Proyectos de innovación educativa «OBSERVA_ACCIÓN. Curso 17-18

  • observa-accionPlazo 29 de octubre.

Formación para el desarrollo profesional docente en las siguientes competencias: competencia científica, competencia didáctica, competencia comunicativa en lenguas extranjeras, competencia digital, competencia en innovación y mejora y competencia en trabajo en equipo, a través de la observación y el intercambio; así como facilitar los medios formativos de apoyo necesarios para el desarrollo de proyectos de innovación y cambios metodológicos en el aula.

El proyecto de Innovación educativa «OBSERVA_ACCIÓN» durante el curso 2017_2018 se implementa a través de tres Acciones formativas que abordan diferentes ámbitos competenciales:

  1. «Innova_Acción«: El ámbito competencial es la formación en el cambio y la innovación metodológica y las nuevas propuestas didácticas, metodológicas y de evaluación. Será gestionado por el Centro Superior de Formación del Profesorado (CSFP).
  2. «Comunica_Acción«: El ámbito competencial es la formación en la competencia comunicativa en lenguas extranjeras y las nuevas propuestas didácticas, metodológicas y de evaluación. Será gestionado por el Centro de Formación del Profesorado en Idiomas (CFPI).
  3. «Digitaliza_Acción«: El ámbito competencial será la formación en competencia digital y las nuevas propuestas didácticas, metodológicas y de evaluación. Será gestionado por el Centro de Recursos de Formación del Profesorado en Tecnologías de la Información y de la Comunicación (CRFPTIC).

Los docentes o centros solo podrán optar por participar en una de las tres acciones del proyecto

CONVOCATORIA INNOVA_ACCIÓN

Esta acción formativa va dirigida a los siguientes destinatarios:

a) Docentes de centros docentes sostenidos con fondos públicos que participarán en el proyecto de forma individual.

b) Docentes de centros docentes sostenidos con fondos públicos que participarán en grupos. Los grupos se constituirán a efectos de su participación en este proyecto y tendrán entre cuatro y seis miembros.

c) Centros docentes sostenidos con fondos públicos, que participarán en el proyecto en asociaciones de centros. De cada centro, participará en este proyecto de innovación un miembro del equipo directivo y un máximo de cinco profesores más.

ACTIVIDADES FORMATIVAS

Observación y formación individual. (Aula UNO A UNO)

El profesorado seleccionado observará a un docente, experto, que utilice metodologías innovadoras. Tras la observación, las adaptará y aplicará en el aula, en su contexto y proyecto didáctico, siendo también observado por el experto. Se intercambia información y se reflexiona. La participación en esta actividad se realiza de forma individual.

Observación y formación grupal. (Aula AVANZAMOS EN GRUPO)

Esta actividad está dirigida a equipos de profesores de un mismo centro o de varios centros que actúan comomentores y observadores al mismo tiempo, compartiendo e intercambiando metodologías y actividades, reflexionando sobre su práctica docente, colaborando, observando y formándose mutuamente. La participación en esta actividad se realiza mediante la constitución de grupos de profesores de entre cuatro y seis miembros.

Observación y formación entre centros. (Aula CENTRO A CENTRO)

Los centros intercambian buenas prácticas metodológicas, de coordinación, planificación y organización. El equipo directivo y el profesorado de cada centro visitan los otros centros, observan a otros docentes, colaboran y se forman entre ellos. Por cada uno de los centros participará un miembro del equipo directivo y hasta cinco profesores más del centro, siendo uno de ellos el coordinador de formación, calidad e innovación. Los centros podrán realizar proyectos de forma conjunta para trabajar las buenas prácticas observadas.

INSCRIPCIÓN

A través de la página web del Centro Superior de formación del Profesorado:

http://csfp.centros.educa.jcyl.es/sitio/Este enlace se abrirá en una ventana nueva

El periodo de inscripción comenzará el día 6 de octubre y finalizará el 29 de octubre de 2017.

 CONVOCATORIA DIGITALIZA_ACCIÓN

Esta acción formativa va dirigida a los siguientes destinatarios:

  1. Docentes de centros docentes sostenidos con fondos públicos que participarán en el proyecto de forma individual.
  2. Docentes de centros docentes sostenidos con fondos públicos que participarán en grupos. Los grupos se constituirán a efectos de su participación en este proyecto y tendrán entre cuatro y seis miembros.
  3. Centros docentes sostenidos con fondos públicos, con certificación TIC, al menos de los niveles 4 o 5, que participarán en el proyecto en asociaciones de centros. De cada centro, participará en este proyecto de innovación un miembro del equipo directivo y un máximo de cinco profesores más.

