Reclamar el IRPF de la prestación por maternidad

  • Borrador para pedir la devolución.
  • El Tribunal Supremo establece que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF.
La Sala confirma el fallo del TSJ de Madrid que estimó el recurso de una mujer y ordenó a Hacienda que le devolviera la cantidad ingresada en el IRPF de 2013 por la prestación por maternidad con cargo a la Seguridad Social percibida en dicho ejercicio

Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) según determina la sentencia, de 3 de octubre de 2018, del Tribunal Supremo. Dicha sentencia desestima un recurso de la Abogacía del Estado, que defendía que estas prestaciones no estaban exentas del IRPF.

«Igualmente estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad. También estarán exentas las prestaciones públicas por maternidad percibidas de las Comunidades Autónomas o entidades locales».
Sentencia núm. 1.462/2018

Todas las contribuyentes que hayan disfrutado de bajas de maternidad en los últimos cuatro años (2014, 2015, 2016 y 2017), podrán solicitar la devolución del IRPF de las declaraciones.

El alto tribunal contradice el punto de vista que mantenían tribunales inferiores y la propia Hacienda, el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), que había mantenido que sí tributan.

Alrededor de un millón de personas tienen derecho a reclamar la devolución a la Agencia Tributaria que han abonado de sus prestaciones de maternidad en el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) entre los ejercicios de 2014 y 2017.

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¿Quién puede reclamar?

Más de un millón de contribuyentes podrán reclamar a Hacienda los 1.300 millones de euros que han abonado de sus prestaciones de maternidad en el IRPF entre los ejercicios de 2014 y 2017.

Por lo tanto, las madres que hayan tributado por las prestaciones de maternidad, de 2014 a 2017, ambos inclusive, podrán rellenar este documento para obtener la devolución de los ingresos indebidos con los intereses de demora incluidos.

Las prestaciones recibidas en los ejercicios anteriores a 2014 no se podrán beneficiar de la sentencia del Tribunal Supremo al prescribir el plazo de cuatro años que da ley a los contribuyentes para rectificar la Declaración de la Renta.

Borrador para pedir la devolución de las prestaciones de IRPF por baja maternal

La Agencia Tributaria ha elaborado el primer borrador pero podría no ser el definitivo, puesto que su publicación no es oficial todavía.

A principios de octubre, el Tribunal Supremo zanjó la polémica de las prestaciones por maternidad tras sentenciar que quedarían exentas en el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF).

Ahora se ha revelado el borrador del formulario en el que se podrá reclamar la devolución de las prestaciones que se quedó Hacienda desde 2014.

Este borrador especifica que en el caso de que las rentas fueran percibidas en más de un año, deberán solicitar la rectificación de la declaración de cada año, sostiene el documento al que ha tenido acceso dicho diario.

¿Cómo puede reclamar a Hacienda la prestación por maternidad que ha pagado de más en el IRPF?

El demandante no tendrá que incluir ningún distintivo o certificado de la Seguridad Social acreditativo sobre las prestaciones por maternidad, porque en cada caso la Agencia Tributaria recabará directamente de la Seguridad Social toda la información precisa para la resolución del procedimiento, señala el documento filtrado.

En el caso de que se traten de rectificación de declaraciones que hayan sido desestimadas con anterioridad a la fecha de la sentencia, la persona tendrá que acogerse a lo que se le haya especificado en ese momento. Si el todavía recurso se encuentra pendiente de resolución, será el correspondiente órgano el que se pronuncia sobre la aplicación al caso de la doctrina del Tribunal Supremo», reza el borrador.

Mientras que si la resolución desestimatoria de la solicitud de rectificación de la declaración hubiera adquirido firmeza, no será susceptible de revisión en ninguna instancia, señala textualmente el documento.

Sobre las prestaciones públicas por maternidad percibidas durante este año, en la próxima campaña de renta la Agencia Tributaria ofrecerá los datos fiscales añadiendo esas prestaciones como rentas exentas y las retenciones que haya soportado serán «plenamente deducibles».

De este modo, la operativa para el contribuyente será como la de otros años: «El contribuyente solo tendrá que confeccionar y presentar su declaración utilizando los datos fiscales que se le ofrezcan«.

 

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1 respuesta

  1. Concha dice:

    Es cierto que los permisos de paternidad no aplican igual?
    uN saludo

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