Comisiones de Servicio para Programas Educativos curso 2015-16.

CCSSProgamas1516

  • Resultados de los actos públicos de adjudicación de destinos (09/07/2015)

[Ávila] [Burgos] [León] [Palencia] [Salamanca] [Segovia] [Soria] [Valladolid] [Zamora]

Resultado del acto público de adjudicación de destinos (09/07/2015)

Acto público: DÍA 9 JULIO. 12:30 horas
LUGAR: Edificio Administrativo de Usos Múltiples . (ESAUM). CI Príncipe Vergara, 53-737003 SALAMANCA SALA: Sala 7- Sótano 1 (Enfrente de la cafetería)
Nota: Dado el poco tiempo disponible para presentar alegaciones, éstas se podrán mandar por fax (923213008) a la atención de Carmen Duque.

Plazo de alegaciones 3 días hábiles contados a partir de esta publicación

Listados definitivos

Listados provisionales

  • Plazo solicitudes 29 abril de 2015.
  • Programas: compensatoria, Escuela Hogar, CRIE, Instituciones Penitenciarias, Aulas Hospitalarias, FP Básica.

Resolución de 31 de marzo de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos (1.9 MB) (BOCYL de 14-abr-2015) convoca concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios de determinados puestos del sistema educativo, durante el curso 2015/2016 .

Anexos:

  • Tipología de puestos convocados: Documento PDF Anexo I (28.8 KB) Sólo se podrán solicitar los diferentes tipos de puestos para una provincia.

  • Modelo de Solicitud: Documento PDF Anexo II (252.4 KB) (Puede cumplimentar en pantalla e imprimir)

  • Solicitud de prórroga en puestos docentes derivados de convocatoria específica: Documento PDF Anexo III (245.2 KB) (Puede cumplimentar en pantalla e imprimir)
  • Baremo: Documento PDF Anexo IV (48.2 KB)


RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios de determinados puestos del sistema educativo, durante el curso 2015/2016.

La legislación vigente prevé la existencia de programas educativos que permitan asegurar una actuación preventiva y compensatoria para garantizar las condiciones más favorables del acceso a una educación de calidad y atender las necesidades específicas y la igualdad de oportunidades en el ámbito educativo.

Corresponde a la Administración educativa adoptar las medidas necesarias para garantizar los recursos humanos y apoyos necesarios con el objetivo de dar respuesta al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y desarrollar acciones de carácter compensatorio para las diferentes situaciones del alumnado, entre otras, las derivadas de la incorporación tardía al sistema educativo, la existencia de situaciones de desventaja socioeducativa o el desconocimiento de la lengua.

De conformidad con el artículo 8 del Decreto 38/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación le corresponde la provisión de estos puestos de trabajo por el personal docente de enseñanzas no universitarias, de tal forma que la voluntariedad y el sistema de concurso de méritos aseguren la idoneidad en la selección de este personal para un adecuado desempeño de los mismos.

Por todo ello,

RESUELVO

Primero.– Objeto.

La presente resolución tiene por objeto convocar concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios de los tipos de puestos del sistema educativo indicados en el Anexo I, también disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), durante el curso 2015/2016.

Segundo.– Requisitos.

1. Los funcionarios de carrera docentes no incluidos en el punto 3 que deseen participar en esta convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

