Cobro verano: El tribunal Supremo da la razón al profesorado interino

La sentencia del Tribunal Supremo reconoce el derecho al cobro del verano y a su reconocimiento como antigüedad y considera ilegal el cese del profesorado interino para luego volverlo a contratar en septiembre.

STECyL-i

El fallo del alto tribunal se funda en el principio de “a igual trabajo igual salario”, que es el fundamento de la Directiva 1999/70 CE, desde la que se viene ejerciendo una fuerte presión por parte del Tribunal de Justica de la Unión Europea (TJUE) hacia las administraciones españolas por realizar contratos y nombramientos de empleados públicos en fraude de ley. No es de recibo que trabajando el mismo tiempo el funcionariado interino que el de carrera, se vea privado del cobro del periodo estival.

La sentencia del Tribunal Supremo recoge la misma línea jurídica esgrimida por la asesoría jurídica de STECyL-i, en especial que la administración no puede esgrimir limitaciones presupuestarias coyunturales para negar derechos económicos a una parte de sus empleadas y empleados, en este caso el profesorado interino.

Al mismo tiempo, la sentencia señala los perjuicios que esta práctica, que desde STECyL-i hemos denunciado en repetidas ocasiones, suponen para los afectados como la privación de retribuciones en los meses de julio y agosto, la disminución proporcional del número de días de vacaciones retribuidas, así como la incidencia en la cotización a la Seguridad Social y las consecuencias derivadas de ellas.

La Consejería de Educación de Castilla y León sigue ofertando sustituciones al inicio del curso escolar que se prorrogan durante todo el curso y que podrían ser consideradas vacantes a todos los efectos. El cese del profesorado interino en verano causa graves perjuicios también en los centros, sobre todo en Secundaria y Bachillerato puesto que no pueden realizar las evaluaciones extraordinarias de septiembre.

STECyL-i viene reclamando a la Junta de Castilla y León, desde su supresión en el año 2012, no solo el reconocimiento administrativo del tiempo trabajado sino también las retribuciones derivadas de ese periodo que sólo perciben quienes ocupan una vacante anual.

Desde STECyL-i ya iniciamos en junio de 2017 una campaña entre nuestra afiliación para  reclamar el cobro del periodo de verano.

La sentencia del Tribunal Supremo, así como el posicionamiento de Juliane Kokott, abogada general del TJUE, a favor de las pretensiones de nuestro sindicato hermano en Castilla-La Mancha (STE-CLM) que el 31 de mayo compareció en dicho tribunal en defensa del profesorado interino castellano-manchego, hacen que desde STECyL-i nos reafirmemos en nuestras posiciones.

Ahora tras la publicación de esta sentencia STECyL- i exige a la Consejería de Educación:

  • Que se vuelva a la situación anterior a los recortes, volviendo a pagar al profesorado interino sustituto los meses de julio y agosto cuando hayan trabajado cinco meses y medio en un curso.
  • Que los contratos de sustitución no se cierren a 30 de junio, sino que se amplíen hasta septiembre para que el mismo profesor que ha dado clase a un grupo sea quien lo examine con el fin de asegurar la calidad de la enseñanza.

Desde STECyL-i continuamos con nuestra campaña de demandas para el profesorado interino que se encuentra en esta situación y animamos a todo el profesorado interino de Castilla y León que no cobró el verano de 2013, 2014 y 2015 a sumarse a nuestra campaña.

Tanto el Tribunal Supremo, como la previsible sentencia del TJUE han allanado el camino del profesorado interino.

El Secretariado Federal de STECyL-i, 14 de junio de 2018

Animamos a todo el profesorado interino de Castilla y León que no cobró el verano de 2013, 2014 y 2015 a sumarse a nuestra campaña demandando a la administración en los tribunales. Tanto el Tribunal Supremo, como la previsible sentencia del TJUE han allanado el camino del profesorado interino.

Comunicado STECyL-i sobre el Cobro del Verano del personal interino y la Sentencia del Tribunal Supremo (formato pdf)

https://stecyl.net/wp-content/uploads/2018/06/180614-Comunicado-STECyL-Cobro-Verano-Interinidades-Sentencia-TS.docx

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