Instrucción Medidas de apoyo Secciones Bilingües

INSTRUCCIÓN DE 4 DE ENERO DE 2006, POR LA QUE SE ESTABLECEN MEDIDAS DE APOYO A LOS CENTROS PÚBLICOS QUE RESULTEN AUTORIZADOS POR APLICACIÓN DE LA ORDEN EDU/6/2006, DE 4 DE ENERO, POR LA QUE SE REGULA LA CREACIÓN DE SECCIONES BILINGÜES EN CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.

La Consejería de Educación ha establecido el marco normativo que permite el desarrollo de proyectos bilingües en centros de enseñanza no universitaria sostenidos con fondos públicos. Así, la Orden EDU/6/2006, de 4 de enero, por la que se regula la creación de secciones bilingües en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, establece los requisitos que han de reunir los centros con el fin de garantizar la adecuación de los proyectos bilingües de los centros a los objetivos de estas enseñanzas, así como el procedimiento que han de seguir los centros que voluntariamente deseen obtener esta autorización.

En su disposición adicional tercera, la Orden EDU/6/2006, establece que “los centros autorizados, en función de sus características, recibirán de la Administración Educativa los recursos necesarios para el desarrollo de su proyecto de sección bilingüe”. Asimismo, en su disposición final primera, se faculta a los Directores Generales de Planificación y Ordenación Educativa, de Formación Profesional e Innovación Educativa, de Infraestructuras y Equipamiento y de Recursos Humanos para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de lo establecido en la presente Orden.

Por tanto, en desarrollo de las citadas previsiones normativas, y con el fin de propiciar el desarrollo de los proyectos bilingües en los centros públicos se dicta la presente

INSTRUCCIÓN

Primera.- Objeto y ámbito de aplicación.

Lo previsto en la presente instrucción será de aplicación a los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria y a los Institutos de Educación Secundaria que sean autorizados como secciones bilingües según el procedimiento establecido en la Orden EDU/6/2006, de 4 de enero.

Segunda.- Medidas específicas de apoyo a los centros autorizados

Los centros públicos autorizados como secciones bilingües recibirán las siguientes medidas específicas de apoyo:

  • Incremento de la plantilla del centro en un maestro con competencia bilingüe y/o un auxiliar de conversación, en función de las características del centro, que contribuirá al desarrollo del proyecto.
  • Incremento del presupuesto de gastos de funcionamiento.
  • Formación específica para el profesorado participante en los proyectos de secciones lingüísticas. Este profesorado tendrá prioridad para acceder a las acciones de formación que, en materia de inmersión lingüística, metodología u otras cuestiones relacionadas con la enseñanza bilingüe, se organicen por la Administración educativa.
  • Fomento de la participación en proyectos e intercambios de carácter internacional.
  • Certificación del nivel de competencia lingüística de los alumnos que hayan cursado un determinado nivel educativo en una sección bilingüe. Para la obtención de esta certificación será imprescindible la realización de una prueba en los términos que se determinen.
  • Aquellas otras que se consideren necesarias para el desarrollo del proyecto bilingüe.

Tercera.- Coordinador de la sección.

Los centros autorizados como secciones bilingües contarán con un coordinador, que será preferentemente, el profesor de lengua extranjera. Será el responsable, junto con el equipo directivo, de la coordinación del programa en el centro, con las siguientes funciones:

  1. Coordinación del equipo de profesores que participan en el desarrollo proyecto.
  2. Revisión de las programaciones y las memorias.
  3. Coordinación y participación en la elaboración de materiales curriculares específicos.
  4. Organización y gestión de la participación en proyectos relacionados con la sección bilingüe.
  5. Supervisión de la labor del auxiliar de conversación, en su caso.
  6. Todas aquellas otras que resulten necesarias para el adecuado desarrollo del programa.

El desempeño de las funciones de coordinación comportará una reducción de hasta tres periodos lectivos semanales.

Cuarta.- Profesorado.

  1. Para garantizar la estabilidad del proyecto bilingüe, el profesorado implicado en el mismo deberá tener preferentemente destino definitivo en el centro.
  2. Los profesores que se incorporen al proyecto deberán comprometerse de forma expresa a impartir, al menos un ciclo completo en Educación Primaria. En caso de traslado, se podrán establecer comisiones de servicio específicas para este tipo de programas.
  3. Para poder desempeñar las funciones descritas en el artículo 11.4 de la Orden EDU/6/2006, el profesorado que imparta docencia bilingüe contará con una reducción de hasta dos periodos lectivos a la semana.
  4. La Consejería de Educación procurará que las vacantes que se produzcan de especialidades vinculadas a la sección bilingüe se cubran con profesorado con la debida competencia lingüística, por el siguiente orden de prioridad:

1.- Funcionarios docentes de la especialidad, en comisión de servicios.

2.- Funcionarios docentes que, sin ser de la especialidad, acrediten la titulación necesaria.

3.- Profesores interinos que pertenezcan a la bolsa de empleo de la especialidad correspondiente.

La imposibilidad de encontrar profesorado cualificado podrá dar lugar a la revocación de la autorización del centro como sección bilingüe.

  1. El profesorado participante podrá presentar su renuncia motivada, siempre que se garantice la continuidad del proyecto. Igualmente, se podrá apartar del proyecto al profesorado de la sección bilingüe que no cumpla con sus responsabilidades en el proyecto. En todo caso, se requerirá para ello informe preceptivo de la Inspección de Educación.

Valladolid, 4 de enero de 2006.

EL DIRECTOR GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y ORDENACIÓN EDUCATIVA

Fdo.: Javier Serna García

EL DIRECTOR GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL E INNOVACIÓN EDUCATIVA

Fdo.: Marino Arranz Boal

EL DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTO

Fdo.: Álvaro Valentín Mateo

LA DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Fdo.: Rocío Lucas Navas

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