Adjudicación de Vacantes. Artes Plásticas y Diseño (Enseñanzas Artísticas Superiores)

  • Adjudicadas 39 vacantes ofertadas para puestos de Enseñanzas Artísticas Superiores. 1 plaza desierta

LISTADO PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS:

La  Documento PDF Resolución de 15 de octubre de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos (59.8 KB) (2 páginas)  , aprueba el listado alfabético provisional de admitidos y excluidos en el proceso de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad de las enseñanzas artísticas superiores, correspondientes a determinadas especialidades del cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño, convocado por Resolución de 9 de mayo de 2018, de la mism a Dirección General.

Plazo de subsanación: Del 16 al 23 de octubre de 2018, ambos inclusive.

Anexos que acompañan a la Resolución:

ADJUDICACIÓN DE VACANTES:

La  Documento PDF Resolucion de 21 de agosto de 2018 de la Dirección General de Recursos Humanos (26.2 KB) (1 página) , hace pública la adjudicación de vacantes en régimen de interinidad, para el curso 2018/2019, de determinadas especialidades del cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño para impartir estudios superiores. 

 

  • Anexos adjuntos

 Documento PDF Listado de adjudicación de vacantes (29.3 KB) (2 páginas) 

IMPORTANTE:

Como en años anteriores solo han sido convocados a los actos públicos los aspirantes que integran las listas extraordinarias de determinadas especialidades del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño publicadas mediante Resolución de 10 de agosto de 2018, al ser éstas las actualmente vigentes.

NO PUEDEN acceder a las vacantes de estudios superiores de Artes Plásticas y Diseño aquellos aspirantes integrantes de las listas ordinarias de baremación, que en convocatorias extraordinarias previas no hayan realizado la correspondiente prueba práctica.


CONVOCATORIA:

 Documento PDF Convocatoria del acto de adjudicación de vacantes (51.2 KB) (2 páginas)  Resolución de 10 de agosto de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se convoca al acto de adjudicación de vacantes, para el curso 2018/2019, a los aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad pertenecientes a determinadas especialidades del cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño para impartir estudios superiores
  • Día: Lunes 20 de agosto de 2018
  • Hora: 10:00 horas
  • Lugar: Salón de Actos del Edificio de Usos Múltiples. Plaza del Milenio, nº 1. VALLADOLID.

CUERPO DE PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO.

Especialidades:

• Conservación y Restauración de Materiales Arqueológicos (0595 502): 10:00 horas. Todos los aspirantes.

• Conservación y Restauración de Obras Escultóricas (0595 503): 10:00 horas. Todos los aspirantes.

• Conservación y Restauración de Obras Pictóricas (0595 504): 10:00 horas. Todos los aspirantes.

• Conservación y Restauración de Textiles (0595 505): 10:00 horas. Todos los aspirantes.

• Conservación y Restauración del Documento Gráfico (0595 506): 10:00 horas. Todos los aspirantes.

• Diseño de Interiores (0595 509): 10:00 horas. Todos los aspirantes.

• Diseño de Moda (0595 510): 10:00 horas. Todos los aspirantes.

• Diseño de Producto (0595 511): 10:00 horas. Todos los aspirantes

• Diseño Gráfico (0595 512): 10:00 horas. Todos los Aspirantes

• Materiales y Tecnología (0595 519): Conservación y Restauración 10:00 horas. Todos los aspirantes.

• Materiales y Tecnología: Diseño (0595 520): 10:00 horas. Todos los aspirantes.

LISTADOS DE ASPIRANTES Y VACANTES:

 Documento PDF Resolución vacantes 20180810 def (69.9 KB) (1 página)  Resolución de 10 de agosto de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se hacen públicas las listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad pertenecientes a determinadas especialidades del cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño para impartir estudios superiores y la relación de vacantes a ofertar a los mismos para el curso 2018/2019

• Listado de aspirantes por especialidad:  Documento PDF Listado de aspirantes (91.8 KB) (11 páginas) 

• Listado de vacantes (actualizada después de la adjudicación del AIDPRA)  Documento PDF Vacantes Estudios Superiores 20180814 (22 KB) (3 páginas) 

CONVOCATORIA:

La  Documento PDF Resolución de 9 de mayo de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos (868.7 KB) (10 páginas)  de la Consejería de Educación, convoca el proceso de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad de las enseñanzas artísticas superiores, correspondientes a determinadas especialidades del cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño.

