Convocatoria de ayudas predoctorales para la formación de profesorado universitario.

Ayudas-PredoctoralesPlazo solicitudes del 13/12/2017 al 29/12/2017 ( a las 14:00h)

  • Se convocan 850 ayudas destinadas a la formación investigadora en programas de doctorado para la consecución del título de Doctor/a y la adquisición de competencias docentes universitarias en cualquier área del conocimiento científico.
  • 850 ayudas, (17 reservadas a estudiantes con discapacidad) para la suscripción de contratos laborales predoctorales de 48 meses (o 72 meses en caso de estudiantes con discapacidad).
  • El importe de la ayuda es de 1.173 euros mensuales (doce mensualidades y dos pagas extraordinarias), más gastos de Seguridad Social. El coste mensual, prorrateando la paga extraordinaria, es de 1.368,50 euros.
Extracto de la Resolución de 5 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades por la que se convocan ayudas para la formación de profesorado universitario, para el año 2018.

Resolución de 5 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para la formación de profesorado universitario, de los Subprogramas de Formación y de Movilidad incluidos en el Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

Documentación

En la primera fase, junto a la solicitud electrónica, deberá adjuntarse certificación académica personal de los estudios realizados, en formato PDF, que acredite los siguientes extremos:

1. Las enseñanzas cursadas para la obtención de la titulación de Grado, Licenciatura, Ingeniería o Arquitectura. En todo caso se deberá seguir lo indicado en el artículo 8 de la convocatoria.

2. La nota media del expediente académico y, en su caso, la nota media de los títulos con los que se concurre a la convocatoria, cuando con el primero no se alcancen los 240 créditos.

3. La acreditación de fecha de terminación de estudios.

4. Los solicitudes que se acojan a cuaquiera de las excepciones señaladas en el artículo 7.2 a) y b) de la convocatoria, deberán presentar, además y según sea el caso, copia del título de la Especialidad o certificación oficial de la misma, o de atención y cuidado de descencientes menores de seis años.

5. En caso de que la especialidad se haya cursado en el extranjero, deben presentar la acreditación del reconocimiento de la misma en España, si se trata de ciudadanos/as de la Unión Europea, o la homologación en el caso de los nacionales de otros países.

6. Las personas extranjeras cuya lengua materna sea diferente del español deberán presentar la acreditación del nivel de idioma, tal como se establece en el artículo 6.4 de la convocatoria.

En la segunda fase se deberá presentar:

  • Acreditación de la matrícula en un programa de doctorado en el curso 2017-2018
  • Alternativamente, las personas solicitantes podrán acreditar la certificación académica del máster o el título del mismo que faculten para acceder al programa de doctorado, o que tienen formalizada la matrícula en un máster universitario oficial en el curso 2017-2018. En ambos casos, se acompañará de la preadmisión en un programa de doctorado para el curso 2018-2019.
  • Además, deberán cumplimenatar en los formularios disponibles en la Sede electrónica, la documentación siguiente.
Presentación de la solicitud

Las solicitudes se cumplimentarán en los formularios que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte hará accesibles en su sede electrónica https://sede.educacion.gob.es.
Cumplimentado el formulario en todos sus apartados, deberá ser firmado por la persona solicitante mediante alguno de los siguientes sistemas: DNI-e, certificado electrónico reconocido por las Administraciones Públicas o con claves concertadas que, al registrarse en la sede electrónica https://sede.educacion.gob.es, se proporcionarán a quienes no dispongan de firma electrónica.

Información del procedimiento entre la solicitud y la resolución definitiva

En la primera fase, se seleccionarán hasta un máximo de tres solicitantes por cada una de las ayudas. La selección se efectuará mediante el criterio exclusivo de la nota media ponderada del expediente académico de la titulación o titulaciones presentadas, dentro del área de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP) a la que la persona que presente la solicitud haya optado para concurrir.

En la segunda fase, la documentación presentada, se evaluará mediante un procedimiento único por un Comité de Evaluación que estará integrado por personal experto de la ANECA, conforme a lso criterios establecidos en el Anexo II de la convocatoria.

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