Solicitud de proyectos de autonomía Centros de Primaria

Las direcciones provinciales de educación comunicarán, en la segunda quincena de octubre, el listado de los centros que han iniciado el procedimiento de elaboración del proyecto de autonomía.

Los centros docentes que deseen implantar un proyecto de autonomía, según el Artículo 55 de la Orden EDU/519/2014, de 17 de junio de implantación de Primaria (LOMCE), deberán antes de finalizar la primera quincena del mes de octubre del curso anterior a su implantación, solicitar a la dirección provincial de educación el inicio del procedimiento para elaborar el proyecto de autonomía. Teniendo en cuenta la propuesta del claustro de profesores y el informe del consejo escolar, el equipo directivo elaborará el proyecto de autonomía y, una vez aprobado por el director, se tramitará la solicitud de autorización.

RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2015, de la Dirección General de Política Educativa Escolar, relativa a la comunicación del inicio del procedimiento para elaborar proyectos de autonomía en centros sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas de educación primaria en la Comunidad de Castilla y León.

Es ampliamente aceptado que el centro docente es clave para la mejora del sistema educativo por lo que es importante dotar gradualmente de mayor autonomía a los centros docentes con el fin mejorar el servicio educativo que prestan y, en el marco de la normativa reguladora de los proyectos de autonomía, dotarles de mecanismos y herramientas que les permitan adoptar decisiones conformes a su contexto socioeducativo.

La Orden EDU/519/2014, de 17 de junio, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y León, dispone en su capítulo V el marco general para desarrollar proyectos de autonomía.

El artículo 55 de la citada orden determina que los centros docentes que deseen implantar un proyecto de autonomía deberán contar con autorización de la Administración educativa. Para ello, el director del centro, o el titular de los centros privados concertados, comunicará, antes de finalizar la primera quincena del mes de octubre del curso anterior a su implantación, al titular de la dirección provincial de educación el inicio del procedimiento para elaborar el proyecto de autonomía.

Con el propósito de establecer la forma en la que ha de comunicarse el inicio del procedimiento para elaborar los proyectos de autonomía por los centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten educación primaria en la Comunidad de Castilla y León y en virtud las competencias atribuidas a la Dirección General de Política Educativa Escolar en el artículo 6 del Decreto 45/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación,

RESUELVO

Primero.– Inicio del procedimiento para elaborar proyectos de autonomía.

1. La comunicación del inicio del procedimiento para elaborar el proyecto de autonomía en centros sostenidos con fondos públicos que imparten educación primaria en la Comunidad de Castilla y León deberá formalizarse conforme al modelo disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

2. Los titulares de las direcciones provinciales de educación comunicarán, en la segunda quincena de octubre, al titular de la dirección general competente en materia de ordenación académica, el listado de los centros de su ámbito territorial que han iniciado el procedimiento de elaboración del proyecto de autonomía.

Segundo.– Eficacia.

La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 9 de octubre de 2015.

El Director General de Política Educativa Escolar, Fdo.: Fernando Sánchez-Pascuala Neira

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