Programa Campamentos de Verano «Red Activa 2018».

  • Plazo solicitudes del 11 al 18 de abril de 2018.
  • 3.040 plazas programa campamentos de verano «Red Activa 2018».
  • Jovenes entre 9 y 17 años que reúnan los requisitos Anexo I.

Campamentos-Verano


LUGARES

  • A.J. SAN MARTIN DE CASTAÑEDA (Zamora) – Multiaventura y aire libre
  • C.J. EL MOLINO VIEJO (Ezcaray – La Rioja) – Multiaventura y aire libre
  • A.J. GANDARIO – (Bergondo – A Coruña) – Náuticas y medio ambiente
  • A.J. BARRIA – (Narvaja – Álava) – Multiaventura y aire libre
  • A.J. AREA – (Viveiro – Lugo) – Náuticas en el mar
  • AVENTURA PARA TODOS EN PALENCIA – Multiaventura e inclusión
  • RESIDENCIA PADRE CLARET I (Las Palmas de Gran Canaria) – Mar y Medio Ambiente
  • MULTIAVENTURA Y NÁUTICAS EN INGLES EN BENAMEJI (Córdoba)
  • SANTANDER SUMMER CAMP (CANTABRIA) Náuticas en el mar en inglés
  • NAÚTICAS, GOLF Y PLAYA EN GALICIA ( A Coruña) – Náuticas y deportes
  • COMPLEJO JUVENIL CASTILLA (Palencia) – Multiaventura y aire libre
  • NAUTICAS EN EMBALSE DEL PORMA (León) – Náuticas y aventura
  • NAÚTICAS E INGLÉS EN EL MEDITERRÁNEO (Oliva – Valencia)
  • ROBÓTICA Y AVENTURA EN SERRILLA (León) – Robótica y aventura
  • MULTIAVENTURA EN ALDEADAVILA DE LA RIBERA (Salamanca) – Multiaventura y aire libre
  • R.J. EMPERADOR TEODOSIO (Segovia) – Multiaventura y cultural
  • NÁUTICAS EN CALARREONA (Águilas – Murcia) – Náuticas en el mar
  • MAR Y AVENTURA EN CABO DE GATA – (Los Escullos – San Jose – Almería)
  • MULTIAVENTURA EN GUARDO (Palencia) – Multiaventura y aire libre
  • MULTIAVENTURA Y GRANJA EN FUENTE ALBERCHE – (ÁVILA) – Multiaventura y aire libre
  • MULTIAVENTURA EN VILLAMANIN – (León) – Multiaventura y aire libre
  • MULTIAVENTURA EN SONCILLO – (Burgos) – Multiaventura y aire libre
  • MULTIAVENTURA Y ASTRONOMIA EN SAN XOAN DEL RIO (Ourense)
  • ROCK CAMP EN SOTOLENGO – (Soria) – Colonia de Rock
  • MULTIAVENTURA E INGLÉS EN SEDANO – (Burgos) – Multiaventura y aire libre en inglés
  • A.J. LOREDO – (Cantabria) – Náuticas en el mar
  • MULTIAVENTURA EN PIRINEOS (Benasque – Huesca) – Multiaventura y aire libre
  • A.J. NAVARREDONDA DE GREDOS (Ávila) – Multiaventura y aire libre
  • B.N CUERDA DEL POZO (Vinuesa – Soria) – Náuticas y aventura
  • SUBMARINISMO INICIACION Y PERFECCIONAMIENTO EN CABO DE GATA (Los Escullos – San Jose – Almería)
  • MULTIAVENTURA Y NÁUTICAS EN INGLES EN BENAMEJI (Córdoba)
  • PARQUE DE OCIO Y DEPORTE EL FUERTE (Melilla) – Multiaventura y acuáticas
  • A.J. NAVARREDONDA DE GREDOS (Ávila) – Multiaventura y aire libre
  • B.N CUERDA DEL POZO (Vinuesa – Soria) – Náuticas y aventura
  • R.J. DOÑA SANCHA (León) Multiaventura y aire libre
  • A.J. LAS DEHESAS – (Cercedilla – Madrid) – Multiaventura y aire libre
  • A.J. CHURRUCA – (Orio – Guipúzcoa) – Náuticas y aire libre
  • C.J. EMPERADOR CARLOS V – (Jerte – Cáceres) – Multiaventura y aire libre
  • DRONE CAMP EN ALMANZA (León) – Drones y multiaventura
  • PLAYA Y SURF EN LLANES – (Asturias) – Surf y aire libre
  • PARQUE DE OCIO Y DEPORTE EL FUERTE (Melilla) – Multiaventura y acuáticas
  • B.N CUERDA DEL POZO (Vinuesa – Soria) – Náuticas y aventura
  • R.J. DOÑA SANCHA (León) Multiaventura y aire libre
  • NÁUTICAS EN CALARREONA (Águilas – Murcia) – Náuticas en el mar
  • DESCUBRE LA SELVA NEGRA (Alemania) – Multiaventura y aire libre en inglés
  • B.N. ISLA ZUHATZA (Álava) – Náuticas
ORDEN FAM/381/2018, de 23 de marzo, por la que se convoca el Programa Campamentos de Verano «Red Activa 2018».

