Proyectos seleccionados dentro del programa «Reactiva FP» Centros docentes. Curso20-21

Proyectos seleccionados REACTIVAFP

  • 74 proyectos seleccionados con un importe de 680.348 euros a los centros de Ávila 5, Burgos 13, León 12, Palencia 6, Salamanca 6, Segovia 4, Soria 4, Valladolid 17 y Zamora 7

ANEXO I: Proyectos seleccionados,puntuación e importe concedido a cada centro

TÍTULO DEL PROYECTO CENTRO SOLICITANTE PROVINCIA  TOTAL IMPORTE
USO DE SIMULADORES Y TIC´S EN LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS IES VASCO DE LA ZARZA ÁVILA 36 11.994,81
EL GEMELO DIGITAL PARA LA REDUCCIÓN DE TIEMPOS Y PRESENCIALIDAD DE APRENDIZAJE Y DE PRODUCCIÓN. IES VASCO DE LA ZARZA ÁVILA 34,5 12.000,00
EMPRESA SIMULADA CON LA PLATAFORMA SEFED IES ARENAS DE SAN PEDRO ÁVILA 31,5 1.530,65
INNOVACIÓN DIGITAL PARA LA FORMACIÓN EN PELUQUERÍA CIFP DE ÁVILA ÁVILA 27 3.514,45
PROYECTO REACTIVAFP: SIMULACIÓN DE EMPRESAS CON FINALIDADES EDUCATIVAS. IES EULOGIO FLORENTINO SANZ ÁVILA 22,5 9.331,39
EL GEMELO DIGITAL PARA LA REDUCCIÓN DE TIEMPOS Y PRESENCIALIDAD DE APRENDIZAJE Y DE PRODUCCIÓN. CIFP SIMÓN DE COLONIA BURGOS 36,5 12.000,00
SIMULAR Y EMPRENDER JUNTOS EN ADMINISTRACIÓN IES MERINDADES DE CASTILLA BURGOS 36 3.190,50
E-LEARNING: ELECTUDE SIMULATOR IES DIEGO MARÍN AGUILERA BURGOS 34,5 11.606,93
EL GEMELO DIGITAL PARA LA REDUCCIÓN DE TIEMPOS Y PRESENCIALIDAD DE APRENDIZAJE Y DE PRODUCCIÓN. IES JUAN MARTÍN EL EMPECINADO BURGOS 34,5 12.000,00
CYBER RANGE EN EL AULA CIFP SANTA CATALINA BURGOS 32 11.432,08
REACTIVA FP. SIMULANDO LA ELECTRICIDAD Y LA ELECTRÓNICA CIFP SANTA CATALINA BURGOS 31,5 11.819,28
METODOLOGÍA DE SIMULACIÓN DE EMPRESAS SEFED CIFP SANTA CATALINA BURGOS 30 3.262,51
BELLEZA VIRTUAL IES DIEGO MARÍN AGUILERA BURGOS 29,5 4.743,20
SIMULADOR PARA APRENDER A GESTIONAR UN RETAIL. CIFP JUAN DE COLONIA BURGOS 28,5 7.260,00
VIRTUALIZACIÓN DE ENTORNOS ELÉCTRICOS CIFP RÍO EBRO BURGOS 28,5 11.985,00
LOS SIMULADORES, PRESENTE Y FUTURO COMO MÉTODO PEDAGÓGICO CIFP RÍO EBRO BURGOS 26,5 11.610,68
SOLDADURA REALIDAD AUMENTADA IES JUAN MARTÍN EL EMPECINADO BURGOS 25 11.998,97
INFORMACIÓN EN SOPORTE DIGITAL IES ENRIQUE FLÓREZ BURGOS 24 2.096,00
SIMULADORES REACTIVA FP IES DE ASTORGA LEÓN 33,5 12.000,00
SIMULADORES ELÉCTRICOS EN MÁQUINAS INTERIOR Y DOMÓTICA CIFP TECNOLÓGICO INDUSTRIAL LEÓN 33 9.796,25
SIMULACIÓN CON REALIDAD AUMENTADA. NUEVO ENFOQUE PEDAGÓGICO DIGITAL PARA FORMACIÓN EN SOLDADURA. IES VÍA DE LA PLATA LEÓN 32,5 11.800,00
EL GEMELO DIGITAL PARA LA REDUCCIÓN DE TIEMPOS Y PRESENCIALIDAD DE APRENDIZAJE Y DE PRODUCCIÓN. IES VIRGEN DE LA ENCINA LEÓN 32 12.000,00
VIRTUALMENTE REAL IPI 2020/21 IES PADRE ISLA LEÓN 30,5 12.000,00
SIMULACIÓN EMPRESARIAL EN EL AULA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA CIFP CIUDAD DE LEÓN LEÓN 30 2.500,00
ACTUALIZACIÓN DE HERRAMIENTAS PARA LA MEJORA DE LA INSERCIÓN LABORAL IES DE ASTORGA LEÓN 29,5 11.905,67
SIMULACIÓN GESTIÓN ADMINISTRATIVA VÍA DE LA PLATA IES VÍA DE LA PLATA LEÓN 29,5 2.500,00
PROCESOS DE SOLDADURA MIG-MAG, TIG, SMAW MEDIANTE SIMULADOR VIRTUAL IES VIRGEN DE LA ENCINA LEÓN 29 11.992,67
TICS, SIMULACIÓN Y REALIDAD AUMENTADA EN FORMACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE SOLDADURA CIFP TECNOLÓGICO INDUSTRIAL LEÓN 26 11.966,23
INTRODUCCIÓN DE SIMULADOR VIRTUAL DE CENTRAL ELÉCTRICA DE BIOMASA EN EL AULA. CIFP TECNOLÓGICO INDUSTRIAL LEÓN 23,5 12.000,00
SIMULACIÓN REALIZACIÓN DE GESTIÓN EMPRESARIAL IES FERNANDO I LEÓN 18 2.500,00
CATIA, RECURSO FORMATIVO ESPECÍFICO PARA DISEÑO Y FABRICACIÓN DE ELEM. MECÁNICOS. IES TRINIDAD ARROYO PALENCIA 38,5 11.718,99
EL GEMELO DIGITAL PARA LA REDUCCIÓN DE TIEMPOS Y PRESENCIALIDAD DE APRENDIZAJE Y DE PRODUCCIÓN. IES TRINIDAD ARROYO PALENCIA 36,5 12.000,00
VIAJAR AL EMPRENDIMIENTO Y GESTIÓN DE UNA EMPRESA CON UNA BUENA MALETA IES VIRGEN DE LA CALLE PALENCIA 31 8.670,00
LABORATORIO DE NUBE PRIVADA PARA VIRTUALIZACIÓN DE REDES Y SERVICIOS CIFP CAMINO DE LA MIRANDA PALENCIA 25,5 5.693,16
DIANA Y AUTOSIM-200 PARA FAVORECER LA COMPRENSIÓN DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS IES TRINIDAD ARROYO PALENCIA 23,5 6.241,91
