Premios Investigación e Innovación ESO, Bachillerato y FP. Curso15-16. Convocatoria, Centros seleccionados y Centros premiados

Seleccionados los Proyectos de  22 centros de ESO, Bachillerato y FP de Castilla y León

ORDEN EDU/330/2016, de 20 de abril, por la que se relacionan los proyectos de investigación e innovación seleccionados para optar a los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso 2015/2016.

Mediante Orden EDU/1065/2013, de 18 de diciembre, modificada por Orden EDU/13/2015, de 13 de enero, se crean los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, con la finalidad de incentivar la realización de proyectos de investigación e innovación mediante el reconocimiento oficial de los alumnos autores de aquellos que merezcan especial consideración.

Por Orden EDU/812/2015, de 24 de septiembre, se convocan los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso 2015-16, de conformidad con lo establecido en el apartado sexto, puntos 3 y 4, la relación de los proyectos de investigación e innovación, seleccionados por las comisiones provinciales de valoración, uno por cada etapa educativa, salvo que alguna categoría hubiese quedado vacante en cuyo caso se podrá incrementar el número de proyectos seleccionados en la categoría en la que se hubieran presentado mayor número de proyectos, que optan a estos premios, se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León». En su virtud

RESUELVO

Seleccionar los proyectos de investigación e innovación que optan a los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso 2015-16, cuya relación se encuentra en el Anexo.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 20 de abril de 2016. El Consejero, Fdo.: Fernando Rey Martínez

ANEXO: PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN QUE OPTAN A LOS PREMIOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA, BACHILLERATO Y FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN, CORRESPONDIENTES AL CURSO 2015-16

ÁVILA:

  • EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA:
    • La clase invertida de Khan Academy. IES Alonso de Madrigal.
  • BACHILLERATO:
    • Estudio sobre la salud integral del alumnado del centro. IES Juana de Pimentel. Arenas de San Pedro.
  • FORMACIÓN PROFESIONAL:
    • Análisis de costes en diferentes arquitecturas de sistemas informáticos en el aula. IES Alonso de Madrigal.

BURGOS:

  • EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA:
    • Efectividad de los sonidos armónicos: Ondas binaurales. CC Nuestra Señora de la Merced y San Francisco Javier.
  • BACHILLERATO:
    • Me emociono, luego existo. La educación emocional en Secundaria y Bachillerato. IES Pintor Luis Sáez.
    • Actitudes políticas y controversias ante la Ley para la Reforma Política y la Constitución de 1978: Un análisis generacionalmente distanciado. IES Pintor Luis Sáez.

LEÓN:

  • EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA:
    • El aire que respiras. IESO de Puente Domingo Flórez. Puente Domingo Flórez.
  • BACHILLERATO:
    • Estudio comparado de la actividad de distintos antiácidos en el organismo. IES Lancia.
  • FORMACIÓN PROFESIONAL:
    • Del escaneo 3D a la impresora 3D (Impresora Multifunción 3D). IES Giner de los Ríos.

PALENCIA:

  • BACHILLERATO:
    • Leche y canela contra los hongos: La batalla final. Estudio del poder fungicida de la leche y la canela y diseño de un fungicida para uso en agricultura ecológica. IES Trinidad Arroyo.

SALAMANCA:

  • EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA:
    • Estudio de la influencia de las ondas magnéticas en el desarrollo de una planta. IES Leonardo Da Vinci. Alba de Tormes.
    • Matemáticas por Guijuelo. IES Vía de la Plata. Guijuelo.
  • BACHILLERATO:
    • La complementariedad entre la formación económica y el estudio de la historia contemporánea. CC San Agustín.

SEGOVIA:

  • EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA:
    • Investigar las propiedades coligativas en diferentes disoluciones acuosas. IES Mariano Quintanilla.
  • BACHILLERATO:
    • Una mirada profunda al clima de Segovia. IES Francisco Giner de los Ríos.
    • Observaciones y mediciones astronómicas al alcance de la mano. IES Francisco Giner de los Ríos.

SORIA:

  • BACHILLERATO:
    • Estudio de la influencia de la dieta y culturas mediterráneas en la percepción subjetiva de bienestar y salud de las personas. IES Antonio Machado.
    • Huerto escolar, educación y emprendimiento. IES Santa Catalina. Burgo de Osma.
  • FORMACIÓN PROFESIONAL:
    • BuilDiy, nuevo sistema constructivo modular para casas de madera. CIFP Pico Frentes.

