Programas «Campamentos de Verano» y «Campos de Trabajo»

[vc_row][vc_column width=»1/1″][vc_column_text][vc_column_text]Plazo de presentación solicitudes:

  • Campamentos de Verano: hasta el día 4 de mayo inclusive.
  • Campos de Trabajo: hasta el día 24 de abril inclusive.

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ORDEN FAM/275/2015, de 31 de marzo, por la que se convoca el Programa de Campamentos de Verano "Red Activa 2015".

[/vc_column_text][vc_column_text]La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, a través del Instituto de la Juventud de Castilla y León, tiene entre sus fines, promover la participación de los jóvenes en la vida social y cultural de la Comunidad, para conseguir incrementar su inserción social y autonomía personal.

Una fórmula idónea para conseguir dicho fin es ofrecer a los jóvenes alternativas de utilización activa y creativa de su ocio y tiempo libre el cual pueden rentabilizar iniciándose o profundizando en el conocimiento de determinadas materias, descubriendo lugares geográficos o acercándose a un entorno natural, todo ello vertebrado por valores de solidaridad, cooperación, respeto mutuo y convivencia.

El Programa de campamentos de verano «Red Activa 2015» se ha revelado como un instrumento útil para cumplir los objetivos descritos en la medida en que facilita la movilidad, la formación y el intercambio juvenil.

En su virtud y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO:

Primero.– Objeto.

La presente orden tiene por objeto convocar el Programa «Red Activa 2015» y establecer las condiciones de participación en el mismo.

Segundo.– Servicios ofertados.

Los participantes en las actividades del Programa «Red Activa 2015» dispondrán de los siguientes servicios, en función de la actividad elegida:

  • 1. Un programa de actividades de multiaventura y tiempo libre, náuticas, actividades de carácter socio-cultural, formativo y convivencial.
  • 2. Alojamiento en Albergue Juvenil (A.J.), Residencia Juvenil (R.J.), Campamento Juvenil (C.J. – tiendas de campaña o cabañas), Base Náutica (B.N. – tiendas de campaña o barracones) y otros.
  • 3. Manutención en régimen de pensión completa (desayuno, comida, merienda y cena).
  • 4. Equipo técnico de personal especializado en animación socio-cultural y actividades de multiaventura, tiempo libre y náuticas. Material necesario para el desarrollo de la actividad.
  • 5. Seguro de accidentes.
  • 6. Las actividades incluyen transporte desde Valladolid hasta el lugar de la actividad, así como el regreso a Valladolid a su finalización, excepto las actividades RA015 y RA043 – COMPLEJO JUVENIL CASTILLA, donde la incorporación se realizará directamente en la instalación (ida y regreso). Será por cuenta del participante el traslado desde su domicilio hasta Valladolid tanto el día de salida de la actividad, como el día de regreso de la misma.

Tercero.– Participantes y requisitos.

1. Podrán participar en el programa los jóvenes, en quienes concurra alguna de estas circunstancias:

  • a) Estar empadronado en Castilla y León a fecha fin de plazo de presentación de solicitudes.
  • b) Ser descendiente de castellanos y leoneses en el extranjero.
  • c) Además, sólo en la fase de adjudicación directa, podrán participar:
    • • Los nacidos en Castilla y León, con residencia o empadronamiento en otra Comunidad Autónoma.
    • • Los descendientes de castellanos y leoneses, nacidos y residentes en otra Comunidad Autónoma.

Además los jóvenes deben reunir las siguientes condiciones:

  • a) En las actividades dirigidas a jóvenes de 9 a 11 años, la edad mínima de los participantes será de 9 años cumplidos a lo largo del año 2015 y que como máximo tengan 11 años a fecha fin de la actividad.
  • b) En la actividad dirigida a jóvenes de 10 a 13 años, RA001 – AVENTURA PARA TODOS EN PALENCIA, la edad mínima de los participantes será de 10 años cumplidos al comienzo de la actividad y que como máximo tengan 13 años a fecha fin de la actividad.
  • c) En las actividades dirigidas a jóvenes de 12 a 14 años, la edad mínima de los participantes será de 12 años cumplidos a lo largo del año 2015 y que como máximo tengan 14 años a fecha fin de la actividad, excepto en la actividades RA010 – A.J. SAN MARTÍN DE CASTAÑEDA, RA066- A.J. BARRIA (Narvaja-Álava) y RA069 – A.J. ÁREA, donde los participantes a comienzo de la actividad deben tener cumplidos los 13 años y al final de la misma no haber cumplido los 16 años.
  • d) En las actividades dirigidas a jóvenes de 15 a 17 años, la edad mínima de los participantes será de 15 años cumplidos a lo largo de 2015 y que como máximo tengan 17 años a fecha fin de la actividad.

2. Para solicitar las actividades es obligatorio estar en posesión del Documento Nacional de Identidad o del Número de Identificación de Extranjeros.

3. La edad de los destinatarios a los que se dirige cada modalidad de actividades, los requisitos específicos exigidos y la codificación de las mismas, se establecen en el Anexo I «Actividades. Requisitos. Codificación. Cuota» publicado en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es).

Cuarto.– Cuota y bonificaciones.

1. Los adjudicatarios de las plazas efectuarán el ingreso de la cuota establecida en el Anexo I «Actividades. Requisitos. Codificación. Cuota», indicando nombre y apellidos del participante y código de la actividad, en el número de cuenta correspondiente a la actividad adjudicada.

2. En el pago de la cuota correspondiente, se establecen las siguientes bonificaciones:

  • a) 15% para usuarios del Carné Joven Europeo en las actividades de 15 a 17 años. Para las actividades de 9 a 11 años, de 10 a 13 años, de 12 a 14 años y de 13 a 15 años, la bonificación ya está aplicada en la cuota general.
  • b) 50% para miembros de familia numerosa general, siempre que cumplan los requisitos de capacidad económica establecidos en el punto 4.
  • c) Exentos de abono de cuota los miembros de familia numerosa especial, siempre que cumplan los requisitos de capacidad económica establecidos en el punto 4.

