Premios Convivencia Alumnado CyL 14-15. Concesión

Premios a la convivencia

Alumnado Infantil y primaria: Colegio San Miguel de Roa de Duero (Burgos). CEIP Obispo Barrientos de Medina del Campo (Valladolid).

Alumnado de educación secundaria obligatoria: IESO Los Salados de Benavente (Zamora).  IES Emilio Ferrari de Valladolid.

Convivencia-Escolar-CyL

CONVOCATORIAS Y PREMIOS CONCEDIDOS OTROS CURSOS

[Curso 18-19][Curso 17-18] [Curso 16-17] [Curso 15-16] [Curso 14-15] [Curso 13-14] [Curso 12-13]

2.- CONCESIÓN

ORDEN EDU/114/2016, de 19 de febrero, por la que se resuelven los "Premios a la convivencia entre el alumnado" en la Comunidad de Castilla y León correspondientes al curso escolar 2014-2015.

Por Orden EDU/925/2015, de 28 de octubre, («B.O.C. y L.» n.º 216, de 9 de noviembre), se convocaron los «Premios a la convivencia entre el alumnado» en la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso escolar 2014-2015. Estos premios tienen como finalidad reconocer, de forma individual o colectiva, aquellas actuaciones del alumnado relacionadas con la mejora de la convivencia en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León y, en especial, con la ayuda entre iguales y la mediación entre el alumnado.De acuerdo con el apartado segundo de la citada orden, los premios se convocaron en las dos modalidades siguientes, estableciéndose en cada una de ellas dos distinciones de carácter individual o colectivo:

  • a) Modalidad I: «Premio a la convivencia entre el alumnado» a alumnos y grupos de alumnos escolarizados en centros educativos sostenidos con fondos públicos que cursen enseñanzas de 2.º ciclo de educación infantil o educación primaria.
  • b) Modalidad II: «Premio a la convivencia entre el alumnado» a alumnos y grupos de alumnos escolarizados en centros educativos sostenidos con fondos públicos que cursen enseñanzas regladas correspondientes a educación secundaria obligatoria, bachillerato o formación profesional.

Realizado el examen y valoración de las candidaturas presentadas conforme a lo determinado en el apartado quinto, visto el expediente y el informe de la comisión de selección y a su propuesta, de acuerdo con el apartado sexto de la orden de convocatoria

RESUELVO

Primero.– Concesión de los premios.

Conceder los «Premios a la convivencia entre el alumnado» en la Comunidad de Castilla y León correspondientes al curso escolar 2014-2015, para cada una de las modalidades, a los candidatos que se relacionan en el Anexo I.

Segundo.– Reconocimiento de las candidaturas presentadas.

Reconocer la calidad y el esfuerzo de todas las candidaturas presentadas que se relacionan en el Anexo II.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 19 de febrero de 2016.

El Consejero, Fdo.: Fernando Rey Martínez

ANEXO I: «PREMIOS A LA CONVIVENCIA ENTRE EL ALUMNADO» CORRESPONDIENTES AL CURSO ESCOLAR 2014-2015

CANDIDATURAS PREMIADAS

a) Modalidad I: «Premio a la convivencia entre el alumnado» a alumnos y grupos de alumnos escolarizados en centros educativos sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de 2.º ciclo de educación infantil o educación primaria.

  • Ángela García Carrascal, alumna de 6.º curso de educación primaria del Colegio San Miguel de Roa de Duero (Burgos).
  • Grupo de alumnos y alumnas mediadores de 5.º y 6.º de educación primaria del CEIP Obispo Barrientos de Medina del Campo (Valladolid).

b) Modalidad II: «Premio a la convivencia entre el alumnado» a alumnos y grupos de alumnos escolarizados en centros educativos sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas regladas correspondientes a educación secundaria obligatoria, bachillerato o formación profesional.

  • – Equipo de convivencia de alumnos, formado por alumnado de ESO, Bachillerato y Ciclo de Animación Sociocultural del IES Emilio Ferrari de Valladolid.
  • – Grupo de alumnas y alumnos de educación secundaria obligatoria del IESO Los Salados de Benavente (Zamora).
ANEXO II: «PREMIOS A LA CONVIVENCIA ENTRE EL ALUMNADO» CORRESPONDIENTES AL CURSO ESCOLAR 2014-2015

