Se modifica por Real Decreto el Concurso de Traslados de Docentes de ámbito estatal

[vc_row][vc_column width=»1/4″][vc_column_text]Real-Decreto-677-2024-Modificacion-Concurso-Traslados-Docentes-Ambito-Estatal-BOE-A-2024-14628[/vc_column_text][/vc_column][vc_column width=»3/4″][vc_column_text]

  • La antigüedad de los participantes en los concursos de traslados, tanto en el centro de destino como en el cuerpo, es uno de los méritos que deben ser objeto de valoración.
  • Se considera, así, que incrementar la puntuación que el real decreto otorga a la permanencia en el centro lo que viene es a reconocer el beneficio que dicha situación comporta para el buen funcionamiento del sistema educativo.
  • Se debe recoger, según sentencias del Tribunal Supremo,  como mérito a baremar los servicios prestados como funcionario interino en los concursos de traslados de ámbito estatal, al entender que en esta provisión de destinos la diferenciación en cuanto a antigüedad estaba fundada en circunstancias objetivas.

[/vc_column_text][vc_column_text css=».vc_custom_1721241683405{padding-top: 10px !important;padding-right: 10px !important;padding-bottom: 10px !important;padding-left: 10px !important;background-color: #f0f0f0 !important;}»]CAMBIOS A GRANDES RASGOS:

  1. Nueva regulación para el concurso de traslados a una misma especialidad por la creación de nuevos cuerpos en FP, a una misma especialidad pueden concurrir desde el cuerpo secundaria, PTFP a extinguir y sectores singulares. El “arrastre” de la antigüedad implica modificaciones y matices.
  2. Modificación al alza de la antigüedad en el centro, concreción de la interpretación del difícil desempeño, más puntuación a los equipos directivos y otras funciones, así como doctorados, u
    otros títulos universitarios y en general formación y perfeccionamiento.
  3. Antigüedad en el cuerpo (por sentencias), como profesorado interino.
  4. Valoración (por sentencias) de los certificados de conocimientos de lenguas extranjeras expedidos por entidades acreditadas -distintas a las EOI-.
  5. Novedades de la aplicación de la nueva Ley de Enseñanzas Artísticas superiores.
  6. Los criterios de supresión de Secundaria serán como en Maestros/as, primacía de la antigüedad en el centro.

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El Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de julio de 2024 aprueba el Real Decreto con un artículo único: Modificación del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.

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Real Decreto 677/2024, de 16 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.

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  • ANEXO I: Especificaciones a las que deben ajustarse los baremos de prioridades en la adjudicación de destinos por medio de concurso de traslados de ámbito estatal en los cuerpos de funcionarios docentes que imparten docencia
  • ANEXO II: Especificaciones a las que debe ajustarse el baremo de prioridades para la provisión mediante concurso de traslados de ámbito estatal de puestos correspondientes a los cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa y de Inspectores de Educación

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Ver texto consolidado del Real Decreto 1364/2010 que regula el concurso de traslados

https://www.boe.es/eli/es/rd/2010/10/29/1364

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