Concedidas ayudas al estudio alumnado universitario CyL

Becas por residencia y por renta para alumnado que estén matriculados en segundo y posteriores


ORDEN EDU/524/2015, de 22 de junio, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas al estudio para alumnos de segundo y posteriores cursos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2014-2015 y hayan resultado beneficiarios de las ayudas convocadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte mediante Resolución de 28 de julio de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades.

Mediante la Orden EDU/211/2015, de 17 de marzo («B.O.C. y L.» n.º 55, de 20 de marzo) se convocaron ayudas al estudio para alumnos de segundo y posteriores cursos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2014-2015 y hayan resultado beneficiarios de las ayudas convocadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte mediante Resolución de 28 de julio de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades.

 


Examinadas las solicitudes presentadas y vista la propuesta del Director General de Universidades e Investigación, previo informe de la Comisión de Selección constituida a tal efecto, y de conformidad con lo establecido en el apartado noveno de la citada orden,

RESUELVO

Primero.– Conceder ayudas económicas a los solicitantes que figuran en el Anexo I (a, b) en la cuantía que para cada uno se detalla, con cargo a la aplicación presupuestaria 07.04.322B01.48068.0, por el siguiente importe para cada modalidad de ayuda:

  • a) Residencia para alumnos que estén matriculados en segundo y posteriores cursos: 298.500 €.
  • b) Renta: 275.450 €.

Segundo.– Desestimar el resto de solicitudes presentadas por las causas que, para cada solicitante, se detallan mediante códigos en el Anexo II.

Tercero.– El significado de cada uno de los códigos se determina en el Anexo III.

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 22 de junio de 2015.

El Consejero, Fdo.: Juan José Mateos Otero

Ver listados en los anexos

Comparte:

También te podría gustar...

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.