CANDIDATURAS PRESENTADAS

  • a) Modalidad I: «Premio a la convivencia entre el alumnado» a alumnos y grupos de alumnos escolarizados en centros educativos sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de 2.º ciclo de educación infantil o educación primaria.
    • 1. Grupo de alumnas y alumnos de 3.º de educación primaria del CEIP Río Arlanzón de Burgos.
    • 2. Ángela García Carrascal, alumna de 6.º curso de educación primaria del Colegio San Miguel de Roa de Duero (Burgos).
    • 3. Iker Lorenzo Pérez, alumno de 6.º de educación primaria del CEIP Los Valles de Laguna de Duero (Valladolid).
    • 4. Grupo de alumnos y alumnas mediadores de 5.º y 6.º de educación primaria del CEIP Obispo Barrientos de Medina del Campo (Valladolid).
  • b) Modalidad II: «Premio a la convivencia entre el alumnado» a alumnos y grupos de alumnos escolarizados en centros educativos sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas regladas correspondientes a educación secundaria obligatoria, bachillerato o formación profesional.
    • 1. Grupo de alumnas y alumnos ayudantes de educación secundaria obligatoria del IES Vela Zanetti de Aranda de Duero (Burgos).
    • 2. Grupo de alumnas y alumnos de 4.º de educación secundaria obligatoria del IES Juan Martín «El Empecinado» de Aranda de Duero (Burgos).
    • 3. Grupo de alumnas de 4.º de ESO del IES Álvaro Yáñez de Bembibre (León).
    • 4. Grupo de alumnas y alumnos de educación secundaria obligatoria y bachillerato del equipo de mediación del Colegio La Anunciata de Trobajo del Camino (León).
    • 5. Grupo de alumnas y alumnos del Equipo de mediación de ESO del curso 2014/2015 del Colegio Santo Domingo de Guzmán de Palencia.
    • 6. Grupo de alumnas y alumnos mediadores de 4.º de ESO y 1.º de Bachillerato del Colegio Maestro Ávila de Salamanca.
    • 7. Carla Muyo Sanz y Lucía Sanz González, alumnas de 2.º de ESO del IES Sierra de Ayllón de Ayllón (Segovia).
    • 8. Equipo de convivencia de alumnos, formado por alumnado de ESO, Bachillerato y Ciclo de Animación Sociocultural del IES Emilio Ferrari de Valladolid.
    • 9. Grupo de alumnas y alumnos de 1.º y 2.º de ESO del Centro Cultural Vallisoletano de Valladolid.
    • 10. Grupo de alumnas y alumnos de Ciclos Formativos y FP Básica del Centro Concertado Gregorio Fernández de Valladolid.
    • 11. Grupo de alumnas y alumnos del IES Cardenal Pardo Tavera de Toro (Zamora).
    • 12. Grupo de alumnas y alumnos de educación secundaria obligatoria del IESO Los Salados de Benavente (Zamora).

1.- CONVOCATORIA

ORDEN EDU/925/2015, de 28 de octubre, por la que se convocan los 
"Premios a la convivencia entre el alumnado" en la Comunidad de Castilla
 y León, correspondientes al curso escolar 2014-2015.
  • Modalidad I: 2.º ciclo infantil o educación primaria.
  • Modalidad II: ESO, Bachillerato o FP.

Plazo 15 días hábiles

 

El ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones del alumnado requieren de la participación de todos los sectores de la comunidad educativa. No obstante, es el alumnado quien, con su actitud, facilita directamente el desarrollo de su proceso educativo y del resto de compañeros.

En la Comunidad de Castilla y León las actuaciones de convivencia escolar cuentan, desde sus inicios, con una intensa implicación del alumnado. De otra forma no habría sido posible iniciar medidas tan innovadoras como las actuaciones de ayuda y de mediación entre el alumnado, impulsando, con ello, la prevención y resolución de conflictos, y convirtiendo, dicha implicación, en uno de los principales factores que refuerzan la actuación del profesorado y contribuyen al adecuado clima de convivencia escolar de los centros educativos.

El Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros educativos de Castilla y León establece, en su preámbulo, la profunda convicción de que la educación en un sistema democrático debe inculcar a los alumnos que el desarrollo de los derechos propios debe ir acompañado ineludiblemente del cumplimiento de los deberes hacia los demás. Asimismo, en su artículo 13, señala que todos los alumnos, siguiendo los cauces establecidos en el centro, tienen el deber de colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio y respeto.

En este sentido, la Orden EDU/1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas y actuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los centros educativos de Castilla y León, recoge en su articulado diferentes actuaciones dirigidas específicamente al alumnado y tendentes a la formación y mejora de la convivencia.

Por ello, la Consejería de Educación, con el fin de reconocer el esfuerzo realizado por el alumnado en la mejora de la convivencia en los centros educativos, considera oportuna la convocatoria de los «Premios a la convivencia entre el alumnado» reconociendo aquellas actuaciones y proyectos de carácter individual o colectivo que hayan supuesto un alto grado de compromiso en la citada mejora facilitando, con ello, la tarea del profesorado, de los compañeros y de toda la comunidad educativa.

En su virtud, y en atención a las facultades conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.– Objeto y finalidad.

1. El objeto de la presente orden es convocar los «Premios a la convivencia entre el alumnado», correspondientes a actuaciones llevadas a cabo durante el curso escolar 2014-2015.

2. Estos premios tienen como finalidad reconocer, de forma individual o colectiva, aquellas actuaciones del alumnado relacionadas con la mejora de la convivencia en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León y, en especial, con la ayuda entre iguales y la mediación entre el alumnado.

Segundo.– Modalidades.

