Se establecen de oficio secciones bilingües en dos IES

  • IES Leonardo Da Vinci de Alba de Tormes. (SA)
  • IES Alejandría de Tordesillas. (VA)
ORDEN EDU/232/2018, de 28 de febrero, por la que se establecen de oficio secciones bilingües en centros públicos y se autoriza su creación en centros privados concertados, para el curso 2018/2019.

Orden BOCyLLa Orden EDU/6/2006, de 4 de enero, por la que se regula la creación de secciones bilingües en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, señala los requisitos y el procedimiento para la creación de secciones bilingües en centros docentes sostenidos con fondos públicos.

El establecimiento de estas secciones bilingües, además de autorizarse previa solicitud de los interesados, podrá realizarse excepcionalmente de oficio en centros públicos por la Consejería de Educación, a propuesta de la dirección provincial de educación correspondiente, de acuerdo con el artículo 1.3 de la citada orden.

Conforme al artículo 8 de la orden, compete al Consejero de Educación, a propuesta de la comisión de selección, resolver la autorización de creación de secciones bilingües, debiendo publicarse en el Boletín Oficial de Castilla y León con antelación al inicio del proceso de admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos, con el fin de facilitar a las familias el derecho a la libre elección de centro educativo.

En su virtud, y de conformidad con la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León

RESUELVO

Primero.– Nuevas secciones bilingües en centros públicos.

Se establecen de oficio las secciones bilingües en los centros públicos que se incluyen en el Anexo I, en el idioma y etapa educativa que se indica, para el curso 2018/2019.

Segundo.– Nuevas secciones bilingües en centros privados concertados.

1. Se autoriza la creación de secciones bilingües en los centros privados concertados que se relacionan en el Anexo II, en el idioma y etapa educativa que se indica, para el curso 2018/2019.

2. En el supuesto de que los centros privados concertados hayan solicitado la creación de secciones bilingües en más de una etapa educativa, la autorización se entiende concedida para la etapa especificada en el Anexo II.

3. La autorización para la creación de secciones bilingües no supondrá en ningún caso la modificación de las condiciones del concierto educativo, ni se considerará causa para solicitar una posterior modificación del mismo conforme se vaya llevando a cabo la implantación progresiva del proyecto bilingüe.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 28 de febrero de 2018.

El Consejero,
Fdo.: Fernando Rey Martínez

ANEXO I: Relación de centros públicos en los que se establecen, de oficio, secciones bilingües

PROVINCIA LOCALIDAD CENTRO ETAPA IDIOMA
SALAMANCA ALBA DE TORMES 37010091 IES LEONARDO DA VINCI secundaria inglés
VALLADOLID TORDESILLAS 47011188 IES ALEJANDRÍA secundaria inglés

ANEXO II: Relación de centros privados concertados autorizados para la creación de secciones bilingües

PROVINCIA LOCALIDAD CENTRO ETAPA IDIOMA
BURGOS BURGOS 09001487 CPR INF-PRI-SEC MARÍA MEDIADORA secundaria inglés
SALAMANCA SALAMANCA 37009763 CPR INF-PRI-SEC ANTONIO MACHADO secundaria inglés
ALBA DE TORMES 37000164 CPR INF-PRI-SEC SANTA ISABEL secundaria inglés
VALLADOLID VALLADOLID 47003556 CPR INF-PRI-SEC APOSTOLADO DEL SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS secundaria inglés
47003891 CPR INF-PRI-SEC LESTONNAC secundaria inglés
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