Ayudas para la Consolidación de Proyectos de Excelencia de las Universidades

Resolución de 4 de diciembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se conceden ayudas para la consolidación de proyectos de excelencia de las universidades.

Vistas las solicitudes presentadas a la convocatoria de ayudas para la consolidación de proyectos de excelencia de las universidades, regulada por Resolución de 4 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para la consolidación de proyectos de excelencia de las universidades, y en la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas.

Concluido el trámite de audiencia y vistas las alegaciones presentadas por los interesados.

Teniendo presentes los informes elaborados por la Comisión de Evaluación, designada mediante Resolución del Secretario General de Universidades de 6 de noviembre de 2015.

A la vista de la propuesta de resolución definitiva del órgano instructor de la convocatoria.

Habida cuenta de lo establecido en el capítulo III de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y atendiendo a lo preceptuado en el apartado décimo de la Resolución de 4 de noviembre de 2015, he resuelto:

1. Conceder las ayudas recogidas en los anexos de la presente resolución.

Estas ayudas se financiarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2015 que se relacionan a continuación:

  • Aplicación presupuestaria 18.07.322C.458 por importe de 5.500.000,00 euros
  • Aplicación presupuestaria 18.07.322C.750 por importe de 600.000,00 euros
  • Aplicación presupuestaria 18.07.322C.485 por importe de 650.000,00 euros
  • Aplicación presupuestaria 18.07.322C.785 por importe de 250.000,00 euros

2. Desestimar el resto de solicitudes presentadas.

3. Fijar el plazo de ejecución de las acciones, que finalizará el 31 de diciembre de 2017 para todas las acciones, salvo para las incluidas en el apartado VIII Emprendimiento del anexo I cuya fecha límite de ejecución será el 31 de diciembre de 2016.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día de su publicación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, se podrá recurrir en vía contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día de su publicación.

Madrid, 4 de diciembre de 2015.–El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General de Universidades, Jorge Sainz González.

Tabla resumen con la relación de importes de ayudas por acción y aplicación presupuestaria

Acción

18.07.322C.458

18.07.322C.750

18.07.322C,485

18.07.322C.785

I

775.000,00

30.000,00

115.687,34

178.929,29

II

890.000,00

12.000,00

127.167,43

0,00

III

508.957,00

2.000,00

129.785,92

0,00

IV

692.254,61

66.697,08

67.766,15

0,00

V

1.625.486,53

158.339,96

71.787,73

0,00

VI

503.132,68

320.954,18

15.000,00

71.070,71

VII

280.169,18

10.008,78

72.805,43

0,00

VIII

225.000,00

0,00

50.000,00

0,00

Total

5.500.000,00

600.000,00

650.000,00

250.000,00

 

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