ACTIVIDADES FORMATIVAS

Observación y formación individual. (Aula 1@1)

El profesorado seleccionado observará a un docente, experto, que utilice las TIC de forma habitual en su práctica docente, y luego las integrará en el aula, siendo también observado en su aula por el experto. Se intercambia información y se reflexiona. La participación en esta actividad se realiza de forma individual.

Observación y formación grupal. (Aula colabor@TIC)

Consistente en que grupos de docentes son mentores y observadores al mismo tiempo, compartiendo e intercambiando metodologías y actividades relacionadas con las TIC, reflexionando sobre su práctica docente, colaborando, observando y formándose mutuamente. La participación en esta actividad se realiza mediante la constitución de grupos de profesores de entre cuatro y seis miembros.

Observación y formación entre centros. (Aula red@TIC)

Los centros intercambian buenas prácticas metodológicas, de coordinación, planificación y organización. El equipo directivo y el profesorado de cada centro visita los otros centros, observan a otros docentes y colaboran contribuyen a su formación si fuese oportuno. Los centros participantes deberán estar en posesión del nivel 4 o 5 de certificación TIC. La participación en esta actividad estará integrada por un miembro del equipo directivo, el responsable de las TIC en el centro y un máximo de cuatro profesores más.

INSCRIPCIÓN

A través de la página web del Centro de Recursos y Formación del Profesorado en TIC (CRFPTIC)

http://crfptic.centros.educa.jcyl.es/sitio/Este enlace se abrirá en una ventana nueva

El periodo de inscripción comenzará el día 6 de octubre y finalizará el 29 de octubre de 2017.

CONVOCATORIA COMUNICA-ACCIÓN

Esta modalidad va dirigida a tres tipos de destinatarios:

  1. Docentes de centros docentes sostenidos con fondos públicos que impartan lengua extranjera inglés, francés, alemán, o su materia en dichas lenguas en los niveles educativos de Educación Infantil o Educación Primaria, Educación Secundaria o EOI y que participarán en el proyecto de forma individual
  2. Docentes que impartan lengua extranjera inglés, francés, alemán o su materia en dichas lenguas en los niveles educativos de Educación Infantil o Educación Primaria, Educación Secundaria o EOI en centros docentes sostenidos con fondos públicos que participarán en grupos. Los grupos se constituirán a efectos de su participación en este proyecto y tendrán entre cuatro y seis miembros.
  3. Centros educativos bilingües sostenidos con fondos públicos de educación primaria o educación secundaria que participarán en el proyecto en asociaciones de hasta tres centros. De cada centro, participará en este proyecto de innovación un miembro del equipo directivo y un máximo de cinco profesores más.

ACTIVIDADES FORMATIVAS

Observación y formación individual. (Aula ONE 2 ONE)

El profesorado seleccionado observará a un docente, experto, que utilice metodologías innovadoras, y luego las aplicará en el aula, siendo también observado en su aula por el experto. Se intercambia información y se reflexiona. La participación en esta actividad se realiza de forma individual.

Observación y formación grupal. (Aula TEAM 2 TEACH)

Esta actividad está dirigida a equipos de profesores de un mismo centro o de varios centros que actúan a la vez comomentores y observadores al mismo tiempo, compartiendo e intercambiando metodologías y actividades, reflexionando sobre su práctica docente, colaborando, observando y formándose mutuamente. La participación en esta actividad se realiza mediante la constitución de grupos de profesores de entre cuatro y seis miembros.

Observación y formación entre centros. (AULA SCHOOL 4 SCHOOL)

Los centros intercambian buenas prácticas metodológicas, de coordinación, planificación y organización. El equipo directivo y el profesorado de cada centro visitan los otros centros, observan a otros docentes, colaboran y contribuyen a su formación si fuese oportuno. Por cada uno de los centros participará un miembro del equipo directivo, el coordinador de la sección bilingüe y un máximo de cinco profesores que impartan su materia en la lengua extranjera de la sección y/o especialistas en el idioma.

INSCRIPCIÓN

A través de la página web del Centro de Formación del Profesorado en Idiomas http://cfpidiomas.centros.educa.jcyl.es/sitio/Este enlace se abrirá en una ventana nueva

El periodo de inscripción comenzará el día 6 de octubre y finalizará el 29 de octubre de 2017.