APRENDE CON NUEVAS TECNOLOGÍAS A GESTIONAR LA COCINA DEL RESTAURANTE. IES VIRGEN DE LA CALLE PALENCIA 17,5 5.000,00
REALIDAD VIRTUAL EN CT Y SIMULACIÓN DE INS. FOTOVOLTAICAS E INDUSTRIALES CIFP RÍO TORMES SALAMANCA 36,5 11.999,83
EL GEMELO DIGITAL PARA LA REDUCCIÓN DE TIEMPOS Y PRESENCIALIDAD DE APRENDIZAJE Y DE PRODUCCIÓN. CIFP RODRÍGUEZ FABRÉS SALAMANCA 34,5 12.000,00
SIMULACIÓN DE DIAGNOSIS DE VEHÍCULOS EN ENTORNOS VIRTUALES CIFP RÍO TORMES SALAMANCA 34,5 11.443,00
REACTIVA DELICIAS IES G. TORRENTE BALLESTER SALAMANCA 34,5 2.362,13
REACTIVA BÉJAR FP CIFP CIUDAD DE BÉJAR SALAMANCA 32,5 11.653,48
IES LEONARDO DA VINCI REACTIVAFP IES LEONARDO DA VINCI SALAMANCA 26 6.578,77
ADQUISICIÓN DE COMPETENCIAS DIGITALES Y SIMULACIÓN EN ELECTRICIDAD-ELECTRÓNICA. IES MARÍA MOLINER SEGOVIA 37,5 11.997,00
EL GEMELO DIGITAL PARA LA REDUCCIÓN DE TIEMPOS Y PRESENCIALIDAD DE APRENDIZAJE Y DE PRODUCCIÓN. IES LA ALBUERA SEGOVIA 35,5 12.000,00
REACTIVA FP: SIMULACIÓN CAD/CAM PARA MECANIZADO POR CNC EN CARPINTERÍA Y MUEBLE IES EZEQUIEL GONZÁLEZ SEGOVIA 31,5 5.096,00
SIMULADOR DE MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE ORDENADONES IES MARÍA MOLINER SEGOVIA 21,5 500
EL GEMELO DIGITAL PARA LA REDUCCIÓN DE TIEMPOS Y PRESENCIALIDAD DE APRENDIZAJE Y DE PRODUCCIÓN. CIFP PICO FRENTES SORIA 34,5 12.000,00
SIMULACIÓN DE PROCESOS CON AUTOMATISMOS ELÉCTRICOS EN LA INDUSTRIAL 4.0 CIFP PICO FRENTES SORIA 31,5 9.200,00
SIMULADOR DE VEHÍCULO HÍBRIDO CON SU INSTALACCIÓN Y SISTEMA AUXILIAR DE DIAGNOSIS Y MANTENIMIENTO CIFP PICO FRENTES SORIA 27,5 12.000,00
SIMULADOR PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DEL SECTOR DE LA MADERA EN OBRA NUEVA CIFP PICO FRENTES SORIA 27 11.979,00
USO DE LOS SIMULADORES COMO ESTRATEGIA DE MEJORA DE LA FP IES LA MERCED VALLADOLID 42,5 12.000,00
CONECTANDO LA F. P. CON LA INDUSTRIA 4.0 (RIBERTIC.RFP 21) IES RIBERA DE CASTILLA VALLADOLID 39,5 12.000,00
LIGNUM VIRTUAL IES RIBERA DE CASTILLA VALLADOLID 38,5 8.307,00
INNOVACIÓN DIGITAL CON SIMULADORES PARA VEHÍCULOS LIGEROS. 2021 CIFP JUAN DE HERRERA VALLADOLID 35,5 12.000,00
DOMOTICA INDUSTRIAL IES GALILEO VALLADOLID 34,5 11.973,52
EL GEMELO DIGITAL PARA LA REDUCCIÓN DE TIEMPOS Y PRESENCIALIDAD DE APRENDIZAJE Y DE PRODUCCIÓN. CIFP MEDINA DEL CAMPO VALLADOLID 33,5 12.000,00
DISEÑO Y SIMULACIÓN DE COMPONENTES CON CATIA Y WINUNISOFT CIFP JUAN DE HERRERA VALLADOLID 32,5 12.000,00
SIMULACIÓN DE EMPRESAS CON FINALIDADES EDUCATIVAS (SEFED) IES LAS SALINAS VALLADOLID 32,5 3.296,58
EL GEMELO DIGITAL PARA LA REDUCCIÓN DE TIEMPOS Y PRESENCIALIDAD DE APRENDIZAJE Y DE PRODUCCIÓN. IES LA MERCED VALLADOLID 31,5 12.000,00
VULNERABILIDADES EN SISTEMAS INFORMÁTIVOS: SIMULACIÓN DE DEFENSA Y ATAQUE IES GALILEO VALLADOLID 29,5 11.999,57
GESTIÓN GLOBAL E INTEGRAL DE UNA EMPRESA IES RIBERA DE CASTILLA VALLADOLID 29,5 11.964,48
FORMACIÓN VIRTUAL, DE LA EMPRESA AL AULA IES MARÍA MOLINER VALLADOLID 29 4.350,00
EMPRESA EN EL AULA GALILEO IES GALILEO VALLADOLID 25,5 1.530,00
SIMULACIÓN CLÍNICA: EL PROCESO DE ATENCIÓN DE ENFERMERÍA EN EL AULA IES JULIÁN MARÍAS VALLADOLID 24 8.954,00
SIDECAR REALIDAD VIRTUAL IES ARCA REAL VALLADOLID 23,5 7.500,00
DIGITALIZACIÓN, SOSTENIBILIDAD Y CONECTIVIDAD DEL HOGAR EN UN ENTORNO VIRTUAL IES RIBERA DE CASTILLA VALLADOLID 21 6.000,00
SIMULADOR MÁQUINAS ELÉCTRICAS IES JULIÁN MARÍAS VALLADOLID 21 11.824,50
MECANIZADO VIRTUAL Y PROGRAMACIÓN CNC IES UNIVERSIDAD LABORAL ZAMORA 40,5 12.000,00
EL GEMELO DIGITAL PARA LA REDUCCIÓN DE TIEMPOS Y PRESENCIALIDAD DE APRENDIZAJE Y DE PRODUCCIÓN. IES UNIVERSIDAD LABORAL ZAMORA 37,5 12.000,00
SIMULACIÓN DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE EMPRESAS IES LA VAGUADA ZAMORA 34 8.479,76
HERRAMIENTAS DIGITALES Y DE SIMULACIÓN EN INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y DE TELECOMUNICACIONES IES RÍO DUERO ZAMORA 33,5 12.000,00
ENSEÑANZA E-LEARNING DE AUTOMOCIÓN. IES RÍO DUERO ZAMORA 29,5 11.443,70
AUTOMATIZACIÓN INDUSTRIAL E INMÓTICA EN EL AULA IES LOS SAUCES ZAMORA 28,5 7.396,43
ELECTUMECÁNICA LOS SAUCES IES LOS SAUCES ZAMORA 27,5 10.857,67
680.347,75

