Valoración Stecyl-i. Permiso Parcialmente Retribuido. (Año Sabático) Curso 2017/2018

Resolución Permisos parcialmente retribuidos (Año sabático) Curso 17/18

  • Concedidos ciento trece nuevos permisos parcialmente retribuidos en la convocatoria de 2017, encadenando cuatro cursos en los que se superan la cifra de cien.  El próximo curso comenzarán a “fabricarse” su año sabático, que disfrutarán el curso 2021/22.
  •  Sobre 118 solicitudes presentadas, se han estimado 39 en el cuerpo de maestros y 74 de los cuerpos de secundaria.

Grafico-Sabatico-2007-1017

RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se resuelve la concesión de permisos parcialmente retribuidos para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, convocados por la Orden EDU/216/2017, de 21 de marzo.

 

Mediante la Orden EDU/216/2017, de 21 de marzo, se convocaron, para el curso escolar 2017/2018, permisos parcialmente retribuidos para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, y asimismo, se delegó la competencia para su resolución, así como para la revocación y aceptación de la renuncia a los permisos concedidos.

Una vez examinadas por la comisión de selección las solicitudes presentadas, y elevada propuesta de resolución, de conformidad con el apartado octavo.1 de la citada orden de convocatoria,

RESUELVO

Primero.– Permisos concedidos.

Conceder el permiso parcialmente retribuido, convocado por la Orden EDU/216/2017, de 21 de marzo, a partir del curso 2017/2018, a los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, recogidos en el Anexo I.

Segundo.– Permisos desestimados.

Desestimar las solicitudes del permiso que aparecen en el Anexo II, con indicación de la correspondiente causa.

Tercero.– Características y compatibilidad.

1. De conformidad con lo establecido en el apartado segundo de la Orden EDU/216/2017, de 21 de marzo, el permiso se concede para un período de cinco cursos escolares consecutivos, prestando los beneficiarios los servicios correspondientes a jornada completa a lo largo de los cuatro primeros cursos y disfrutando del permiso a lo largo del quinto curso escolar. Este permiso no podrá ser interrumpido, fraccionado o aplazado. Durante los cinco cursos escolares citados, el funcionario percibirá el ochenta y cinco por ciento de las retribuciones que le corresponderían por el desempeño de sus funciones.

El período de cinco años en el que se enmarca el permiso comenzará al inicio del curso escolar 2017/2018.

Los funcionarios, durante el curso escolar en el que disfruten del permiso parcialmente retribuido, permanecerán en situación de servicio activo, conservando, en su caso, el destino definitivo. Igualmente, dicho período les será computable a efectos de antigüedad y derechos pasivos.

2. Según se dispone en el apartado noveno de la Orden EDU/216/2017, de 21 de marzo, la concesión del permiso parcialmente retribuido será compatible con el disfrute de las licencias establecidas en el artículo 62.1 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y con los permisos aplicables en la normativa vigente que no supongan reducción de retribuciones. No obstante, será incompatible con la concesión de licencias por estudios convocadas por la Consejería de Educación.

Cuarto.– Seguimiento.

A tenor de lo indicado en el apartado undécimo de la Orden EDU/216/2017, de 21 de marzo, las direcciones provinciales de educación velarán por el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en la Orden EDU/216/2017, de 21 de marzo, por parte de los beneficiarios, durante todo el período en el que se enmarca el permiso parcialmente retribuido.

Quinto.– Cargo unipersonal.

Con arreglo a lo establecido en el apartado tercero.1 d) de la Orden EDU/216/2017, de 21 de marzo, los beneficiarios de esta medida que estuvieren desempeñando cargo unipersonal de gobierno en centros docentes durante el cuarto curso de aplicación de la medida, deberán presentar en el mes de julio de ese año el compromiso de abandono o no renovación del cargo directivo.

Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de le Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 30 de junio de 2017.

El Director General de Recursos Humanos, (P.D. Orden EDU/216/2017, de 21 de marzo) Fdo.: Jesús Manuel Hurtado Olea

ORDEN EDU/216/2017, de 21 de marzo, por la que se convocan, para el curso escolar 2017/2018, permisos parcialmente retribuidos para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, y se delega la competencia para su resolución, así como para la revocación y aceptación de la renuncia, a los permisos concedidos. (BOCYL de 29-mar-2017)

Plazo de presentación de solicitudes: Del 30 de marzo al 29 de mayo de 2017 (ambos incluidos).