La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, a través del Instituto de la Juventud de Castilla y León, tiene entre sus fines promover la participación de los jóvenes en la vida social y cultural de la Comunidad para facilitar su plena inserción social y fomentar su autonomía personal.

Una fórmula idónea para conseguir dicho fin es ofrecer a los jóvenes alternativas de utilización activa y creativa de su ocio y tiempo libre, el cual pueden rentabilizar, iniciándose o profundizando en el conocimiento de determinadas materias, descubriendo lugares geográficos o acercándose a un entorno natural, todo ello vertebrado por valores de solidaridad, cooperación, respeto mutuo y convivencia.

El programa campamentos de verano «Red Activa 2018» se ha revelado como un instrumento útil para cumplir los objetivos descritos en la medida en que facilita la movilidad, la formación y el intercambio juvenil.

El programa que se convoca está dentro de las atribuciones conferidas, en el artículo 5 del Decreto 33/2014, de 31 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, al Instituto de la Juventud de Castilla y León como órgano directivo central de esta Consejería.

Visto cuanto antecede, la propuesta de Orden del Director General del Instituto de la Juventud y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO:

Primero.– Objeto.

La presente orden tiene por objeto convocar 3.040 plazas dentro del programa campamentos de verano «Red Activa 2018» y establecer las condiciones de participación en el mismo.

Las actividades ofertadas son las indicadas en el Anexo I de esta orden «Actividades. Requisitos. Codificación. Cuota».

Segundo.– Servicios ofertados.

Los participantes en las actividades del programa de campamentos de verano «Red Activa 2018» dispondrán de los siguientes servicios, en función de la actividad elegida:

  • 1. Un programa de actividades de multiaventura y tiempo libre, náuticas, actividades de carácter socio-cultural, formativo y convivencial.
  • 2. Alojamiento en Albergue Juvenil (A.J.), Residencia Juvenil (R.J.), Campamento Juvenil (C.J. – tiendas de campaña o cabañas), Base Náutica (B.N. tiendas de campaña o barracones) y otros. Los participantes serán distribuidos en dormitorios o tiendas de campaña en función del sexo, siempre que la instalación lo permita.
  • 3. Manutención en régimen de pensión completa (desayuno, comida, merienda y cena).
  • 4. Equipo técnico de personal especializado en animación socio-cultural y actividades de multiaventura, tiempo libre y náuticas.
  • 5. Material necesario para el desarrollo de la actividad.
  • 6. Seguro de accidentes.
  • 7. Las actividades incluyen transporte desde Valladolid hasta el lugar de la actividad, así como el regreso a Valladolid a su finalización, excepto las actividades RA010, RA032 y RA057 – COMPLEJO JUVENIL CASTILLA, donde la incorporación se realizará directamente en la instalación (ida y regreso). Será por cuenta del participante el traslado desde su domicilio hasta Valladolid, tanto el día de salida de la actividad, como el día de regreso de la misma.

Tercero.– Participantes y requisitos.

