Premios Extraordinarios de Formación Profesional de Grado Superior

ORDEN EDU/1095/2015, de 11 de diciembre, por la que se modifica la Orden EDU/14/2013, de 15 de enero, por la que se regulan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

Por Orden EDU/14/2013, de 15 de enero, modificada por la Orden EDU/1124/2014, de 19 de diciembre, se regulan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

Estos premios constituyen una fase previa a los Premios Nacionales de Formación Profesional de grado superior que convoca anualmente el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a los que pueden concurrir los alumnos que hayan obtenido el premio extraordinario de formación profesional de grado superior en la comunidad autónoma.

La Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre, por la que se establecen convalidaciones entre módulos profesionales de formación profesional del Sistema Educativo Español y medidas para su aplicación y se modifica la Orden de 20 de diciembre de 2001, por la que se determinan convalidaciones de estudios de formación profesional específica derivada de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, especifica en el artículo 3.7 que «los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media».

Por ello es necesario modificar la Orden EDU/14/2013, de 15 de enero, con el fin de adaptarla a la nueva forma de realizar el cálculo de la obtención de la nota media.

En su virtud, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden EDU/14/2013, de 15 de enero, por la que se regulan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

Se modifica el artículo 3 de la Orden EDU/14/20136, de 15 de enero, por la que se regulan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, en los términos siguientes:

«Artículo 3. Requisitos de los participantes.

Podrá optar a los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior el alumnado que reúna los siguientes requisitos:

  • a) Haber cursado y superado estudios de Formación Profesional de grado superior en centros docentes, públicos o privados, de la Comunidad de Castilla y León, en régimen de enseñanza presencial o a distancia.
  • b) Haber finalizado estos estudios en el año natural al que se refiera la correspondiente convocatoria anual.
  • c) Haber obtenido calificación final del ciclo formativo igual o superior a 8,50 puntos, en los términos establecidos en la normativa aplicable al respecto.»
DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 11 de diciembre de 2015.

El Consejero, Fdo.: Fernando Rey Martínez

Requisitos de los participantes. Podrá optar a los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior el alumnado que reúna los siguientes requisitos:

a) Haber cursado y superado estudios de Formación Profesional de grado superior en centros docentes, públicos o privados, de la Comunidad de Castilla y León, en régimen de enseñanza presencial o a distancia.

b) Haber finalizado estos estudios en el año natural al que se refiera la correspondiente convocatoria anual.

c) Haber obtenido calificación final del ciclo formativo igual o superior a 8,50 puntos, en los términos establecidos en la normativa aplicable al respecto.

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