Actividades de inmersión en lengua inglesa en el CRIE, de Almazán (Soria). Convocatoria 18-19

  • Alumnado de educación primaria y/o educación secundaria obligatoria
  • Plazo día 3 de mayo de 2019.
ORDEN EDU/303/2019, de 26 de marzo, por la que se realiza convocatoria para la selección de centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León para participar en las actividades de inmersión en lengua inglesa programadas por el Centro Rural de Innovación Educativa de Almazán (Soria), durante el curso 2019/2020.

crie almazanMediante Orden EDU/844/2017, de 19 de septiembre, se crea el Centro Rural de Innovación Educativa de Almazán (Soria) y se dispone su puesta en funcionamiento, con la finalidad principal de realizar actividades que desarrollen y completen la acción educativa llevada a cabo en los centros escolares de la Comunidad de Castilla y León y facilitar la convivencia de los alumnos de estos centros, estando su acción prioritariamente dirigida al alumnado de educación primaria y de primero y/o segundo curso de educación secundaria obligatoria.

El Centro Rural de Innovación Educativa de Almazán durante el curso 2019/2020 tiene previsto realizar actividades para atender la diversidad del alumnado, con un enfoque multidisciplinar, en un ámbito más amplio que el escolar, con objeto de proporcionar una situación de inmersión en lengua inglesa, donde el alumnado pueda desarrollar y profundizar en las habilidades comunicativas en dicha lengua, ofreciéndole, además, la posibilidad de compartir experiencias personales propias con el alumnado de otros centros docentes.

En este contexto, se considera procedente ofrecer a los centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León, a través de la presente orden, un recurso más para potenciar el aprendizaje de las lenguas extranjeras, así como servir de apoyo al plurilingüismo y a la inmersión en lengua inglesa.

Por lo expuesto, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.– Objeto y ámbito.

1. La presente orden tiene por objeto realizar la convocatoria para la selección de centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León para participar en las actividades de inmersión en lengua inglesa programadas por el Centro Rural de Innovación Educativa, en adelante CRIE, de Almazán (Soria), durante el curso 2019/2020.

2. El desarrollo de las actividades se realizará en las siguientes instalaciones dependientes del CRIE de Almazán:

  • a) Primer trimestre: Escuela Hogar «Julián Sanz del Río» de Arcos de Jalón.
  • b) Segundo trimestre: Escuela Hogar «Nuestra Señora del Campanario» de Almazán.
  • c) Tercer trimestre: Escuela Hogar «García Royo» de Ágreda.

Segundo.– Objetivos.

Los objetivos de la presente orden son, entre otros, los siguientes:

  • a) Desarrollar actividades comunicativas en lengua inglesa en entornos diversos.
  • b) Consolidar el aprendizaje de la lengua inglesa, desarrollando aspectos prácticos de la misma y adquirir hábitos y actitudes positivos.
  • c) Utilizar metodologías innovadoras que puedan ser aplicadas a las actividades de aula y a la vida diaria.
  • d) Desarrollar actitudes positivas de convivencia y cooperación.

Tercero.– Destinatarios y alumnado participante.

1. Los destinatarios de esta convocatoria serán los centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León que impartan educación primaria y/o educación secundaria obligatoria.

2. Cada centro solicitante podrá proponer:

  • a) Un grupo de 24 alumnos de sexto curso de educación primaria para participar en las actividades que se desarrollan en el primer y tercer trimestre del curso 2019/2020.
  • b) Un grupo de 25 alumnos de primer y/o segundo curso de educación secundaria obligatoria para participar en las actividades que se desarrollan en el segundo trimestre del curso 2019/2020.

3. Cuando un centro, por su bajo número de alumnado, no pueda alcanzar el número de alumnos necesario para formar un grupo, éste podrá ser completado con alumnos de otros centros cercanos y, en el caso de centros de educación primaria que presenten grupo de sexto curso, de manera excepcional, con alumnos de quinto curso. En el supuesto de agrupaciones, será el centro que cuente con un mayor número de alumnos el que presente una única solicitud en representación de todos los centros que figuren en la misma.

Si aun así algún centro no lograra completar el grupo, la comisión de valoración a la que se refiere el apartado octavo podrá arbitrar medidas para agruparlo con otros centros de similares características.

Cuarto.– Organización de las actividades.