1. Podrán participar en el programa aquellos jóvenes que cumplan los siguientes requisitos:

  • a) Estar en posesión del Documento Nacional de Identidad o del Número de Identificación de Extranjeros.
  • b) Tener residencia en algún municipio de Castilla y León, a fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes.
  • c) Ser descendiente de castellanos y leoneses en el extranjero.
  • d) Además, sólo en la fase de adjudicación directa, podrán participar los nacidos en Castilla y León o los descendientes de personas nacidas en Castilla y León que residan en otra Comunidad Autónoma o en el extranjero.
  • e) En las actividades dirigidas a jóvenes de 9 a 11 años, la edad mínima de los participantes será de 9 años cumplidos a lo largo del año 2018 y que como máximo tengan 11 años a fecha fin de la actividad.
  • f) En la actividad dirigida a jóvenes de 10 a 13 años, RA001 – AVENTURA PARA TODOS EN PALENCIA, la edad mínima de los participantes será de 10 años cumplidos al comienzo de la actividad y que como máximo tengan 13 años a fecha fin de la actividad.
  • g) En las actividades dirigidas a jóvenes de 12 a 14 años, la edad mínima de los participantes será de 12 años cumplidos a lo largo del año 2018 y que como máximo tengan 14 años a fecha fin de la actividad.
  • h) En las actividades dirigidas a jóvenes de 13 a 15 años, la edad mínima de los participantes a comienzo de la actividad será de 13 años y que como máximo tengan 15 años a fecha fin de la actividad.
  • i) En las actividades dirigidas a jóvenes de 15 a 17 años, la edad mínima de los participantes será de 15 años cumplidos a lo largo de 2018 y que como máximo tengan 17 años a fecha fin de la actividad.

2. La edad de los destinatarios a los que se dirige cada modalidad de actividades, los requisitos específicos exigidos y la codificación de las mismas, se establecen en el Anexo I de la presente orden, «Actividades. Requisitos. Codificación. Cuota», publicado en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es).

Cuarto.– Cuota y bonificaciones.

1. Los adjudicatarios de las plazas efectuarán el ingreso de la cuota establecida en el Anexo I de la presente orden, «Actividades. Requisitos. Codificación. Cuota», indicando nombre y apellidos del participante y código de la actividad, en el número de cuenta correspondiente a la actividad adjudicada.

2. En el pago de la cuota correspondiente, se establecen las siguientes bonificaciones:

  • a) Cuota para usuarios del Carné Joven Europeo en las actividades de 15 a 17 años: 15% de bonificación. Para las actividades de 9 a 11 años, de 10 a 13 años, de 12 a 14 años y de 13 a 15 años, la bonificación ya está aplicada en la cuota general.
  • b) Cuota para los solicitantes que dispongan de título de familia numerosa de categoría general, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de medidas de apoyo a las familias de la Comunidad de Castilla y León: 50% de bonificación.
  • c) Cuota para los miembros de familia numerosa de categoría especial, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de medidas de apoyo a las familias de la Comunidad de Castilla y León: 100% de bonificación.

En los supuestos previstos en los dos últimos apartados, las bonificaciones se aplicarán cuando la capacidad económica familiar per cápita mensual sea inferior a 1,1 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en el momento de la solicitud, correspondiente a una mensualidad, conforme establece el Decreto 27/2013, de 4 de julio, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en las residencias juveniles de titularidad de la Comunidad de Castilla y León y se establece su régimen de bonificaciones.

3. Las bonificaciones no son acumulables. En el caso de que concurran varias de las señaladas, se aplicará la de mayor cuantía.

Quinto.– Presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán conforme al modelo normalizado que se establece en el Anexo II de esta orden, «Solicitud de Actividad»; que está disponible, al igual que el resto de Anexos, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), en las Secciones de Juventud de cada provincia, en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es) y en los puntos de información y atención al ciudadano que se relacionan en el Anexo VII de esta orden, «Directorio».

2. La solicitud podrá realizarse de forma individual o conjunta (excepto víctimas de terrorismo, que se ajustará a lo dispuesto en el siguiente apartado (letra b), de la presente orden. La solicitud conjunta podrá agrupar hasta un máximo de cuatro solicitantes a efectos de adjudicación de plaza en el sorteo y orden de suplencias, tramitándose de forma individual para la adjudicación de las suplencias.

