Actividades de Inmersión en Lengua Inglesa en el CRIE de Almazán. Centros de Primaria y ESO. Convocatoria Curso 22-23

crie-almazan-520

Convocatoria para la selección de centros docentes públicos para participar en las actividades de inmersión en lengua inglesa programadas por el Centro Rural de Innovación Educativa de Almazán (Soria) durante el curso 2022-2023.

  • Solicitantes: centros docentes públicos de educación primaria y/o educación secundaria obligatoria.
  • Alumnado: grupos constituidos por 25 alumnos de quinto y sexto curso de educación primaria y/o de primero y segundo curso de educación secundaria obligatoria. Cada grupo de alumnos acudirá acompañado de un profesor.
  • Plazo:  hasta el 19 de septiembre de 2022
  • Actividades: comenzarán el día 17 de octubre de 2022 y finalizarán el 9 de junio de 2023.
  • Turnos semanales: comenzarán los lunes por la tarde y finalizarán los viernes por la tarde, doce semanas con grupos de educación primaria y doce semanas con grupos de educación secundaria obligatoria.

Los centros solicitantes podrán proponer grupos constituidos por alumnos de un solo grupo de referencia (grupo aula) del centro docente:

  • Un grupo/aula de hasta 25 alumnos de quinto o sexto curso de educación primaria.
  • Un grupo/aula de hasta 25 alumnos de primer o segundo curso de educación secundaria obligatoria.

Las actividades se desarrollarán en turnos semanales que comenzarán los lunes por la tarde y finalizarán los viernes por la tarde, a lo largo de dieciocho semanas completas que se distribuyen de la siguiente forma: nueve semanas se realizarán con grupos de educación primaria y otras nueve con grupos de enseñanza secundaria obligatoria.

En cada turno asistirá un único un grupo de referencia (grupo aula) de un solo centro, que acudirá acompañado de un profesor que, realizando funciones de tutor, se responsabilizará y permanecerá con su alumnado durante el desarrollo de las actividades del CRIE.

ORDEN EDU/1082/2022, de 17 de agosto, por la que se realiza convocatoria para la selección de centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León, para participar en las actividades de inmersión en lengua inglesa programadas por el Centro Rural de Innovación Educativa de Almazán (Soria), durante el curso 2022/2023 y se delega la competencia para su resolución.

Mediante Orden EDU/844/2017, de 19 de septiembre, se crea el Centro Rural de Innovación Educativa de Almazán (Soria) y se dispone su puesta en funcionamiento, con la finalidad principal de realizar actividades que desarrollen y completen la acción educativa llevada a cabo en los centros escolares de la Comunidad de Castilla y León y facilitar la convivencia de los alumnos de estos centros, estando su acción prioritariamente dirigida al alumnado de educación primaria y de primero y/o segundo curso de educación secundaria obligatoria.

Las actividades programadas por el Centro Rural de Innovación Educativa de Almazán tienen como objeto desarrollar las competencias en comunicación lingüística a través de la inmersión en lengua inglesa en un ámbito más amplio que el escolar. Para ello ofrece un espacio donde el alumnado pueda desarrollar y profundizar en las habilidades comunicativas en situaciones cotidianas. Así mismo, ofrece al profesorado pautas y ejemplos de interés para la innovación y aplicación de buenas prácticas en las aulas.

En este contexto, se considera procedente poner a disposición de los centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León, a través de la presente orden, un recurso más para potenciar el aprendizaje de las lenguas extranjeras, así como servir de apoyo al plurilingüismo y a la inmersión en lengua inglesa.

Por lo expuesto, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.– Objeto y ámbito.

La presente orden tiene por objeto realizar la convocatoria para la selección de centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León para participar en las actividades de inmersión en lengua inglesa programadas por el Centro Rural de Innovación Educativa, en adelante CRIE, de Almazán (Soria), durante el curso 2022/2023 y se delega la competencia para su resolución.

Segundo.– Objetivos.

Los objetivos que se pretenden conseguir con el desarrollo de las actividades programadas por el CRIE de Almazán para el curso 2022/2023 son, entre otros, los siguientes:

  • a) Desarrollar la competencia en lengua inglesa que ayude al alumnado en su autonomía para desenvolverse en una sociedad pluricultural.
  • b) Favorecer la innovación en el aprendizaje de las lenguas extranjeras a través de novedosos enfoques comunicativos que motiven al alumnado.
  • c) Ofrecer al alumnado la posibilidad de convivir en un espacio no habitual como refuerzo de las competencias o relaciones sociales y cívicas.

