8 de mayo Día Internacional del Becario
El abuso de los becarios y las falsas prácticas de formación
España es el país europeo con más becarios mal pagados.
España es el segundo país de la Unión Europea, solo por detrás de Eslovenia, con mayor porcentaje de titulados que han hecho prácticas al finalizar sus estudios, según el informe Jóvenes y empleabilidad 2015, de la OCDE. Es el doble que la media europea (33%). Este alto número de becarios demuestra que las empresas españolas acuden a los trabajadores en prácticas para ahorrar costes salariales y cubrir bajas de trabajadores más experimentados. Con esta práctica se destruyen puestos de trabajo reales y se precariza el mercado laboral
Clichés que se asocian a los becarios
- La mayoría trabajan gratis a pesar de tener, en ocasiones, una carga laboral parecida a la de los trabajadores en plantilla.
- A algunos les encomiendan tareas ingratas que nada tienen que ver con su formación o los someten a jornadas maratonianas por un sueldo ínfimo.
- Algunos empresarios recurren a estudiantes de prácticas para que sustituyan a trabajadores sin tener que pagar un sueldo.
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Hacen fotocopias para los compañeros y llevan cafés al jefe
Según el estudio de la Comisión Europea solo a un 23 % se les renueva la beca una vez acabadas las prácticas.
Becas
- Las becas extracurriculares (contratos laborales que se realizan fuera de los estudios) muchas veces no están remuneradas.
- Las becas curriculares (trabajos que se realizan dentro de unos estudios) en ningún caso deben sustituir puestos de trabajo y esto se ha notado sobre todo en pequeñas empresas que han proliferado en tiempos de crisis”.
Según el estudio de la Comisión Europea, para un 70% de los becarios la remuneración de su beca no es suficiente para cubrir los gastos más básicos. No obstante, según el informe de la Comisión Europea, solo el 79% de los becarios españoles tiene un tutor o mentor, la cifra más baja de la UE y solo a un 23% se les renueva la beca una vez acabadas las prácticas.
Tipos de contratos laborales para jóvenes.
- Contrato para la formación y el aprendizaje destinado a jóvenes de entre 16 y 25 años (y menores de 30 años hasta que la tasa de desempleo baje del 15%) que no tengan cualificación. Esta relación laboral debe tener una duración mínima de un año y máxima de tres años y el salario no debe ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Además, las horas de trabajo no podrán exceder el 75% de la jornada laboral normal el primer año y del 85% los dos siguientes.Este contrato contempla incentivos a las empresas, como reducción o bonificación de las cuotas empresariales.
- Contrato para trabajadores en prácticas, dirigido a aquellos que posean un título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes y que hayan concluido sus estudios como máximo cinco años antes. En este caso, la retribución del trabajador será la fijada en convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que, en su defecto, pueda ser inferior al 60% o al 75% durante el primero o el segundo año de vigencia del contrato, respectivamente, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo.
En ningún caso el salario será inferior al SMI. En el caso de trabajadores contratados a tiempo parcial, el salario se reducirá en función de la jornada pactada.