Reconocimiento ¡Leo TIC! a centros docentes. Convocatoria 18-19

Plazo 1 de febrero 2019.

Un centro distinguido con el reconocimiento «¡leo TIC!» es aquel que promueve la integración de las tecnologías de la información y de la comunicación (en adelante TIC) en la enseñanza de la lectura y la escritura, de modo que la apertura a las fuentes digitales se convierte en una herramienta de aprendizaje que impulsa la motivación de los estudiantes hacia la lectura.

Convocatoria y Reconocimiento Centros Docentes ¡Leo Tic!

Convocatoria

ORDEN EDU/1398/2018, de 20 de diciembre, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión del reconocimiento «¡leo TIC!» a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2018/2019.

Leo-TICLa Orden EDU/1044/2014, de 2 de diciembre, modificada por la Orden EDU/1114/2015, de 17 de diciembre, (B.O. C. y L. n.º 239, de 12 de diciembre, y n.º 249, de 29 de diciembre, respectivamente) crea el reconocimiento «¡leo TIC!» en la Comunidad de Castilla y León.

De acuerdo con el artículo 4 de la citada orden, mediante orden del titular de la consejería competente en materia de educación, que se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, se realizará la convocatoria de selección para la concesión del reconocimiento «¡leo TIC!», en la que se determinará el número de reconocimientos que corresponda a cada provincia, de acuerdo con el número de centros docentes que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 2.

En consecuencia, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.– Objeto.

La presente orden tiene por objeto efectuar la convocatoria para la concesión del reconocimiento «¡leo TIC!» a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2018/2019, conforme al procedimiento establecido en la Orden EDU/1044/2014, de 2 de diciembre, por la que se crea el reconocimiento «¡leo TIC!» en la Comunidad de Castilla y León.

Segundo.– Destinatarios.

Podrán optar al reconocimiento «¡leo TIC!», los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden EDU/1044/2014, de 2 de diciembre.

Tercero.– Distinciones.

Los centros docentes que reciban el reconocimiento «¡leo TIC!» conforme a la presente convocatoria obtendrán las distinciones previstas en el artículo 3 de la Orden EDU/1044/2014, de 2 de diciembre.

Cuarto.– Distribución de los reconocimientos.

Se concederán como máximo cuarenta y seis reconocimientos «¡leo TIC!» que se distribuirán entre las nueve provincias de Castilla y León, de acuerdo con el número de centros docentes que reúnan los requisitos con la siguiente asignación: Ávila 4; Burgos 6; León 7; Palencia 4; Salamanca 6; Segovia 4; Soria 3; Valladolid 8; Zamora 4.

Quinto.– Solicitudes y notificaciones.

1. La solicitud será cumplimentada conforme al formulario que al efecto se encuentra disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

2. La solicitud incluirá la declaración responsable del solicitante referente a que el claustro de profesores y el consejo escolar del centro han sido informados y conocen las características de la solicitud.

3. La solicitud irá dirigida al Consejero de Educación y se presentará por el director o directora del centro docente exclusivamente de forma electrónica para lo cual el solicitante deberá de disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por una entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocida por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas.

Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

Los interesados que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El registro electrónico emitirá resguardo acreditativo de la presentación, consistente en una copia auténtica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo de la presentación de la misma.

Esta copia está configurada de forma que puede ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.

4. Las notificaciones y comunicaciones derivadas del procedimiento se realizarán exclusivamente por procedimientos electrónicos. La práctica de las notificaciones se realizará de conformidad con el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, previo envío de un aviso sobre la puesta a disposición de la notificación efectuada al correo electrónico indicado en la solicitud de acuerdo con el artículo 41.6 de la citada ley.

Sexto.– Plazo de presentación de solicitudes y subsanación de defectos.

1. El plazo para la presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León y se extenderá hasta el 1 de febrero de 2019, inclusive.

2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la solicitud no reuniese los requisitos exigidos en la presente orden, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no se hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución.

Séptimo.– Desarrollo.

Se faculta a la Directora General de Innovación y Equidad Educativa a dictar cuantas resoluciones sean necesarias para la ejecución de lo dispuesto en la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 20 de diciembre de 2018.

El Consejero,

Fdo.: Fernando Rey Martínez

Reconocimiento

ORDEN EDU/549/2019, de 4 de junio, por la que se resuelve la convocatoria para la concesión del reconocimiento «¡leo TIC!» a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2018/2019.