3. En el caso de que concurran varias circunstancias de las señaladas, se aplicará la mayor bonificación. Las bonificaciones no son acumulables.

4. Los solicitantes que dispongan de título de familia numerosa de categoría general o especial, tendrán derecho a las bonificaciones establecidas en la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de medidas de apoyo a las familias de la Comunidad de Castilla y León, cuando la capacidad económica familiar per cápita mensual sea inferior a 1,1 veces el IPREM vigente en el momento de la solicitud, correspondiente a una mensualidad, conforme establece el Decreto 27/2013, de 4 de julio, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en las residencias juveniles titularidad de la Comunidad de Castilla y León y se establece su régimen de bonificaciones.

Quinto.– Presentación de solicitudes.

1. Los interesados podrán obtener el formulario de solicitud de participación y el resto de documentación en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), en las Secciones de Juventud de cada provincia, en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es) y en los puntos de información y atención al ciudadano que se relacionan en el Anexo VI. «Directorio» publicado en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

2. La solicitud podrá realizarse de forma individual o conjunta. La solicitud conjunta podrá agrupar hasta un máximo de cuatro solicitantes a efectos de adjudicación de plaza en el sorteo y orden de suplencias, tramitándose de forma individual para la adjudicación de las suplencias.

3. Las solicitudes se presentarán del siguiente modo:

  • a) Para los solicitantes que deseen beneficiarse de las bonificaciones de familia numerosa.
  • La solicitud, dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, se formalizará en el Anexo II «Solicitud de Actividad» que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es). En la solicitud se indicará el código de actividad según el Anexo I «Actividades. Requisitos. Codificación. Cuota» y se acompañará de la autorización para la verificación electrónica de datos personales según el Anexo III «Autorización para verificación electrónica de datos personales» publicado en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es), que será firmada por los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años, requisito imprescindible para poder beneficiarse en su caso, de la bonificación establecida.
  • Los solicitantes que deseen beneficiarse de las bonificaciones de familia numerosa, presentarán sus solicitudes exclusivamente de forma presencial, en soporte papel, preferentemente, en los registros de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes o en alguna de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en cualquier otro centro de los que se señalan en el artículo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • Si la solicitud se presenta en algún registro diferente a los anteriormente mencionados, se deberá enviar copia de la solicitud y de la autorización para la verificación electrónica de datos personales por fax al 983 317 209 o por correo electrónico: activajoven@jcyl.es, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • b) Para el resto de solicitantes.
  • La solicitud, dirigida a la Sección de Juventud de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes, se formalizará en el Anexo II «Solicitud de actividad» que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es). En la solicitud se indicará el código de actividad según el Anexo I «Actividades. Requisitos. Codificación. Cuota».

Las solicitudes podrán presentarse:

  • a) Presencialmente. Preferentemente, en los registros de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León de la provincia de residencia de cualquiera de los solicitantes; o en alguna de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en cualquier otro centro de los que se señalan en el artículo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • b) De forma electrónica. En la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) o a través del portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es).
  • c) Igualmente podrán presentarse por telefax en las condiciones establecidas en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y se declaran los números telefónicos oficiales, siendo el número oficial a estos efectos el 983 410955.

4. Cada persona podrá solicitar todas las actividades ofertadas en las que esté interesada, siempre que cumpla los requisitos exigidos.

5. Cuando un solicitante figure en más de una solicitud para una misma actividad, únicamente se tendrá como válida para esa actividad la grabada en último lugar. Se procederá de igual modo, cuando coincidan todos los integrantes de una solicitud conjunta.

6. Todas las solicitudes que se presenten irán configurando una única lista por actividad.

7. La presentación de la solicitud supone la plena aceptación de las presentes condiciones de participación.

8. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y finalizará el día 4 de mayo, inclusive.

Sexto.– Tramitación del procedimiento.

1. Las listas provisionales de solicitantes se podrán consultar, a efectos de comprobar la correcta inclusión en las mismas, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), en el portal de juventud de Castilla y León (http://www.juventud.jcyl.es), en las Secciones de Juventud, en los puntos de información y atención al ciudadano y en el Instituto de la Juventud de Castilla y León, a partir del 7 de mayo.

Se podrán presentar alegaciones en el caso de no estar incluidos en la lista o de existir datos erróneos, presentando copia de la solicitud, exclusivamente en las Secciones de Juventud de cada una de las provincias, hasta el día 12 de mayo a las 14:00 horas.

2. Comprobación de los requisitos de familia numerosa. Los solicitantes miembros de familia numerosa, a los efectos de comprobar si cumplen con los requisitos de capacidad económica per cápita y poder acceder a las bonificaciones, podrán consultar dicha información, a través del portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es) introduciendo su D.N.I. o N.I.E., en las Secciones de Juventud de cada provincia o en los puntos de información y atención al ciudadano, el día anterior al sorteo informático de las plazas, el 13 de mayo.

Además y de forma complementaria, con efectos meramente informativos, los titulares de familia numerosa que en su solicitud hayan autorizado a recibir información a través del teléfono móvil, podrán ser informados mediante un mensaje de texto telefónico (SMS).

3. La adjudicación de plazas se realizará mediante sorteo informático el día 14 de mayo, determinando los participantes seleccionados y el orden de suplencia de todos los solicitantes.

Séptimo.– Resolución.

1. Mediante resolución del Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León se dará publicidad a la relación de seleccionados y suplentes, en los términos que hubiera resultado el sorteo.

2. La relación de seleccionados y suplentes se expondrá en la sede electrónica de la Administración de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es). De forma complementaria, con efectos meramente informativos, los seleccionados que así lo hayan solicitado, podrán ser informados, siempre que las circunstancias técnicas lo permitan, mediante un mensaje de texto telefónico (SMS). Dicho mensaje también se enviará, en su caso, cuando se inicien los diferentes turnos de suplencia.

