Concurso escolar 2015 Prevención Riesgos Labolares.

Se conceden los premios concurso escolar 2015 a trabajos relacionados con la prevención de riesgos laborales por alumnos de centros educativos.

ORDEN EMP/1112/2015, de 11 de diciembre, por la que se resuelve el concurso escolar convocado por Orden EMP/837/2015, de 2 de octubre, por la que se convoca para el año 2015 concurso escolar para la realización de trabajos relacionados con la prevención de riesgos laborales por alumnos de centros educativos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León. (BOCyL 29-12-15)

Por Orden EMP/837/2015, de 2 de octubre, se convoca para el año 2015 concurso escolar para la realización de trabajos relacionados con la prevención de riesgos laborales por alumnos de centros educativos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León.

Examinados los trabajos presentados y vista la propuesta efectuada por la Comisión de Valoración, en su reunión del 9 de diciembre de 2015, conforme se establece en el apartado noveno, punto 2 de la citada Orden,

RESUELVO

Primero.– Conceder los premios previstos en la EMP/837/2015, de 2 de octubre, por la que se convoca para el año 2015 concurso escolar para la realización de trabajos relacionados con la prevención de riesgos laborales por alumnos de centros educativos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León, a los siguientes trabajos:

Categoría a) – Alumnos de educación primaria (5.º y 6.º) y educación secundaria obligatoria (1.º y 2.º):

CEIP RIBERA DEL VENA – BURGOS. Cuento-collage. «Consejos de mis amigos sobre riesgos laborales».

Categoría b) – Alumnos de educación secundaria obligatoria (3.º y 4.º), en bachillerato, en formación profesional básica y en el segundo año de los programas de cualificación profesional inicial (PCPI):

COLEGIO DIOCESANO «ASUNCIÓN DE NUESTRA SEÑORA» – ÁVILA. Cartel. #PrevenciónParaTodos.

Categoría c) – Alumnos matriculados en formación profesional de grado medio y superior y enseñanzas especializadas:

CENTRO DIDÁCTICO – VALLADOLID. Reproducción multimedia. «La cazadora de riesgos».

Categoría d) – Cartel promocional – Alumnos de bachillerato y formación profesional de grado medio y superior:

COLEGIO MAESTRO ÁVILA – SALAMANCA. Cartel promocional. «Acusados de salvar vidas».

Segundo.– Dichos premios consistirán, por una parte, en la entrega de un ordenador portátil para cada centro docente en el que se haya realizado el trabajo premiado y, por otra parte, una tablet para cada uno de los alumnos, ya individualmente o como miembro del grupo que hubiera realizado el trabajo premiado.

Tercero.– Los trabajos ganadores se expondrán, con carácter permanente, en el Centro de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Empleo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, computado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Valladolid, 11 de diciembre de 2015.

La Consejera de Empleo, Fdo.: Rosa Valdeón Santiago

Plazo día 18 de noviembre de 2015. Alumnado 5.º y 6.º Primaria, ESO, Bachillerato, FP y enseñanzas especializadas.

ORDEN EMP/837/2015, de 2 de octubre, por la que se convoca para el año 2015 concurso escolar para la realización de trabajos relacionados con la prevención de riesgos laborales por alumnos de centros educativos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León.

Prevencion_Riesgos_LaboralesUna cultura preventiva eficaz en la sociedad se crea desde la sensibilización y concienciación de la población más joven consiguiendo con ello comportamientos seguros ya desde los centros escolares. Los niños de hoy serán los trabajadores y empresarios del mañana. Con este fin y con el objeto de extender la cultura preventiva a toda la sociedad, el eje 1 del IV Acuerdo de Prevención de Riesgos Laborales de Castilla y León, incluido en la Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos e Igualdad en el Trabajo 2012-2015, aprobada por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo del Diálogo Social de Castilla y León, de 7 de marzo de 2012 y suscrito por los agentes sociales y económicos más representativos de la Comunidad de Castilla y León y la Junta de Castilla y León, se refiere íntegramente a medidas orientadas a la concienciación, sensibilización y difusión de la prevención de riesgos laborales.

