Autorizaciones para impartir nuevos Grados y Másters

ACUERDO 55/2018, de 11 de octubre, de la Junta de Castilla y León, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de títulos de Graduado y Máster Universitario en las Universidades Públicas de Castilla y León, en la Universidad Católica «Santa Teresa de Jesús», de Ávila, en la Universidad Europea Miguel de Cervantes y en IE Universidad.

Universidades Públicas Castilla y León

El artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León atribuye a nuestra Comunidad la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa estatal, incluida, por tanto, la enseñanza universitaria.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su artículo 8, establece que la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35, serán acordadas por la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.

El citado artículo 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, señala que para impartir enseñanzas oficiales y expedir los correspondientes títulos oficiales, con validez en todo el territorio nacional, las universidades deberán poseer la autorización pertinente de la Comunidad Autónoma, según lo dispuesto en la legislación de la misma y lo previsto en el artículo 8 de dicha ley, y obtener la verificación del Consejo de Universidades de que el oportuno plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno.

En este mismo sentido, el artículo 3.3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, determina que la implantación de los planes de estudios correspondientes a las enseñanzas universitarias oficiales serán verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por la correspondiente Comunidad Autónoma.

Por su parte, la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León, dispone en su artículo 15 que corresponde a la Junta de Castilla y León, mediante acuerdo, autorizar la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, una vez sometido el expediente al Consejo de Universidades de Castilla y León y a la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León.

Además, el artículo 2 del Decreto 64/2013, de 3 de octubre, de ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales de grado y máster en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, establece cuáles son los criterios para autorizar la implantación de enseñanzas de grado y máster en las universidades de Castilla y León y el artículo 3 de esta norma determina cuál es el procedimiento para dicha implantación.

En este marco normativo, los Rectores de las universidades públicas de Castilla y León, a propuesta de sus Consejos de Gobierno y con el informe favorable de sus respectivos Consejos Sociales, y los Rectores de la Universidad Católica «Santa Teresa de Jesús», de Ávila, a propuesta del Consejo Directivo, de la Universidad Europea Miguel de Cervantes, a propuesta de su Consejo de Administración y de IE Universidad, a propuesta de su Consejo Directivo, han solicitado la implantación de determinadas enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de títulos de Graduado y Máster Universitario.

La implantación de estos estudios cuenta con la verificación del Consejo de Universidades, del Consejo de Universidades de Castilla y León y de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Educación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 11 de octubre de 2018 , adopta el siguiente

ACUERDO:

Primero.– Autorizar la implantación en la Universidad de Burgos de las enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de los títulos que se relacionan a continuación:

  • a) Máster Universitario en Ciencias de la Salud: Investigación y Nuevos Retos.
  • b) Máster Universitario en Comunicación y Desarrollo Multimedia.
  • c) Máster Universitario en Ingeniería Informática.
  • d) Máster Universitario en Investigación e Innovación Educativas.

Segundo.– Autorizar la implantación en la Universidad de León de las enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de los títulos que se relacionan a continuación:

  • a) Máster Universitario en Derecho de la Ciberseguridad y Entorno Digital.
  • b) Máster Universitario en Envejecimiento Saludable y Calidad de Vida con la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea.
  • c) Máster Universitario en Geoinformática para la Gestión de Recursos Naturales.

Tercero.– Autorizar la implantación en la Universidad de Salamanca de las enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de los títulos que se relacionan a continuación:

  • a) Graduado en Estudios Globales/Global Studies.
  • b) Graduado en Ingeniería en Geoinformación y Geomática.
  • c) Máster Universitario en Estudios de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación con la Universidad de Oviedo y la Universidad Politécnica de Valencia.

Cuarto.– Autorizar la implantación en la Universidad de Valladolid de las enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de los títulos que se relacionan a continuación:

  • a) Graduado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
  • b) Máster Universitario en Administración de Empresas (MBA).
  • c) Máster Universitario en Análisis Económico y Finanzas.
  • d) Máster Universitario en Formación Jurídica Especializada.
  • e) Máster Universitario en Dirección de Proyectos.
  • f) Máster Universitario en Energía: Generación, Gestión y Uso Eficiente.
  • g) Máster Universitario en Europa y el Mundo Atlántico: Poder, Cultura y Sociedad con la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea.
  • h) Máster Universitario en Física.
  • i) Máster Universitario en Investigación e Innovación en Arquitectura. Intervención en el Patrimonio, Rehabilitación y Regeneración.
  • j) Máster Universitario en Inteligencia de Negocio y Big Data en Entornos Seguros/Business Intelligence and Big Data in Cyber-Secure Environments con la Universidad de Burgos y la Universidad de León.
  • k) Máster Universitario en Investigación en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
  • l) Máster Universitario en Relaciones Internacionales y Estudios Asiáticos.
  • m) Máster Universitario en Técnicas Avanzadas en Química. Análisis y Control de Calidad Químicos.

Quinto.– Autorizar la implantación en la Universidad Católica «Santa Teresa de Jesús», de Ávila, de las enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de los títulos que se relacionan a continuación:

  • a) Graduado en Ingeniería Forestal y del Medio Natural.
  • b) Máster Universitario en Administración y Dirección de Empresas (MBA).
  • c) Máster Universitario en Ingeniería Agronómica.

Sexto.– Autorizar la implantación en la Universidad Europea Miguel de Cervantes de las enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de los títulos que se relacionan a continuación:

  • a) Máster Universitario en Dirección y Gestión de Industrias Culturales y Creativas.
  • b) Máster Universitario en Dirección y Gestión en Marketing Digital y Social Media.
  • c) Máster Universitario en Dirección y Planificación Financiera.
  • d) Máster Universitario en Investigación y Gestión de la Innovación en Comunicación.

Séptimo.– Autorizar la implantación en IE Universidad de las enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de los títulos que se relacionan a continuación:

  • a) Graduado en Comportamiento y Ciencias Sociales/Bachelor in Behavior and Social Sciences.
  • b) Graduado en Datos y Analítica de Negocio/Bachelor in Data and Business Analytics.
  • c) Máster Universitario en Comunicación Corporativa y de Marketing/Master in Corporate and Marketing Communication.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Castilla y León o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 11 de octubre de 2018.

El Presidente

de la Junta de Castilla y León, Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo

El Consejero de Educación,

Fdo.: Fernando Rey Martínez

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