3. Contra la citada resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Octavo.– Confirmación de las plazas y renuncia.

1. Durante todo el proceso sólo se podrá confirmar una plaza por solicitante.

2. Para confirmar las plazas, los solicitantes seleccionados deberán presentar, en las Secciones de Juventud de cada provincia o en los puntos de información y atención al ciudadano de la provincia donde hayan presentado su solicitud, la siguiente documentación:

  • a) Ficha de confirmación, conforme al Anexo IV «Ficha de confirmación» publicado en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el portal de juventud (http://www.juventud.jcyl.es).
  • b) Documento original que acredite el ingreso de la cuota correspondiente en la entidad bancaria y número de cuenta señalado en el Anexo I «Actividades. Requisitos. Codificación. Cuota», haciendo constar el nombre y apellidos del participante y el código de la actividad.
  • c) Copia del documento nacional de identidad del solicitante seleccionado, salvo autorización al órgano gestor para obtener directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad personal.
  • d) Certificado de empadronamiento en Castilla y León, salvo autorización al órgano gestor para consultar este documento a través del servicio de verificación de datos de residencia.
  • e) Copia del documento nacional de identidad del padre o la madre, en caso de los descendientes de castellanos y leoneses en el extranjero y/o nacidos y residentes en otra Comunidad Autónoma.
  • f) Copia del título de familia numerosa de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, salvo autorización al órgano gestor para verificar este dato.
  • g) Copia del título de familia numerosa expedido por otra Comunidad Autónoma.
  • h) Carné Joven Europeo expedido por otra Comunidad Autónoma o que no conste en la base de datos del Instituto de la Juventud de Castilla y León, en caso de beneficiarse de bonificación en la cuota.

Si dicha documentación se presenta en algún registro diferente a los anteriormente mencionados, se deberá enviar copia de toda la documentación por fax al 983 317 209 o por correo electrónico: activajoven@jcyl.es, antes de la finalización del plazo de confirmación.

De conformidad con lo establecido en los artículos 5 y 11.1 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, previo consentimiento de los interesados, los datos identificativos podrán ser tratados y comunicados a otros órganos administrativos y a entidades colaboradoras en la gestión de programas juveniles para el cumplimiento de los fines directamente relacionados con sus funciones legítimas.

3. Los seleccionados en la fase del sorteo, deberán confirmar la plaza desde la publicación del resultado del sorteo hasta el 19 de mayo a las 14:00 horas.

4. Una vez finalizado el plazo anterior, las plazas no confirmadas, pasarán al primer turno de suplencia y así sucesivamente, hasta la total cobertura de las mismas. Se realizarán hasta tres turnos de suplencia, en las fechas siguientes:

  • • Primer turno: los días 21 y 22 de mayo hasta las 14:00 horas.
  • • Segundo turno: los días 26 y 27 de mayo hasta las 14:00 horas.
  • • Tercer turno: los días 29 de mayo y 1 de junio hasta las 14:00 horas.

5. Si agotados los plazos anteriores existen plazas vacantes, se asignarán por riguroso orden de petición presencial (adjudicación directa – máximo 4 plazas por persona).

Se establecen tres turnos de adjudicación directa:

  • • Primer turno – 3 de junio: Se reserva este turno para aquellos jóvenes que hayan confirmado alguna plaza en actividades que posteriormente hayan sido anuladas o canceladas, a quienes se les podrá aplicar, en su caso, las bonificaciones previstas en esta convocatoria.
  • • Segundo turno – 5 de junio: Se reserva este turno para aquellos jóvenes que hayan solicitado, dentro de los plazos establecidos, alguna plaza, sin que les haya correspondido ninguna.
  • • Tercer turno – 9 de junio: Libre sin restricciones. En este turno solamente se aplicará, en su caso, la bonificación prevista para los titulares de Carné Joven Europeo, salvo que se hubiera presentado la solicitud en los plazos establecidos en esta convocatoria.

En esta fase, las solicitudes se deberán formalizar obligatoriamente de forma presencial en las Secciones de Juventud así como en los puntos de información y atención al ciudadano en las fechas indicadas anteriormente.

El plazo para su confirmación finalizará a las 14:00 horas del día siguiente al de realización de la reserva.

6. Si transcurridos los plazos indicados anteriormente no se confirma la plaza, se considerará que se renuncia a ella.

7. Se comunicarán a los participantes, una vez confirmada la plaza y antes del inicio de cada actividad, las fechas, horarios, lugares de salida y regreso, material necesario y programación detallada de la misma.

Noveno.– Obligaciones de los participantes.

Los participantes en las actividades tendrán las siguientes obligaciones:

  • 1. Presentarse en el lugar de salida y/o comienzo de la actividad con, al menos, 15 minutos de antelación respecto de la hora establecida, con la documentación correspondiente.
  • 2. Incorporarse y regresar de la actividad por los medios y en los plazos establecidos o por sus propios medios en los horarios previstos.
  • 3. Mantener en todo momento un comportamiento correcto con los demás participantes y con las personas acompañantes, evitando situaciones que deterioren la convivencia, como comportamientos agresivos, sexistas o racistas. La tenencia o consumo de alcohol, tabaco o cualquier otro tipo de droga será motivo de expulsión.
  • 4. Llevar la documentación correspondiente de su seguro de asistencia médica, tarjeta sanitaria del Sistema de Salud de Castilla y León, (tarjeta sanitaria europea cuando las actividades se realicen fuera del territorio nacional) o en su caso, seguro privado.
  • 5. No abandonar la actividad sin autorización de sus padres o representantes legales, debiendo ser recogidos por aquellos o por la persona autorizada. Se deberá cumplimentar el Anexo V «Autorización para el abandono de la actividad», que será entregado al responsable de la actividad.
  • 6. En caso de abandono o expulsión de la actividad, será responsabilidad del participante y sus padres o representantes legales la organización del traslado y los gastos que ocasionen, debiendo informar de dichas circunstancias al responsable de la actividad.
  • 7. No hacer uso del teléfono del teléfono móvil durante el desarrollo de las actividades. Su uso podrá restringirse a unos horarios delimitados por la entidad organizadora.