ANEXO II: Proyectos no seleccionados

TÍTULO DEL PROYECTO CENTRO SOLICITANTE PROVINCIA CAUSA
DISEÑO DE MAQUETAS PARA SIMULACIÓN DE ENTORNOS INDUSTRIALES IES DUQUE DE ALBURQUERQUE SEGOVIA Apartado quinto.7
NUEVAS FORMAS DE UTILIZACIÓN DEL TPV EN LA GESTIÓN DE LA COMPRA VENTA IES CONDESA EYLO ALFONSO VALLADOLID Apartado octavo.4
ECTRONEUMÁTICA EN EL CICLO FORMATIVO IEA IES HERMENEGILDO MARTÍN BORRO ÁVILA Apartado octavo.4
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Proyectos para el uso generalizado de simuladores o mecanismos digitales y recursos formativos específicos de los sectores profesionales y de las empresas en las enseñanzas de Formación Profesional.

ORDEN EDU/709/2021, de 4 de junio, por la que se resuelve la convocatoria para la selección de proyectos dentro del programa REACTIVAFP, financiados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, a desarrollar por centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León durante el curso escolar 2020/2021. (BOCyL 10-06-2021)

Mediante Orden EDU/338/2021, de 15 de marzo, se efectuó la convocatoria para la selección de proyectos dentro del programa REACTIVAFP, financiados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, a desarrollar por centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León durante el curso escolar 2020/2021.

Examinadas y valoradas las solicitudes presentadas, y vista la propuesta del Director General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa, previo informe de la comisión de valoración constituida al efecto, de conformidad con el apartado séptimo.4 de la orden de convocatoria,

RESUELVO

Primero.– Proyectos seleccionados.

Seleccionar los proyectos del programa REACTIVAFP relacionados en el Anexo I, a desarrollar por los centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León durante el curso escolar 2020/2021, y en las cuantías que en él se indican.

Segundo.– Proyectos no seleccionados.

No resultan seleccionados los proyectos que se relacionan en el Anexo II, por las causas que en cada caso se indican.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Educación o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, ambos plazos computados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 4 de junio de 2021.

La Consejera,
Fdo.: Rocío Lucas Navas

Convocatoria proyectos programa REACTIVAFP

  • Centros docente que impartan ciclos formativos de Formación Profesional Básica o ciclos formativos de Grado Medio de Formación Profesional.
  • Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de quince días hábiles, exclusivamente de forma electrónica.
  • Los centros docentes podrán presentar un proyecto por cada familia profesional que tenga implantada en su centro. En cada proyecto se podrá solicitar uno o más simuladores necesarios para su desarrollo.
  • Los proyectos seleccionados, podrán recibir una asignación económica de hasta DOCE MIL EUROS (12.000 €).
  • La duración de los proyectos comprenderá la totalidad o parte del curso escolar 2020/2021, debiendo finalizar antes del 31 de julio de 2021.
ReactivaFP-20-21-520x350
Uso generalizado de simuladores o mecanismos digitales y recursos formativos específicos de los sectores profesionales y de las empresas en las enseñanzas de Formación Profesional.
ORDEN EDU/338/2021, de 15 de marzo, por la que se convoca la selección de proyectos dentro del programa REACTIVAFP, financiados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, a desarrollar por centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León durante el curso escolar 2020/2021.