VALLADOLID:

  • EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA:
    • Proyecto de integración palestino-israelí mediante la construcción del Hotel Reconciliación. CC Jesús y María.
  • FORMACIÓN PROFESIONAL:
    • Quesos espectaculares por el mundo. IES Zorrilla.

ZAMORA:

  • EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA:
    • Gestión eficiente de los residuos. IES Cardenal Pardo de Tavera. Toro.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 23 de octubre de 2015.

ORDEN EDU/812/2015, de 24 de septiembre, por la que se convocan los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso 2015-16.

La mejora de la educación viene siendo la premisa esencial en la que se fundamentan las iniciativas puestas en marcha por la administración educativa de Castilla y León. Así, la Consejería de Educación viene desarrollando, dentro del Plan Excellentia, diversas actuaciones con asociaciones profesionales, universidades y otras entidades a fin de profundizar en las diferentes materias del saber científico a las que debe hacer frente el alumnado. De ahí que se venga colaborando en varios proyectos que fomentan el interés por las áreas tanto científicas como lingüísticas. Por su parte, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 1.n) como uno de los principios inspiradores del sistema educativo, el fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa. Asimismo, el artículo 2. h) de la misma ley determina que uno de los fines que orientan el sistema educativo es la adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos. La Orden EDU/1065/2013, de 18 de diciembre, modificada por Orden EDU/13/2015 de 13 de enero («B.O.C. y L.» n.º 3, de 7 de enero y «B.O.C. y L.» n.º 14, de 22 de enero, respectivamente) crea los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León. De acuerdo con su artículo 4, corresponde a la consejería competente en materia de educación convocar anualmente, mediante orden, los citados premios, en la que se establecerán, al menos, los aspectos que se determinan en dicho artículo. En su virtud, y de acuerdo con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.– Objeto. 1. La presente orden tiene por objeto convocar los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso 2015-2016. 2. Estos premios tienen la finalidad de incentivar la realización de proyectos de investigación e innovación mediante el reconocimiento oficial de los alumnos autores de aquellos que merezcan especial consideración. Segundo.– Destinatarios. 1. Podrá optar a estos premios el alumnado que esté cursando educación secundaria obligatoria, bachillerato o formación profesional en centros educativos de la Comunidad de Castilla y León. 2. Los alumnos podrán participar de forma individual o colectiva, en este último caso, con hasta un máximo de tres personas del mismo o de diferentes cursos. Cada alumno sólo podrá participar en un proyecto. 3. Un profesor del centro al que pertenezcan los alumnos participantes será responsable del proyecto de investigación e innovación y encargado de su supervisión y seguimiento. Un profesor podrá ser responsable de varios proyectos de investigación e innovación. Tercero.– Requisitos de los proyectos. 1. Los proyectos presentados en el marco de esta convocatoria deberán ser originales e inéditos, salvo lo dispuesto en el párrafo siguiente, y estarán relacionados con cualquiera de las materias del currículo de educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional, tanto en su vertiente de humanidades como de ciencias. Asimismo, podrán presentarse proyectos, que ya formen parte o se relacionen en algún aspecto con programas de investigación de universidades, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas o de otras entidades de reconocido prestigio. 2. Los proyectos deberán contar con el visto bueno del director del centro educativo. 3. Los proyectos deben contemplar las siguientes fases:

  • a) Fase de planteamiento, indicando qué se va a investigar, el marco teórico y la formulación de las hipótesis de investigación.
  • b) Formulación de diseño de la investigación: Identificación de variables y metodología a aplicar.
  • c) Fase de experimentación: Ejecución del diseño, recogida de información y obtención de datos.
  • d) Fase de tratamiento y análisis de datos, obtención de resultados (contraste de hipótesis) y elaboración de conclusiones.

4. Los proyectos de investigación e innovación incluirán los siguientes aspectos:

  • a) Título del proyecto.
  • b) Datos personales del alumnado, coordinador y centro educativo.
  • c) Explicación de las fases expuestas en el apartado tercero. 3.
  • d) Contribución al desarrollo de los objetivos de la educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de la materia o materias implicadas, así como a la consecución y adquisición de las competencias del currículo, en su caso.
  • e) Referencias bibliográficas.