3. Las solicitudes se presentarán del siguiente modo:

  • a) Para los solicitantes que, cumpliendo los requisitos de familia numerosa antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, deseen beneficiarse de las bonificaciones de familia numerosa:
  • La solicitud, dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, se formalizará conforme al Anexo II, «Solicitud de Actividad», que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es). En la solicitud se indicará el código de actividad según el Anexo I «Actividades. Requisitos. Codificación. Cuota» y se acompañará de la autorización para la verificación electrónica de datos personales según el Anexo III «Autorización para verificación electrónica de datos personales» publicado en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es), que será firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años.
  • Si no se autorizase la verificación electrónica de datos personales se deberá aportar la documentación justificativa correspondiente consistente en:
    • Declaración del IRPF del año correspondiente, o en el caso de que no se haya presentado declaración del IRPF, por no estar obligado a ello, deberá presentar certificado de imputación de rentas del ejercicio correspondiente emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. (Declaración IRPF año 2016).
    • Certificado catastral que acredite la titularidad de bienes inmuebles con el valor catastral correspondiente, así como el porcentaje y el tipo de propiedad.
  • La autorización para la verificación electrónica de datos personales, o la aportación por el interesado de la documentación justificativa, es requisito imprescindible para poder beneficiarse en su caso, de las bonificaciones establecidas.
  • Estos interesados deberán presentar sus solicitudes exclusivamente de forma presencial, preferentemente, en los registros de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes o en alguna de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en cualquier otro centro de los que se señalan en el artículo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • Si la solicitud se presenta en algún registro diferente a los anteriormente mencionados, se deberá enviar copia de la solicitud y de la autorización para la verificación electrónica de datos personales, o documentación justificativa correspondiente, en caso de no autorización, por fax al 983 317 209 o por correo electrónico: activajoven@jcyl.es, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • b) Víctimas de terrorismo.
  • Para los solicitantes que, cumpliendo los requisitos de Víctimas del Terrorismo, recogido en la Ley 4/2007, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, se podrán beneficiar del cupo de reserva destinado a este colectivo del 2% del total de plazas convocadas, debiendo de presentar antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:
  • La solicitud, dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, se formalizará conforme al Anexo IV, «Solicitud de Actividad. Víctimas del terrorismo», que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es). En la solicitud solo se podrá indicar un solo código de actividad según el Anexo I «Actividades. Requisitos. Codificación. Cuota». En caso de que el número de solicitantes excediera el cupo de reserva, las plazas se adjudicarán por riguroso orden de presentación de solicitudes.
  • Estos interesados deberán presentar sus solicitudes exclusivamente de forma presencial, preferentemente, en los registros de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes o en alguna de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en cualquier otro centro de los que se señalan en el artículo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • Si la solicitud se presenta en algún registro diferente a los anteriormente mencionados, se deberá enviar copia de la solicitud y de la autorización para la verificación electrónica de datos personales, o documentación justificativa correspondiente, en caso de no autorización, por fax al 983 317 209 o por correo electrónico: activajoven@jcyl.es, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • c) Para el resto de solicitantes.
  • La solicitud, dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, se formalizará conforme el Anexo II de esta orden, «Solicitud de actividad», que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es). En la solicitud se indicará el código de actividad según el Anexo I «Actividades. Requisitos. Codificación. Cuota».
  • Las solicitudes podrán presentarse:
    • a) De forma electrónica. A través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) o a través del portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es).
    • b) Presencialmente. Preferentemente, en los registros de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes; o en alguna de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en cualquier otro centro de los que se señalan en el artículo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
    • c) Igualmente podrán presentarse por telefax en las condiciones establecidas en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y se declaran los números telefónicos oficiales, siendo el número oficial a estos efectos el 983 410955.

4. Cada persona podrá solicitar todas las actividades ofertadas en las que esté interesada, siempre que cumpla los requisitos exigidos.

5. Cuando un solicitante figure en más de una solicitud para una misma actividad, únicamente se tendrá como válida, para esa actividad, la solicitud grabada en último lugar. Se procederá de igual modo cuando coincidan todos los integrantes de una solicitud conjunta.

6. Todas las solicitudes que se presenten irán configurando una única lista por actividad.

7. La presentación de la solicitud supone la plena aceptación de las presentes condiciones de participación.

8. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el día 18 de abril, inclusive.

Sexto.– Tramitación del procedimiento.

1. Las listas provisionales de solicitantes se podrán consultar en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), en el portal de juventud de Castilla y León (http://www.juventud.jcyl.es), en las Secciones de Juventud, en los puntos de información y atención al ciudadano y en el Instituto de la Juventud de Castilla y León, a partir del 25 abril.