La impartición de las enseñanzas correspondientes a los estudios superiores de Artes Plásticas y Diseño y Conservación y Restauración de Bienes Culturales, establecidos en los artículos 54 al 58 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, requiere la existencia de profesorado con conocimientos y destrezas muy especializadas.

Por ello, se considera adecuado configurar un listado de aspirantes en régimen de interinidad específico para el desempeño de dichas enseñanzas en determinadas especialidades del cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño, que acrediten, por distintas vías la competencia e idoneidad para impartir las materias atribuidas a las mismas.

En su virtud, y en cumplimiento del artículo 8 del Decreto 45/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, esta Dirección General,

RESUELVE

Primero.– Objeto.

La presente resolución tiene por objeto convocar proceso de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad de las enseñanzas artísticas superiores, correspondientes a las siguientes especialidades del cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño (cuerpo 0595):

  • a) Diseño de Interiores (509).
  • b) Diseño Gráfico (512).
  • c) Materiales y Tecnología: Conservación y Restauración (519).
  • d) Materiales y Tecnología: Diseño (520).
  • e) Medios audiovisuales (521).
  • f) Volumen (525).

Segundo.– Participantes.

1. Podrán participar en este proceso de baremación y ser incluidos en las listas de las especialidades señaladas en el apartado primero, los aspirantes que reúnan los siguientes requisitos:

  • a) Formar parte de los listados definitivos de aspirantes a puestos en régimen de interinidad derivados de la Orden EDU/246/2018, de 2 de marzo, por la que se convocan procedimientos selectivos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas, profesores de artes plásticas y diseño y maestros de taller de artes plásticas y diseño, así como procedimiento de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en los mencionados cuerpos y acreditación de la competencia lingüística en lenguas extranjeras.
  • b) Acreditar una experiencia docente en las enseñanzas artísticas superiores en la correspondiente especialidad de las indicadas en el apartado primero de, al menos, 2 años en centros docentes públicos de cualquier Administración educativa, o en su defecto, haber superado la prueba práctica de la fase de oposición del ingreso a cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño por la oportuna especialidad o una prueba práctica convocada al efecto, en ambos casos realizadas por cualquiera de las Administraciones educativas.

2. Los requisitos deberán cumplirse o estar en condiciones de ser cumplidos en el día de finalización del plazo para la presentación de solicitudes, salvo el indicado en la letra a) que se entenderá cumplido con la publicación de dichos listados y en la letra b) respecto a las pruebas prácticas que se realicen en el mes de junio de 2018 en los procesos de ingreso a dicho cuerpo y especialidades, ambas del punto 1.

Tercero.– Solicitudes y documentación.

1. Quienes deseen participar en esta convocatoria deberán cumplimentar y presentar una única solicitud conforme al modelo del Anexo I, que se encuentra disponible también en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), en las Oficinas Generales, en la Departamental de la Consejería de Educación y en los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de esta Administración.

2. Cada aspirante deberá señalar en su solicitud el código 0595 correspondiente al cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño y el código y denominación de la especialidad solicitada. Asimismo, deberá indicar al menos una provincia para sustituciones de las nueve existentes en la Comunidad de Castilla y León. De no indicarse ninguna la Administración le incluirá de oficio en todas las provincias.

Se podrán consignar hasta tres números de teléfono de contacto para facilitar su localización y llamamiento. En cualquier momento, el aspirante podrá actualizar su domicilio y los números de teléfono mediante instancia dirigida al Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación adjuntando una fotocopia de su Documento Nacional de Identidad.

3. La solicitud de participación irá dirigida al Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, y se presentará, junto, en su caso, con la correspondiente documentación, por uno de los siguientes medios:

  • a) De manera presencial. Se efectuará en el registro de la Consejería de Educación, ubicado en la Avenida de Monasterio de Ntra. Sra. de Prado, s/n, Valladolid 47014, en los registros de las direcciones provinciales de educación o en cualquiera de las demás dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • El participante deberá imprimir y firmar la solicitud al objeto de ser presentada en los lugares antes indicados. Asimismo, adjuntará en el registro una copia de la misma que le será sellada como resguardo acreditativo de la presentación.
  • Si, en uso de este derecho, la solicitud y la documentación complementaria fueran remitidas a través de una oficina de correos, será necesaria su presentación en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el empleado de correos antes de que se proceda a su certificación.
  • b) De forma electrónica. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocida por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.
  • Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la web de la Junta de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
  • Los interesados que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto con la correspondiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio de la posibilidad de requerir al particular la exhibición del documento o información original.
  • El registro electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación consistente en una copia auténtica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen a la misma.
  • Esta copia está configurada de forma que puede ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.