5. Serán excluidos los proyectos que no reúnan los requisitos recogidos en los apartados anteriores. Cuarto.– Solicitudes y documentación. 1. Las solicitudes cumplimentadas conforme al modelo que figura en el Anexo, disponible también en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://tramitacastillayleon.jcyl.es), en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), en las Oficinas Generales, en la Departamental de la Consejería de Educación y en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de esta Administración. 2. Las solicitudes irán dirigidas al Sr. Consejero de Educación y se presentarán por el profesor responsable del proyecto por uno de los siguientes medios:

  • a) De forma presencial. Preferentemente, en la Dirección Provincial de Educación a la que pertenezca el centro docente donde se desarrolle el proyecto, o en cualquiera de los registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • b) De forma electrónica. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas.
  • Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en web de la Junta de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
  • Los interesados que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto con la correspondiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos Anexos a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio de la posibilidad de requerir al particular la exhibición del documento o información original, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
  • Las solicitudes así presentadas producirán los mismos efectos jurídicos que las formuladas de acuerdo con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. El registro electrónico emitirá resguardo acreditativo de la presentación, consistente en una copia auténtica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen a la misma.
  • Esta copia está configurada de forma que puede ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.

3. A la solicitud se adjuntará el proyecto de investigación e innovación, firmado por el profesor del centro responsable del mismo, en el que se indiquen los aspectos recogidos en el apartado tercero.4. Quinto.– Plazo de presentación de solicitudes, tramitación y subsanación de defectos. 1. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 23 de octubre de 2015. 2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, si la solicitud no reuniese los requisitos exigidos en la presente orden, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no se hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos del artículo 42.1 de la precitada Ley. Sexto.– Las comisiones provinciales de valoración. 1. Se creará una comisión provincial de valoración en cada provincia, con el fin de comprobar que las solicitudes y proyectos presentados cumplen los requisitos del apartado tercero. Dicha comisión, compuesta por tres miembros, estará presidida por el titular de la Dirección Provincial de Educación de la provincia correspondiente o persona en quien delegue e integrada además, por dos técnicos de la Dirección Provincial de Educación, nombrados por el titular de la misma. 2. La relación de proyectos, que reúnan los requisitos del apartado tercero, se publicará el 13 de noviembre de 2015 en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Educación. Asimismo, se comunicará a los centros donde se vayan a desarrollar los proyectos seleccionados, a fin de que lo lleven a la práctica a partir del 16 de noviembre de 2015. 3. Una vez llevados a cabo los proyectos de investigación e innovación, los alumnos participantes realizarán una memoria final detallada sobre el desarrollo de las distintas fases del proyecto con especial incidencia en los resultados obtenidos, las conclusiones de la investigación y sus posibles aplicaciones. Dicha memoria se remitirá hasta el 4 de abril de 2016 a las comisiones provinciales de valoración para su análisis y selección de tres proyectos de investigación e innovación, uno por cada etapa educativa: Educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional, de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado 7. Si alguna categoría quedase vacante, se podrá incrementar el número de proyectos seleccionados en la categoría en la que se hubieran presentado mayor número de proyectos. Las comisiones provinciales de valoración remitirán las actas correspondientes a la Dirección General de Innovación y Equidad Educativa antes del 18 de abril de 2016. 4. La relación de los proyectos de investigación e innovación seleccionados se publicará antes del 2 de mayo de 2016 en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y será objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http:/www.educa.jcyl.es). 5. El 27 de mayo de 2016, los proyectos de investigación e innovación seleccionados se expondrán públicamente, contando para ello con un tiempo de 5 minutos, ante un jurado que elegirá los tres mejores, uno por cada etapa educativa: Educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional, conforme a los criterios del apartado octavo.2, en el lugar que determine la Dirección General de Innovación y Equidad Educativa, del que se informará a través de los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http:/www.educa.jcyl.es), contando con el apoyo organizativo del Instituto Universitario de Ciencias de la Educación de Salamanca. Séptimo.– Criterios de valoración. Las comisiones provinciales de valoración calificarán cada uno de los proyectos de investigación e innovación de cero a diez puntos, de acuerdo con los siguientes criterios:

  • a) Creatividad, originalidad e interés del proyecto de investigación e innovación.
  • b) Metodología científica empleada.
  • c) Interdisciplinariedad.
  • d) Grado de contribución al desarrollo y adquisición de las competencias.
  • e) Integración del proyecto en la programación didáctica o relación del trabajo con los contenidos curriculares del curso.
  • f) Contribución al desarrollo de los objetivos de etapa.
  • g) Grado de aplicabilidad en ámbito educativo o industrial.