La suspensión de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza contemplados en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación durante el estado de alarma establecido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y provocado por la crisis sanitaria ocasionada por la COVID -19 obligó a continuar con las actividades lectivas a través de las modalidades a distancia y online.

Las medidas y obligaciones derivadas de la declaración inicial del estado de alarma, y de las sucesivas prórrogas decretadas por el gobierno, impiden no solo la actividad educativa presencial, sino también los períodos de formación en centros de trabajo o de prácticas de diversas enseñanzas no universitarias que, sin embargo, son necesarias para concluir los estudios y obtener la correspondiente titulación, tal como ocurre con la Formación Profesional.

Bajo estas circunstancias excepcionales y para dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado, el Ministerio de Educación y Formación Profesional ha puesto en marcha el programa REACTIVAFP. Se trata de un programa de cooperación territorial que contribuye al fomento de la calidad de Formación Profesional para el refuerzo y apoyo del alumnado de Formación Profesional Básica y de ciclos formativos de Grado Medio de Formación Profesional.

A través de la presente convocatoria se efectúa la selección de proyectos a desarrollar por centros docentes públicos, en el marco del Programa de Cooperación Territorial REACTIVAFP, cuya finalidad es fomentar la calidad de la Formación Profesional mediante el uso de mecanismos digitales utilizados en la empresa de cada sector y que son de utilidad en el proceso formativo. Así mismo, se pretende mejorar y consolidar el aprendizaje del alumnado de Formación Profesional, potenciar la innovación e incrementar la vinculación con el tejido empresarial.

La sociedad y situación actual plantean la necesidad de transformar el modelo productivo hacia las nuevas tecnologías y actividades económicas sostenibles, con la adopción acelerada de tecnologías emergentes y nuevas formas de organización del trabajo. En este contexto, resulta necesario estar en continua adquisición y actualización de las competencias profesionales para un exitoso desempeño laboral donde la Formación Profesional se conforma como motor de cambio. Esto hace indispensable implementar en la Formación Profesional enfoques pedagógicos digitales innovadores como simuladores o mecanismo digitales, realidad aumentada/virtual o inteligencia artificial.

En consecuencia, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.– Objeto y finalidad.

1. La presente orden tiene por objeto convocar la selección de proyectos dentro del programa REACTIVAFP, financiados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, a desarrollar por centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León durante el curso escolar 2020/2021.

2. La finalidad de esta convocatoria es mejorar la calidad de la Formación Profesional, mediante el fomento del uso generalizado de simuladores o mecanismos digitales y recursos formativos específicos de los sectores profesionales y de las empresas en las enseñanzas de Formación Profesional.

Segundo.– Participantes.

Podrán participar como solicitantes, siendo perceptores de las asignaciones económicas previstas en el apartado cuarto, los centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León, cuya titularidad corresponda a la Consejería de Educación, que impartan ciclos formativos de Formación Profesional Básica o ciclos formativos de Grado Medio de Formación Profesional.

Tercero.– Requisitos de los proyectos.

1. Los proyectos presentados deberán reunir, necesariamente, las siguientes características para ser evaluados:

  • a) Surgir como respuesta a la necesidad de incorporar en el aula o en el taller un entorno virtual que facilite la adquisición de los resultados de aprendizaje.
  • b) Facilitar la adecuación y actualización de los conocimientos del profesorado de Formación Profesional en procedimientos innovadores y nuevas tecnologías.
  • c) Contribuir a la mejora de la inserción laboral del alumnado de Formación Profesional.
  • d) Promover entornos de aprendizaje dinámicos entre los centros docentes y los sectores productivos que favorezcan el desarrollo de las competencias profesionales, sociales y personales del alumnado que cursa enseñanzas de Formación Profesional.
  • e) Evidenciar la viabilidad económica y técnica del proyecto. En este sentido, los centros docentes deben contar con profesorado formado en el uso del simulador virtual o plataforma virtual solicitada que garantice la calidad de la puesta en práctica del proyecto.
  • f) Incorporar acciones dirigidas a la igualdad de oportunidades, la integración y la inclusión educativa y social, a través de prácticas docentes contextualizadas a las características del centro, del entorno y del alumnado.
  • g) Mecanismos, indicadores y evidencias que permitan evaluar la consecución de resultados, con especial incidencia en la mejora de los resultados de aprendizaje y de rendimiento académico de los estudiantes.
  • h) Contar con el compromiso de un docente del departamento de la familia profesional asociada a cada proyecto, que coordinará la puesta en marcha y la ejecución del mismo.

2. Los proyectos serán presentados conforme al modelo normalizado de solicitud y tendrá el siguiente contenido:

  • a) Datos del proyecto.
  • b) Familia profesional.
  • c) Profesor/a responsable del proyecto.
  • d) Contenido y justificación del proyecto.
  • e) Concreción metodológica.
  • f) Cumplimiento de principios transversales.
  • g) Actividades de información y comunicación.
  • h) Simuladores o mecanismos digitales objeto del proyecto.
  • i) Presupuesto económico.

3. La duración de los proyectos comprenderá la totalidad o parte del curso escolar 2020/2021, debiendo finalizar antes del 31 de julio de 2021.

Cuarto.– Cuantía y dotación presupuestaria.

1. El crédito destinado para la financiación de los proyectos seleccionados será de SETECIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO EUROS CON VEINTIÚN CÉNTIMOS (760.625,21 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 07.07.322A02.22900.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2021.

