Corrección de errores. Interinidades. PES y otros cuerpos. Curso 21/22. Listado provisional de participantes en la baremación.

Listado provisional de participantes en la Baremación de interinidades. Curso 2021-2022.

  • Plazo de presentación de subsanaciones: desde el 9 de abril hasta el 22 de abril de 2021, ambos incluidos.

dedoNuevo plazo de presentación de subsanaciones para los aspirantes incluidos en este anexo (Anexo II Listado de subsanaciones de Soria): desde el 15 de abril hasta el 29 de abril de 2021, ambos incluidos

Listado-alfabetico-provisional-interinidades-21-22

CORRECCIÓN DE ERRORES

La  Documento PDF Resolución de 14 de abril de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos (76.8 KB) (1 página)  modifica la Resolución de 8 de abril de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se aprueba el listado alfabético provisional de participantes en el proceso de baremación para la constitución de las listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad, convocado por la Orden EDU/255/2020, de 4 de marzo.

Nuevo plazo de presentación de subsanaciones para los aspirantes incluidos en este anexo: desde el 15 de abril hasta el 29 de abril de 2021, ambos incluidos

RESOLUCIÓN PROVISIONAL BAREMACIÓN DE PARTICIPANTES LISTAS DE INTERINIDADES

Plazo de presentación de subsanaciones: desde el 9 de abril hasta el 22 de abril de 2021, ambos incluidos

Los escritos de subsanación de dirigirán al titular de la dirección provincial de educación de la provincia en la que se celebre el proceso selectivo de la especialidad por la que participa en el mismo.

Anexos:

Baremacion-provisional-interinidades-21-22

NOTA INFORMATIVA:

En relación a la referencia a los «Títulos no presentados» de determinados aspirantes en el «Anexo I Listado alfabético provisional de participantes«, se informa lo siguiente:

1º. Estos listados no resuelven el procedimiento de acreditación de la competencia lingüística, por lo que el hecho de no haber presentado la correspondiente titulación no surte efectos en este momento.

2º. Aquellos que no hayan aportado la titulación o la certificación que acredite el nivel de competencia lingüística deberán hacerlo en el plazo señalado en la correspondiente resolución que apruebe las relaciones provisionales de participantes acreditados, conforme al apartado 53.1 de la citada orden, cuya publicación está prevista en el mes de mayo.

3º. Aquellos a los que se haya pedido subsanación, conforme al «Anexo II Listado de subsanaciones«, por haber alegado como mérito el dominio de idiomas extranjeros (Apartado C.2.f) del Anexo V Baremos de méritos para la actualización de las listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad), deberán aportar el título o certificado de idioma extranjero en el plazo establecido en la citada resolución (hasta el 22 de abril, incluido) para que sea efectivamente baremado, conforme a lo dispuesto en el apartado 47.1 de la Orden EDU/255/2020, de 4 de marzo.

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