Tercero.– Destinatario y alumnado participante.

1. Los destinatarios de esta convocatoria serán los centros públicos de la Comunidad de Castilla y León que impartan educación primaria y/o educación secundaria obligatoria.

2. Cada centro solicitante podrá proponer la participación de grupos constituidos por 25 alumnos de quinto y sexto curso de educación primaria y/o de primero y segundo curso de educación secundaria obligatoria.

3. En el caso de centros con un bajo número de alumnado y que, por ello, no pueda formar un grupo propio, este se podrá completar con alumnos de otros centros o, de forma, excepcional, con alumnos de otros cursos de su mismo centro.

En el supuesto de agrupaciones, será el centro que cuente con un mayor número de alumnos el que presente una única solicitud en representación de todos los centros que figuren en la misma.

Si aun así algún centro no lograra completar el grupo, la comisión de valoración a la que se refiere el apartado séptimo podrá arbitrar medidas para agruparlo con otros centros de similares características.

Cuarto.– Organización de las actividades.

1. El calendario de convivencias, que serán semanales, comenzará el día 17 de octubre de 2022 y finalizará el 9 de junio de 2023.

2. Las actividades se desarrollarán en turnos semanales que comenzarán los lunes por la tarde y finalizarán los viernes por la tarde, a lo largo de veinticuatro semanas; doce semanas con grupos de educación primaria y las otras doce semanas con grupos de educación secundaria obligatoria. En el caso de que no se cubran los turnos con los niveles educativos señalados se podrán cubrir con grupos del otro nivel educativo si hubiera centros en reserva.

3. Cada grupo de alumnos acudirá acompañado de un profesor que, realizando funciones de tutor, se responsabilizará y permanecerá con su alumnado durante el desarrollo de las actividades del CRIE de Almazán.

El número de profesores podrá aumentar en función de las necesidades del grupo, cuando el alumnado que participe en la actividad tenga necesidades específicas de apoyo educativo o padezca determinadas enfermedades o tenga circunstancias específicas debidamente documentadas.

4. Serán funciones del profesorado acompañante, además de las de tutor, las siguientes:

  • a) Informar a las familias y al alumnado de todos los aspectos relativos a la participación y desarrollo de la actividad, así como la cumplimentación de los documentos que recojan los datos del alumnado y del profesorado participante.
  • b) Colaborar con el profesorado del CRIE de Almazán tanto en las actividades programadas para la semana de convivencia con su alumnado, como en su evaluación curricular y garantizar la conexión del trabajo desarrollado en el CRIE de Almazán con el trabajo en el centro participante.
  • c) Asistir a las reuniones de coordinación, presenciales o a distancia, que se celebren entre los centros y en su caso con la dirección provincial de educación correspondiente.

5. Las actividades serán dirigidas por el equipo docente del CRIE de Almazán que contará con la colaboración del profesorado acompañante. Las actuaciones del CRIE de Almazán se complementarán con actividades lúdicas y deportivas y otras que propicien el aprendizaje de los aspectos orales y de otra índole en lengua inglesa.

6. Las normas de régimen interno del CRIE de Almazán serán de obligado cumplimiento por parte de alumnado y profesorado. Ante posibles daños se aplicará el protocolo establecido en las normas de organización, funcionamiento y convivencia del CRIE de Almazán que estará a disposición del centro participante.

7. Durante la participación en la actividad, tanto alumnado como profesorado estarán cubiertos por un seguro de accidentes y responsabilidad civil, que les dará protección desde la salida de su centro docente hasta su regreso al mismo.

8. La participación en la actividad incluirá el alojamiento, la manutención y el transporte de los alumnos desde su centro hasta las instalaciones del CRIE de Almazán, y el regreso a su centro una vez finalizada la actividad. Asimismo, se incluirá el material de trabajo necesario.

Quinto.– Solicitudes, documentación y plazo de presentación.

1. El centro interesado deberá presentar una solicitud por grupo que irá dirigida a la Consejera de Educación conforme al documento número 1.