1. Los premios se convocan en las siguientes modalidades, estableciéndose en cada una de ellas dos distinciones de carácter individual o colectivo:

  • a) Modalidad I: «Premio a la convivencia entre el alumnado» a alumnos y grupos de alumnos escolarizados en centros educativos sostenidos con fondos públicos, que cursen enseñanzas de 2.º ciclo de educación infantil o educación primaria.
  • b) Modalidad II: «Premio a la convivencia entre el alumnado» a alumnos y grupos de alumnos escolarizados en centros educativos sostenidos con fondos públicos, que cursen enseñanzas regladas correspondientes a educación secundaria obligatoria, bachillerato o formación profesional.

2. La Consejería de Educación como «Premio a la convivencia entre el alumnado» otorgará un diploma acreditativo de la distinción obtenida en cada una de las modalidades. Asimismo se entregará una mención honorífica, sin dotación económica, al centro donde se encuentren escolarizados el alumno o grupo de alumnos que hayan sido premiados.

3. La distinción obtenida se hará constar expresamente en el expediente académico y en el historial del alumno o grupo de alumnos que la hayan obtenido.

4. No se podrá conceder más de un premio por centro educativo, en cada convocatoria.

5. Los premios en sus diferentes modalidades, podrán ser declarados desiertos. En este caso, la comisión de selección indicada en el apartado quinto.2 podrá decidir que se acumulen a los de la otra modalidad.

Tercero.– Requisitos de los candidatos.

Podrá optar a los premios y, por ello, ser propuesto candidato, el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:

  • a) Haber estado escolarizado durante el curso escolar 2014-2015 en un centro educativo sostenido con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León cursando alguno de los siguientes niveles: 2.º ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato o formación profesional.
  • b) Haber participado, individual o colectivamente, en el centro educativo durante el curso escolar 2014-2015 en actividades relacionadas con la mejora de la convivencia, en especial con la ayuda entre iguales y la mediación entre el alumnado.

Cuarto. Presentación de candidaturas.

1. Las candidaturas a los premios se presentarán por los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de esta orden, preferentemente en la dirección provincial de educación correspondiente, o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. La propuesta de candidatos será realizada por el director del centro educativo y contendrá los datos del centro, del alumnado propuesto, del cumplimiento de los requisitos que para ser candidato se establecen en el apartado tercero, y de la existencia, en su caso, de otros méritos que se estime deban ser considerados y valorados. Asimismo se hará constar la previa comunicación de las candidaturas al consejo escolar del centro.

3. Las comisiones provinciales de convivencia constituidas en cada dirección provincial de educación conforme a lo establecido en el artículo 23 de la Orden EDU/1921/2007, de 27 de noviembre, por la que se establecen medidas y actuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los centros educativos de Castilla y León, impulsarán y prestarán el apoyo que precisen los centros con el objeto de facilitar su participación en esta convocatoria.

Quinto.– Procedimiento.

1. Una vez recibidas las candidaturas, las comisiones provinciales de convivencia elaborarán una relación nominal de candidatos por modalidades que remitirán, acompañada de un informe valorativo de cada una de las candidaturas propuestas y el resto de documentación aportada, a la Dirección General de Política Educativa Escolar en el plazo de diez días hábiles desde la finalización del plazo de presentación de candidaturas.

2. Las candidaturas serán examinadas y valoradas por una comisión de selección integrada por los siguientes miembros:

  • a) El titular de la Dirección General de Política Educativa Escolar o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.
  • b) Un representante de las asociaciones de alumnos más representativas en el ámbito de Castilla y León designado por el titular de la Dirección General de Política Educativa Escolar a propuesta de las mismas.
  • c) Dos representantes de los centros, uno por modalidad, cuyo alumnado haya sido reconocido en ediciones anteriores de los premios, designados por el titular de la Dirección General de Política Educativa Escolar.
  • d) Una persona de reconocido prestigio en el ámbito de la convivencia escolar designada por el titular de la Dirección General de Política Educativa Escolar.
  • e) Dos técnicos de la Dirección General de Política Educativa Escolar nombrados por su titular, uno de los cuales actuará como Secretario.

3. Finalizado el proceso de selección, el Presidente de la comisión de selección elevará al Consejero de Educación la propuesta de concesión de los premios.

Sexto.– Resolución de la convocatoria y adjudicación de los Premios.

1. La resolución de la presente convocatoria será efectuada por el Consejero de Educación a propuesta de la comisión de selección.

2. La resolución será publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y será objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http:/www.educa.jcyl.es), por tiempo no inferior a un mes.

3. Contra la citada orden de resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

4. La entrega de los premios se celebrará en un acto de carácter público e institucional, en una fecha que se comunicará a los interesados con la debida antelación.

Séptimo.– Desarrollo.

Se faculta al titular de la Dirección General de Política Educativa Escolar a dictar cuantas resoluciones e instrucciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 28 de octubre de 2015.

El Consejero, Fdo.: Fernando Rey Martínez

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