dispuesto en la vigente normativa y se encuentren censadas conforme a lo dispuesto en la Orden de 27 de mayo de 1987, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado cuarto de esta Resolución.

Segundo. Objeto:

El objeto de la convocatoria es contribuir a financiar las actividades de las confederaciones, federaciones y asociaciones de alumnos, sufragando los gastos necesarios para la realización de dichas actividades.

Tercero. Base Reguladora:

Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, (BOE de 12 de mayo), de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto. Cuantía:

El importe de las ayudas es de hasta un máximo de 46.904,00 euros, de los que se destinarán hasta 46.376,00 euros a confederaciones y federaciones de alumnos de ámbito estatal, y hasta 528,00 euros a confederaciones, federaciones y asociaciones de alumnos de ámbito no estatal, censadas en las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla.

Quinto. Plazo de presentación de la solicitud.

La presentación de solicitudes se efectuará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente Extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de octubre de 2018.- El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Alejandro Tiana Ferrer.

Ver las bases reguladoras (BOE 12-05-2005)

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