2. Los proyectos seleccionados, podrán recibir una asignación económica de hasta DOCE MIL EUROS (12.000 €).

3. En ningún caso la cuantía asignada al proyecto podrá ser superior al presupuesto presentado.

4. Cuando existan proyectos no seleccionados por insuficiencia de crédito, un mismo centro docente no podrá recibir más del ocho por ciento del crédito total de la convocatoria previsto en el punto 1.

Este límite podrá reducirse hasta el cuatro por ciento, a propuesta motivada del Director General de Formación Profesional, Régimen especial y Equidad Educativa, y visto el informe de la comisión de valoración, cuando el elevado número de solicitudes pudieran conculcar el principio de equidad en el reparto del crédito.

5. Cuando un mismo centro docente reciba fondos para el desarrollo de varios proyectos, cada una de las cantidades concedidas deberá destinarse exclusivamente al proyecto por el que ha sido concedida, no pudiendo emplear todo o parte de dicho importe en gastos correspondientes a otro proyecto.

Quinto.– Solicitud y plazo de presentación.

1. Los centros docentes podrán presentar un proyecto por cada familia profesional que tenga implantada en su centro.

2. En cada proyecto se podrá solicitar uno o más simuladores necesarios para su desarrollo.

3. Los centros docentes deberán presentar la solicitud, dirigida a la Consejera de Educación, conforme al documento n.º 1, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), no admitiéndose otra documentación adicional.

La solicitud incluirá las siguientes declaraciones responsables y compromisos del solicitante:

  • a) Declaraciones responsables:
    • 1.º Que conoce y acepta las condiciones de participación indicadas en la convocatoria y que todos los datos y documentos aportados son veraces.
    • 2.º Que no ha recibido otras ayudas económicas para la misma finalidad, o en su caso, declaración del importe de las ayudas solicitadas y concedidas, así como de la entidad concedente.
    • 3.º Que el proyecto ha sido aprobado por el departamento de familia profesional.
    • 4.º Que el centro docente cuenta con profesorado formado en el uso del simulador virtual o plataforma virtual solicitada que garantice la calidad de la puesta en práctica del proyecto.
  • b) Compromisos:
    • 1.º Que el claustro de profesores y el consejo escolar, consejo social u órgano equivalente, serán informados de la participación del centro en el citado proyecto, así como de su contenido, características y financiación del Ministerio de Educación y Formación Profesional dentro del programa REACTIVAFP.
    • 2.º Que ejecutará la totalidad de los fondos asignados en el completo desarrollo del proyecto dentro del período indicado, en caso de resultar seleccionado, y a presentar una justificación económica por importe igual o superior a la cuantía concedida.
    • 3.º Que facilitará las actuaciones de comprobación que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida referida a las actividades realizadas.

4. Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma electrónica, siendo desestimadas las solicitudes que no sean presentadas por esta vía.

Para ello, los titulares de la dirección del centro deberán disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocida por esta Administración y sea compatible con los distintos elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.

Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

Los titulares de la dirección del centro cursarán sus solicitudes, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

El registro electrónico emitirá resguardo acreditativo de la presentación, consistente en una copia autentica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen a la misma.

Esta copia estará configurada de forma que pueda ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición del mensaje de error o deficiencia de la transmisión implicará que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.

5. Cuando se presenten varias solicitudes de un mismo proyecto se entenderá que la posteriormente presentada sustituirá a la anterior.

6. Se ofrecerá soporte y asistencia técnica a los centros docentes públicos para resolver las posibles incidencias que pudieran producirse en la cumplimentación y presentación de la solicitud, en el teléfono de información administrativa 012.

7. Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Sexto.– Instrucción y subsanación.

1. Será competente para la instrucción del procedimiento la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa, que realizará de oficio cuantas actuaciones sean necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución.

2. Si la solicitud no reuniese los requisitos exigidos en la presente orden, se requerirá al centro docente para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos mediante el formulario de subsanación, documento n.º 2, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, con indicación de que si no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada al efecto, conforme establece el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. En el caso de que se advierta por el centro docente solicitante algún defecto en la solicitud enviada, podrá proceder a su subsanación, a iniciativa propia, a través de dicho formulario y dentro del plazo indicado para la presentación de solicitudes.

4. Las notificaciones y comunicaciones derivadas del procedimiento se realizarán exclusivamente por procedimientos electrónicos. La práctica de las notificaciones se realizará de conformidad con el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, previo envío de un aviso sobre la puesta a disposición de la notificación efectuada al correo electrónico indicado en la solicitud de acuerdo con el artículo 41.6 de la citada ley.

Séptimo.– Valoración, propuesta y resolución.

1. El examen de las solicitudes corresponderá a una comisión de valoración, integrada por cuatro funcionarios de la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa, uno de los cuales actuará como presidente y otro como secretario con voz y voto, todos ellos designados por el titular del centro directivo.

La comisión de valoración podrá recabar la colaboración de expertos, que asistirán a las reuniones en calidad de asesores y actuarán con voz pero sin voto.

Examinadas las solicitudes, la comisión de valoración emitirá un informe, determinando los proyectos que resultan seleccionados, su puntuación y orden de clasificación conforme a los criterios establecidos en el apartado octavo y el importe propuesto, en su caso, para cada uno de ellos. Al mismo tiempo, determinará los proyectos que no resultan seleccionados y las causas que lo motivan.

2. La comisión de valoración podrá proponer un importe inferior al solicitado por el centro docente. En estos casos, antes de emitir el informe se podrá instar del solicitante la reformulación del proyecto para ajustar los compromisos y condiciones al importe propuesto, para lo que deberá presentar el documento n.º 2, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el plazo de cinco días a partir del día siguiente al de la correspondiente notificación.

En cualquier caso, la reformulación de solicitudes deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de esta convocatoria así como los criterios de valoración establecidos.

