Aprobado en el Congreso el texto del proyecto de Ley contra la temporalidad. El 21 de diciembre pasará al Senado.

El Pleno del congreso de los Diputados debatió, el  jueves 2 de diciembre, el dictamen del Proyecto de Ley de Medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público procedente del Real Decreto-Ley 14/2021 de 6 de julio.

El texto ha sido aprobado por 170 votos a favor, 5 en contra y 156 abstenciones. Ninguna de las enmiendas que se defendían hoy para su inclusión en el texto han sido aprobadas; por tanto el texto presentado no sufrirá modificaciones.

Este texto aprobado, se remite ahora al Senado, donde todavía puede recibir enmiendas. Está previsto el pleno de aprobación final por el Senado para el último pleno de aprobación final por el Senado para el último pleno del año, el 21/12/2021 (siempre que no haya alguna enmienda aprobada en el Senado o se rechace el texto; en esos casos tendría que ser «devuelto» al Pleno del congreso para nueva votación.

El pleno del Senado previsiblemente vote la Ley para la Reducción de la Temporalidad el 21 de diciembre. En caso de no introducir enmienda alguna al texto del Congreso, solamente quedara el trámite de su publicación en el BOE para entrar en vigor la nueva ley. De introducirse enmiendas el texto volverá al Congreso, que deberá pronunciarse sobre las mismas, antes de su publicación en el BOE, aceptando las enmiendas del Senado o no.

Según la norma aprobada:

  • «En un proceso de carácter excepcional, las Administraciones Públicas convocarán por el sistema de concurso las plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida desde el 1 de enero de 2016«.
  • «Los puestos deberán ofertarse antes del 1 junio de 2022 y tendrán que cubrirse antes antes de 31 de diciembre de 2024«.
  • «Este proceso de estabilización será de aplicación en todos los niveles de la Administración«.
  • «En Educación y Sanidad, habrá un plazo de un año para adaptar la normativa al personal docente y al personal estatutario y equivalente de los servicios de salud».

Los sectores de Sanidad y Educación disponen de un año para adaptar  esta normativa, dada la complejidad de los mismos y al gran número de temporales que existen en ellos. Las dudas sobre cómo se aplicará en estos sectores continúan y muchas organizaciones sindicales creen que no garantiza la continuidad en el empleo.

El sindicato STEs participó la semana pasada en una ronda de conversaciones con todos los grupos parlamentarios en el Parlamento europeo, a los que se les transmitió que el Estado español, en una nueva burla a la UE,  continuará sin trasponer la Directiva 1999/70 a su ordenamiento interno en el sector público, situando a España al nivel de Polonia o Hungría en su sistemático cuestionamiento de la supremacía del derecho comunitario sobre el interno.

Además tampoco tienen en cuenta la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establecida en sus sentencias de 19 de marzo de 2020 y 3 de junio de 2021. En primer lugar, no castiga a las administraciones que han contratado en fraude de ley con la fijeza del personal abusado, a diferencia de lo que hace el Estatuto de los Trabajadores en la empresa privada.

Se han comprometido a sacar a concurso las vacantes ocupadas por personal en abuso con anterioridad al uno de enero de 2016, un concurso de libre concurrencia en el que el personal abusado en el mejor de los casos podrá contar con una puntuación extra en el concurso de libre concurrencia. Sin pruebas con carácter eliminatorio en caso de hacerse oposiciones, con lo que se garantizará que todo el mundo podrá llegar a la fase de concurso. En consecuencia,  la judicialización continuará,  al no fijarse a personas sino vacantes.

En el caso de docentes y sanitarios es previsible algún apaño chapucero como el antes descrito. Algo similar a los “periodos transitorios” ya conocidos en educación, donde las pruebas de oposición no tenían carácter eliminatorio. Permitiendo así llegar a la fase de concurso a todas las personas aspirantes.

Desde luego es una mejora respecto al acceso a la función pública docente aprobada por el PP –y todavía vigente bajo el gobierno “progresista”-, pero ni castiga la sistemática contratación en fraude de ley por parte de las consejerías de educación –incumpliendo lo establecido en el artículo 10 del EBEP respecto a la contratación de personal interino-, ni garantiza la continuidad en el empleo.

Es previsible un aluvión de demandas judiciales de no hacerse bien las cosas. El incumplimiento de la normativa de la UE implicará una sangría para las arcas públicas, algo a lo que deberían poner remedios nuestras diputadas y diputados.

Nota sobre el proyecto de ley para la reducción de la temporalidad de gabinetes de abogados especializados.

Comunicado de prensa del Ministerio de Hacienda y Funicón Pública:

Download the PDF file .

Comparte:

También te podría gustar...

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.