1. Las actividades objeto de esta convocatoria se desarrollarán en turnos semanales que comenzarán los lunes por la tarde y finalizarán los viernes por la tarde, a lo largo de veintiuna semanas, durante el curso escolar 2019/2020, de acuerdo con la distribución que se especifica en el Anexo.

2. Cada turno tendrá una capacidad de cuarenta y ocho alumnos y dos profesores acompañantes para el primer y tercer trimestre del curso 2019/2020 y de cincuenta alumnos y dos profesores acompañantes para el segundo trimestre del curso citado.

3. Cada grupo de alumnos acudirá acompañado de un solo profesor que, realizando funciones de tutor, se responsabilizará y permanecerá con su alumnado durante el desarrollo de las actividades del CRIE, pudiendo aumentar su número en función de las necesidades del grupo cuando participen en la actividad alumnos con necesidades educativas especiales. En el caso de los centros que se hayan agrupado podrá asistir un profesor más a partir del tercer centro agrupado.

Serán funciones del profesorado acompañante, además de las de tutor, las siguientes:

  • a) Informar a las familias y al alumnado de todos los aspectos relativos a la participación y desarrollo de la actividad, así como la cumplimentación de los documentos que recojan tanto los datos del grupo y del profesorado como los datos del alumnado participante. Recogida de los documentos de autorización de la participación, ficha médica y consentimiento informado para el tratamiento de datos de imagen y voz del alumnado participante. También presentará la autorización para alojar en la página Web del CRIE de Almazán la propuesta didáctica presentada, firmada por el director del centro, a los que se hace referencia en el apartado noveno.5.
  • b) Coordinar con el CRIE el traslado del alumnado participante.
  • c) Colaborar con el profesorado del CRIE tanto en las actividades programadas para la semana de convivencia con su alumnado, como en su evaluación curricular que será enviada al centro asistente.
  • d) Garantizar la conexión del trabajo desarrollado en el CRIE con el trabajo en el centro participante.

4. Las actividades serán dirigidas por el equipo docente del CRIE, debiendo recibir la colaboración del profesorado acompañante, especialmente en el desarrollo de la propuesta didáctica diseñada por el centro e incluida en la solicitud de participación, que tendrá lugar en una única sesión desarrollada en una tarde del turno semanal adjudicado. Las actuaciones del CRIE se complementarán con actividades lúdicas y deportivas u otras que propicien el aprendizaje de los aspectos orales y de otra índole en lengua inglesa.

5. Las normas de régimen interno del CRIE serán de obligado cumplimiento por parte de alumnado y profesorado. Ante posibles daños se aplicará el protocolo establecido en las normas de organización, funcionamiento y convivencia del CRIE que estará a disposición del centro participante.

6. Durante la participación en la actividad, alumnado y profesorado estarán cubiertos por un seguro de accidentes y responsabilidad civil, suscrito al efecto, que les dará protección desde la salida de su centro docente hasta su regreso al mismo.

7. La participación en la actividad incluirá el alojamiento, la manutención y el transporte de los alumnos desde su centro hasta las instalaciones correspondientes, y el regreso a su centro una vez finalizada la actividad. Asimismo, se incluirá el material de trabajo necesario.

Quinto.– Solicitudes.

1. El centro interesado deberá presentar una solicitud por grupo que irá dirigida al Consejero de Educación conforme al formulario de solicitud que como documento número 1 se encuentra disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.com) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://.www.educa.jcyl.es).

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma electrónica, para lo cual los titulares de la dirección del centro deberán disponer del DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por una entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocida por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas corporativas.

Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada que se encuentra publicada en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.com).

Las solicitudes se cursarán a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El registro electrónico emitirá de forma automática un resguardo acreditativo de la prestación, consistente en una copia auténtica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen la misma.

Esta copia estará configurada de forma que pueda ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de la presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.

Sexto.– Plazo de presentación de solicitudes y subsanación.

1. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el día 3 de mayo de 2019.

2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si la solicitud no reuniese los requisitos exigidos en la presente orden, la Dirección General de Innovación y Equidad Educativa requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta, con indicación de que, si así no se hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos del artículo 21 de la precitada ley.

3. La subsanación se realizará a través del Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en la forma determinada en el apartado quinto.2, mediante el envío de un formulario de incorporación de datos cumplimentado según el documento número 2, y que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.com) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://.www.educa.jcyl.es).

Séptimo.– Notificaciones y comunicaciones.