Octavo.– Jurado. 1. El fallo de los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León corresponderá a un jurado presidido por la Directora General Innovación y Equidad Educativa o persona en quien delegue, e integrado además por diez miembros de reconocido prestigio, designados por el titular de la citada dirección general, uno de los cuales actuará como secretario, levantando acta del desarrollo de la sesión expositiva de los proyectos. 2. El jurado efectuará el proceso de valoración de los proyectos, calificándolos de 0 a 10 puntos, de conformidad con los criterios del apartado séptimo, teniendo en cuenta además la calidad técnica de los recursos elaborados y la exposición del proyecto. 3. La decisión del jurado se adoptará por mayoría de votos de sus componentes, decidiendo en caso de empate el voto de calidad del presidente. 4. El fallo del jurado se hará público el 27 de mayo de 2016 en la sesión expositiva de los proyectos. 5. El fallo del jurado será inapelable, siendo objeto de publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http:/www.educa.jcyl.es). Noveno.– Entrega de los premios. Los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León serán entregados por el Consejero de Educación o persona en quien delegue. Décimo.– Reconocimientos. 1. A los alumnos de los proyectos de investigación e innovación seleccionados por las comisiones provinciales se les concederá un diploma acreditativo de la distinción obtenida que se adjuntará al expediente académico, a los efectos oportunos. 2. A los alumnos premiados se les hará constar esta especial circunstancia en su historial académico a los efectos oportunos. 3. A los alumnos y profesores de los tres proyectos de investigación e innovación premiados se les podrá otorgar materiales educativos procedentes de entidades patrocinadoras. 4. A los profesores, responsables de los proyectos de investigación e innovación seleccionados por las comisiones provinciales, se les reconocerá su labor mediante créditos de formación. 5. A los centros educativos de los proyectos de investigación e innovación seleccionados por las comisiones provinciales se les otorgará una mención de honor con reconocimiento específico relacionado con la investigación. Asimismo, dichos centros tendrán preferencia en la asistencia a congresos nacionales e internacionales relativos a investigación educativa. Undécimo.– Divulgación y publicación. 1. Los proyectos de investigación e innovación seleccionados por las comisiones provinciales estarán a disposición de esta Administración para su uso y posible publicación, en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. 2. Los proyectos seleccionados por las comisiones provinciales podrán ser difundidos y publicados en cualquier medio y formato, aún en el caso de que sea necesaria su conversión a otro diferente. Se podrá instar a los autores a realizar en ellos las correcciones necesarias, pudiendo anularse la publicación si no se procediese a tal corrección. La edición contará con un ISBN. Duodécimo.– Compatibilidad con otros premios. Los premios concedidos serán compatibles con otros premios de similar naturaleza que los beneficiarios puedan obtener en certámenes, concursos y encuentros convocados tanto por organismos públicos como privados. Decimotercero.– Desarrollo. Se faculta a la Directora General de Innovación y Equidad Educativa a dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean precisas para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en la presente orden. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Valladolid, 24 de septiembre de 2015.

El Consejero, Fdo.: Fernando Rey Martínez

SECUNDARIA

  • Premio de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria: Proyecto: Investigar las propiedades coligativas en diferentes disoluciones acuosas, realizado por los alumnos Adrián Arribas de Antonio, Alicia Sarmentero Arias, Ricardo Serrano Santa Teresa profesora que ha coordinado el proyecto Pilar Leal Insua de IES Mariano Quintanilla, Segovia.

BACHILLERATO

  • Premio de Investigación e Innovación en Bachillerato: Proyecto: Observaciones y mediciones astronómicas al alcance de la mano, realizado por los alumnos Arturo Jiménez Cebolla, Ernesto Palomo Heras, María Segovia Martín, profesor que ha coordinado el proyecto Pedro Canales Tejedor del IES Francisco Giner de los Ríos de Segovia.

FP

  • Premio de Investigación e Innovación en Formación Profesional: Proyecto: Del Escaneo 3D a la Impresora 3D (Impresora Multifunción 3D), realizado por los alumnos Agustín Álvarez Raposo; Omar López Guerra, profesor que ha coordinado el proyecto Enrique Fernández García del IES Giner de los Ríos de León.

Premios Investigación e Innovación ESO, Bachillerato y FP. Curso 14-15

Seleccionados 27 proyectos de innovación en centros de ESO, Bachillerato y Formación Profesional (25 públicos, 2 privados)

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