Mediante Orden EDU/1044/2014, de 2 de diciembre, (B.O.C. y L. n.º 239, de 12 de diciembre), modificada por la Orden EDU/1114/2015, de 17 de diciembre, (B.O.C. y L. n.º 249, de 29 de diciembre), se crea el reconocimiento «¡Leo TIC!» en la Comunidad de Castilla y León.

Por Orden EDU/1398/2018, de 20 de diciembre (B.O.C. y L. n.º 4, de 8 de enero), se efectuó convocatoria para la concesión del reconocimiento «¡Leo TIC!» a centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, en el curso 2018/2019.

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Orden EDU/1044/2014, de 2 de diciembre, a propuesta motivada de la dirección general competente en materia de organización de actividades del alumnado de carácter complementario y de apoyo al desarrollo curricular, visto el informe de la comisión de valoración,

RESUELVO

Conceder el reconocimiento «¡leo TIC!» a los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso 2018/2019, que se relacionan en el Anexo, de acuerdo con las plazas asignadas a cada provincia.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Ambos plazos se contarán desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 4 de junio de 2019.

El Consejero,
Fdo.: Fernando Rey Martínez

ANEXO

Centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de Castilla y León que han obtenido el reconocimiento «¡leo TIC!» en el curso 2018/2019

CÓDIGO NOMBRE CENTRO LOCALIDAD/PROVINCIA
05000397 CC San Juan Bosco Arévalo/Ávila
05005361 CEIP Los Arevacos Arévalo/Ávila
05005383 CEIP El Pradillo Ávila/Ávila
05006429 IESO San Juan de la Cruz Fontiveros/Ávila
09008068 CEIP Doña Mencía de Velasco Briviesca/Burgos
09007945 CEIP Jueces de Castilla Burgos/Burgos
09000963 CEIP Los Vadillos Burgos/Burgos
09008536 IES Pintor Luis Sáez Burgos/Burgos
09008998 IESO Conde Sancho García Espinosa de los Monteros/Bu
09005021 IES Tierra de Alvargonzález Quintanar de la Sierra/Burgos
24016894 CEIP Gumersindo de Azcárate Armunia/León
24016225 IES Álvaro Yáñez Bembibre/León
24002160 IES Bergidum Flavium Cacabelos/León
24002494 IES Santa M.ª de Carrizo Carrizo de la Ribera/León
24005793 CC Divina Pastora León/León
24018799 CEPA Faustina Álvarez García León/León
24006050 IES Padre Isla León/León
34000037 CC San Gregorio-La Compasión Aguilar de Campoo/Palencia
34000013 CEIP Castilla y León Aguilar de Campoo/Palencia
34001091 CEIP Nuestra Señora de la Piedad Herrera de Pisuerga/Palencia
34001650 CC Filipense Blanca de Castilla Palencia/Palencia
37000942 CEIP Marqués de Valero Béjar/Salamanca
37009532 CEO Miguel Delibes Macotera/Salamanca
37013882 IES Peñaranda de Bracamonte Peñaranda de Bracamonte/Sa
37008965 CC Sagrado Corazón Jesuitinas Salamanca/Salamanca
37006026 CEIP Gran Capitán Salamanca/Salamanca
37009271 IES Francisco Salinas Salamanca/Salamanca
40004725 IES Vega del Pirón Carbonero el Mayor/Segovia
40004361 CEIP San Gil Cuéllar/Segovia
40003654 IES Mariano Quintanilla Segovia/Segovia
40002911 CEIP La Pradera Valsaín/Segovia
42003712 CRA El Jalón Arcos de Jalón/Soria
42002641 CC Nuestra Sra del Pilar Soria/Soria
42002574 CEIP Los Doce Linajes Soria/Soria
47011152 CEIP Margarita Salas Arroyo de la Encomienda/ Va
47005826 CEIP Raimundo de Blas Saz Arroyo de la Encomienda/ Va
47011449 CEIP Ana de Austria Cigales/Valladolid
47011474 CEIP El Abrojo Laguna de Duero/Valladolid
47001559 CEIP Tierra de Pinares Mojados/Valladolid
47007331 CRA La Villa Peñafiel/Valladolid
47003842 CC La Inmaculada Concepción Valladolid/Valladolid
47004913 IES Delicias Valladolid/Valladolid
49005210 CEIP Nuestra Señora de la Paz Villaralbo/Zamora
49005441 CEIP Nuestra Señora de la Candelaria Zamora/Zamora
49005490 CEIP Obispo Nieto Zamora/Zamora
49006627 CEIP Riomanzanas Zamora/Zamora
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