Convocatoria de Ayudas Adquisición de Dispositivos Digitales 2022-2023. Alumnado de Ed. Primaria, ESO, Bachillerato, FPB, CFGM de FP, Ed. Especial

  • Plazo de presentación de solicitudes: del 24 de noviembre al 16 de diciembre de 2022, ambos inclusive.
  • Alumnado de primaria, ESO, bachillerato, FP Básica, FP de grado medio o educación especial
  • Puede registrar electrónicamente la solicitud o bien, entregar el modelo firmado en la Secretaría del Centro en el que está matriculado.
  • Acceso a la aplicación: https://edaplica.educa.jcyl.es/BACI/irEntrada.do

Acceso a la aplicación informática. Este enlace se abrirá en una ventana nueva

Cuantías de las ayudas:

  1. Ciento veinticinco euros (125 €) en el caso de que se adquiera una Tablet o un Chromebook, doscientos euros (200 €) cuando se adquiera un ordenador portátil convertible, y doscientos veinticinco euros (225 €) cuando se adquiera un ordenador portátil, para magnitudes inferiores a los dos mil quinientos euros (2.500 €) de r.p.c.
  2. Cien euros (100 €) en el caso de que se adquiera una Tablet o un Chromebook, ciento cincuenta euros (150 €) cuando se adquiera un ordenador portátil convertible, y ciento setenta y cinco euros (175 €) cuando se adquiera un ordenador portátil, para magnitudes entre dos mil quinientos euros (2.500 €) y tres mil quinientos euros (3.500 €) de r.p.c., ambos inclusive.
  3. Setenta y cinco euros (75 €) en el caso de que se adquiera una Tablet o un Chromebook, noventa euros (90 €) cuando se adquiera un ordenador portátil convertible, y cien euros (100 €) o cuando se adquiera un ordenador portátil, para magnitudes superiores a tres mil quinientos euros (3.500 €) de r.p.c.

Los modelos deben reunir las siguientes características:

El dispositivo se debe haber adquirido en el periodo comprendido desde el 22 de diciembre de 2021 hasta el 16 de diciembre de 2022.

Justificación

Imprescindible acompañar a la solicitud la factura justificativa de la adquisición del dispositivo digital subvencionable correspondiente al alumno para el que se solicita la ayuda. La factura, una por alumno, se expedirá a nombre del padre, madre o tutor, o del propio alumno si es mayor de edad.

EXTRACTO de la Orden de 15 de noviembre de 2022, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas dirigidas a la adquisición de dispositivos digitales para su utilización por el alumnado que curse determinadas enseñanzas no universitarias en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, para el curso escolar 2022-2023.

BDNS (Identif.): 659869.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/659869).

Así mismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS, y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

Primero. Beneficiarios.

El padre, la madre o el tutor legal del alumnado que curse educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional básica, formación profesional de grado medio o educación especial en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, o el propio alumno si es mayor de edad, siempre que las rentas obtenidas por los miembros de la unidad familiar en el año 2021 no superen determinadas cuantías.

La entidad o familia de acogida que ejerza la guarda del menor en los casos en que los alumnos tengan expediente de protección abierto por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

Segundo. Objeto.

Convocar ayudas dirigidas a la adquisición de dispositivos digitales, en régimen de concurrencia competitiva, al amparo del artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para su utilización por el alumnado que curse educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional básica, formación profesional de grado medio o educación especial en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León para el curso 2022-2023.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden EDU/1261/2020, de 13 de noviembre, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León nº 246 de 26 de noviembre de 2020.

Cuarto. Cuantía.

La cuantía global máxima del crédito para estas ayudas ascenderá a TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000 €).

Las cuantías de las ayudas, una vez determinada la renta per cápita de la unidad familiar (r.p.c.), serán las siguientes:

Ciento veinticinco euros (125 €) en el caso de que se adquiera una Tablet o un Chromebook, doscientos euros (200 €) cuando se adquiera un ordenador portátil convertible y doscientos veinticinco euros (225 €) cuando se adquiera un ordenador portátil, para magnitudes inferiores a los dos mil quinientos euros (2.500 €) de r.p.c.

Cien euros (100 €) en el caso de que se adquiera una Tablet o un Chromebook, ciento cincuenta euros (150 €) cuando se adquiera un ordenador portátil convertible y ciento setenta y cinco euros (175 €) cuando se adquiera un ordenador portátil, para magnitudes entre dos mil quinientos euros (2.500 €) y tres mil quinientos euros (3.500 €) de r.p.c., ambos inclusive.

Setenta y cinco euros (75 €) en el caso de que se adquiera una Tablet o un Chromebook, noventa euros (90 €) cuando se adquiera un ordenador portátil convertible y cien euros (100 €) o cuando se adquiera un ordenador portátil, para magnitudes superiores a tres mil quinientos euros (3.500 €) de r.p.c.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes comenzará al día siguiente a la fecha de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el 16 de diciembre de 2022.

Valladolid, 15 de noviembre de 2022.

La Consejera de Educación,

Fdo.: Rocío Lucas Navas

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