Convalidaciones módulos profesionales y modificación del RD de ordenación general de la FP

Se establecen convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de #FP y se modifica el Real Decreto por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

  • En el caso de las convalidaciones la resolución es competencia del Ministerio de Educación y Formación Profesional. La dispersión normativa dificulta la aplicación de criterios homogéneos en los procedimientos de convalidación, lo que hace necesario la aprobación del presente real decreto.

Formación Profesional

Ministerio de Educación y Formación Profesional. Convalidaciones

Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, por el que se establecen convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de Formación Profesional del sistema educativo español y las medidas para su aplicación, y se modifica el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
  • Se eestablecen las condiciones de convalidación de módulos profesionales de diferentes títulos de Formación Profesional del sistema educativo, de grado medio y de grado superior, destinadas al alumnado matriculado en estas enseñanzas.
  • Módulos profesionales incluidos en títulos de Formación Profesional, de grado medio o de grado superior según se recogen en los Anexo I, Anexo II, Anexo III y cuando se aportan estudios universitarios.
  • Este real decreto contempla convalidaciones entre módulos profesionales de Formación Profesional que, aun cuando no posean idénticas denominaciones, se considera que incluyen similares resultados de aprendizaje o capacidades terminales, contenidos y duración.
  • La solicitud de convalidación se presentará ante la dirección del centro docente en el que el alumnado se encuentra matriculado para cursar las enseñanzas para las que solicita la convalidación, siguiendo el modelo del Anexo V.
  • El plazo de presentación de solicitudes de convalidación que resuelve la Subdirección General de Ordenación e Innovación de la Formación Profesional se inicia el día en que comienza el curso escolar y finaliza el último día del curso escolar.
  • Documentación a presentar:
    1. Modelo de solicitud Anexo V: indicando de forma expresa en la solicitud el código y la denominación exacta de los módulos profesionales para los que solicita la convalidación, que aparece en los reales decretos de los títulos.
      Documento Adobe PDFSolicitud convalidacion FPB65 KB1 página
      Documento Adobe PDFSolicitud convalidacion GM-GS69 KB1 página
    2. Certificación académica oficial de los estudios cursados mediante original o fotocopia compulsada, en la que conste la calificación obtenida en las materias o los módulos profesionales cursados.

Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo. (Boletín Oficial del Estado: sábado 30 de julio de 2011, Núm. 182)

Comparte:

También te podría gustar...

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.