Solicitud de permiso parcialmente retribuido:  Documento PDF Anexo (166.8 KB) (1 página) 

 

Las solicitudes pueden presentarse de manera presencial o bien de forma electrónica en el siguiente enlace:

img-tramita-cyl_ 2

Características y condiciones del permiso (ver Apartado Segundo de la Orden):

  • Se convoca, para el curso escolar 2017/2018, la concesión de 200 permisos parcialmente retribuidos .

  • Se enmarcan en un período de cinco cursos escolares consecutivos, en los que durante los cuatro primeros cursos los beneficiarios prestarán los servicios correspondientes a jornada completa, impartiendo docencia directa en los centros y sin perjuicio de los supuestos de compatibilidad previstos en el apartado noveno de la Orden, en tanto que el quinto disfrutarán del permiso. En ningún caso el período de duración de esta medida podrá superar los cinco cursos. El disfrute del permiso durante el último curso escolar no podrá ser interrumpido, fraccionado o aplazado.

  • Durante los cinco cursos escolares el funcionario percibirá el ochenta y cinco por ciento de las retribuciones que le corresponderían por el desempeño de sus funciones.

  • El periodo de permiso será computable a efectos de antigüedad y derechos pasivos.

  • El periodo de cinco años comenzará al inicio del curso escolar 2017/2018 .

Requisitos (Ver apartado Tercero de la Orden):

a) Ser funcionario de carrera, en situación de servicio activo, de cualquiera de los cuerpos docentes que imparten enseñanzas escolares en los centros públicos no universitarios dependientes, orgánica y funcionalmente, del ámbito de gestión de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, con al menos siete años de antigüedad.

b) Impartir docencia directa en dichos centros, durante los primeros cuatro cursos de los que consta el permiso.

c) No estar incurso en la tramitación de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave, o cumpliendo sanción con motivo del mismo, ni haber sido sancionado por falta grave o muy grave en los siete últimos años.

d) No desempeñar cargo unipersonal de gobierno durante el último curso del permiso, exigiéndose un compromiso de abandono o no renovación del cargo directivo en el mes de julio del año anterior al de disfrute del permiso.

e) No tener cumplidos cincuenta y cinco años o más a 31 de agosto de 2017.

f) No estar incurso en la tramitación de un expediente de incapacidad.

Los requisitos indicados en las letras a), c) y f) del punto 1 deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el tiempo que dure el permiso.

STECyL-i valora positivamente la aceptación entre el profesorado de la Comunidad de esta modalidad de permiso que hace compatible el disfrute de un permiso para los docentes y el reparto de empleo.

El día 12 de julio  se ha publicado en el BOCyL la RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se resuelve la concesión de permisos parcialmente retribuidos para los funcionarios de carrera que imparten enseñanzas no universitarias en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, convocados por la Orden EDU/216/2017, de 21 de marzo por la que se convocaron para el curso escolar 2017/2018, estos permisos parcialmente retribuidos.

Sobre 118 solicitudes presentadas, se han estimado 39 en el cuerpo de maestros y 74 de los cuerpos de secundaria. Se desestiman  cinco por no cumplir alguno de los requisitos, años de servicio, por lo que se conceden 113. Con esta undécima convocatoria de este permiso, son ya casi mil (986)  los permisos concedidos: en el cuerpo de maestros 332 y en los cuerpos de secundaria 654. Como curiosidad informamos de que, a lo largo de estas ya 11 convocatorias, cerca de cien personas han repetido solicitud.

Desde STECyL-i hemos venido insistiendo en plantear algunas mejoras a esta convocatoria que nacía en noviembre de 2006 para el curso 2007/2008. Nos referimos a modificaciones en materia de compatibilidad y en materia de flexibilidad en el curso del disfrute (en vez del quinto curso, pudiera hacerse desde el tercero, por ejemplo). Entendemos que ello evitaría algunas renuncias y revocaciones que se producen. De momento la Consejería de Educación no ha accedido a nuestras peticiones, por lo que volveremos a proponer en la Mesa Sectorial mejoras negociadas a esta modalidad de permiso ya asentada y que tiene tan buena aceptación entre el profesorado de nuestra Comunidad.

El Permiso Parcialmente retribuido (Año sabático) es uno de los logros del Acuerdo de mejora de las condiciones laborales y profesionales del personal docente, de 19 de mayo de 2006, impulsado por STEs y firmado por todos los sindicatos docentes en la Mesa Sectorial de Educación de Castilla y León. Se trata de un tipo de permiso que se convoca cada curso escolar desde el 2007/2008 y al que puede acogerse con carácter voluntario el profesorado de los centros públicos de Infantil, Primaria y Secundaria de nuestra región.