4. En el supuesto de que se presente más de una solicitud en el plazo correspondiente prevalecerá la presentada en último lugar, conforme a la fecha y hora que conste en el correspondiente sello de registro o en el registro electrónico.

5. A la solicitud se le adjuntará en su caso la documentación que acredite el cumplimiento del requisito indicado en el apartado segundo.1 b) derivada de la experiencia o por la superación de las pruebas convocadas por otras Administraciones educativas.

El cumplimiento de dicho requisito obtenido en la Administración de la Comunidad de Castilla y León se acreditará de oficio.

6. El plazo de presentación de la solicitud y, en su caso, de la documentación indicada en el punto 5, será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León.

No obstante, en el caso de haber superado las pruebas prácticas que al efecto se convoquen con posterioridad al plazo antes indicado o las pruebas prácticas que se realicen en el mes de junio de 2018 derivadas de los procesos de ingreso a dicho cuerpo y especialidades, el plazo para presentar únicamente esa documentación será de dos días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del resultado de la misma por los órganos correspondientes.

7. Cualquier dato omitido o consignado erróneamente por el interesado, no podrá ser invocado por este a efectos de futuras alegaciones ni considerar, por tal motivo, lesionados sus intereses y derechos.

Cuando los códigos resulten ilegibles, estén incompletos o no se coloquen los datos en la casilla correspondiente se considerarán no incluidos en la petición, perdiendo todo derecho a ellos.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ningún cambio.

Cuarto.– Relación de aspirantes admitidos y excluidos.

1. Recibidas las solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación aprobará mediante resolución la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, el plazo para subsanar la falta y/o presentar los documentos preceptivos y de los exentos de realizar la prueba indicada en el apartado quinto.

Los exentos de realizar dicha prueba tendrán la consideración de aptos a efectos de configurar las listas indicadas en el apartado sexto.

2. Examinadas, en su caso, las alegaciones y subsanaciones presentadas se aprobará mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso.

Quinto.– Comisión de evaluación.

1. En cada dirección provincial de educación en la que se celebre el proceso selectivo convocado por la Orden EDU/246/2018, de 2 de marzo, de las especialidades indicadas en el apartado primero existirá una comisión de evaluación que realizará la correspondiente prueba práctica conforme a las características indicadas en el Anexo II, formada por cinco funcionarios, dependientes de aquélla, nombrados por el titular de la dirección provincial de educación, uno de los cuales ejercerá de presidente de la comisión y otro de secretario. Por el mismo procedimiento se nombrará a los miembros suplentes.

Con carácter previo a su realización, la comisión de evaluación indicará en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (www.educa.jcyl.es ), el lugar, fecha y hora para la realización de la prueba práctica, así como los criterios de evaluación y el llamamiento de los aspirantes que de acuerdo con lo previsto en el apartado segundo.1.b), deban realizar la prueba práctica por no acreditar los dos años de experiencia docente o no haber podido realizar la prueba práctica de la fase de oposición del procedimiento selectivo de ingreso al cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño.

La comisión de evaluación valorará la prueba como «apto» o «no apto» y remitirá los resultados a la Dirección General de Recursos Humanos, formando parte de las listas de aspirantes de las especialidades señaladas en el apartado primero únicamente los calificados como «apto».

2. La comisión podrá estar asistida por colaboradores y/o asesores, que serán nombrados por el titular de la dirección provincial de educación, a propuesta de la misma.

3. Para la constitución y funcionamiento de la comisión de evaluación será necesaria la presencia de tres de sus miembros, incluido el presidente y el secretario. En caso de empate en las votaciones que se realicen en el seno de la comisión, decidirá el voto de calidad del presidente.

4. Su régimen de funcionamiento se ajustará a lo establecido en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siéndoles asimismo de aplicación a sus miembros las normas sobre abstención y recusación previstas en los artículos 23 y 24 de dicha ley.

5. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la comisión tendrá su sede en la correspondiente dirección provincial de educación.

Sexto.– Listados de baremación provisional y definitivo.