Se podrán presentar alegaciones en el caso de no estar incluidos en la lista o de existir datos erróneos presentando copia de la solicitud, exclusivamente, en las Secciones de Juventud de cada una de las provincias, hasta el día 27 de abril a las 14:00 horas.

2. Las listas definitivas de solicitantes se podrán consultar en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es), en la sede electrónica de la Administración de Castilla y León, (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), en las Secciones de Juventud, en los puntos de información y atención al ciudadano y en el Instituto de la Juventud de Castilla y León, a partir del 2 de mayo.

3. Comprobación de los requisitos de familia numerosa. Los solicitantes miembros de familia numerosa, a los efectos de comprobar si cumplen con los requisitos de capacidad económica per cápita y poder acceder a las bonificaciones, podrán consultar dicha información, a través del portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es) introduciendo su D.N.I. o N.I.E., en las Secciones de Juventud de cada provincia o en los puntos de información y atención al ciudadano, desde el 2 de mayo al 8 de mayo.

4. La adjudicación de plazas se realizará mediante sorteo informático el día 10 de mayo, determinando los participantes seleccionados y el orden de suplencia de todos los solicitantes.

Séptimo.– Resolución.

1. Mediante Resolución de la persona titular del Instituto de la Juventud de Castilla y León se dará publicidad a la relación de seleccionados y suplentes para participar en el programa campamentos de verano «Red Activa 2018» en los términos que hubiera resultado el sorteo.

2. La relación de seleccionados y suplentes se expondrá en la sede electrónica de la Administración de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es). De forma complementaria, con efectos meramente informativos, los seleccionados que así lo hayan solicitado, podrán ser informados, siempre que las circunstancias técnicas lo permitan, mediante un mensaje de texto telefónico (SMS). Dicho mensaje también se enviará, en su caso, cuando se inicien los diferentes turnos de suplencia.

3. Contra la citada Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en la sede electrónica de la Administración de Castilla y León (https://tramitacastillayleon.jcyl.es).

Octavo.– Confirmación de las plazas y renuncia.

1. Durante todo el proceso sólo se podrá confirmar una plaza por solicitante.

2. Para confirmar las plazas los solicitantes seleccionados deberán presentar, en las Secciones de Juventud de cada provincia o en los puntos de información y atención al ciudadano de la provincia donde hayan presentado su solicitud, la siguiente documentación:

  • a) Ficha de confirmación, conforme al Anexo V de esta orden, «Ficha de confirmación», publicado en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es).
  • b) Documento original que acredite el ingreso de la cuota correspondiente en la entidad bancaria y número de cuenta señalado en el Anexo I de la presente orden, «Actividades. Requisitos. Codificación. Cuota», haciendo constar el nombre y apellidos del participante y el código de la actividad.
  • c) Copia del documento nacional de identidad, del solicitante seleccionado, si de modo expreso en la solicitud no se autoriza al órgano gestor para obtener directamente y/o por medios electrónicos la comprobación de los datos de identidad personal.
  • d) Volante de empadronamiento en Castilla y León, si de modo expreso en la solicitud no se autoriza al órgano gestor para obtener directamente y/o por medios electrónicos la identidad de los datos de identidad personal.
  • e) Copia del documento nacional de identidad del padre o la madre o abuelos en el caso de los descendientes de personas nacidas en Castilla y León residentes en otra Comunidad Autónoma o en el extranjero.
  • f) Copia del título de familia numerosa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, si de modo expreso en la solicitud no se autoriza al órgano gestor para comprobar directamente y/o por medios electrónicos este dato.
  • g) Copia del título de familia numerosa expedido por otra Comunidad Autónoma en el caso de ser beneficiario de cuota bonificada.
  • h) Copia del Carné Joven Europeo expedido por la Comunidad Autónoma de Castilla y León, si de modo expreso en la solicitud no se autoriza al órgano gestor para obtener directamente y/o por medios electrónicos su comprobación.
  • i) Copia Carné Joven Europeo expedido por otra Comunidad Autónoma, en caso de beneficiarse de bonificación en la cuota.

Si dicha documentación se presenta en algún registro diferente a los anteriormente mencionados, se deberá enviar copia de toda la documentación por fax al 983 317 209 o por correo electrónico: activajoven@jcyl.es, antes de la finalización del plazo de confirmación.