ORDEN EDU/764/2017, de 31 de agosto, por la que se regula el proyecto de innovación educativa denominado "OBSERVA_ACCIÓN: para la observación, el intercambio y la formación en la acción educativa" en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 102, establece que la formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una responsabilidad de las Administraciones educativas y de los propios centros. Asimismo, determina que los programas de formación permanente deberán contemplar, entre otros aspectos, la adecuación de los conocimientos y métodos a la evolución de las ciencias y de las didácticas específicas.

Por su parte, el artículo 103.1 de la citada ley, determina que las Administraciones educativas planificarán las actividades de formación del profesorado, garantizarán una oferta diversificada y gratuita de estas actividades y establecerán las medidas oportunas para favorecer la participación del profesorado en ellas, y el artículo 111.bis.5 introducido por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece que se promoverá el uso, por parte de las Administraciones educativas y los equipos directivos de los centros, de las Tecnologías de la Información y Comunicación en el aula, como medio didáctico apropiado y valioso para llevar a cabo las tareas de enseñanza y aprendizaje.

La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, indica en su preámbulo que el dominio de una segunda, e incluso una tercera lengua extranjera se ha convertido en una prioridad en la educación como consecuencia del proceso de globalización en que vivimos.

El Decreto 51/2014, de 9 de octubre, por el que se regula la formación permanente del profesorado de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, pone de manifiesto, entre otros aspectos, que la administración educativa debe planificar la formación permanente del profesorado adecuándola a la realidad educativa de la Comunidad. El mencionado decreto establece en su artículo 4 los principios que definen la formación permanente del profesorado, entre los que se encuentran la formación vinculada al desarrollo de las funciones docentes, planteando una formación y una evaluación basadas en un modelo de competencias profesionales que debe desarrollar el profesorado, la proyección directa de la formación en la práctica docente y el fomento de la investigación y la innovación educativa.

A su vez, la Orden EDU/1057/2014, de 4 de diciembre, por la que se regulan las modalidades, convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León organizadas por la Red de formación y se establecen las condiciones de reconocimiento de las actividades de formación organizadas por otras entidades, establece en su artículo 8, que una de las modalidades de actividades de formación son los proyectos de innovación educativa. Los proyectos de innovación educativa son una vía para identificar soluciones adecuadas a cada entorno de aprendizaje y ponerlas en práctica a través de la creatividad, nuevas organizaciones, metodologías o la aplicación de las tecnologías de la información y la comunicación.

De acuerdo con lo anterior, mediante Resolución de 22 de septiembre de 2016, la Dirección General de Innovación y Equidad Educativa, puso en marcha el proyecto de innovación educativa «OBSERVA_ACCIÓN: Formación para el desarrollo profesional docente a través de la observación, el intercambio y la formación en la acción educativa», durante el curso escolar 2016-2017. Este proyecto ha permitido la experimentación de nuevas fórmulas de formación permanente del profesorado a través de la observación, el intercambio y la formación en la acción educativa.

Dada la experiencia positiva del citado proyecto así como la necesidad de seguir potenciando la formación del profesorado en las líneas prioritarias de la Consejería de Educación, como son competencia comunicativa en lenguas extranjeras, competencia didáctica, competencia de innovación y mejora y competencia digital, a través de la observación y de la auto-reflexión sobre la práctica docente, se considera oportuno regular el proyecto denominado «OBSERVA_ACCIÓN: Formación para el desarrollo profesional docente a través de la observación, el intercambio y la formación en la acción educativa», y ampliarlo a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

En consecuencia y en uso de las atribuciones que me confiere la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y previo dictamen del Consejo Escolar de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo 1. Objeto y finalidad.

  1. La presente orden tiene por objeto regular el proyecto de innovación educativa denominado «OBSERVA_ACCIÓN: Formación para el desarrollo profesional docente a través de la observación, el intercambio y la formación en la acción educativa», en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.
  2. La finalidad de este proyecto es fomentar la formación para el desarrollo profesional docente en las siguientes competencias: competencia científica, competencia didáctica, competencia comunicativa en lenguas extranjeras, competencia digital, competencia en innovación y mejora y competencia en trabajo en equipo, a través de la observación y el intercambio; así como facilitar los medios formativos de apoyo necesarios para el desarrollo de proyectos de innovación y cambios metodológicos en el aula.
  3. Este proyecto se encuadra dentro de la oferta propia de la Red de formación a que se refiere el artículo 6 del Decreto 51/2014, de 9 de octubre, por el que se regula la formación permanente del profesorado de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 2. Objetivos del proyecto.