Décimo.– Incidencias y modificaciones.

El Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León resolverá aquellas incidencias que pudieran producirse en el desarrollo y gestión de las actividades programadas, modificar o ampliar alguna, cuando fuera necesario a la vista del número de solicitudes presentadas.

Undécimo.– Cancelación del programa y devolución de cuotas.

1. Las actividades programadas podrán ser canceladas si no se cubre el 80% de las plazas ofertadas antes de la adjudicación directa de cada actividad, en cuyo caso se procederá de oficio a la devolución íntegra de las cuotas abonadas. Además, si el número de solicitantes no supera el doble de las plazas convocadas en cada actividad, se podrá cancelar la misma con anterioridad a la fecha de sorteo.

2. Se procederá a la devolución de la cuota abonada cuando no se desarrolle la actividad por causa no imputable al interesado.

3. En los supuestos de renuncia de los participantes, producida con una antelación de, al menos, un mes natural al inicio de la actividad, se procederá a la devolución íntegra de la cuota abonada.

4. Si la renuncia se presenta, transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior, pero antes del día de inicio, se procederá a la devolución del 80% de la cuota cuando se fundamente en alguna de las siguientes causas:

  • a) Enfermedad, fallecimiento o accidente del solicitante o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • b) Deber inexcusable legalmente previsto.

5. La solicitud de devolución de la cuota, en la que se harán constar los datos personales y bancarios del participante, se presentará preferentemente en el Instituto de la Juventud de Castilla y León, en las Secciones de Juventud o en los puntos de información y atención al ciudadano, adjuntando la siguiente documentación:

  • a) Certificado médico que justifique la imposibilidad de realizar la actividad en las fechas de desarrollo previstas, en su caso.
  • b) Documento que justifique el deber inexcusable alegado, en su caso.
  • c) Fotocopia del justificante de ingreso de la cuota.
  • d) Fotocopia de la primera hoja de la libreta bancaria donde figuren sus titulares el código IBAN y los 20 dígitos identificativos de la cuenta corriente o declaración responsable en la que se indique la titularidad de una cuenta corriente y los 20 dígitos que la identifican.
  • 6. A los efectos de facilitar la ocupación de la plaza por otro solicitante, las renuncias producidas por estas causas, se deberán comunicar de forma fehaciente en el plazo más breve posible al Instituto de la Juventud de Castilla y León.

Duodécimo.– Régimen de impugnación.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses, en ambos casos contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 31 de marzo de 2015.

La Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Fdo.: Milagros Marcos Ortega

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ORDEN FAM/276/2015, de 23 de marzo, por la que se convoca el programa "Campos de Trabajo 2015" de Castilla y León.

[/vc_column_text][vc_column_text]La Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, a través del Instituto de la Juventud de Castilla y León, tiene entre sus fines, promover la participación de los jóvenes en la vida social y cultural de la Comunidad, para conseguir incrementar su inserción social y autonomía personal.

El programa «Campos en Trabajo 2015» dirigido a jóvenes de Castilla y León tiene como objetivo ofrecerles un ámbito en el que puedan poner de manifiesto y fomentar determinados valores como la convivencia, la tolerancia, la solidaridad, la participación y la interculturalidad entre los jóvenes. Para ello el programa promueve que los jóvenes de forma voluntaria y desinteresada participen en un proyecto de trabajo en favor de la colectividad, al mismo tiempo que disfrutan también de otras actividades complementarias de animación sociocultural.

El programa Campos de Trabajo comprende no sólo los campos de trabajo realizados dentro del territorio de Castilla y León sino también los realizados en el resto de las Comunidades Autónomas a través del correspondiente intercambio de plazas.

Además y a nivel internacional el programa, en coordinación con el Servicio de Voluntariado Internacional (SVI), gestionado por el Instituto de la Juventud de España (INJUVE), lleva a cabo el intercambio de plazas con diversas organizaciones de voluntariado internacional integradas en la Alianza de Organizaciones de Voluntariado Europeo (ALLIANCE OF EUROPEAN VOLUNTARY SERVICE ORGANIZATIONS) que es una Organización No Gubernamental Internacional para la juventud de la que el SVI es miembro fundador de pleno derecho.

En consecuencia, y con la finalidad de poder llevar a efecto las previsiones anteriores, en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO:

Primero.– Objeto.

La presente orden tiene por objeto establecer las condiciones de participación en el programa «Campos de Trabajo 2015» de Castilla y León.

Segundo.– Distribución de las plazas.

1. El programa abarca las plazas de los campos de trabajo organizados en Castilla y León, las plazas de los organizados en otras Comunidades Autónomas y, las plazas de diversas organizaciones de voluntariado internacional integradas en la Alianza de Organizaciones de Voluntariado Europeo.

El total de plazas ofertadas para el programa «Campos de Trabajo 2015» asciende a 239 plazas, distribuidas de la siguiente manera:

  • a) 38 plazas ofertadas a jóvenes castellanos y leoneses en campos de trabajo organizados en Castilla y León, (Anexo I).
  • b) 66 plazas ofertadas a jóvenes de otras Comunidades Autónomas en campos de trabajo organizados en Castilla y León.
  • c) 28 plazas ofertadas al SVI-INJUVE en campos de trabajo organizados en Castilla y León.
  • d) 62 plazas ofertadas a jóvenes de Castilla y León en campos de trabajo organizados por otras comunidades autónomas, (Anexo II).
  • e) 45 plazas ofertadas a jóvenes de Castilla y León en Campos de Trabajo organizados por la Alianza de Organizaciones de Voluntariado Europeo, a resultas de la distribución de las plazas realizada por el Instituto de la Juventud de España –SVI-INJUVE y que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal de juventud http://www.juventud.jcyl.es.

