Constitución de la organización «El Sindicato Ferroviario-Intersindical de Castilla y León» (SF-I CyL)

¡¡ Bienvenidos compañerxs !!

SF-Intersindical-CyL-1200

El Sindicato Ferroviario es absolutamente independiente de las Instituciones públicas y/o privadas, Partidos políticos y de cualquier otra organización o entidad, constituyéndose en base a sus propios principios.

El Sindicato tiene por principal objeto la defensa de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras y la reivindicación de constantes mejoras en las condiciones de trabajo de los mismos entendiendo que la fuerza de la persona trabajadora manual y/o intelectual, en condiciones de igualdad y progreso, es el bien más defendible junto con la defensa de los valores de libertad, igualdad y justicia.

No le son ajenos, sino que se constituyen como fines propios del Sindicato, la defensa de los derechos humanos, los derechos sociales, los derechos fundamentales, las libertades públicas e individuales y todo aquello que afecte a las personas trabajadoras como clase, en la perspectiva de la supresión de toda opresión.

  • Defiende los intereses profesionales, laborales y sociales de los trabajadores y trabajadoras en todos los ámbitos del ferrocarril
  • Defiende los Servicios Públicos, al servicio de la sociedad y gestionados democráticamente. Defiende los valores ecologistas y la conservación del medio ambiente.
  • Defiende la cultura y las lenguas propias de cada nación, nacionalidad, comunidad autónoma o región. Mantiene de forma activa la solidaridad con los pueblos que luchan por su libertad y con los trabajadores y trabajadoras perseguidos por el ejercicio de sus derechos sindicales y democráticos. Trabaja por la defensa de la paz, los derechos de los pueblos, la igualdad entre las razas y los sexos, defiende la pluralidad y la tolerancia y practica la Solidaridad Internacional.
  • Trabaja por la abolición del sexismo en la sociedad. Lucha por la igualdad real entre mujeres y hombres, por erradicar cualquier discriminación que las mujeres sufran por razón de sexo y por erradicar la discriminación por orientación sexual, defendiendo la no discriminación en el empleo y en el ámbito laboral por orientación o identidad sexual.
  • Incorpora en su acción sindical cotidiana la perspectiva feminista, e impulsa que las afiliadas participen en todas las actividades y órganos del sindicato, potenciando la organización de las mujeres, con el fin de abordar la problemática específica de las mismas.
RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2018, de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, por la que se anuncia el depósito de constitución de la organización denominada «El Sindicato Ferroviario-Intersindical de Castilla y León», en siglas SF-I CyL, depósito número 78100006.

Vista la solicitud de depósito de constitución de la citada organización que fue formulada por D. José Fernández Soutiño, que tuvo entrada en este Centro Directivo el 27 de febrero de 2018, y fue tramitado con el número 78/2018/000025.

Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por D. José Fernández Soutiño, D.ª María Amor Llorente de la Fuente y D.ª María del Camino Rodríguez Bravo.

Se indica que el domicilio de la organización se fija en la calle Victoria s/n, edificio RENFE-Material Remolcado Planta 2.ª, de Miranda de Ebro, (Burgos), su ámbito territorial es Autonómico y el funcional es el establecido en el artículo 11 de sus estatutos.

De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, (B.O.E. de 8 de agosto de 1985), en el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, y el Decreto 42/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, esta Dirección General

ACUERDA

Admitir el depósito de constitución de la citada organización.

Disponer la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de Castilla y León y su exposición en el tablón de anuncios de esta Dirección General, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo en este Centro Directivo, (sito calle Francisco Scrimieri, n.º 3), siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).

Valladolid, 27 de febrero de 2018.

La Directora General de Trabajo

y Prevención de Riesgos Laborales, Fdo.: Amparo Sanz Albornos

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