Decepcionante el anuncio de las medidas del nuevo ministro de educación

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PROPONE MEDIDAS INSUFICIENTES DE RECUPERACIÓN DE LAS CONDICIONES EDUCATIVAS DE LOS CENTROS

STEs_intersindical_400

El ministro de Educación Íñigo Méndez de Vigo ha declarado ayer, en el Fórum Nueva Economía, su intención de presentar al Senado una enmienda al proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2016, que modifique el artículo 4 del Real Decreto-Ley 14/2012, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo, con la finalidad de acelerar las sustituciones del profesorado de baja, que no se pueden realizar hasta pasados diez días.

El anuncio ministerial, de ponerse en marcha, no sería realidad hasta el próximo año, con la aplicación normativa de los Presupuestos Generales, fecha en que un nuevo gobierno central habrá tomado posesión tras las próximas elecciones. Además, la propuesta no deja de ser un parche a las graves dificultades de organización y funcionamiento que este ejecutivo ha impuesto con su política de recortes.

En efecto, en realidad sólo supone una solución parcial a la problemática de las bajas docentes, dado que reduce su aplicación sólo a los centros rurales de una línea, a la Educación Especial, a las bajas maternales y al profesorado de Bachillerato a partir del segundo trimestre académico.

En resumen, un remiendo electoralista más del efímero ministerio de Méndez de Vigo.

STEs-intersindical insiste en que sólo es posible revertir los recortes educativos con la derogación del RDL 14/2012 y de la misma LOMCE, para lo cual es necesario un cambio en el gobierno del estado.

Secretariado de la Confederación de STEs-i
octubre de 2015

Artículo 4. Sustitución de profesores.
En los centros docentes públicos, el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de los profesores titulares se producirá únicamente cuando hayan transcurrido diez días lectivos desde la situación que da origen a dicho nombramiento. El período de diez días lectivos previo al nombramiento del funcionario interino deberá ser atendido con los recursos del propio centro docente.
Real Decreto-Ley 14/2012, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo
Comparte:

También te podría gustar...

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.