2. El número total de plazas convocadas se podrá ver modificado en función de la disponibilidad de las Comunidades Autónomas, de lo que se dará oportuna publicidad en el portal de juventud www.juventud.jcyl.es.

Tercero.– Requisitos.

1. Podrán participar en el programa «campos de trabajo» los jóvenes en quienes concurra alguna de estas circunstancias:

  • a) Estar empadronado en Castilla y León en la fecha de solicitar la participación en la campaña.
  • b) Ser residente temporal o transeúnte en el ámbito territorial de la Autonomía de Castilla y León.
  • c) Ser descendiente de castellanos y leoneses en el extranjero.
  • d) Haber nacido en Castilla y León, con residencia o empadronamiento en otra comunidad autónoma.
  • e) Ser descendiente de castellanos y leoneses, nacidos y residentes en otra comunidad autónoma.

2. En los campos de trabajo organizados en Castilla y León, los jóvenes participantes deberán tener una edad comprendida entre los 18 años (cumplidos antes del inicio de la actividad solicitada) y los 30 años (que no han de superar durante la realización de la misma).

En los campos de trabajo organizados en otras comunidades autónomas y en el extranjero por el SVI-INJUVE, las edades de participación serán las que fije la entidad organizadora. En el caso de que los participantes sean menores de edad, las solicitudes formuladas deberán estar firmadas por el padre/madre o representante legal.

3. Otros Requisitos.

Además, los jóvenes al iniciar la actividad solicitada, deberán cumplir los requisitos establecidos para el campo de trabajo elegido según se especifica en los documentos «Campos de trabajo en Castilla y León», «Campos de trabajo en otras Comunidades Autónomas» y «Campos de trabajo en el extranjero (SVI-INJUVE)». Publicados en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal de juventud http://www.juventud.jcyl.es.

Los participantes en los campos de trabajo internacionales (SVI–INJUVE) han de tener conocimiento del inglés o del idioma exigido por la organización del campo, con el nivel de conversación.

Cuarto.– Información del programa.

Los interesados podrán informarse sobre los diferentes aspectos del programa, obtener los formularios de solicitudes de participación en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es; en las Secciones del Instituto de la Juventud en cada provincia, en el portal de juventud http://www.juventud.jcyl.es y en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano que se relacionan en el documento publicado en la sede electrónica indicada (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

Para los campos de trabajo organizados por el Servicio de Voluntariado Internacional (SVI), gestionado por el Instituto de la Juventud de España (INJUVE), se podrá obtener más información en la página web http://www.injuve.es, en el apartado «VOLUNTARIADO».

La información y requisitos referente a la modalidad del trabajo a realizar, las fechas de celebración, el número de plazas ofertadas, el tipo de campo de trabajo, edades de los participantes, localidad o ubicación donde se desarrollan y su codificación, se establecen en los documentos denominados «Campos de trabajo en Castilla y León», «Campos de trabajo en otras Comunidades Autónomas» y «Campos de trabajo en el extranjero (SVI-INJUVE)», serán publicados en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal de juventud http://www.juventud.jcyl.es.

Los desplazamientos de ida y vuelta desde el domicilio del participante al lugar en que se ubica el campo de trabajo tanto en España como en el extranjero serán por cuenta del participante.

En los campos de trabajo organizados en Castilla y León, las condiciones de participación referidas a los jóvenes voluntarios son las siguientes:

  • • Alojamiento en instalaciones adecuadas al objeto de la actividad.
  • • Alimentación en régimen de pensión completa.
  • • Realización de un programa de actividad principal, y también actividades complementarias de animación sociocultural y actividades de tiempo libre adecuado a la edad de los participantes, que potencien su integración en el grupo y la convivencia en la comunidad donde se desarrolle el proyecto.
  • • El campo de trabajo a desarrollar, podrá referirse a alguna de las siguientes modalidades como actividad principal: integración social de jóvenes; actuaciones medioambientales; restauración y rehabilitación de elementos arquitectónicos tradicionales de titularidad pública; investigación y recuperación etnográfica; arqueología; animación sociocultural, expresión artística y dinamización rural.
  • • El número de participantes será de 22 por turno, sin incluir en dicha cifra el personal técnico y de animación, el personal de servicios, en prácticas o el de apoyo a las actividades.
  • • El horario de trabajo para el desarrollo de la actividad principal del campo será de cinco horas de media diaria y durante cinco días a la semana, preferentemente de lunes a viernes y en horario de mañana. La animación del grupo de jóvenes y el desarrollo de las actividades complementarias se llevarán a cabo preferentemente en horario de tarde de lunes a viernes, sábados y domingos.

Los campos de trabajo organizados en otras comunidades autónomas y en el extranjero por el Servicio del Voluntariado Internacional (SVI), se regirán por sus propias normas. El Instituto de la Juventud de Castilla y León actuará como enlace entre los jóvenes y la comunidad autónoma o entidad organizadora del campo, y no será responsable de las admisiones definitivas, de los cambios de fechas o de las suspensiones de actividades o turnos, y tampoco del tipo de alojamiento, alimentación, horas de trabajo, organización del tiempo libre ni de la devolución de la cuota. El desarrollo de estos campos de trabajo, en todos sus aspectos, es responsabilidad de la entidad que los organiza.

La incorporación al campo de trabajo se realizará el día de inicio de las actividades y según las instrucciones de la entidad organizadora. Si se demorase la incorporación, deberá informar a la organización sobre el retraso, así como del día y la hora que tiene prevista su incorporación.

Quinto.– Convocatoria.

1. El plazo de presentación de solicitudes de participación en esta convocatoria comenzará el día siguiente al de publicación de la presente ORDEN en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y finalizará el día 24 de abril inclusive, para quienes soliciten participar en campos de trabajo del SVI-INJUVE y el día 5 de mayo inclusive, para los solicitantes de campos de trabajo en Castilla y León y en el resto de las comunidades autónomas.