De conformidad con lo establecido en los artículos 5 y 11.1 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, previo consentimiento de los interesados, los datos identificativos podrán ser tratados y comunicados a otros órganos administrativos y a entidades colaboradoras en la gestión de programas juveniles para el cumplimiento de los fines directamente relacionados con el ejercicio de sus funciones.

La falta del documento original que acredite el ingreso de la cuota correspondiente en la entidad bancaria determinará la no confirmación de la plaza. No obstante lo anterior, el pago incompleto de la cuota podrá ser objeto de subsanación.

En ningún caso, el pago de la cuota correspondiente supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, del Anexo V de esta orden, «Ficha de confirmación» con arreglo a lo indicado en la presente orden.

3. Los seleccionados en la fase del sorteo, deberán confirmar la plaza desde la publicación del resultado del sorteo hasta el 15 de mayo a las 14:00 horas.

4. Una vez finalizado el plazo de confirmación, las plazas no confirmadas pasarán al primer turno de suplencia, y así sucesivamente, hasta la total cobertura de las mismas. Se realizarán hasta tres turnos de suplencia en las fechas siguientes:

  • Primer turno: Los días 17 y 18 de mayo hasta las 14:00 horas.
  • Segundo turno: Los días 22 y 23 de mayo hasta las 14:00 horas.
  • Tercer turno: Los días 25 y 28 de mayo hasta las 14:00 horas.

5. Si agotados los plazos anteriores existen plazas vacantes, se asignarán por riguroso orden de petición presencial (adjudicación directa – máximo 4 plazas por persona).

Se establecen tres turnos de adjudicación directa; todos ellos darán comienzo a las 09:15 horas:

  • Primer turno – 1 de junio, se reserva este turno para aquellos jóvenes que hayan confirmado alguna plaza en actividades que posteriormente hayan sido anuladas o canceladas. El plazo para su confirmación finalizará el día 4 de junio a las 14:00 horas.
  • Segundo turno – 5 de junio: Se reserva este turno para aquellos jóvenes que hayan solicitado, dentro de los plazos establecidos, alguna plaza, sin que hayan confirmado ninguna; podrá solicitarse plaza en todas las actividades en las que queden plazas vacantes. El plazo para su confirmación finalizará el día 6 de junio a las 14:00 horas.
  • Tercer turno – 7 de junio: Libre sin restricciones. En este turno solamente se aplicará, en su caso, la bonificación prevista para los titulares de Carné Joven Europeo, salvo que se hubiera presentado la solicitud en los plazos establecidos en esta convocatoria. El plazo para su confirmación finalizará a las 14:00 horas del día siguiente al de realización de la reserva.

En esta fase las solicitudes se deberán formalizar obligatoriamente de forma presencial en las Secciones de Juventud, así como en los puntos de información y atención al ciudadano en las fechas indicadas anteriormente.

6. Si transcurridos los plazos indicados anteriormente no se confirma la plaza se considerará que se renuncia a ella.

7. Se comunicarán a los participantes, una vez confirmada la plaza y antes del inicio de cada actividad, las fechas, horarios, lugares de salida y regreso, material necesario y programación detallada de la misma.

Noveno.– Obligaciones de los participantes.

Los participantes en las actividades tendrán las siguientes obligaciones:

  • 1. Presentarse en el lugar de salida y/o comienzo de la actividad con, al menos, 15 minutos de antelación respecto de la hora establecida, debiendo de ir provistos de la documentación correspondiente: seguro de asistencia médica, tarjeta sanitaria del Sistema de Salud de Castilla y León, (tarjeta sanitaria europea cuando las actividades se realicen fuera del territorio nacional) y Documento Nacional de Identidad o Número de Identificación de Extranjeros.
  • 2. Incorporarse y regresar de la actividad por los medios y en los plazos establecidos o por sus propios medios en los horarios previstos.
  • 3. Mantener en todo momento un comportamiento correcto con los demás participantes y con las personas acompañantes, evitando situaciones que deterioren la convivencia, como comportamientos agresivos, sexistas o racistas. La tenencia o consumo de alcohol, tabaco o cualquier otro tipo de droga será motivo de expulsión.
  • 4. No abandonar la actividad sin autorización de sus padres o representantes legales, debiendo ser recogidos por aquellos o por la persona autorizada; debiendo de cumplimentar el Anexo VI de la presente orden, «Autorización para el abandono de la actividad», que será entregado al responsable de la actividad.
  • 5. En caso de abandono voluntario o expulsión por incumplimiento de las obligaciones de los participantes en la actividad, será responsabilidad del participante y sus padres o representantes legales la organización del traslado y los gastos que ocasionen, debiendo informar del abandono de la actividad al responsable de la misma.
  • 6. No hacer uso del teléfono móvil durante el desarrollo de las actividades. Su uso podrá restringirse a unos horarios delimitados por la entidad organizadora.
  • 7. En el caso de participantes con discapacidad deberá comunicar esta circunstancia, así como las adaptaciones y ajustes que sean necesarios para su participación en la actividad.
  • 8. Consignar en Anexo V de esta orden, «Ficha de confirmación», otros datos que resulten de interés a efectos de participación en las actividades, tales como alergias, intolerancias alimenticias, medicación…etc.