Los objetivos del proyecto son los siguientes:

  • a) Experimentar nuevas vías de formación del profesorado y favorecer la innovación educativa entre los docentes y los centros docentes de Castilla y León, así como con otros centros de otras Comunidades Autónomas y de otros países socios en proyectos internacionales.
  • b) Facilitar al profesorado la posibilidad de observar de forma directa otras metodologías y enfoques didácticos en los procesos de aprendizaje del alumnado, fomentando la adaptación y la aplicación activa de lo aprendido en su práctica docente.
  • c) Fomentar el trabajo en equipo de grupos de profesores con un interés común incluyendo la observación activa de la práctica docente de todos sus miembros, el intercambio de buenas prácticas, la reflexión, la formación metodológica sobre aspectos innovadores en los procesos organizativos y didácticos y la realización de proyectos de forma conjunta.
  • d) Potenciar el trabajo conjunto entre los centros docentes con proyectos comunes y compartidos, estableciendo hermanamientos entre centros, fomentando la reflexión y acción en aspectos organizativos, metodológicos y formativos innovadores para ofrecer una formación de calidad en beneficio de su alumnado.
  • e) Diseñar y aplicar protocolos de observación de práctica docente y potenciar acciones metodológicas innovadoras para la mejora de los procesos de aprendizaje de los alumnos.
  • f) Proporcionar entornos de intercambio y colaboración para la internacionalización de los centros docentes y de los docentes, a través de la observación en otros países.

Artículo 3. Acciones, responsable y carácter del proyecto.

1. El proyecto se implementa a través de las tres acciones que se indican a continuación y que abordarán los ámbitos competenciales que en cada una se establecen:

  • a) «Innova_Acción»: Acción del proyecto gestionada por el Centro Superior de Formación del Profesorado (en adelante, CSFP), que formará parte de su Plan de formación. El ámbito competencial será la formación en el cambio y la innovación metodológica, y las nuevas propuestas didácticas, metodológicas y de evaluación.
  • b) «Comunica_Acción»: Acción del proyecto gestionada por el Centro de Formación del Profesorado en Idiomas (en adelante, CFPI), que formará parte de su Plan de formación. El ámbito competencial será la formación en la competencia comunicativa en lenguas extranjeras y las nuevas propuestas didácticas, metodológicas y de evaluación.
  • c) «Digitaliza_Acción»: Acción del proyecto gestionada por el Centro de Recursos de Formación del Profesorado en Tecnologías de la Información y de la Comunicación (en adelante, CRFPTIC), que formará parte de su Plan de formación. El ámbito competencial será la formación en competencia digital y las nuevas propuestas didácticas, metodológicas y de evaluación.

2. El responsable del proyecto será la consejería competente en materia de educación, a través de la dirección general competente en materia de formación permanente del profesorado. La gestión y desarrollo de este proyecto de innovación corresponderá a los tres centros de formación del profesorado e innovación educativa específicos de ámbito autonómico (CSFP, CFPI y CRFPTIC), conforme a lo indicado en el punto 1, que podrán contar con la colaboración de las áreas de programas educativos de las direcciones provinciales de educación y de los Centros de Formación del Profesorado e Innovación Educativa (en adelante CFIE) de ámbito provincial.

3. Los proyectos de innovación se podrán organizar con carácter autonómico o con carácter provincial.

Artículo 4. Destinatarios del proyecto y requisitos de participación.

1. El proyecto en cada una de las acciones establecidas en el artículo 3 tendrá los siguientes destinatarios:

  • a) Docentes de centros docentes sostenidos con fondos públicos que participarán en el proyecto de forma individual.
  • b) Docentes de centros docentes sostenidos con fondos públicos que participarán en grupos. Los grupos se constituirán a efectos de su participación en este proyecto y tendrán entre cuatro y seis miembros.
  • c) Centros docentes sostenidos con fondos públicos, que participarán en el proyecto en asociaciones de centros. De cada centro, participará en este proyecto de innovación un miembro del equipo directivo y un máximo de cinco profesores más.

2. Los docentes indicados en el apartado 1.a) y b) deberán encontrarse en las situaciones establecidas en el artículo 3 de la Orden EDU/1057/2014, de 4 de diciembre, por la que se regulan las modalidades, convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León organizadas por la Red de formación y se establecen las condiciones de reconocimiento de las actividades de formación organizadas por otras entidades. Además en la acción de «Comunica_Acción» deberán impartir lenguas extranjeras o su materia en lengua extranjera.