2. Los jóvenes podrán solicitar un campo de trabajo tanto en Castilla y León, como en otras comunidades autónomas y en el extranjero (SVI-INJUVE). No obstante, para cada una de las categorías, los interesados podrán presentar solamente un formulario de solicitud en el que anotarán un solo campo de trabajo.

3. La solicitud, dirigida a las Secciones de Juventud provinciales del Instituto de la Juventud de la provincia de residencia del solicitante, se formalizará en el formulario que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es o a través del portal de juventud http://www.juventud.jcyl.es. En la solicitud se indicará el código del campo de trabajo según los documentos «Campos de trabajo en Castilla y León», «Campos de trabajo en otras Comunidades Autónomas» y «Campos de trabajo en el extranjero (SVI-INJUVE)».

Las solicitudes podrán presentarse:

  • a) Presencialmente. Preferentemente, en los registros de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León de la provincia de residencia del solicitante; o en alguna de las unidades que integran los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en cualquier otro centro de los que se señalan en el artículo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • b) De forma electrónica. A través del registro electrónico al que se accede desde la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es o través del portal de juventud, http://www.juventud.jcyl.es.

4. Igualmente podrán presentarse por telefax en las condiciones establecidas en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y se declaran los números telefónicos oficiales, siendo el número oficial a estos efectos el 983-410955.

5. No podrá presentarse una nueva solicitud ni modificarse la solicitud presentada. Cuando un solicitante figure en más de una solicitud para un mismo campo de trabajo, únicamente se tendrá como válida para esa actividad la grabada en primer lugar.

6. La presentación de la solicitud supone la plena aceptación de las condiciones de participación.

7. Por cada campo de trabajo existirá una única lista de solicitudes.

Sexto.– Procedimiento: campos de trabajo en Castilla y León y en otras Comunidades Autónomas.

1. Las listas de los solicitantes en cada campo de trabajo se podrán consultar el día 6 de mayo, a efectos de comprobar la corrección de los datos, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, y a través del Portal de Juventud de Castilla y León, http://www.juventud.jcyl.es, en las Secciones del Instituto de la Juventud de cada provincia, en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano y en el Instituto de la Juventud de Castilla y León.

En el caso de no estar incluidos o de existir datos erróneos, los solicitantes podrán solicitar la corrección de las listas presentando copia de la solicitud en las Secciones del Instituto de la Juventud de cada provincia, vía fax al número 983-317209 o por correo electrónico a campostrabajo@jcyl.es el día 7 de mayo hasta las 14:00 horas. Los solicitantes seleccionados cuyos datos no coincidan con los reseñados en el D.N.I. o N.I.E. (excepto el domicilio) no podrán confirmar la plaza.

2. La adjudicación de las plazas de los campos de trabajo en Castilla y León y en otras comunidades autónomas se realizará mediante sorteo informático el día 8 de mayo, determinando el listado de los adjudicatarios de cada campo de trabajo y el de los suplentes por orden de prelación hasta el segundo lugar de cada actividad o campo de trabajo.

La resolución de la convocatoria con el resultado del sorteo se expondrá, el 8 de mayo, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal de juventud, http://www.juventud.jcyl.es. De forma complementaria, con efectos meramente informativos, los seleccionados que así lo hayan solicitado, podrán ser informados, siempre que las circunstancias técnicas lo permitan, mediante un mensaje de texto telefónico (sms). Dicho mensaje también se enviará, en su caso, cuando se inicien los diferentes turnos de suplencia.

3. Los adjudicatarios en la fase de sorteo podrán confirmar la plaza los días 11, 12 y 13 de mayo hasta las 14:00 horas. Según lo establecido en el resuelvo 9.1 de la presente orden si no se cumple el requisito de hacer efectivo el importe de la cuota de participación se entenderá que se renuncia a la plaza reservada, según el resuelvo décimo de la orden, con lo que la plaza pasará a ocuparse por los suplentes según orden de prioridad establecido en el sorteo.

Las plazas no confirmadas en el plazo establecido en el párrafo anterior, se adjudicarán por orden de prelación al primer suplente el día 14 de mayo y al segundo suplente el día 15 de mayo que deberán confirmar y proceder al abono de la cuota de participación antes de las 14:00 horas en ambos días.

Para las plazas sobrantes, se habilitará un plazo de adjudicación directa que se llevará a cabo por riguroso orden de petición presencial en las Secciones del Instituto de la Juventud de cada provincia y en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano. El plazo en que comenzará este turno de adjudicación directa comprende desde los días 18, 19 y 20 de mayo de 9:00 a 14:00 horas. Podrán acceder a la adjudicación directa de plazas los jóvenes que hayan participado en el sorteo de estas plazas y no hayan sido adjudicatarios, independientemente del campo solicitado en un principio.

4. Si quedasen plazas libres, éstas pasarán a una bolsa común y se adjudicarán directamente, por riguroso orden de petición presencial en las Secciones del Instituto de la Juventud de cada provincia, así como en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano, los días 21, 22 y 25 de mayo en horario de 9:00 a 14:00. Podrán acceder a la adjudicación directa de estas plazas todos los jóvenes castellanos y leoneses que reúnan los requisitos de participación.

El 29 de mayo se abre plazo de adjudicación directa de la bolsa común de plazas no ocupadas en fases anteriores en el resto de comunidades autónomas hasta la finalización de las plazas. En el caso de los campos de trabajo en Castilla y León este plazo de adjudicación directa será hasta la fecha límite de cinco días anteriores al inicio del campo de trabajo.

Séptimo.– Procedimiento campos de trabajo internacionales del SVI-INJUVE.

