Cantabria | Profesorado Técnico FP. Procedimientos Sanitarios y Asistenciales

Plazo: días 19 y 20 de enero

Resolución de 17 de enero de 2017, del Director General de Personal Docente y Ordenación Académica por la que se abre plazo para presentar ofrecimientos para nombramientos interinos de la especialidad de Procedimientos Sanitarios y Asistenciales (220), del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional (0591).


Habiéndose agotado la lista de aspirantes a nombramientos interinos para la especialidad de Procedimientos Sanitarios y Asistenciales, del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, e, igualmente, la lista procedente de la última convocatoria autonómica persiste la necesidad de cubrir puestos en régimen de interinidad de dicha especialidad docente.

Considerando el grave trastorno para el servicio educativo que supone la imposibilidad de sustituir las ausencias de los profesores de la especialidad de Procedimientos Sanitarios y Asistenciales en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, se estima procedente acudir al procedimiento previsto en el artículo 21.10 de la Orden ECD/80/2013, de 3 de julio (BOC del 15 de Julio), que regula la provisión de empleo docente interino en los centros docentes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

En consideración a lo expuesto, esta Dirección General resuelve:

  1. Abrir  plazo, desde las 9:00 horas del día 19 de Enero de 2017, hasta las 23:59 horas del día 20 de Enero de 2017, para que los interesados puedan presentar ofrecimientos para ser funcionarios interinos del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Especialidad de Procedimientos Sanitarios y Asistenciales. Dichos interesados tendrán que tener una disponibilidad inmediata.
  2. De conformidad con lo expuesto en el artículo 21.10 de la Orden ECD/80/2013, de 3 de julio, los nombramientos interinos se otorgarán a los primeros aspirantes que se ofrezcan y reúnan todos los requisitos exigidos. A tal efecto, los interesados presentarán la solicitud cumplimentada a través del formulario electrónico habilitado en el portal Educativo www.educantabria.es.
  3. Para garantizar la privacidad de los datos y la no interferencia en los mismos, se establece que la grabación de la solicitud por este medio, será a través de usuario y contraseña, que será elegida por el aspirante, a través del procedimiento establecido en el Portal Educativo de esta Consejería de Educación, Cultura y Deporte. Se cumplimentará de acuerdo a las instrucciones que proporciona la aplicación.
  4. Los interesados en ofrecerse deberán reunir los requisitos generales y específicos señalados en la base 2 de la Orden ECD/48/2015, de 9 de abril, (BOC del 17 de abril), que establece las bases y convoca procedimientos selectivos para el ingreso y accesos a cuerpos docentes, así como para la adquisición de nuevas especialidades, y se efectúa la convocatoria para la elaboración de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en dichos cuerpos, así como contar con alguna de las titulaciones que se recogen en el Anexo I de la Orden ECD/80/2013, de 3 de julio, para la presente especialidad, a tal efecto, en la solicitud de admisión, el interesado declara responsablemente, reunir los requisitos y mérito, en su caso, exigidos en la convocatoria, sin necesidad de presentar documentación alguna.
  5. Los interesados, en el momento en que sean llamados para formalizar un nombramiento, deberán presentar,  los siguientes documentos, a efectos de acreditar lo declarado responsablemente en la solicitud:
  • Título académico necesario para el desempeño del puesto y la especialidad, que, de acuerdo con el Anexo I de la Orden ECD/80/2013, de 3 de julio, son:
  • DNI en vigor, o documento que acredite su nacionalidad en el caso de aspirantes nacionales de un estado miembro de la UE que no posean la nacionalidad española. Los aspirantes que no sean nacionales de un estado miembro de la UE, pero reúnan los requisitos para el ingreso en el cuerpo docente a que se refiere esta convocatoria, deberán remitir, además, su permiso de residencia.
  • Licenciado o título de grado equivalente en:
    • – Medicina
    • – Farmacia
    • – Biología
    • – Bioquímica
    • – Ciencias y Tecnología de los Alimentos
    • – Odontología
    • – Veterinaria
  • Diplomado en Enfermería
  • Título oficial de máster universitario en formación del profesorado o título equivalente.
  • Formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia no pueden realizar los estudios de máster.
  • Documentación acreditativa de la exención de la prueba previa de acreditación del conocimiento del castellano para los aspirantes que no posean la nacionalidad española y cuyos estados no tengan como lengua oficial el castellano, de conformidad con lo dispuesto en la base 6, apartado 6.1 de la Orden ECD/48/2015, de 9 de abril, o los aspirantes cuyo título alegado para ingresar en el Cuerpo correspondiente haya sido emitido y realizado en el Estado Español, así como aquellos cuya lengua oficial de origen sea el castellano o hayan superado esta prueba en convocatorias anteriores.
    1. Los llamamientos por este procedimiento sólo se efectuarán siempre y cuando no existan aspirantes a interinidades disponibles en las listas definitivas publicadas para el curso 2016/2017 del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de Procedimientos Sanitarios y Asistenciales.
    2. Por este procedimiento, aquella persona a la que se le haya formalizado nombramiento para cubrir una necesidad, se incorporará a la lista de aspirantes a nombramientos interinos de la especialidad
    3. Una vez cubiertas las necesidades, el resto de ofrecimientos, por orden de presentación de solicitudes, podrán utilizarse, para cubrir necesidades futuras a lo largo del curso 2016/2017, sin que en ningún caso suponga incorporación a la lista de aspirantes a interinos de la especialidad, sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 5 y 6 de esta resolución. A estos efectos, se entiende por orden de presentación, la fecha y hora de cierre de la solicitud.
    4. Los nombramientos derivados de este procedimiento, se publicarán en la página de educantabria, en la Resolución semanal por la que se adjudican los destinos para puestos de interinidad.

Santander, 17 de Enero de 2017

EL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL DOCENTE Y ORDENACIÓN ACADÉMICA

 

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