Cuando los STEs impulsaron esta medida el objetivo de esa reivindicación era (y es) contribuir a la mejora de las condiciones laborales y de salud del profesorado (oxigenación frente al agotamiento emocional) y de la calidad de la enseñanza, a la vez que favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y fomentar el empleo en la enseñanza. El profesorado en permiso parcialmente retribuido es sustituido con lo que fomenta otros tantos contratos de vacante anual. Se puede decir que se trata de una fórmula en la línea del modelo de reparto del empleo y que no es gravosa para las arcas públicas. En una profesión con una cada vez mayor exigencia esta medida apuesta por dar pasos efectivos en la regulación de esta vieja aspiración de los docentes. Llama la atención que de los más de 500 solicitantes que se han acogido hasta la fecha a este permiso, dos terceras partes son de las etapas de secundaria.

¿QUÉ ES EL PERMISO PARCIALMENTE RETRIBUIDO o “AÑO SABÁTICO”?

Este permiso, denominado oficialmente “Permiso parcialmente retribuido” y conocido popularmente como “Año sabático”, se convoca anualmente (cada curso escolar) con una Orden. Su regulación  contempla el mismo modelo de permiso que el acordado otras CCAA: se enmarca en un periodo de cinco cursos escolares consecutivos; durante los cuatro primeros se trabaja a jornada completa, cobrando el 85% de la nómina y durante el quinto curso se disfruta del permiso (no se trabaja), percibiendo el mismo porcentaje. Este quinto curso de permiso cuenta como en «servicio activo», conservando el destino definitivo y computando a efectos de antigüedad y derechos pasivos. Económicamente significa que el propio docente se financia el 60% y la Consejería aporta un 25% de las retribuciones del año sabático. En el resto de Comunidades la aportación de las respectivas Consejerías es del 20%.

Cada curso escolar se publica la Orden de Convocatoria y una Orden de resolución. En la Orden de convocatoria se recogen los requisitos, nº de permisos (hasta un máximo de 200), criterios de selección, supuestos de compatibilidad e incompatibilidad, así como los de revocación y renuncia.  La última, la Orden EDU/216/2017, de 21 de marzo por la que se convocaron para el curso escolar 2017/2018 estos permisos parcialmente retribuidos, en la que han sido estimadas 113 solicitudes, como hemos señalado.

Así se exige en esencia una antigüedad como funcionario de carrera docente de siete años, no tener cumplidos 55 años o más a 31 de agosto del curso en el que se convoca e impartir docencia directa durante los cuatro cursos previos al disfrute del año sabático. Se trata de un permiso para la libre disposición del profesor/a que se acoja a él. Su disfrute no está condicionado a la realización de tareas concretas (realización de estudios, cuidado de familiares…). Quienes se beneficien del permiso podrán libremente dedicar el tiempo a lo que deseen: ocio, viajar, trabajar en una ONG’s, leer, o estudiar, conciliar su vida familiar,… o simplemente descansar. Se podrá desistir de la solicitud hasta el momento en que se haga pública la relación de solicitantes seleccionados. La Orden establece también los supuestos de compatibilidad e incompatibilidad. Este permiso es incompatible con la reducción de jornada, con excedencias, con licencias por estudio y con la realización de cualquier actividad remunerada durante el quinto año. Así mismo se establecen los casos de revocación y renuncia. La revocación y renuncia aceptada (durante los primeros cuatro cursos) del permiso conllevará la extinción del mismo y la regularización de las retribuciones devengadas y de las consiguientes cotizaciones sociales y retenciones fiscales, desde que se inició el permiso.

Federación STECyL-i, julio de 2017.

Grafico-Sabatico-2007-1017

ANEXO I

RELACIÓN DE PERMISOS PARCIALMENTE RETRIBUIDOS CONCEDIDOS, PARA EL CURSO 2017/2018, CONVOCADOS POR ORDEN EDU/216/2017, DE 21 DE MARZO