1. A efectos de comprobar la correcta inclusión en las mismas, los solicitantes podrán consultar el 24 de abril las listas de cada campo de trabajo, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, en el portal de juventud de Castilla y León, http://www.juventud.jcyl.es, en las Secciones de Juventud provinciales del Instituto de la Juventud de cada provincia, en los Puntos de Información y Atención al ciudadano y en el Instituto de la Juventud de Castilla y León.

En el caso de no estar incluidos o de existir datos erróneos, se podrá solicitar, el 27 de abril hasta las 14:00 horas, la corrección de las listas presentando copia de la solicitud en las Secciones de Juventud provinciales del Instituto de la Juventud de cada provincia, vía fax al número 983-317209 o por correo electrónico a campostrabajo@jcyl.es Los solicitantes seleccionados cuyos datos no coincidan con los reseñados en el D.N.I. o N.I.E. (excepto el domicilio) no podrán confirmar la plaza.

2. La adjudicación de las plazas se realizará mediante sorteo informático el día 29 de abril determinando por un lado, el listado de los adjudicatarios de cada campo de trabajo y, por otro, el listado de hasta dos suplentes por orden de prelación de cada actividad.

La resolución de la convocatoria con el resultado del sorteo se expondrá, el 29 de abril, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el Portal de Juventud, http://www.juventud.jcyl.es. De forma complementaria, con efectos meramente informativos, los seleccionados que así lo hayan solicitado, podrán ser informados, siempre que las circunstancias técnicas lo permitan, mediante un mensaje de texto telefónico (sms). Dicho mensaje también se enviará, en su caso, cuando se inicien los diferentes turnos de suplencia.

3. Los seleccionados en la fase de sorteo podrán confirmar la plaza los días 30 de abril y 5 de mayo hasta las 14:00 horas. Si no se cumple el requisito de hacer efectivo el importe de la cuota de participación se entenderá que se renuncia a la plaza reservada, según el resuelvo décimo de la orden, con lo que la plaza pasará a ocuparse por los suplentes según orden de prioridad establecido en el sorteo.

Las plazas no confirmadas en plazo y, por tanto sobrantes, se adjudicarán por orden de prelación al primer suplente el día 6 de mayo y al segundo suplente el día 7 de mayo, en ambos días, hasta las 14:00 horas.

Los días 8 y 11 de mayo hasta las 14:00 horas, se adjudicarán las plazas que hayan quedado libres, en todos los campos de trabajo, por riguroso orden de petición presencial en las Secciones de Juventud provinciales del Instituto de la Juventud de cada provincia y en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano. Podrán acceder a la adjudicación directa de plazas los jóvenes que hayan participado en el sorteo de plazas para el SVI-INJUVE y no hayan sido seleccionados, independientemente del campo solicitado en un principio.

4. Posteriormente, las plazas libres se ofertarán por el SVI-INJUVE de forma generalizada a nivel nacional del 19 al 22 de mayo a todos los jóvenes que reúnan los requisitos de participación, y se adjudicarán directamente en las Secciones de Juventud provinciales del Instituto de la Juventud de cada provincia y en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano, por riguroso orden de inscripción y confirmación presencial, desde las 9:00 a las 14:00 horas.

No obstante, el adjudicatario no podrá considerar definitivamente confirmada su plaza, hasta que el SVI-INJUVE no le notifique su admisión por la entidad de voluntariado extranjera responsable del campo de trabajo.

Octavo.– Resolución del procedimiento.

1. Mediante resolución del Director General del Instituto de la Juventud de Castilla y León se dará publicidad a la relación de seleccionados y suplentes, en los términos que hubiera resultado el sorteo.

2. La relación de seleccionados y suplentes se expondrá en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal de juventud, http://www.juventud.jcyl.es.

3. Contra la citada resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Noveno.– Cuota de participación.

1. Los seleccionados en los campos de trabajo de Castilla y León deberán ingresar una cuota de 90 € en la cuenta número ES45 2104 0062 27 9143498627 de la entidad Banco CEISS, a favor del Instituto de la Juventud de Castilla y León, indicando nombre y apellidos del participante y el código del campo de trabajo adjudicado.

2. En el régimen de intercambio de plazas, las comunidades autónomas establecerán, el importe de la cuota de participación, la forma de pago y los números de cuenta de ingresos para cada campo de trabajo, que se expondrá en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal de juventud, http://www.juventud.jcyl.es.

3. Los seleccionados en los campos de trabajo internacionales del SVI-INJUVE deberán ingresar una cuota de 90 €, en el número de cuenta citado en el punto 1 de este dispongo, a favor del Instituto de la Juventud de Castilla y León, indicando nombre y apellidos del interesado y el código del campo de trabajo adjudicado.

En algunos campos de trabajo internacionales se exige el pago de una cantidad complementaria en euros o dólares, cantidad que se abonará a la propia organización al incorporarse al campo de trabajo, debiendo exigir el recibo o justificante de pago.

Décimo.– Confirmación de las plazas y renuncia.

I.– Campos de trabajo en Castilla y León y en otras comunidades autónomas.

1. Para confirmar las plazas, los interesados seleccionados deberán presentar, en las Secciones del Instituto de la Juventud y en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la provincia donde hayan presentado su solicitud, la siguiente documentación:

  • a) Ficha de confirmación, conforme al formulario «Ficha de confirmación» publicado en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal de juventud http://www.juventud.jcyl.es.
  • b) Documento original que acredite el ingreso de la cuota correspondiente en la entidad bancaria, haciendo constar el nombre y apellidos del participante y el código del campo de trabajo.
  • c) Copia del documento nacional de identidad, salvo autorización a la Administración de la Comunidad de Castilla y León para obtener directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad personal.
  • d) Acreditación de la residencia fija o temporal y demás requisitos, salvo autorización a la Administración de la Comunidad de Castilla y León para acceder al servicio de verificación de datos de residencia.
  • e) Copia de la tarjeta sanitaria del Sistema Nacional de Salud, de una mutualidad o seguro privado.

2. Si transcurridos los plazos indicados en el punto sexto no se abonara la cuota y se confirmara la plaza, se considerará que se renuncia a ella.