3. Los centros docentes a que se refiere el apartado 1. c) deberán tener sección bilingüe, siendo requisito que participe en el proyecto, además del miembro del equipo directivo y hasta cinco profesores más, el coordinador de la sección bilingüe.

Artículo 5. Procedimiento de selección de los destinatarios.

1. El proyecto de innovación educativa «OBSERVA_ACCIÓN», formará parte del Plan autonómico de formación a que se refiere el artículo 25 del Decreto 51/2014, de 9 de octubre, y se integrará dentro de la oferta formativa de los CFIE específicos.

2. Cada curso escolar, los CFIE específicos incluirán en su oferta formativa la realización del proyecto OBSERVA_ACCIÓN, en la acción que a cada CFIE específico le corresponda en el ámbito de su competencia. En la oferta formativa se determinará la forma y plazo para solicitar la participación en el proyecto y el número de docentes, grupos de docentes y centros docentes que podrán ser seleccionados para realizar esta actividad formativa, así como su distribución provincial, en caso de que el proyecto se organice con carácter provincial.

3. La selección se realizará por cada uno de los CFIE específicos en cada una de las acciones del ámbito de su competencia, en función de los siguientes criterios:

  • a) En caso de solicitar la participación en el proyecto como docentes de forma individual o grupal:
    • 1.º Por haber participado y obtenido certificación en actividades de formación referidas a las siguientes competencias: científica, didáctica, comunicativa en lenguas extranjeras, digital, en innovación y mejora y en trabajo en equipo, se valorará con 0,5 puntos por cada actividad, hasta un máximo de 2 puntos.
    • 2.º Por haber participado y obtenido certificación, en un proyecto europeo: Programa de Aprendizaje Permanente (PAP), Erasmus +, eTwinning, se valorará con 0,5 puntos por cada proyecto, hasta un máximo de 2 puntos.
    • 3.º Por haber participado y obtenido certificación en proyectos de innovación educativa convocados por la consejería competente en materia de educación, se valorará con 0,5 puntos por cada proyecto, hasta un máximo de 2 puntos.
    • 4.º Por haber sido coordinador de formación, calidad e innovación, se valorará con 0,5 puntos por cada curso escolar en el que haya ocupado dicho cargo, hasta un máximo de 2 puntos.
    • 5.º Por haber estado acreditado como maestro tutor de prácticas del Practicum de las enseñanzas universitarias de Grado en Educación Infantil y de Grado en Educación Primaria, o haber sido tutor del Máster Universitario de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, se valorará con 0,5 puntos por cada curso escolar en el que haya ocupado dicho cargo, hasta un máximo de 2 puntos.
    • 6.º Por haber impartido formación relacionada con las competencias científica, didáctica, comunicativa en lenguas extranjeras, digital, en innovación y mejora y en trabajo en equipo, se valorará con 0,10 puntos por cada tres horas de formación impartida, hasta un máximo de 2 puntos.
    • En el supuesto de participación como grupo, se calculará la media de puntuación entre todos los integrantes del grupo.
  • b) En caso de solicitar la participación en el proyecto en asociaciones de centros, cada centro docente será valorado:
    • 1.º Por haber desarrollado un plan de formación de centros relacionado con las siguientes competencias: Científica, didáctica, comunicativa en lenguas extranjeras, digital, en innovación y mejora y en trabajo en equipo, se valorará con 0,5 puntos por curso escolar en el que se haya desarrollado dicho plan, hasta un máximo de 2 puntos.
    • 2.º Por haber participado en proyectos educativos internacionales, se valorará con 0,5 puntos por proyecto, hasta un máximo de 2 puntos.
    • 3.º Por haber participado en proyectos de innovación educativa convocados por la consejería competente en materia de educación, se valorará con 0,5 puntos por proyecto, hasta un máximo de 2 puntos.
    • 4.º Por haber sido reconocido como centro de formación de prácticas del Practicum de las enseñanzas universitarias de Grado en Educación Infantil y de Grado en Educación Primaria; o haber tenido alumnos del Máster Universitario de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, se valorará con 0,5 puntos por curso escolar en el que se hubiera tenido el citado reconocimiento o los citados alumnos, hasta un máximo de 2 puntos.
    • 5.º Por estar en posesión de la certificación en aplicación de las TIC en los niveles 4 ó 5, se valorará con 0,5 puntos por curso escolar de certificación, hasta un máximo de 2 puntos.