Décimo.– Incidencias y modificaciones.

La persona titular del Instituto de la Juventud de Castilla y León resolverá aquellas incidencias que pudieran producirse en el desarrollo y gestión de las actividades programadas, incluida la posibilidad de modificar o ampliar el número de participantes en las actividades si fuera necesario a la vista del número de solicitudes presentadas.

Undécimo.– Cancelación del programa y devolución de cuotas.

1. Las actividades programadas podrán ser canceladas si no se cubre el 80% de las plazas ofertadas antes de la adjudicación directa de cada actividad, en cuyo caso se procederá de oficio a la devolución íntegra de las cuotas abonadas. Además, si el número de solicitantes no supera el doble de las plazas convocadas en cada actividad, se podrá cancelar la misma con anterioridad a la fecha de sorteo.

2. Se procederá a la devolución de la cuota abonada cuando no se desarrolle la actividad por causa no imputable al participante.

3. En los supuestos de renuncia de los participantes, producida con una antelación de, al menos, un mes natural al inicio de la actividad, se procederá a la devolución íntegra de la cuota abonada.

4. Si la renuncia se comunica dentro del mes natural al inicio de la actividad y con al menos, 7 días naturales antes del día de inicio, se procederá a la devolución del 70% de la cuota abonada por el participante.

5. Si la renuncia se comunica dentro de los 7 días naturales y siempre 1 día natural antes del inicio de la actividad, se procederá a la devolución del 50% de la cuota abonada.

6. En los puntos 4 y 5 de este apartado, se procederá a la devolución de la cuota cuando la renuncia de la plaza adjudicada se fundamente y documente en alguna de las siguientes causas:

  • Enfermedad grave, fallecimiento o accidente del solicitante o de un familiar de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • Deber inexcusable legalmente previsto.

7. No procede la devolución de cuota una vez iniciada la actividad cuando el abandono de la misma tenga lugar por causa imputable a los participantes.

8. La solicitud de devolución de la cuota deberá presentarse por escrito en la forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la que se harán constar los datos personales y bancarios del participante, presentándose, preferentemente, en el Instituto de la Juventud de Castilla y León, en las Secciones de Juventud o en los puntos de información y atención al ciudadano, adjuntando la siguiente documentación:

  • a) Certificado médico que justifique la imposibilidad de realizar la actividad en las fechas de desarrollo previstas, en su caso.
  • b) Documento que justifique el deber inexcusable alegado, en su caso.
  • c) Copia del justificante de ingreso de la cuota.
  • d) Copia de la hoja de la libreta bancaria donde figuren sus titulares, el código IBAN y los 20 dígitos identificativos de la cuenta corriente o declaración responsable en la que se indique la titularidad de una cuenta corriente, el código IBAN y los 20 dígitos que la identifican.
  • e) Certificado de defunción o documento que lo acredite.

A los efectos de facilitar la ocupación de la plaza por otro solicitante, las renuncias producidas se deberán comunicar por fax al 983 317 209 o por correo electrónico: activajoven@jcyl.es en el plazo más breve posible.

Duodécimo.– Régimen de impugnación.

Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma. No obstante, con carácter previo y potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación de la misma en el Boletín Oficial de Castilla y León, conforme se establece en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 23 de marzo de 2018.

La Consejera,

Fdo.: Alicia García Rodríguez

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