  • a) Pertenecer, en la forma que se dispone en el Anexo I, a uno de los siguientes cuerpos:
    • 1.º Maestros.
    • 2.º Catedráticos de enseñanza secundaria.
    • 3.º Profesores de enseñanza secundaria.
    • 4.º Profesores técnicos de formación profesional.
  • b) Estar en situación administrativa de servicio activo por el cuerpo que participa.
  • c) Poseer los requisitos de habilitación o especialización necesarios para el desempeño de los puestos solicitados en la forma que se dispone en el Anexo I.
  • d) No estar desempeñando puesto en comisión de servicios en virtud de las convocatorias efectuadas por la Resolución de 11 de mayo de 2012, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios de determinados puestos del sistema educativo, durante el curso 2012/2013, Resolución de 29 de abril de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios de determinados puestos del sistema educativo, durante el curso 2013/2014 y Resolución de 16 de mayo de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión en comisión de servicios de determinados puestos del sistema educativo, durante el curso 2014/2015, sin perjuicio de la imposibilidad de prórroga dispuesta en el antepenúltimo párrafo del punto 3.
  • e) En el caso de funcionarios del cuerpo de maestros, no poseer destino definitivo en un puesto de educación compensatoria obtenido mediante los concursos anuales de traslados convocados desde la Orden EDU/1747/2007, de 30 de octubre, por la que se convocan concurso de traslados y procesos previos, de carácter autonómico, entre los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Maestros para la provisión de puestos de trabajo en el ámbito territorial de gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León hasta la Orden EDU/869/2014, de 14 de octubre, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito estatal, entre los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2014/2015, ambas incluidas.

2. Los requisitos citados anteriormente deberán poseerse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, salvo el referido en el punto 1.e) de este apartado respecto del concurso de traslados convocado mediante la Orden EDU/869/2014, de 14 de octubre, cuyo cumplimiento quedará supeditado a la publicación de la orden por la que se apruebe la adjudicación definitiva de los destinos correspondientes al citado concurso.

3. Quienes actualmente estén desempeñando puestos en comisión de servicios derivados de las convocatorias efectuadas por las Resoluciones citadas en el punto 1 d), de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, de 11 de mayo de 2012, 29 de abril de 2013 y 16 de mayo de 2014, podrán solicitar en la forma y plazo que se indican en el apartado tercero, la correspondiente prórroga para el curso escolar 2015/2016 de la comisión de servicios concedida para desempeñar el mismo puesto, estando supeditada su concesión a alguno de los siguientes supuestos:

  • a) La continuidad del puesto derivada de necesidades educativas.
  • b) La no cobertura del puesto mediante concurso de traslados.
  • c) La inexistencia de informe desfavorable relativo al desempeño de las funciones encomendadas.

En caso de emitirse informe desfavorable por el director del centro o por el área de la Inspección Educativa de la dirección provincial de educación, que deberá estar suficientemente motivado, se dará traslado del mismo al interesado con el fin de efectuar las correspondientes alegaciones en el plazo de cinco días hábiles. Dicho informe junto con las alegaciones, será remitido al titular de la dirección provincial de educación para su resolución en el plazo de cinco días hábiles. Si la resolución fuese confirmatoria del informe desfavorable supondrá la imposibilidad de desempeñar funciones en este tipo de puestos durante dos cursos escolares. Contra esta resolución, que no pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes ante el correspondiente Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León.

Quienes soliciten la citada prórroga y en previsión de no poder continuar en el puesto asignado para el curso 2015/2016 por necesidades de planificación educativa al no existir la necesidad de cobertura de dicho puesto en el correspondiente centro o por haber sido cubierto por concurso de traslados, podrán elegir en la misma provincia y antes que el resto de participantes indicados en el punto 1 un nuevo destino vacante del mismo tipo de puesto que tenían asignado.

En el caso de existir varios participantes en la situación descrita anteriormente elegirán destino conforme a la puntuación total obtenida en la convocatoria más antigua de las señaladas en el punto 1.d) y, en caso de empate, por la puntuación en los subapartados del baremo contenido en la misma, en su propio orden.

No podrán obtener dicha prórroga los funcionarios del cuerpo de maestros que ocupando puestos de educación compensatoria en comisión de servicios durante el presente curso escolar, obtengan un puesto de educación compensatoria en el concurso de traslados de ámbito autonómico convocado por la Orden EDU/869/2014, de 14 de octubre.

Tercero.– Solicitudes.

1. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán cumplimentar y presentar una única solicitud conforme al modelo del Anexo II, que se encuentra disponible también en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), y en la oficinas generales, en la departamental de la Consejería de Educación y en los puntos de información y atención al ciudadano de esta Administración.

Asimismo, los participantes indicados en el apartado segundo.3 que opten por ejercer la prórroga, para el curso escolar 2015/2016, de la comisión de servicios concedida para desempeñar el mismo puesto deberán además presentar la correspondiente solicitud conforme al modelo del Anexo III que se encuentra disponible en los lugares antes indicados.

2. Los participantes deberán solicitar únicamente puestos de una sola provincia. La presentación de la solicitud para más de una provincia será causa de exclusión de esta convocatoria.

3. Las solicitudes, incluidas las de prórroga, irán dirigidas al titular de la dirección provincial de educación de la provincia donde estén ubicados los tipos de puestos que se solicitan.

4. Las solicitudes, incluidas las de prórroga, junto con la documentación, en su caso, a que se refiere el apartado cuarto, se presentarán en los registros de las direcciones provinciales de educación o en cualquiera de los registros y demás lugares a que se refiere el apartado cuarto del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que se optara por presentar la solicitud y la documentación ante una oficina de correos se hará en sobre abierto, para que la solicitud sea fechada y sellada por el empleado de correos antes de ser certificada.

5. El plazo de presentación de la solicitud y la correspondiente documentación así como de la correspondiente prórroga será de quince días naturales, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de la presente resolución.

Cuarto.– Documentación.

1. Junto a su solicitud, los participantes indicados en el apartado segundo.1 deberán aportar la siguiente documentación:

  • a) Fotocopia del documento nacional de identidad, salvo que se autorice en la solicitud a la Consejería de Educación a comprobar los datos relativos a la identidad del solicitante.
  • b) Documentación acreditativa de los méritos alegados, de conformidad con lo dispuesto en el baremo que figura como Anexo IV, también disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
  • c) Proyecto individual de trabajo relacionado con el tipo de puesto solicitado, preferentemente de una extensión máxima de 10 páginas por una cara.

2. Los candidatos que participaron en la convocatoria efectuada por la Resolución de 16 de mayo de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos y así lo señalen en su solicitud, podrán mantener la puntuación concedida por todos los apartados del baremo excepto para el apartado a), relativo a la valoración del proyecto de trabajo, añadiendo a los méritos obtenidos en aquella, los perfeccionados desde el 8 de junio de 2014 hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Únicamente se tendrán en consideración aquellos méritos debidamente justificados dentro del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de lo establecido en el apartado sexto.1 relativo a la subsanación.

Los méritos aportados para su valoración deberán poseerse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Quinto.– Comisión de selección.

1. En cada provincia se constituirá una comisión de selección encargada de valorar las solicitudes de los tipos de puestos ubicados en su ámbito territorial de actuación, conforme al baremo previsto en el Anexo IV.

Esta comisión estará formada por:

  • Presidente: El titular de la Dirección Provincial de Educación de la provincia correspondiente o persona en quien delegue.
  • Vocales: El jefe del área de programas educativos de la Dirección Provincial de Educación correspondiente.
  • Tres vocales, designados por el titular de la Dirección Provincial de Educación correspondiente entre funcionarios de carrera en situación de servicio activo de los cuerpos de funcionarios docentes no universitarios que no participen en esta convocatoria, uno de los cuales actuará como secretario.
  • Un representante, designado al efecto por las organizaciones sindicales pertenecientes a la mesa sectorial de educación.

2. Además de los vocales titulares de dicha comisión el titular de la Dirección Provincial de Educación nombrará un número igual de suplentes.

3. El plazo máximo para la constitución de las comisiones de selección será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

4. Las comisiones de selección estarán adscritas a la Dirección Provincial de Educación correspondiente.

Sexto.– Procedimiento de adjudicación.