3. La Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa, previa evaluación de las solicitudes e informe de la comisión de valoración, formulará la propuesta de resolución debidamente motivada, en la que se indicarán los proyectos a seleccionar, su puntuación y orden de clasificación conforme a los criterios establecidos en el apartado octavo y la cuantía asignada a cada uno de ellos. Al mismo tiempo, recogerá los proyectos cuya selección no se propone y las causas que lo motivan.

4. La convocatoria será resuelta por la Consejera de Educación que deberá pronunciarse sobre los proyectos seleccionados, su puntuación, orden de clasificación y la cuantía asignada a cada uno de ellos. Al mismo tiempo, determinará los proyectos que no resultan seleccionados y las causas que lo motivan.

La orden de resolución será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León y de publicidad en el Portal de Educación (www.educa.jcyl.es) por tiempo no inferior a un mes.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Educación o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, ambos plazos computados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

5. El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, se entenderán desestimadas las solicitudes presentadas.

Octavo.– Criterios de selección, valoración y clasificación de proyectos.

1. Serán seleccionados, hasta agotar el crédito de la convocatoria, los proyectos que cumplan con los requisitos establecidos en el apartado tercero, conforme a la puntuación obtenida en atención a los siguientes criterios de valoración:

  • a) Impacto del proyecto en el centro educativo, hasta 16 puntos, en función de los factores siguientes:
    • 1.º Número de ciclos formativos implicados: Hasta 5 puntos, 1 punto por cada ciclo formativo.
    • 2.º Número de módulos implicados: Hasta 5 puntos, otorgándose 0,5 puntos por cada módulo implicado.
    • 3.º Participación del alumnado: Hasta 5 puntos, otorgándose 1 punto por cada grupo de alumnos que participe directamente en el proyecto.
    • 4.º Difusión del proyecto y de su financiación por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, mediante publicaciones informativas dirigidas al público, soportes publicitarios y presencia en medios de comunicación: 1 punto.
  • b) Justificación, interés y calidad técnica del proyecto, hasta 24 puntos, en función de los siguientes factores:
    • 1.º Compatibilidad del simulador virtual o mecanismo digital con el entorno socioproductivo relacionado con la familia profesional, hasta 10 puntos.
    • 2.º Adecuación al objeto de la convocatoria, dado el valor añadido, beneficio o transformación que el proyecto supone en el ámbito de la Formación Profesional del Sistema Educativo. Hasta un máximo de 5 puntos.
    • 3.º Precisión técnica y claridad con la que se indican los objetivos a conseguir, Hasta un máximo de 5 puntos.
    • 4.º Indicadores de medición claros, específicos, idóneos, confiables y medibles: hasta 4 puntos.
  • c) Calidad de gestión, hasta 5 puntos:
    • 1.º Proyectos presentados por centros docentes cuyas familias profesionales estén desarrollando algún proyecto encuadrado en el programa Aula-Empresa Castilla y León en la convocatoria del curso 2020/2021: 1 punto.
    • 2.º Proyectos presentados por centros docentes cuyas familias profesionales hayan desarrollado algún proyecto de Formación Profesional Dual en el curso académico 2019/2020: 1 punto.
    • 3.º Proyectos presentados por centros docentes en posesión del sello «Centro Educativo Sostenible» establecido mediante Orden EYH/1101/2018, de 28 de septiembre: 1 punto.
    • 4.º Proyectos presentados por centros docentes cuyas experiencias de calidad durante el curso 2019/2020 hayan sido reconocidas conforme a la Orden EDU/1925/2004, de 20 de diciembre: 1 punto.
    • 5.º Proyectos presentados por centros docentes seleccionados para participar en el Programa 2030, para favorecer la educación inclusiva de calidad mediante la prevención y eliminación de la segregación escolar por razones de vulnerabilidad socioeducativa durante el curso escolar 2019/2020, conforme a la Orden EDU/939/2018, de 31 de agosto: 1 punto.
  • d) Cumplimiento de principios transversales, hasta 2 puntos:
    • 1.º Desarrollo sostenible. Incluir entre los contenidos del proyecto, o contribuir directamente con sus actuaciones a la conservación, protección y mejora de la calidad del medio ambiente y la biodiversidad, a la mitigación y adaptación al cambio climático mediante un uso eficiente de los recursos y medioambientalmente sostenible: 0,50 puntos.
    • 2.º Igualdad de oportunidades y no discriminación. Incluir entre los contenidos del proyecto, o contribuir directamente con sus actuaciones a fomentar la no discriminación por razón de sexo, raza u origen étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual: 0,50 puntos.
    • 3.º Igualdad entre mujeres y hombres. Incluir entre los contenidos del proyecto, o contribuir directamente con sus actuaciones a la integración de la perspectiva de género a lo largo de la preparación, ejecución, seguimiento y evaluación del proyecto: 0,50 puntos.
    • 4.º Proyectos presentados por centros docentes ubicados en localidades con población inferior a 5.000 habitantes: 0,50 puntos.

2. En caso de empate en la puntuación final, se dará prioridad a aquellos proyectos que hayan obtenido mayor puntuación en el punto 1.b). Si el empate persistiera, se dará prioridad a aquellos proyectos que tengan mayor puntuación en el punto 1.b) 1.º, es decir que cuenten con mayor puntuación en el apartado relativo a la compatibilidad del simulador virtual o mecanismo digital con el conocimiento directo del entorno socioproductivo.

3. Una vez clasificados los proyectos por orden de puntuación se asignará la cuantía económica a cada uno de ellos con arreglo al apartado cuarto, comenzando por el proyecto situado en el primer lugar de la clasificación y continuando por orden descendente, hasta agotar el crédito existente en la convocatoria.

4. En todo caso, no serán seleccionados los proyectos que no alcancen una puntuación mínima de seis puntos en el criterio de valoración «justificación, interés y calidad técnica del proyecto», previsto en el punto 1.b).