Las notificaciones y comunicaciones derivadas del procedimiento se realizarán exclusivamente por procedimientos electrónicos. La práctica de las notificaciones se realizará de conformidad con el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, previo envío de un aviso sobre la puesta a disposición de la notificación efectuada al correo electrónico indicado en la solicitud de acuerdo con el artículo 41.6 de la citada ley.

Octavo.– Comisión y criterios de valoración.

1. Finalizado el plazo de presentación y subsanación de solicitudes, éstas serán evaluadas por una comisión de valoración constituida al efecto que presidirá el Jefe de Servicio de Participación Educativa y Ayudas al Estudio o persona en quien delegue, y dos funcionarios de la Dirección General de Innovación y Equidad Educativa, nombrados por su titular, uno de los cuales actuará como secretario.

2. La comisión de valoración evaluará las solicitudes y realizará una prelación entre los centros solicitantes, de acuerdo con los siguientes criterios de valoración:

  • a) Características del centro, hasta 7 puntos de acuerdo con el siguiente baremo:
    • 1.º Si el centro tiene sección lingüística (centro con sección bilingüe y/o centro acogido al «convenio MECD-British Council»), 1 punto.
    • 2.º Contexto del centro (características socioeconómicas, culturales, educativas, demográficas, orográficas, de infraestructuras viarias, así como otros datos relevantes que permitan valorar las características de su ámbito, hasta 2 puntos.
    • 3.º Tipo de centro, hasta 2 puntos, de acuerdo con el siguiente desglose:

3.º 1. Educación primaria: Colegio de educación infantil y primaria (CEIP) en el que funcione sólo una unidad de educación primaria, 2 puntos; colegio rural agrupado (CRA), 1,5 puntos; CEIP en el que funcionen menos de 6 unidades de educación primaria, 1,5 puntos; CEIP en el que funcionen 6 unidades de educación primaria, 1 punto y CEIP en el que funcionen más de 6 unidades de educación primaria, 0,5 puntos.

3.º 2. Educación secundaria: CEIP que imparte primero y segundo de educación secundaria obligatoria (ESO) y secciones de institutos de educación secundaria (IES), 2 puntos; centro de educación obligatoria (CEO), 1,75 puntos; instituto de educación secundaria obligatoria (IESO), 1,5 puntos, e instituto de educación secundaria (IES), 1 punto.

    • 4.º Ubicación del centro, primando las localidades de menor a mayor número de habitantes, referido en educación primaria a la localidad en la que está ubicado el CEIP y en el caso de los CRA a su cabecera, hasta 2 puntos de acuerdo con el siguiente desglose:

4.º 1. Educación primaria: Menos de 400 habitantes, 2 puntos; entre 401 y 600 habitantes, 1,5 puntos; entre 601 y 1.000 habitantes, 1 punto y más de 1.001 habitantes, 0,5 puntos.

4.º 2. Educación secundaria: Menos de 1.000 habitantes, 2 puntos; entre 1.001 y 2.000 habitantes, 1,5 puntos; entre 2.001 y 5.000 habitantes, 1 punto y más de 5.001 habitantes, 0,5 puntos.

  • b) Calidad de la propuesta didáctica, hasta 3 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:
    • 1.º Carácter innovador de la propuesta, hasta 1 punto.
    • 2.º Inclusión de soluciones educativas innovadoras que integren nuevos marcos organizativos y/o soportes digitales, hasta 1 punto.
    • 3.º Conexión con el trabajo en el aula, tanto previo como posterior a su participación en la actividad del CRIE, hasta 1 punto.

3. Una vez valoradas las solicitudes, la comisión de valoración realizará un informe con dos listados, uno por cada nivel educativo, en los que figurarán los centros docentes por orden de puntuación. En los casos de empate en la puntuación, los centros serán ordenados en función de la siguiente prelación:

  • a) En primer lugar, los centros que no hayan participado con anterioridad en actividades de inmersión en lengua inglesa programadas por el CRIE de Almazán.
  • b) En segundo lugar, los centros que participen con grupos de alumnos procedentes de dos o más centros docentes y pequeños centros aislados que no logren reunir un grupo.
  • c) En tercer lugar, los centros catalogados como centro 2030.
  • d) Por último, los centros con sección lingüística (centro con sección bilingüe y/o centro acogido al «convenio MECD-British Council»).

Noveno.– Resolución.

1. La convocatoria, será resuelta por el Consejero de Educación, a propuesta razonada de la Directora General de Innovación y Equidad Educativa, visto el expediente y el informe de la comisión de valoración.

2. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León, y será objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), recogerá un listado con los centros seleccionados y otro listado de centros suplentes debidamente ordenados.

3. El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera resuelto y publicado la convocatoria, las solicitudes se entenderán desestimadas.

4. Contra la resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrán interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

5. En el plazo de quince días hábiles desde la publicación de la resolución de la presente convocatoria, los centros seleccionados deberán remitir al CRIE de Almazán, debidamente cumplimentados, a través del correo electrónico 42700113@educa.jcyl.es, los siguientes documentos:

  • a) Documento número 3, relativo a los datos del grupo y profesor acompañante, firmado por el director o directora del centro docente.
  • b) Documento número 4, relativo a los datos del alumnado participante.
  • c) Documento número 5, relativo a la autorización para la participación del alumnado, firmado por el padre, la madre o el tutor legal.
  • d) Documento número 6, relativo a la ficha médica del alumnado participante, firmado por el padre, la madre o el tutor legal.
  • e) Documento número 7, relativo al consentimiento informado para el tratamiento de datos de imagen y voz del alumnado participante, firmado por el padre, la madre o el tutor legal, o bien por el propio alumno/a si tiene 14 o más años.
  • f) Documento número 8, autorización firmada por el director del centro para alojar en la página web del CRIE la propuesta didáctica, presentada por el centro asistente.

Estos documentos estarán disponibles en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.com) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://.www.educa.jcyl.es).

Décimo.– Informe final y reconocimiento al profesorado.

1. Durante el mes siguiente a la realización de la actividad, los centros participantes remitirán al CRIE un informe final de la actividad, elaborado por el profesorado acompañante, en el que se deberá indicar el grado de consecución de los objetivos y el compromiso del centro docente con la actividad del CRIE plasmando los resultados del desarrollo de la propuesta didáctica y su integración con las actividades del CRIE, así como sugerencias y propuestas, en su caso.

2. El CRIE recogerá en su memoria final, un breve resumen y valoración de los respectivos informes finales de los centros participantes. Esta memoria será remitida por el CRIE a la Dirección Provincial de Educación de Soria para que ésta a su vez la remita, junto con una relación certificada de la totalidad del profesorado participante en las actividades del CRIE durante el curso escolar 2019/2020, a la Dirección General de Innovación y Equidad Educativa.

3. La Dirección General de Innovación y Equidad Educativa podrá reconocer al profesorado acompañante un máximo de tres créditos de formación, en función del informe final presentado.

Undécimo.– Desarrollo.

Se autoriza a la Directora General de Innovación y Equidad Educativa para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en esta orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 26 de marzo de 2019.

El Consejero,
Fdo.: Fernando Rey Martínez

ANEXO

Turnos semanales de participación en las actividades de inmersión en lengua inglesa programadas por el CRIE de Almazán (Soria)

TURNO FECHAS ENSEÑANZAS LOCALIDAD
Turno 1 Del 30 de septiembre al 4 de octubre de 2019 Sexto curso de Educación Primaria ARCOS DE JALÓN
Turno 2 Del 14 al 18 de octubre de 2019
Turno 3 Del 21 al 25 de octubre de 2019
Turno 4 Del 4 al 8 de noviembre de 2019
Turno 5 Del 11 al 15 de noviembre de 2019
Turno 6 Del 18 al 22 de noviembre de 2019
Turno 7 Del 25 al 29 de noviembre de 2019
Turno 8 Del 20 al 24 de enero de 2020 Primero y segundo curso de ESO ALMAZÁN
Turno 9 Del 27 al 31 de enero de 2020
Turno 10 Del 3 al 7 de febrero de 2020
Turno 11 Del 10 al 14 de febrero de 2020
Turno 12 Del 2 al 6 de marzo de 2020
Turno 13 Del 9 al 13 de marzo de 2020
Turno 14 Del 16 al 20 de marzo de 2020
Turno 15 Del 23 al 27 de marzo de 2020
Turno 16 Del 4 al 8 de mayo de 2020 Sexto curso de Educación Primaria ÁGREDA
Turno 17 Del 11 al 15 de mayo de 2020
Turno 18 Del 18 al 22 de mayo de 2020
Turno 19 Del 25 al 29 de mayo de 2020
Turno 20 Del 1 al 5 de junio de 2020
Turno 21 Del 8 al 12 de junio de 2020
Comparte:

También te podría gustar...

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.