1. Realizada la baremación de acuerdo con la presente convocatoria, las comisiones de selección procederán a hacer públicas en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación los siguientes listados provisionales, que serán objeto también de publicidad, en la misma fecha, en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es):

  • a) Listado de participantes admitidos, ordenados por cuerpos, tipo de puesto y por puntuación.
  • b) Listado de participantes excluidos con causa motivada.
  • c) Listado de documentación a subsanar por los aspirantes.
  • d) Listado de vacantes.

Con carácter previo a dicha publicación, las direcciones provinciales de educación deberán remitir una copia de los citados listados a la Dirección General de Recursos Humanos.

La comisión de selección establecerá un plazo de tres días hábiles contados a partir de su publicación para que los interesados presenten las alegaciones contra los listados provisionales a) y b) y procedan a subsanar la correspondiente documentación. Asimismo, en el citado plazo se podrán efectuar alegaciones al listado provisional de vacantes, dirigidas al titular de la Dirección Provincial de Educación.

2. Una vez finalizado el plazo de alegaciones, se harán públicas en el tablón de anuncios de cada Dirección Provincial de Educación y, en la misma fecha, serán objeto de publicidad en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), los listados definitivos de participantes admitidos, ordenados por cuerpos, tipo de puesto y por puntuación así como el de excluidos y el de vacantes ofertadas, remitiendo una copia de los mismos con carácter previo a la Dirección General de Recursos Humanos.

3. Mediante convocatoria pública, que tendrá lugar antes del 10 de julio de 2015, y siguiendo el orden de tipos de puestos señalados en el Anexo I, se adjudicarán en acto público los puestos vacantes conforme a la puntuación obtenida por los aspirantes según el baremo que figura como Anexo IV, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el apartado segundo.3.

En el caso de que alguno de los candidatos no pudiera estar presente, por causa de fuerza mayor, podrá ser representado en la elección por persona debidamente autorizada, presentando escrito firmado de autorización y fotocopia del documento nacional de identidad. La ausencia del interesado sin representación será considerada como una renuncia.

4. La dirección provincial de educación dictará la oportuna resolución del proceso de adjudicación, incluidas las prórrogas concedidas, que se hará pública en el tablón de anuncios de cada dirección provincial de educación y, en la misma fecha, en el portal de educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es). Una copia de la citada resolución deberá remitirse a la Dirección General de Recursos Humanos.

Contra dicha resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Director General de Recursos Humanos en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación.

5. El Director General de Recursos Humanos nombrará a los seleccionados en comisión de servicios, de conformidad con la resolución de adjudicación de la Dirección Provincial de Educación.

Dicha comisión de servicios podrá prorrogarse a petición del interesado hasta un máximo de cuatro años, en función de la subsistencia de las necesidades del programa, de la no cobertura del puesto por concurso de traslados o por la ausencia de resolución de la Dirección Provincial de Educación confirmatoria del informe desfavorable relativo al desempeño de las funciones encomendadas. Transcurrido el plazo indicado, para poder optar al desempeño del puesto, será necesario concurrir nuevamente en el procedimiento de adjudicación.

No obstante, en la prórroga del personal perteneciente al cuerpo de maestros se tendrá en cuenta el límite temporal establecido en el apartado b) de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

6. Transcurrido un plazo de tres meses, contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin haber recaído resolución expresa, las mismas se podrán entender desestimadas en los términos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Séptimo.– Obligatoriedad de los destinos.

Los destinos adjudicados de forma definitiva serán irrenunciables, salvo en situaciones excepcionales, cuya valoración corresponderá a la Dirección General de Recursos Humanos previo informe, en su caso, de la Dirección Provincial de Educación correspondiente.

Los destinos adjudicados serán considerados de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de la indemnización en concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón del servicio.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante el Director General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Valladolid, 31 de marzo de 2015.

El Director General de Recursos Humanos, Fdo.: Jesús Manuel Hurtado Olea

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