3. Los jóvenes que tengan confirmada alguna plaza, podrán renunciar a la misma comunicándolo, únicamente al Instituto de la Juventud por escrito a través de fax 983-317 209 y/o por correo electrónico campostrabajo@jcyl.es.

En el escrito se debe dejar muy claro que se renuncia a la participación en el campo de trabajo inscrito.

Corresponde al Instituto de la Juventud comunicar al gestor del campo o a la Comunidad Autónoma en donde se desarrolla el campo de trabajo, las renuncias recibidas.

En todo caso, será de aplicación lo dispuesto en la presente convocatoria respecto a la devolución de cuotas.

II.– Campos de trabajo internacional del SVI-INJUVE.

1. Para confirmar las plazas, los interesados seleccionados deberán presentar, en las Secciones del Instituto de la Juventud y en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la provincia donde hayan presentado su solicitud, la siguiente documentación:

  • a) Ficha de confirmación denominada «Formulario de Intercambio de Voluntarios» (cumplimentado en lengua inglesa) conforme al modelo del SVI-INJUVE, publicado en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal de juventud http://www.juventud.jcyl.es.
  • b) Documento original que acredite el ingreso de la cuota correspondiente en la entidad bancaria, haciendo constar el nombre y apellidos del participante y el código del campo de trabajo.
  • c) Copia del documento nacional de identidad, NIE vigente o pasaporte, salvo autorización a la Administración de la Comunidad de Castilla y León para obtener directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los datos de identidad personal.
  • d) Acreditación de la residencia, salvo autorización a la Administración de la Comunidad de Castilla y León para acceder al servicio de verificación de los datos de residencia.
  • e) Copia de la tarjeta sanitaria europea del Sistema Nacional de Salud, de una mutualidad o seguro privado.
  • f) Carta de motivación personal de participación, en inglés u otro idioma, cuando la organización del campo de trabajo lo exija. Esta carta de motivación se ha de enviar a la dirección: svi@injuve.es.

2. El solicitante no podrá considerar definitivamente confirmada su plaza, hasta que el SVI-INJUVE no le notifique su admisión por la entidad de voluntariado extranjera responsable del campo de trabajo, fecha a partir de la cual podrá llevar a cabo los trámites necesarios para su incorporación al campo de trabajo como reserva y seguro de viaje, visado en caso necesario u otros.

3. Si transcurridos los plazos indicados en el punto séptimo no se abonara la cuota y se confirmara la plaza, se considerará que se renuncia a ella, según lo establecido en el Dispongo 9.1 de la presente orden.

4. Los jóvenes que tengan confirmada alguna plaza, podrán renunciar a la misma comunicándolo lo antes posible y siempre con anterioridad al inicio del campo de trabajo, únicamente al Instituto de la Juventud por escrito a través de fax 983 317 209 y al correo electrónico campostrabajo@jcyl.es.

Corresponde al Instituto de la Juventud comunicar al SVI-INJUVE, las renuncias recibidas.

En todo caso, será de aplicación lo dispuesto en la presente convocatoria respecto a la devolución de cuotas.

Undécimo.– Obligaciones y derechos de los participantes.

1. Las obligaciones de los participantes figuran establecidas en el documento «Compromiso personal de los participantes» publicado en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://tramitacastillayleon.jcyl.es y a través del portal de juventud http://www.juventud.jcyl.es como compromiso personal y aceptación de las normas de funcionamiento interno del correspondiente campo de trabajo. Además deberán incorporarse al campo de trabajo el día y en el punto de encuentro señalado por la organización y permanecer en el mismo hasta su finalización y comunicar, en su caso, la renuncia con antelación al inicio del campo de trabajo.

2. Los derechos de los jóvenes participantes son los siguientes y además figuran en el documento «Derechos de los participantes» publicados en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://tramitacastillayleon.jcyl.es y en el portal de juventud http://www.juventud.jcyl.es:

  • a) Recibir la confirmación de su plaza y la información necesaria del campo de trabajo con suficiente tiempo de antelación. En el portal de juventud, www.juventud.jcyl.es puede acceder a la ficha informativa de los campos de trabajo que se desarrollan en Castilla y León. Si el campo de trabajo está en otras comunidades autónomas. recibirá la información a través de la comunidad donde se desarrolle el campo de trabajo.
  • b) Participar en el campo de trabajo desarrollando una actividad o trabajo voluntario de proyección social durante las horas estipuladas por la organización.
  • c) Participar en las actividades de animación, formativas, culturales y de ocio desarrolladas en el proyecto del campo de trabajo.
  • d) Al alojamiento, manutención, material mínimo necesario y medios de protección básicos para el desarrollo de las actividades programadas por la entidad organizadora.

Duodécimo.– Devolución de la cuota.

1. En los campos de trabajo organizados en Castilla y León procederá la devolución de la cuota abonada en el supuesto de suspensión del campo de trabajo. En este supuesto, la devolución del importe de la cuota de participación se realizará de oficio por la Administración.

2. En los campos de trabajo organizados en otras comunidades autónomas y en el extranjero por el Servicio del Voluntariado Internacional (SVI), la devolución de las cuotas de participación se regirá por sus propias normas.

Decimotercero.– Certificación de la participación.

1. Los participantes en los campos de trabajo de Castilla y León y de otras Comunidades Autónomas, podrán solicitar a los organizadores del campo, certificación del trabajo voluntario realizado con un número de 50 horas efectivas por campo de trabajo o turno de 15 días de duración.

2. Los participantes en los campos de trabajo internacionales (SVI-INJUVE) podrán solicitar certificación del trabajo voluntario realizado con un número de 70 horas efectivas por campo de trabajo o turno de 15 días de duración.

Decimocuarto.– Régimen de impugnación.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses. En ambos casos contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 23 de marzo de 2015.

La Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, Fdo.: Milagros Marcos Ortega

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