Concurso escolar sobre prevención de riesgos laborales 2018. Adjudicación
[vc_row][vc_column][vc_column_text]Premios y categorías:
- A: Alumnado Primaria. C.E.I.P. LaS Eras – Benavente – Zamora.
- B: Alumnado ESO, F.P. Básica y F.P. grado medio. Centros Didáctico FP – Valladolid.
- C: Alumnado Bachillerato: Desierto.
- D: Alumnado F.P. Grado Superior y Enseñanzas Especializadas. C.I. Tecnológico Industrial – León.
- E: Mejor iniciativa desarrollada en la celebración del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo (28 de abril) en el año 2018. CIFP Juna de Herrera – Valladolid.
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=»1/2″][vc_column_text]ADJUDICACIÓN[/vc_column_text][vc_column_text]
ORDEN EMP/1403/2018, de 18 de diciembre, por la que se resuelve el concurso escolar convocado por Orden EMP/941/2018, de 22 de agosto, por la que se convoca para el año 2018 concurso escolar para la realización de trabajos relacionados con la prevención de riesgos laborales por alumnos de centros educativos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León.
Por Orden EMP/941/2018, de 22 de agosto, se convoca para el año 2018 concurso escolar para la realización de trabajos relacionados con la prevención de riesgos laborales por alumnos de centros educativos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León.
Examinados los trabajos presentados y vista la propuesta efectuada por la Comisión de Valoración, en su reunión del 11 de diciembre de 2018, conforme se establece en el apartado noveno, punto 2 de la citada Orden,
RESUELVO
Primero.– Conceder los premios previstos en la EMP/941/2018, de 22 de agosto, por la que se convoca para el año 2018 concurso escolar para la realización de trabajos relacionados con la prevención de riesgos laborales por alumnos de centros educativos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León, a los siguientes trabajos:
* CATEGORÍA A: Alumnos matriculados en Educación Primaria.
-
- C.E.I.P. LAS ERAS – BENAVENTE – ZAMORA, Cartel promocional, «PROTÉGETE Y VIVE».
* CATEGORÍA B: Alumnos matriculados en ESO, F.P. Básica y F.P. grado medio.
-
- CENTRO DIDÁCTICO FORMACIÓN PROFESIONAL – VALLADOLID, Cartel promocional, «INTEGRA LA PREVENCIÓN Y ACTIVA TU IMAGINACIÓN».
* CATEGORÍA C: Alumnos matriculados en Bachillerato.
-
- Ha resultado desierto.
* CATEGORÍA D: Alumnos matriculados en F.P. Grado Superior y Enseñanzas Especializadas.
-
- CENTRO INTEGRADO DE F.P. TECNOLÓGICO INDUSTRIAL – LEÓN, Figura 3D, «SEGURINA TRABAJA SEGURA».
* CATEGORÍA E: Mejor iniciativa desarrollada por el centro educativo en la celebración del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo (28 de abril) en el año 2018.
-
- CENTRO INTEGRADO DE F.P. JUAN DE HERRERA – VALLADOLID, «I OLIMPIADA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES».
Segundo.– Dichos premios consistirán, por una parte, para cada uno de los alumnos, ya individualmente o como miembro del grupo que hubiera realizado el trabajo premiado, en la entrega de una Tablet y para cada centro docente en el que se haya realizado el trabajo premiado, un ordenador portátil.
El premio al centro educativo que resulte ganador en la categoría e), será de un ordenador portátil y un cañón proyector.
Tercero.– Los trabajos ganadores se expondrán, con carácter permanente, en el Centro de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición ante el Consejero de Empleo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, computado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Valladolid, 18 de diciembre de 2018.
El Consejero de Empleo,
Fdo.: Carlos Fernández Carriedo[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=»1/2″ css=».vc_custom_1546515534361{background-color: #efefef !important;}»][vc_column_text]CONVOCATORIA[/vc_column_text][vc_column_text]Ver plazos, solicitudes y formularios[/vc_column_text][vc_column_text]
Destinatarios: Educación primaria, ESO, bachillerato, FP y enseñanzas especializadas.
- Plazo: Hasta el 16 de noviembre de 2018.
- Premios: Tablet, ordenador portátil y/o cañón proyector, según la categoría.
- Resolución: Antes del 31 de enero de 2019.
CONSEJERÍA DE EMPLEO
ORDEN EMP/941/2018, de 22 de agosto, por la que se convoca para el año 2018 un concurso escolar para la realización de trabajos relacionados con la prevención de riesgos laborales por alumnos de centros educativos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León.