Fuera de los centros de trabajo, la prevención ha de contemplarse también en otros ámbitos y así en el apartado 1.2 de esas medidas citadas, se encuentra la prevención en el ámbito escolar, con especial referencia a la convocatoria de premios escolares «buscando mecanismos para lograr una mayor y más eficaz difusión a los centros educativos».

En su virtud y en conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Aprobar la convocatoria para el año 2015 de un concurso escolar para la realización de trabajos relacionados con la prevención de riesgos laborales por alumnos de centros educativos no universitarios, de la Comunidad de Castilla y León, con arreglo a los siguientes apartados:

1.º– Objeto.

El objeto del concurso escolar es el fomento de la cultura de la prevención de riesgos laborales en alumnos de centros educativos no universitarios, en los cursos 5.º y 6.º de educación primaria, enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y enseñanzas especializadas.

2.º– Dotación presupuestaria.

El gasto destinado a financiar los premios, la entrega de los mismos y la difusión de los trabajos premiados es el que, a tal efecto, está consignado en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2015, cuya aplicación e importe es el siguiente:

Aplicación presupuestaria: 0806G241C02/64900 Importe: 6.000 €.

3.º– Categorías y participantes.

Podrán participar individualmente o de modo colectivo, en grupos de entre 2 y 4 alumnos, en cuatro categorías:

  • a) Alumnos matriculados en educación primaria (5.º y 6.º) y en educación secundaria obligatoria (1.º y 2.º).
  • b) Alumnos matriculados en educación secundaria obligatoria (3.º y 4.º), en bachillerato, en formación profesional básica y en el segundo año de los programas de cualificación profesional inicial (PCPI).
  • c) Alumnos matriculados en formación profesional de grado medio y superior y enseñanzas especializadas.
  • d) Cartel promocional: Podrán participar alumnos de bachillerato y formación profesional de grado medio y superior.

4.º– Trabajos objeto de premio.

Se premiarán aquellos trabajos que sean inéditos y su contenido esté relacionado con la prevención de riesgos laborales.

El formato de los trabajos podrá ser:

4.1. Para las categorías a), b) y c):

  • – Trabajo escrito (redacción, relato corto, cuento) con una extensión máxima de 5 folios por una cara, escritos a doble espacio, letra arial, pt. 12.
  • – Trabajo artístico de técnica libre:
  • * cartel, collage o fotografía que no superen los 60 x 50 cms.
  • * figura en tres dimensiones que no supere los 25 x25 x 25 cms.
  • * reproducción multimedia que no supere los 5 minutos, se podrán presentar en alguno de los siguientes formatos: MPEG, AVI, FLV y WMV.

4.2. Para la categoría d):

– Cartel promocional con especial mensaje de prevención de riesgos laborales y con perspectiva de futuro, cuyas medidas estarán comprendidas entre los 40 y 50 cms. de ancho y los 60 y 70 cms. de alto.

5.º– Cuantía de los premios.

Se concederán un premio para los alumnos y otro para el centro educativo que resulte ganador, por cada una de las cuatro categorías indicadas en el apartado 3.º, así:

  • a) Para cada uno de los alumnos, ya individualmente o como miembro del grupo que hubiera realizado el trabajo premiado, el premio consistirá en la entrega de una tablet.
  • b) Para cada centro docente en el que se haya realizado el trabajo premiado, el premio consistirá en la entrega de un ordenador portátil.

El premio podrá ser declarado desierto.

Todos los alumnos participantes obtendrán un diploma por su participación en el concurso y a los centros participantes se les entregará un diploma por su labor de divulgación de la prevención de los riesgos laborales.

6.º– Criterios de valoración.