Noveno.– Abono.

La cuantía concedida para el desarrollo del proyecto se abonará mediante transferencia a la cuenta bancaria titularidad del centro docente.

Décimo.– Gastos elegibles.

1. Serán financiables con los fondos de esta convocatoria los gastos recogidos en el punto 4 que se encuentren efectivamente pagados antes del 31 de julio de 2021, sin perjuicio de que las actividades realizadas fuera de dichas fechas puedan ser sufragadas por el centro docente con otras fuentes de financiación.

2. Los gastos elegibles deberán inscribirse en el objeto y finalidad de la actuación, deben ser necesarios para realizar el proyecto, estar vinculados directamente a su ejecución y haberse realizado dentro del período subvencionable. La tipología y condiciones para su elegibilidad se recogen en el punto 4 de este apartado.

3. Quedan excluidos de los gastos elegibles, la ejecución de obras, así como la adquisición de equipamientos para la ejecución del proyecto. Para el caso de simuladores o mecanismos digitales podrá recurrirse a figuras contractuales mercantiles tales como el alquiler, que permitan su uso para la correcta ejecución del proyecto, pero no supongan la adquisición de los mismos con cargo a la cuantía recibida.

4. Los gastos elegibles se justificarán a coste real y se clasificarán de la siguiente manera:

  • a) Arrendamiento y cánones.
  • Gastos de alquiler de bienes muebles e inmuebles, siempre que sean necesarios para la realización de la actuación, entre otros, simuladores o mecanismos digitales.
  • b) Material y suministro.
  • Se podrán justificar los costes directos de material entendido como la adquisición de bienes o artículos de consumo general que no pueden ser reutilizables, es decir, bienes o artículos fungibles y no inventariables que se vinculen exclusivamente a la operación y que resulten necesarios para su ejecución, con un límite máximo de 1.000 euros por proyecto, importe que se incluirá dentro del montante global máximo de los 12.000 euros destinados a cada proyecto.
  • Los costes directos de suministros se podrán imputar siempre que se vinculen indubitadamente con la operación y que resulten necesarios para su ejecución.

Undécimo.– Documentación justificativa.

Una vez realizadas las actividades contenidas en el proyecto, los centros docentes deberán conformar la siguiente documentación justificativa:

  • a) Memoria económica. Formada por los siguientes documentos:
    • 1.º Justificantes de gasto.
    • Facturas y otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa (contratos, convenios, facturas simplificadas, entre otros) que justifiquen los gastos realizados. Deberá figurar claramente el concepto del gasto y su vinculación al proyecto.
    • 2.º Justificantes de pago.
    • Documentos acreditativos de los pagos realizados, de acuerdo con lo establecido en el apartado duodécimo.
    • 3.º Desglose.
    • Relación detallada y ordenada de cada uno de los gastos y pagos imputados al proyecto, debidamente cumplimentada, conforme al documento n.º3 disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
    • 4.º Contabilidad.
    • Listado de apuntes del grupo específico creado en la aplicación de gestión contable (GECE) donde figuren todos los ingresos y pagos relativos al proyecto.
  • b) Memoria técnica. Formada por un único documento, conforme al documento n.º 4 disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
  • c) Soporte documental. Fotografías y otros documentos gráficos o audiovisuales que ofrezcan información relevante sobre el proyecto. Especialmente, deberán aportarse fotografías de aquellos elementos que evidencien el correcto cumplimiento de las medidas de información y comunicación.
  • d) Participantes. Relación de firmas del alumnado participante en el proyecto, de acuerdo a los documentos n.º 5 y n.º 6 disponibles en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).

Duodécimo.– Acreditación de gastos y pagos.

1. Para la justificación de los gastos se aportará la siguiente documentación:

  • a) Tres presupuestos, si no fuese posible memoria justificativa de la existencia de un solo presupuesto.
  • b) Autorización del gasto, firmado por el director del centro educativo conforme al documento n.º 7 disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • c) Factura justificativa del gasto.
  • d) Documento soporte de los gastos imputados en cuyos originales se deje constancia de la financiación del Ministerio de Educación y Formación Profesional y del porcentaje o cuantía de imputación a este proyecto.
  • e) Documentación contable de los gastos imputados extraídos del sistema de gestión GECE, en la que queden reflejadas todas y cada una de las operaciones contables vinculadas al gasto.
  • f) Documentación soporte del pago de los gastos imputados a través de transferencia bancaria o remesas de pagos selladas por la entidad bancaria.

2. Para la justificación de los gastos directos de arrendamiento se aportará, además, el contrato o convenio de alquiler formalizado por ambas partes.

Decimotercero.– Presentación de la documentación justificativa.

El centro docente remitirá a la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa toda la documentación justificativa que se relaciona en el apartado undécimo, utilizando para ello el documento n.º 2 disponible en la sede electrónica de la Administración de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), acompañándolo de la correspondiente documentación justificativa, hasta el 30 de septiembre de 2021, inclusive.

Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Consejería de Educación podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el solicitante, para lo que podrá requerir la exhibición del documento de la información general, conforme establece el artículo 28.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Toda la documentación original del proyecto, junto con sus correspondientes justificantes, quedará en poder del centro docente, debiendo custodiarlo, hasta el 31 de diciembre de 2026, debiendo ponerla a disposición de la Consejería de Educación al objeto de efectuar las comprobaciones y verificaciones que resulten pertinentes, así como ante las auditorías que pudieran practicarse.

Decimocuarto.– Información y comunicación.

1. En todos los documentos de comunicación, publicidad, convocatoria, resolución o notificación, certificados, diplomas o similares, ya se encuentren en formato impreso o electrónico, así como todo elemento o soporte de cualquier tipo utilizado en el desarrollo del proyecto, deberán insertarse los siguientes elementos, de acuerdo con los modelos disponibles en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León:

  • a) Logotipo institucional del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
  • b) Logotipo institucional de la Junta de Castilla y León.