Una cultura preventiva eficaz en la sociedad se crea desde la sensibilización y concienciación de la población más joven consiguiendo con ello comportamientos seguros ya desde los centros escolares. Los niños de hoy serán los trabajadores y empresarios del mañana. Con este fin y con el objeto de extender la cultura preventiva a toda la sociedad, el objetivo 2 del V Acuerdo de Prevención de Riesgos Laborales de Castilla y León, incluido en la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo 2016-2020, firmado el 27 de enero de 2016 por los agentes sociales y económicos más representativos de la Comunidad de Castilla y León y la Junta de Castilla y León, se refiere íntegramente a medidas orientadas al fomento de la cultura preventiva.
Fuera de los centros de trabajo, la prevención ha de contemplarse también en otros ámbitos y así dentro del apartado A de este objetivo 2, dedicado a avanzar en el estudio, información y difusión desde edades tempranas, se encuadra la medida 21, la cual señala «se convocaran los premios escolares, buscando mecanismos para lograr una mayor y más eficaz difusión a los centros educativos».
En su virtud y en conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,
DISPONGO
Aprobar la convocatoria para el año 2018 de un concurso escolar para la realización de trabajos relacionados con la prevención de riesgos laborales por parte de alumnos de centros educativos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León, con arreglo a los siguientes apartados:
1.º– Objeto.
El objeto del concurso escolar es el fomento de la cultura de la prevención de riesgos laborales en alumnos de centros educativos no universitarios: Educación primaria, enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y enseñanzas especializadas.
2.º– Dotación presupuestaria.
El gasto destinado a financiar los premios, la entrega de los mismos y la difusión de los trabajos premiados es el que, a tal efecto, está consignado en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2018, cuya aplicación e importe es el siguiente:
Aplicación presupuestaria: 0806G/241C02/64900 Importe: 9.000 €
El gasto originado tiene carácter amortizable y es susceptible de producir sus efectos en varios ejercicios futuros.
3.º– Categorías y participantes.
3.1. Categorías.
Los premios serán de cinco categorías:
- a) Alumnos matriculados en educación primaria.
- b) Alumnos matriculados en educación secundaria obligatoria, en formación profesional básica y en formación profesional de grado medio.
- c) Alumnos matriculados en bachillerato.
- d) Alumnos matriculados en formación profesional de grado superior y enseñanzas especializadas.
- e) Mejor iniciativa desarrollada por el centro educativo en la celebración del día mundial la seguridad y salud en el trabajo (28 de abril) en el año 2018.
3.2. Participantes.
Podrán participar individualmente o de modo colectivo, en grupos de entre 2 y 4 alumnos, en las cuatro primeras categorías.
En la categoría e) podrán participar todos los alumnos del centro educativo.
4.º– Trabajos objeto de premio.
Se premiarán aquellos trabajos que sean inéditos y su contenido esté relacionado con la prevención de riesgos laborales, o aquellas actividades desarrolladas por el centro educativo celebrando el día Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo (28 de abril).
4.1. Para las categorías a), b), c) y d) se premiarán los trabajos y el formato podrá ser:
- Trabajo escrito (redacción, relato corto, cuento) con una extensión máxima de 5 folios por una cara, escritos a doble espacio, letra arial, pt. 12.
- Trabajo artístico de técnica libre:
-
- Cartel promocional con especial mensaje de prevención de riesgos laborales cuyas medidas estarán comprendidas entre los 40 y 50 cms. de ancho y los 60 y 70 cms. de alto.
- Collage o fotografía que no superen los 60 x 50 cms.
- Figura en tres dimensiones que no supere los 25 x 25 x 25 cms.
- Reproducción multimedia que no supere los 5 minutos, se podrán presentar en alguno de los siguientes formatos: MPEG, AVI, FLV y WMV.
4.2. Para la categoría e) se premiará la actividad desarrollada por el centro educativo alrededor del día Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo, independientemente del formato presentado.
5.º– Cuantía de los premios.
5.1. Se concederán un premio para los alumnos y otro para el centro educativo que resulte ganador, por cada una de las categorías a), b), c) y d) indicadas en el apartado 3.º, así:
- a) Para cada uno de los alumnos, ya individualmente o como miembro del grupo que hubiera realizado el trabajo premiado, el premio consistirá en la entrega de una tablet.
- b) Para cada centro docente en el que se haya realizado el trabajo premiado, el premio consistirá en la entrega de un ordenador portátil.