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma electrónica a través del Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https//www.tramitacastillayleon.jcyl.es), para lo cual los las personas titulares de la dirección del centro docente deberán disponer del DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por una entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocida por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas corporativas.

Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada que se encuentra publicada en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https//www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

El registro electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la prestación, consistente en una copia autentica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen a la misma.

Esta copia estará configurada de forma que pueda ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de la presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.

3. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el día 19 de septiembre de 2022.

4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la solicitud no reuniese los requisitos exigidos, la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada al efecto en los términos establecidos en el artículo 21 de la misma ley.

5. La subsanación se realizará a través del Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en la forma determinada en el apartado quinto.2, mediante el envío de un formulario de incorporación de datos cumplimentado según el documento número 2.

Sexto.– Notificaciones y comunicaciones.

Las notificaciones y comunicaciones derivadas del procedimiento se realizarán exclusivamente por procedimientos electrónicos. La práctica de las notificaciones se realizará de conformidad con el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, previo envío de un aviso sobre la puesta a disposición de la notificación efectuada al correo electrónico indicado en la solicitud de acuerdo con el artículo 41.6 de la citada ley.

Séptimo.– Comisión y criterios de valoración.

1. Finalizado el plazo de presentación y de subsanación de las solicitudes, estas serán evaluadas por una comisión de valoración constituida al efecto que presidirá el Jefe de Servicio de Participación Educativa y Ayudas al Estudio o persona en quien delegue, y dos funcionarios de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, nombrados por su titular, uno de los cuales actuará como secretario.

2. Tendrán prioridad y reserva de plaza para asistir a esta actividad durante el curso escolar 2022/2023, los centros que fueron seleccionados para participar en dichas actividades en el curso 2021/2022 y no pudieron asistir por motivos relacionados con la situación sanitaria provocada por la COVID-19.

3. Para el resto de los casos, la comisión evaluará las solicitudes presentadas, revisará si cumplen con los requisitos generales, y realizará una prelación conforme a los siguientes criterios de valoración:

  • a) Por las características del centro, hasta 6 puntos de acuerdo con el siguiente baremo:
    • 1º Si el centro tiene sección lingüística o sección bilingüe: 1,5 puntos.
    • 2º Por el contexto del centro (características socioeconómicas, culturales, educativas, demográficas, orográficas, de infraestructuras viarias, así como otros datos relevantes que permitan valorar las características de su ámbito): hasta 2 puntos.
    • 3º Por la ubicación del centro, primando las localidades de menor a mayor número de habitantes, referido en educación primaria a la localidad en la que está ubicado el centro de educación infantil y primaria (CEIP) y en el caso de los centros rurales agrupados (CRA) a la localidad de procedencia del grupo participante, hasta 2,5 puntos de acuerdo con el siguiente desglose:
      • 3º.1. Educación primaria: menos de 400 habitantes: 2,5 puntos; entre 401 y 1.000 habitantes: 2 puntos y más de 1.001 habitantes: 1 punto.
      • 3º.2. Educación Secundaria: menos de 1000 habitantes: 2,5 puntos; entre 1.001 y 5.000 habitantes: 2 puntos y más 5.001 habitantes: 1 punto.
  • b) Por el tipo de centro, hasta 2 puntos, de acuerdo con el siguiente desglose:
    • 1º Educación primaria:
      • 1º.1. CEIP en el que funcione solo una unidad de educación primaria: 2 puntos.
      • 1º.2. CRA: 1,5 puntos.
      • 1º.3. CEIP en el funcionen menos de 6 unidades de educación primaria: 1,5 puntos.
      • 1º.4. CEIP en el que funcionen 6 unidades de educación primaria: 1 punto.
      • 1º.5. CEIP en el que funcionen más de 6 unidades de educación primaria: 0,5 puntos.
  • 2º Educación secundaria:
    • 2º.1. CEIP en los que se imparta primero y segundo de educación secundaria obligatoria (ESO) y secciones de institutos de educación secundaria obligatoria: 2 puntos.
      • 2º.2. Centros de educación obligatoria (CEO). 1,75 puntos.
      • 2º.3. Institutos de educación secundaria obligatoria (IESO): 1,5 puntos e Institutos de educación secundaria (IES): 1 punto.
  • c) Por la participación del centro en un proyecto de innovación educativa en los dos últimos cursos: 1 punto.