1. Recibidos los resultados de la prueba realizada por la comisión de evaluación, y teniendo en cuenta los exentos de la misma indicados en el apartado cuarto así como la documentación recibida conforme a lo señalado en el segundo párrafo del apartado tercero.6, el Director General de Recursos Humanos dictará la correspondiente resolución que apruebe los listados de baremación provisionales de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad de las especialidades señaladas en el apartado primero, que estarán configurados conforme a las puntuaciones resultantes del proceso de baremación derivado de la Orden EDU/246/2018, de 2 de marzo.

Dicha resolución, que contendrá el listado alfabético, el listado por puntuación, con indicación de las provincias seleccionadas, asimismo establecerá el correspondiente plazo para efectuar alegaciones a la prueba práctica, que deberán ser dirigidas a la comisión de evaluación de la correspondiente dirección provincial de educación, pudiéndose presentar en cualquiera de los lugares indicados en el apartado tercero.

2. Examinadas las alegaciones presentadas, el Director General de Recursos Humanos aprobarán mediante resolución los listados de baremación definitivos indicados en el punto 1 junto con el anexo de contestación a las alegaciones presentadas.

Contra esa resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Director General de Recursos Humanos, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid o de la circunscripción donde tenga su domicilio el demandante, a elección de éste, siempre y cuando sea dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. Los plazos para interponer dichos recursos serán de un mes y dos meses, respectivamente, a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada resolución.

El hecho de figurar en las citadas listas definitivas no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en este proceso. En caso de serle adjudicado un puesto al aspirante, si del examen de la documentación que debe presentar se desprende que no posee alguno de los requisitos, decaerá de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este proceso.

3. Las resoluciones antes señaladas y los listados serán objeto de publicación en el tablón de anuncios de las direcciones provinciales de educación. Asimismo, con el objeto de dar la mayor publicidad posible, las citadas resoluciones y sus Anexos se publicarán, en la misma fecha, en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (www.educa.jcyl.es).

4. Transcurrido un plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin haber recaído resolución expresa, las mismas se podrán entender desestimadas en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Séptimo.– Vigencia de las listas.

Los listados definitivos derivados de la presente convocatoria continuarán vigentes para estas enseñanzas hasta que sean objeto de una nueva baremación mediante convocatoria ordinaria que implique su derogación.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante el Director General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 9 de mayo de 2018.

El Director General

de Recursos Humanos, Fdo.: Jesús Manuel Hurtado Olea


 

ANEXO II

CARACTERÍSTICAS DE LA PRUEBA PRÁCTICA

Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño (0595)

509 – DISEÑO DE INTERIORES.

La comisión de evaluación planteará un supuesto de proyecto profesional, donde se realizarán ejercicios de carácter práctico que permitan comprobar que el opositor posee una formación científica y el dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas, materias o módulos propios de la especialidad.

La comisión de evaluación dará a conocer oportunamente a los aspirantes los medios técnicos, las características y la documentación necesaria para el desarrollo de la práctica.

El ejercicio consistirá en el planteamiento de un proyecto profesional en el que se abordarán los aspectos científicos, conceptuales, metodológicos, estéticos, funcionales y comunicativos del mismo. Podrá estar referido a cualquiera de las fases de los procesos productivos o actuaciones profesionales correspondientes a las enseñanzas atribuidas a la especialidad: diseño de proyectos, ejecución, evaluación, prevención de riesgos laborales, emprendimiento, investigación, desarrollo e innovación y seguridad e higiene en el trabajo. Asimismo deberá contestarse a las cuestiones científicas, metodológicas o didácticas que sobre las mismas formule la comisión de evaluación.

512 – DISEÑO GRÁFICO.

La comisión de evaluación planteará un supuesto de proyecto profesional, donde se realizarán ejercicios de carácter práctico que permitan comprobar que el opositor posee una formación científica y el dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas, materias o módulos propios de la especialidad.

La comisión de evaluación dará a conocer oportunamente a los aspirantes los medios técnicos, las características y la documentación necesaria para el desarrollo de la práctica.

El ejercicio consistirá en el planteamiento de un proyecto profesional en el que se abordarán los aspectos científicos, conceptuales, metodológicos, estéticos, funcionales y comunicativos del mismo. Podrá estar referido a cualquiera de las fases de los procesos productivos o actuaciones profesionales correspondientes a las enseñanzas atribuidas a la especialidad: Diseño de proyectos, ejecución, evaluación, prevención de riesgos laborales, emprendimiento, investigación, desarrollo e innovación y seguridad e higiene en el trabajo. Asimismo deberá contestarse a las cuestiones científicas, metodológicas o didácticas que sobre las mismas formule la comisión de evaluación.