5.2. Se concederá un premio al centro educativo que resulte ganador en la categoría e) indicada en el apartado 3.º, consistente en un ordenador portátil y un cañón proyector.
5.3. El premio podrá ser declarado desierto.
5.4. Todos los alumnos participantes en las categorías a), b), c) y d) obtendrán un diploma por su participación en el concurso y a los centros participantes se les entregará un diploma por su labor de divulgación de la prevención de los riesgos laborales.
6.º– Criterios de valoración.
La Comisión de Valoración evaluará los trabajos presentados y establecerá un orden de prelación, conforme a los siguientes criterios:
- a) Reflejo de los principios inspiradores de la prevención de riesgos laborales en hechos o circunstancias prácticas. Se puntuará de 0 a 4 puntos.
- b) Originalidad con que puedan ser tratados todos los elementos básicos en torno a los que gira la seguridad y salud de los trabajadores en el desarrollo de cualquier tipo de actividad profesional. Se puntuará de 0 a 4 puntos.
- c) Aplicabilidad o transferibilidad del trabajo o actividad realizada a otro ámbito de la sociedad. Se puntuará de 0 a 4 puntos.
- d) Grado de dificultad en la elaboración del trabajo o actividad. Se puntuará de 0 a 4 puntos.
7.º– Solicitudes y remisión de los trabajos.
1.– Se podrá presentar como máximo, dos solicitudes por cada una de las cinco categorías y por centro educativo.
2.– La remisión de los trabajos se formalizará en el impreso de solicitud que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/, y se presentará en el plazo que finaliza el día 16 de noviembre de 2018 en los lugares que figuran en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.– En el reverso del trabajo deberá figurar el título del mismo. Cada trabajo deberá ir acompañado de un sobre cerrado en cuyo exterior figurará el título del trabajo presentado y en el interior se incluirá una relación del alumno/s, edad y nivel educativo en el que estén escolarizados, el nombre del profesor responsable y el nombre, dirección, localidad, provincia, teléfono y correo electrónico del centro educativo.
4.– Si la solicitud presentada no reuniera todos los datos y requisitos que se precisan, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada al efecto.
8.º– Instrucción.
1.– La instrucción del procedimiento corresponde a la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, que realizará cuantas actuaciones considere necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales haya de formularse la propuesta de resolución.
2.– El órgano instructor, a la vista del expediente y previo informe vinculante de la Comisión de Valoración, formulará propuesta de resolución, que se elevará al órgano competente para resolver.
9.º– Comisión de Valoración.
1.– Con el fin de evaluar los trabajos presentados, se constituirá una Comisión de Valoración integrada por seis miembros: El Jefe de Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales o persona en quién éste delegue, que ostentará la presidencia, dos técnicos de la Consejería de Educación designados por el Secretario General de la misma y tres técnicos de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, uno de los cuales actuará como Secretario, nombrados por el titular de dicha Dirección General.
2.– Esta Comisión de Valoración emitirá informe vinculante sobre los distintos criterios de valoración y fijará, por cada categoría, un orden de prelación de los candidatos, de mayor a menor puntuación. En caso de empate, prevalecerá la solicitud que haya obtenido mayor puntuación en el criterio a) y si sigue permaneciendo el empate, se acudirá al criterio b), ambos indicados en el apartado 6.º
10.º– Resolución.
1.– La competencia para otorgar los premios corresponderá al titular de la Consejería de Empleo, sin perjuicio de las delegaciones o desconcentraciones que pudieran efectuarse.
2.– La resolución de concesión se publicará antes del 31 de enero del 2019, en el Boletín Oficial de Castilla y León.
3.– Contra la resolución de concesión, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la hubiere dictado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, en virtud de lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
11.º– Propiedad de los trabajos.
La propiedad de los trabajos premiados corresponde a la Consejería de Empleo. Dichos trabajos se expondrán, con carácter permanente, en el Centro de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León. Los trabajos no premiados quedarán a disposición de sus autores en la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, pudiendo ser retirados en un plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de publicación de la concesión.
El cartel promocional podrá ser utilizado por la Consejería de Empleo en futuras campañas de sensibilización en prevención de riesgos laborales, promovidas por dicha Consejería.
12.º– Obligaciones.
La participación en el concurso escolar implica la aceptación de estas bases.
13.º– Autorización.
Se autoriza al titular de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el cumplimiento de lo establecido en esta orden.
14.º– Producción de efectos.
La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Empleo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Valladolid, 22 de agosto de 2018.
El Consejero de Empleo,
Fdo.: Carlos Fernández Carriedo
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