Independiente de la puntuación obtenida en aplicación de los criterios indicados en los apartados a) y b), en el supuesto de que los destinatarios obtengan la misma puntuación, tendrán preferencia para participar en el proyecto los docentes, grupos de docentes y centros docentes que no hayan participado en convocatorias anteriores.

Artículo 6. Estructura y contenido del proyecto.

1. El proyecto, en cada una de sus acciones, se implementará a través de tres actividades de formación independientes, dirigidas a los tres tipos de destinatarios respectivamente:

  • a) Observación y formación individual: Dirigida a los docentes que participen de forma individual. Consiste en que un docente que utilice metodologías innovadoras será observado por otro docente, que luego las adaptará y aplicará en el aula en su contexto y proyecto didáctico. Se intercambia información y se reflexiona.
  • b) Observación y formación grupal: Dirigida a los docentes que participen en grupo. Los docentes son mentores y observadores al mismo tiempo, compartiendo e intercambiando metodologías y actividades, reflexionando sobre su práctica docente, formándose mutuamente y trabajando de forma conjunta mediante proyectos.
  • c) Observación y formación entre centros: Dirigida a los centros educativos que participen en el proyecto. Los centros intercambian buenas prácticas metodológicas, de coordinación, planificación y organización. Docentes de cada centro visitan los otros centros, se observan y forman entre ellos. Los centros podrán realizar proyectos de forma conjunta para trabajar las buenas prácticas observadas.

2. Los contenidos de cada actividad formativa estarán organizados en cuatro módulos formativos:

  • a) Módulo de formación presencial, donde se abordarán las pautas para la observación de buenas prácticas en el aula, contenido de la observación y cómo esta observación contribuye al desarrollo profesional docente.
  • b) Módulo de formación en otros entornos, a través de la observación de buenas prácticas en el aula.
  • c) Módulo de aplicación en el aula propia, con reflejo documentado de lo observado y de lo puesto en práctica, a través de la realización de pequeños proyectos realizados de forma conjunta entre los docentes o los centros.
  • d) Módulo de trabajo colaborativo en el aula virtual para el intercambio de las experiencias innovadoras. Esta fase coincide en el tiempo con el módulo de observación y aplicación y se completa con la reflexión final sobre las actuaciones realizadas, mediante la elaboración de fichas de observación y pautas de observación.

Artículo 7. Ámbito geográfico de las actividades de formación del proyecto.

  1. El ámbito geográfico de las tres actividades de formación del proyecto será la Comunidad de Castilla y León.
  2. Se contará con la colaboración de otras comunidades autónomas y se podrá contar con la colaboración de países e instituciones con los que la consejería competente en materia de educación participa en diferentes proyectos internacionales.

Artículo 8. Evaluación final del proyecto.

Una vez desarrolladas las distintas actividades de formación que integran el proyecto, en cada una de sus acciones, la dirección general competente en materia de formación permanente del profesorado, con la colaboración de los centros de formación del profesorado específicos de ámbito autonómico (CSFP, CFPI y CRFPTIC), realizará una evaluación final del proyecto, de acuerdo con los instrumentos de evaluación diseñados y elaborados por esa dirección general, en la que se tendrán en cuenta los siguientes apartados:

  • a) Evaluación de la formación recibida: Consecución de niveles competenciales, elaboración de contenidos innovadores, nivel de aplicación al aula y nivel de satisfacción mediante cuestionarios específicos elaborados a tal efecto.
  • b) Evaluación de impacto de las prácticas referidas a las distintas metodologías estudiadas mediante la cumplimentación de un cuestionario definido y diferenciado para cada una de las tres actividades.
  • c) Evaluación del proyecto realizado de forma conjunta entre los docentes o entre los distintos centros docentes.
  • d) Evaluación de la participación y colaboración en el espacio colaborativo a través de la valoración de la participación e información aportada y compartida en las aulas virtuales creadas a tal efecto en el sitio web del CSFP, CFPI y CRFPTIC.

Artículo 9. Reconocimiento de las actividades de formación.

De acuerdo con la equivalencia establecida con el artículo 29.1 de la Orden EDU/1057/2014, de 4 de diciembre, se podrá reconocer hasta un máximo de cincuenta horas equivalente a cinco créditos de formación al profesorado participante en cada actividad de formación, bajo la modalidad de proyecto de innovación educativa.


 

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Desarrollo y aplicación.

Se autoriza al titular de la dirección general competente en materia de formación permanente del profesorado a dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo previsto en la presente orden.

Segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 31 de agosto de 2017.

El Consejero, Fdo.: Fernando Rey Martínez

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