519 – MATERIALES Y TECNOLOGÍA: CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN.

El opositor desarrollará un proyecto siguiendo la estructura por fases:

  • Fase A: Memora de intenciones donde recogerá los objetivos del proyecto y los condicionantes que marcarán el desarrollo del mismo incluyendo los adecuados aspectos conceptuales, geométricos, estéticos, etc.
  • Fase B: Desarrollo. Formalización del proyecto. Elaboración del proyecto y de todos los documentos en el soporte adecuado para su correcta expresión, incluyendo aspectos técnicos necesarios para conseguir la materialización del mismo. Deberá incluirse justificación de la normativa vigente.

La comisión de evaluación informará oportunamente al personal opositor de los medios técnicos, las características y la documentación necesaria para el desarrollo de las fases planteados.

520 – MATERIALES Y TECNOLOGÍA DISEÑO.

El opositor desarrollará un proyecto siguiendo la estructura por fases:

  • Fase A: Memora de intenciones donde recogerá los objetivos del proyecto y los condicionantes que marcarán el desarrollo del mismo incluyendo los adecuados aspectos conceptuales, geométricos, estéticos, etc.
  • Fase B: Desarrollo. Formalización del proyecto. Elaboración del proyecto y de todos los documentos en el soporte adecuado para su correcta expresión, incluyendo aspectos técnicos necesarios para conseguir la materialización del mismo. Deberá incluirse justificación de la normativa vigente.

La comisión de evaluación informará oportunamente al personal opositor de los medios técnicos, las características y la documentación necesaria para el desarrollo de las fases planteados.

521 – MEDIOS AUDIOVISUALES.

La comisión de evaluación planteará un supuesto de proyecto profesional, donde se realizarán ejercicios de carácter práctico que permitan comprobar que el opositor posee una formación científica y el dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas, materias o módulos propios de la especialidad.

La comisión de evaluación dará a conocer oportunamente a los aspirantes los medios técnicos, las características y la documentación necesaria para el desarrollo de la práctica.

El ejercicio consistirá en el planteamiento de un proyecto profesional en el que se abordarán los aspectos científicos, conceptuales, metodológicos, estéticos, funcionales y comunicativos del mismo. Podrá estar referido a cualquiera de las fases de los procesos productivos o actuaciones profesionales correspondientes a las enseñanzas atribuidas a la especialidad: diseño de proyectos, ejecución, evaluación, prevención de riesgos laborales, emprendimiento, investigación, desarrollo e innovación y seguridad e higiene en el trabajo. Asimismo deberá contestarse a las cuestiones científicas, metodológicas o didácticas que sobre las mismas formule la comisión de evaluación.

522 – VOLUMEN.

La comisión de evaluación planteará un supuesto de proyecto profesional, donde se realizarán ejercicios de carácter práctico que permitan comprobar que el opositor posee una formación científica y el dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas, materias o módulos propios de la especialidad.

La comisión de evaluación dará a conocer oportunamente a los aspirantes los medios técnicos, las características y la documentación necesaria para el desarrollo de la práctica.

El ejercicio consistirá en el planteamiento de un proyecto profesional en el que se abordarán los aspectos científicos, conceptuales, metodológicos, estéticos, funcionales y comunicativos del mismo. Podrá estar referido a cualquiera de las fases de los procesos productivos o actuaciones profesionales correspondientes a las enseñanzas atribuidas a la especialidad: diseño de proyectos, ejecución, evaluación, prevención de riesgos laborales, emprendimiento, investigación, desarrollo e innovación y seguridad e higiene en el trabajo. Asimismo deberá contestarse a las cuestiones científicas, metodológicas o didácticas que sobre las mismas formule la comisión de evaluación.

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1 respuesta

  1. jose dice:

    Buenos dias

    tenia la duda de ver donde y en que fechas serán los procesos de selección de la convocatoria (para libre acceso)

    convocatoria-proceso-de-baremacion-listas-de-interinidad-de-ensenanzas-artisticas-superiores-cuerpo-de-profesores-de-artes-plasticas-y-diseno/

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