Creación, supresión y modificación Centros

  • Se crea Colegio Carbajosa (Salamanca)
  • Se suprime Adultos Cistierna (León)
  • Cambio cabecera CRA Serrezuela (Ávila)

ACUERDO 58/2014, de 26 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se crean, modifican y suprimen centros públicos educativos.

La planificación general en materia de enseñanza no universitaria y la previsión de necesidades para el próximo curso escolar, junto con la necesidad de racionalizar el uso de los recursos públicos, conjugando los objetivos de mejorar la calidad y eficiencia del sistema educativo, obligan a la toma de decisiones que afectan a los centros públicos educativos y que se materializan en el presente acuerdo.

En el ámbito de la educación infantil y primaria, el incremento en la demanda de puestos escolares en Carbajosa de la Sagrada (Salamanca), unido al esfuerzo inversor realizado por esta Administración, hacen posible la creación de un nuevo colegio en la citada localidad. Por otro lado, se hace necesario el cambio de cabecera del Colegio Rural Agrupado «La Serrezuela» de Diego Álvaro (Ávila).

En la educación de personas adultas se precisa la supresión del Aula de Cistierna (León), una vez que las previsiones para el próximo curso escolar constatan que no existe alumnado para su puesta en funcionamiento.

El artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece que la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Educación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de junio de 2014, adopta el siguiente

ACUERDO:

Primero.– Centros de educación infantil y primaria.

1. Se crea el Colegio de Educación Infantil y Primaria «Nuevo Carbajosa» (código: 37013781) de Carbajosa de la Sagrada (Salamanca).

2. Se cambia la cabecera del Colegio Rural Agrupado «La Serrezuela» (código: 05001730) de Diego Álvaro (Ávila), a la localidad de Santa María del Berrocal (Ávila).

Segundo.– Aula de educación de personas adultas.

Se suprime el Aula de educación de personas adultas de Cistierna (León) (código: 24018672).

Tercero.– Cese del centro suprimido y finalización del mandato de sus actuales órganos de gobierno.

El centro público suprimido en virtud de lo establecido en el presente acuerdo, causará baja en el Registro de centros docentes de la Comunidad de Castilla y León al término de este curso 2013/2014.

Cuarto.– Nombramiento de director y constitución del consejo escolar.

1. En el centro público creado en virtud del presente acuerdo, el nombramiento del director se efectuará de acuerdo con lo establecido en el artículo 137 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

2. La constitución del consejo escolar en dicho centro, se realizará una vez se haya desarrollado el procedimiento de elección de los representantes de los distintos sectores de la respectiva comunidad educativa, de acuerdo con la normativa vigente.

Quinto.– Ejecución.

Se faculta al Consejero de Educación para adoptar las medidas necesarias para la ejecución de lo dispuesto en el presente acuerdo.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Castilla y León, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 26 de junio de 2014.

El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo

El Consejero de Educación, Fdo.: Juan José Mateos Otero

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