PROVINCIA APELLIDOS NOMBRE CUERPO DOCENTE
ÁVILA BERNAL PÉREZ ALEJANDRA MAESTROS
ÁVILA FERNÁNDEZ GARCÍA MARÍA MERCEDES PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ÁVILA FUENTE DÍAZ ISABEL EUSEBIA DE LA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ÁVILA GONZÁLEZ SÁNCHEZ MARÍA LUZ MAESTROS
ÁVILA JIMÉNEZ MORENO MARÍA SONSOLES PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS
ÁVILA MARTÍN ESCANILLA MARÍA ISABEL MAESTROS
ÁVILA ONTAÑÓN RODRÍGUEZ FLOR MARÍA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ÁVILA PRIETO MARTÍN PAULA MAESTROS
ÁVILA SUÁREZ LINARES ALEJANDRO PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
BURGOS ARBÁIZAR AÑÍBARRO ROSA ANA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS BAYONA CASTRILLO RUBÉN PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS CASADO CASADO MARÍA DEL MAR PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS COLINA HERNÁNDEZ EVA MAESTROS
BURGOS DÍEZ FERNÁNDEZ RAQUEL PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS ESTRADA GONZÁLEZ MARÍA DEL CARMEN PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS GARCÍA GARROTE EVA MAESTROS
BURGOS GARCÍA PÉREZ JUAN ANTONIO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS GAVIÑA MAESO ANA MARÍA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS LOPE RODRÍGUEZ ROSA MARÍA MAESTROS
BURGOS LOZANO SANTIDRIÁN EVA MARÍA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
BURGOS MATE IBÁÑEZ MARTA MAESTROS
BURGOS PEÑA REVILLA CANDELAS MAESTROS
BURGOS PÉREZ OCA CARLOS ALBERTO MAESTROS
BURGOS SANCHO ÁLVAREZ ESTER PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
LEÓN ABELLA GUERRA ELIANA PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS
LEÓN ÁLVAREZ ÁLVAREZ MARÍA PILAR MAESTROS
LEÓN ANTOLÍN DÍEZ ROBERTO MAESTROS
LEÓN ARCAS VIDAL SILVIA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
LEÓN ARIAS ALONSO LUCÍA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
PROVINCIA APELLIDOS NOMBRE CUERPO DOCENTE
LEÓN BERNAL PÉREZ MARÍA CONCEPCIÓN PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
LEÓN FERNÁNDEZ GARCÍA RAMÓN PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
LEÓN FERNÁNDEZ SUÁREZ MARÍA YOLANDA PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS
LEÓN FERRERO LASO CONCEPCIÓN CARMEN PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO
LEÓN GUILLAMÓN SÁNCHEZ MARÍA INMACULADA PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
LEÓN GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ MERCEDES MAESTROS
LEÓN JÁÑEZ GARCÍA REBECA MAESTROS
LEÓN MAROTO SAN ROMÁN MARÍA DEL PILAR MAESTROS
LEÓN MATILLA RODRÍGUEZ MARÍA AURORA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
LEÓN MORILLO ÁLVAREZ JOSÉ ÁNGEL PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
LEÓN SANTOS CID MYRIAN MAESTROS
LEÓN SANTOS MARTÍNEZ CARLOS LUIS MAESTROS
PALENCIA BARTOLOMÉ CUNCHILLOS ROSANA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
PALENCIA BLAS HERRÁEZ IGNACIO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
PALENCIA FEIJOO PARIENTE CARLOS JAVIER PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS
PALENCIA MORALES SÁNCHEZ MARÍA ISABEL MAESTROS
PALENCIA PANDO FERNÁNDEZ FRANCISCO JAVIER PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA ANCIN PASCUA ROSA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA ANDRÉS NAVARRO CÉSAR VICENTE MAESTROS
SALAMANCA DURÁN SÁNCHEZ JUAN CARLOS PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA GARCÍA MARTÍNEZ MARÍA ENCARNACIÓN PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA JIMÉNEZ GARCÍA MARÍA DOLORES MAESTROS
SALAMANCA MATEOS PUENTE ÁNGEL MANUEL PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA MORO DOMÍNGUEZ MARÍA DE LOS ÁNGELES MAESTROS
SALAMANCA PRIETO VELÁZQUEZ VEGA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA SALVADOR BERMEJO ANA ARÁNZAZU PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA SÁNCHEZ ANDRINO MARÍA MELITINA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SALAMANCA SÁNCHEZ GARCÍA BEGOÑA PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
SALAMANCA SÁNCHEZ HERNÁNDEZ MANUELA MAESTROS
SEGOVIA ARRANZ DE LA FUENTE MARÍA DEL SAGRARIO PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
PROVINCIA APELLIDOS NOMBRE CUERPO DOCENTE
SEGOVIA HUERTA GARCÍA BERNARDINO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SEGOVIA IGLESIAS SANZ PALOMA MAESTROS
SEGOVIA PRIETO FUENTES MARÍA PAZ PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SEGOVIA SÁNCHEZ BAEZA JUAN MANUEL PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS
SEGOVIA SÁNCHEZ CASADO VÍCTOR MANUEL PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SEGOVIA SÁNCHEZ SANTOS ELENA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SEGOVIA SANTIAGO BELTRÁN ISABEL PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SEGOVIA SANZ ARROYO SUSANA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SEGOVIA SANZ SANCHO EVA MAESTROS
SEGOVIA VARGAS LALLEMENT BEATRIZ PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS
SEGOVIA VILLA GARCÍA MARÍA HILDA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SORIA BUENO HIJOSA JORGE MAESTROS
SORIA GALLARDO FERNÁNDEZ ÓSCAR PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS
SORIA IBÁÑEZ PARÍS CÉSAR PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SORIA IZQUIERDO MARTÍN MARÍA INMACULADA MAESTROS
SORIA IZQUIERDO ASENSIO JULIO CÉSAR PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SORIA IZQUIERDO MARTÍN MARÍA CRUZ PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SORIA LAVILLA REY EVA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SORIA MARTÍN DE MIGUEL MARÍA ASUNCIÓN MAESTROS
SORIA ROMERO FERNÁNDEZ ALFONSO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SORIA SAAVEDRA MAQUEDA MILAGROS MAESTROS
SORIA SAINZ PAGÉS SANTIAGO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
SORIA VARILLAS FERNÁNDEZ RUBÉN PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID ACUÑA CASTRODEZA JOSÉ MANUEL PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID ALONSO VILLASEVIL JOSÉ RAMÓN PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS
VALLADOLID BURÓN RODRIGO MARÍA JOSÉ MAESTROS
VALLADOLID CASTELLANOS REPRESA MARÍA CRISTINA MAESTROS
VALLADOLID CUBILLO PASCUAL JESÚS PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
VALLADOLID FERRERO FERNÁNDEZ IVÁN MAESTROS
VALLADOLID GARCÍA IZQUIERDO JOAQUÍN MAESTROS
VALLADOLID GARCÍA ORTIZ DIEGO PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
PROVINCIA APELLIDOS NOMBRE CUERPO DOCENTE
VALLADOLID GONZÁLEZ FERNÁNDEZ INMACULADA MAESTROS
VALLADOLID GONZÁLEZ RAMOS MARÍA JESÚS PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID GONZÁLEZ ROJO EDITA MAESTROS
VALLADOLID GONZÁLEZ VALDUNCIEL MARÍA PAZ PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID LERMA FERNÁNDEZ MARÍA PIEDAD PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID LÓPEZ TEJERO ALFONSO MAESTROS
VALLADOLID MARCOS DOMÍNGUEZ MARÍA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID MARCOS MARTÍN ISAAC PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID MORENO CASTILLO ANA GLORIA MAESTROS
VALLADOLID MORENO GONZÁLEZ MARÍA PILAR MAESTROS
VALLADOLID PEQUEÑO OLMEDO ALICIA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID PÉREZ RAMOS MARÍA JESÚS PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
VALLADOLID RODRÍGUEZ MEDINA PATRICIA MAESTROS
VALLADOLID SÁEZ GALLEGO MARÍA JOSÉ PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ZAMORA CARRETERO SALVADOR FRANCISCO JAVIER PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ZAMORA CHARRO FERNÁNDEZ ANDRÉS PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ZAMORA MATEOS RAMOS ANA MARÍA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ZAMORA PRIETO PARAMIO JAVIER PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ZAMORA PRIETO PUERTO ANTONIA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ZAMORA RAMÍREZ DEL PALACIO ESTHER PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
ZAMORA RAMOS LÓPEZ ANA ISABEL PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA
ZAMORA VALBUENA COCHO GABRIEL MAESTROS
ZAMORA VILLAVERDE NÚÑEZ DIVINA PASTORA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA

ANEXO II

RELACIÓN DE PERMISOS PARCIALMENTE RETRIBUIDOS DESTIMADOS, PARA EL CURSO 2017/2018, CONVOCADOS POR ORDEN EDU/216/2017, DE 21 DE MARZO

PROVINCIA APELLIDOS NOMBRE CUERPO DOCENTE OBSERVACIONES
PALENCIA ABAD VALENCIA NIEVES MAESTROS No cumple el apartado quinto de la convocatoria: solicitud presentada fuera de plazo.
ÁVILA GONZÁLEZ SÁNCHEZ MARÍA EUGENIA MAESTROS No cumple el requisito del apartado tercero, punto 1.a), de la convocatoria.
ZAMORA ÁLVAREZ MARTÍNEZ ADOLFO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA No cumple el requisito del apartado tercero, punto 1.a), de la convocatoria.
ÁVILA LUMBRERAS HERNÁNDEZ MARÍA DEL ROSARIO PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA No cumple el apartado quinto de la convocatoria: solicitud presentada fuera de plazo.
LEÓN SUÁREZ PERERA BLANCA MARÍA PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA No cumple el requisito del apartado tercero, punto 1.a), de la convocatoria.
Comparte:

También te podría gustar...

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.