La Comisión de Valoración evaluará los trabajos presentados y establecerá un orden de prelación, conforme a los siguientes criterios:

  • a) Reflejo de los principios inspiradores de la prevención de riesgos laborales en hechos o circunstancias prácticas. Se puntuará de 0 a 4 puntos.
  • b) Originalidad con que puedan ser tratados todos los elementos básicos en torno a los que gira la seguridad y salud de los trabajadores en el desarrollo de cualquier tipo de actividad profesional. Se puntuará de 0 a 4 puntos.
  • c) Aplicabilidad o transferibilidad del trabajo realizado a otro ámbito de la sociedad. Se puntuará de 0 a 4 puntos.
  • d) Grado de dificultad en la elaboración del trabajo. Se puntuará de 0 a 4 puntos.

7.º– Solicitudes y remisión de los trabajos.

1.– Se podrá presentar como máximo, una única solicitud por cada una de las cuatro categorías y por centro educativo.

2.– La remisión de los trabajos se formalizará en el impreso que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/, y se presentará, acompañado de la documentación exigida, en el plazo que finaliza el día 18 de noviembre de 2015 en los lugares que figuran en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.– En el reverso del trabajo deberá figurar el título del mismo. Cada trabajo deberá ir acompañado de un sobre cerrado en cuyo exterior figurará el título del trabajo presentado y en el interior se incluirá una relación del alumno/s, edad y nivel educativo en el que estén escolarizados, el nombre del profesor responsable y el nombre, dirección, localidad, provincia, teléfono y correo electrónico del centro educativo.

4.– Si el interesado no acompañase toda la documentación exigida o la presentada no reuniera todos los datos y requisitos que se precisan, será requerido para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe la documentación correspondiente, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada al efecto.

8.º– Instrucción.

1.– La instrucción del procedimiento corresponde a la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, que realizará cuantas actuaciones considere necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales haya de formularse la propuesta de resolución.

2.– El órgano instructor, a la vista del expediente y previo informe vinculante de la Comisión de Valoración, formulará propuesta de resolución, que se elevará al órgano competente para resolver.

9.º– Comisión de Valoración.

1.– Con el fin de evaluar los trabajos presentados, se constituirá una Comisión de Valoración integrada por seis miembros: el Jefe de Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales o persona en quién éste delegue, que ostentará la presidencia, dos técnicos de la Consejería de Educación designados por el Secretario General de la misma y tres técnicos de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, uno de los cuales actuará como Secretario, nombrados por el titular de dicha Dirección General.

2.– Esta Comisión de Valoración emitirá informe vinculante sobre los distintos criterios de valoración y fijará, por cada categoría, un orden de prelación de los candidatos, de mayor a menor puntuación. En caso de empate, prevalecerá la solicitud que haya obtenido mayor puntuación en el criterio d) y si sigue permaneciendo el empate, se acudirá al criterio b), ambos indicados en el apartado 6.º

10.º– Resolución.

1.– La competencia para otorgar los premios corresponderá a la Consejera de Empleo, sin perjuicio de las delegaciones o desconcentraciones que pudieran efectuarse.

2.– El plazo máximo para resolver concluirá el día 11 de diciembre de 2015. La resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

3.– Contra la resolución de concesión, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la hubiere dictado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, en virtud de lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

11.º– Propiedad de los trabajos.

La propiedad de los trabajos premiados corresponde a la Consejería de Empleo. Dichos trabajos se expondrán, con carácter permanente, en el Centro de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León. Los trabajos no premiados quedarán a disposición de sus autores en la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, pudiendo ser retirados en un plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de publicación de la concesión.

El cartel promocional podrá ser utilizado por la Consejería de Empleo en futuras campañas en sensibilización en prevención de riesgos laborales, promovidas por dicha Consejería.

12.º– Entrega de premios.

El lugar y fecha del acto de entrega de premios se indicará en la Orden por la que se resuelva el concurso escolar.

13.º– Obligaciones.

La participación en el concurso escolar implica la aceptación de estas bases.

14.º– Autorización.

Se autoriza al titular de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el cumplimiento de lo establecido en esta orden.

15.º– Entrada en vigor.

La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Empleo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Valladolid, 2 de octubre de 2015.

La Consejera de Empleo, Fdo.: Rosa María Valdeón Santiago

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