2. Los centros educativos, deberán colocar una placa publicitaria que cumpla con los requisitos de publicidad citados en el párrafo anterior y que indique que se trata de actuaciones financiadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, dentro del Programa de Cooperación Territorial, REACTIVAFP.

Decimoquinto.– Sistema de contabilidad adecuado.

Además de lo previsto por la normativa sobre contabilidad nacional, los centros docentes deberán mantener un código contable adecuado, que permita separar e identificar con claridad los ingresos y gastos aplicables a cada uno de los proyectos.

A estos efectos, los centros docentes llevarán un sistema de apuntes contables separados en la aplicación de gestión contable (GECE) mediante la apertura de un grupo específico para cada uno de los proyectos.

Decimosexto.– Incumplimientos.

1. El incumplimiento de los compromisos establecidos en el proyecto o de las condiciones establecidas en esta convocatoria, por causas imputables al solicitante, podrá dar lugar, según los casos, a que no proceda el abono de la cuantía concedida, se reduzca en la parte correspondiente, o se proceda a la devolución total o parcial de las cantidades concedidas, en los términos y condiciones que determine la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa.

2. Para la determinación del incumplimiento se aplicarán, entre otros, los mecanismos previstos en el apartado decimoséptimo.

3. La falsedad o inexactitud de los datos aportados en la solicitud, cuando hayan servido de base para el cálculo de la puntuación final, podrá conllevar la devolución de la cuantía económica asignada al proyecto, de manera proporcional a los puntos otorgados en virtud de dichos datos sobre la puntuación final.

4. Cuando se acredite una incorrecta puntuación del proyecto por causas imputables al solicitante y los puntos indebidamente otorgados hayan sido determinantes para acceder a la financiación del proyecto, podrá exigirse a los centros docentes la devolución de la totalidad de los fondos asignados a dicho proyecto.

5. Se exigirá la devolución de las cantidades no ejecutadas hasta el 31 de julio de 2021, inclusive.

6. Cuando, de los controles realizados por la Consejería de Educación, se acredite una incorrecta o insuficiente justificación de los gastos ejecutados por causas imputables al centro docente, éste vendrá obligado a devolver las cantidades exigidas, conforme se determine por la Dirección General de Formación.

Decimoséptimo.– Control, evaluación y supervisión.

1. La Consejería de Educación podrá llevar cabo las oportunas actuaciones de control y verificación de las actividades desarrolladas, recabando de los centros docentes la documentación e información necesarias para la correcta justificación de los fondos asignados y la comprobación del cumplimiento de los indicadores establecidos.

2. La Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa llevará a cabo las oportunas actuaciones de evaluación y seguimiento de las actividades desarrolladas, recabando de los centros docentes la documentación e información necesarias para la comprobación del cumplimiento de las obligaciones adquiridas y los objetivos establecidos.

3. Los centros docentes facilitarán el ejercicio de dichas actuaciones, especialmente las llevadas a cabo en el marco de las auditorías sobre cuentas y operaciones, y otras actuaciones de comprobación efectuadas por las autoridades competentes.

4. Así mismo, los centros docentes estarán sometidos a los mecanismos de control que se establezcan por la Intervención General de la Administración de Castilla y León, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15 del Decreto 120/2002, de 7 de noviembre, por el que se regula el régimen jurídico de la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios.

Decimoctavo.– Modificación de la resolución.

1. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la selección del proyecto y la obtención concurrente de otras ayudas o subvenciones vulnerando los límites establecidos, podrá dar lugar a la modificación de la resolución, siempre que no se perjudiquen derechos de terceros.

2. Cuando, por causas de fuerza mayor, no resulte posible ejecutar una parte del contenido de un proyecto en los términos en los que fue seleccionado, o bien se ponga de manifiesto la imposibilidad sobrevenida de ejecutarlo en su totalidad, el centro docente deberá comunicarlo a la Dirección General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa, mediante el formulario disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que acompañará de la correspondiente documentación justificativa. La dirección general aceptará, en su caso, las oportunas modificaciones o decidirá la devolución total o parcial del importe concedido.

Cuando la comunicación se realice antes de efectuarse el pago de la cuantía concedida, ésta podrá ser asignada a otros proyectos que no hayan obtenido financiación, siguiendo el orden de puntuación obtenida.

Decimonoveno.– Compatibilidad con otras ayudas.

La financiación concedida a los proyectos será compatible con cualquier subvención o ayuda que, para la misma finalidad, sean otorgadas por otras Administraciones públicas o por entidades públicas o privadas, sin que en ningún caso se supere el coste de la actividad.

Vigésimo.– Propiedad de los proyectos.

Los proyectos presentados, junto con los resultados obtenidos, estarán a disposición de la Consejería de Educación para su uso, reformulación, modificación y publicación en cualquier medio y formato, en su caso, sin que de ellos se deriven derechos a favor del alumnado y profesorado participante.

Vigésimo primero.– Lucha contra el fraude.

Cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados total o parcialmente en el marco de la presente convocatoria podrá poner dichos hechos en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la Intervención General de la Administración del Estado, por medios electrónicos a través del canal habilitado al efecto por dicho Servicio en la dirección web http://www.igae.pap.minhafp.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas/denan.aspx y en los términos establecidos en la Comunicación 1/2017, de 3 de abril, del citado Servicio, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Vigésimo segundo.– Ejecución.

Se faculta al Director General de Formación Profesional, Régimen Especial y Equidad Educativa para dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean necesarias para la correcta ejecución de lo previsto en la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Educación o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 15 de marzo de 2021.

La Consejera,

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