4. En los casos de empate en la puntuación, los centros serán ordenados en función de la siguiente prelación:

  • a) En primer lugar, los centros que no hayan participado con anterioridad en actividades de inmersión en lengua inglesa programadas por el CRIE de Almazán.
  • b) En segundo lugar, los centros con sección lingüística o bilingüe.

5. En el caso de centros educativos que presenten más de una solicitud, solo será seleccionada una de ellas cuando el número de solicitudes sea mayor que el número de plazas.

Octavo.– Resolución.

1. A la vista del expediente y el informe de la comisión de valoración, la convocatoria será resuelta por el Director General de Innovación y Formación del Profesorado, mediante la delegación que se efectúa en esta orden.

2. La resolución, que se publicará en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, y será objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), recogerá un listado con los centros seleccionados y dos listados, uno de centros de educación primaria y otro de educación secundaria, con los centros suplentes debidamente ordenados.

3. El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se podrán entender desestimadas las solicitudes en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

4. Contra la resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Educación, conforme al documento número 9 o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en los tablones de anuncios.

5. En el caso de que un centro de los seleccionados para participar en las actividades de inmersión en lengua inglesa programadas por el CRIE de Almazán no pudiera asistir, por una causa debidamente justificada, deberá enviar por escrito su renuncia tanto a la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado como al propio CRIE de Almazán con la antelación suficiente como para que la plaza se pueda ocupar por el centro en reserva correspondiente, en caso contrario se considerará que el centro ha participado en la actividad.

6. Los centros seleccionados deberán remitir al CRIE de Almazán, debidamente cumplimentados, a través del correo electrónico 42700113.secretaria@educa.jcyl.es, los siguientes documentos:

  • a) Documento número 3, relativo a los datos del grupo y profesor acompañante, firmado por la persona titular de la dirección del centro docente.
  • b) Documento número 4, relativo a los datos del alumnado participante.
  • c) Documento número 5, relativo a la autorización para la participación del alumnado, firmado por el padre, la madre o el tutor legal.
  • d) Documento número 6, relativo a la ficha médica del alumnado participante, firmado por el padre, la madre o el tutor legal.
  • e) Documento número 7, relativo al consentimiento informado para el tratamiento de datos de imagen y voz del alumnado participante, firmado por el padre, la madre o el tutor legal, o bien por el propio alumno/a si tiene 14 o más años.
  • f) Documento número 8, declaración responsable comunicando si el alumno tiene síntomas compatibles con la COVID, firmado por el padre, la madre o el tutor legal.

7. Los plazos para que los centros seleccionados remitan los documentos anteriormente serán los siguientes:

  • a) Los turnos seleccionados para participar en el primer trimestre del curso escolar: entre el 5 y el 14 de octubre de 2022.
  • b) Los turnos seleccionados para participar en el segundo trimestre del curso escolar: entre el 1 y el 15 de diciembre de 2022.
  • c) Los turnos seleccionados para participar en el tercer trimestre del curso escolar: entre el 1 y el 15 de marzo de 2023.

Noveno.– Documentos.

Todos los documentos mencionados en esta convocatoria estarán disponibles en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León(https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

Décimo.– Informe final y reconocimiento al profesorado.

1. En los treinta días siguientes al desarrollo de la actividad, los centros participantes remitirán al CRIE de Almazán un Informe final de la actividad, elaborado por el profesorado acompañante, en el que se indicará el grado de consecución de los objetivos y el compromiso del centro docente con la actividad del CRIE de Almazán, así como sugerencias y propuestas, en su caso.

2. El CRIE de Almazán recogerá en su memoria final, un breve resumen y valoración de los respectivos informes finales de los centros participantes. Esta memoria será remitida a la Dirección Provincial de Educación de Soria para que esta a su vez la remita junto con una relación certificada de la totalidad del profesorado participante en las actividades del CRIE de Almazán durante el curso escolar 2022/2023, a la Dirección General de Innovación y Formación el Profesorado.

3. La Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado podrá reconocer al profesorado acompañante un máximo de tres créditos de formación, en función del informe final realizado.

Undécimo.– Desarrollo.

Se faculta al Director General de Innovación y Formación del Profesorado para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Educación o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 17 de agosto de 2022.

La Consejera,

Fdo.: Rocío Lucas Navas

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