Comunicado de STECyL-i sobre la implantación de la Formación Profesional Básica en el curso 2014/2015.

fp_basicaPara aprender cómo se puede hacer mejor: Aragón publica el proyecto de orden sobre la implantación de la FP Básica y abre un periodo para aportaciones.[propuesta en formato pdf]

Sres. Directores Generales de Política Educativa Escolar y de Formación Profesional.

Aquí nos enteramos de un proyecto de ORDEN EDU/—/2014 por la que se desarrolla el proceso de admisión y matrícula, del alumnado de formación profesional básica en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, porque se ha pasado -sin trámite por ninguna reunión de la Mesa Sectorial- al Consejo Escolar.

Nuestros representantes en el Consejo Escolar nos informan que el citado Proyecto de Orden que desarrolla el proceso de admisión del alumnado en la nueva F.P. Básica se presentará mañana día 27 a la Comisión Permanente.

Conocido este borrador queremos manifestarles la conveniencia de mejorar el artículo 23.

Artículo 23. Constitución de grupos/ratio

1. El primer curso de los ciclos de formación profesional básica se desarrollará en grupos con un mínimo de 10 alumnos y un máximo de 20.

Proponemos: mínimo de 9 en el medio rural y de 10 con carácter general y un máximo de 15.

2. En el caso de que se integren alumnos con necesidad específica de apoyo educativo la ratio disminuirá en uno por cada alumno de estas características que forme parte del grupo hasta un máximo de cinco.

Proponemos: la ratio disminuirá en dos por cada alumno de estas características y un máximo de dos alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo por grupo.

3. Excepcionalmente, teniendo en cuenta las características del alumnado y las necesidades de escolarización el director provincial de educación podrá autorizar la constitución de grupos con una ratio superior al 20% de la establecida en los apartados anteriores.

Proponemos: Suprimir este apartado 3. La ratio máxima no puede ser nunca superior al 20%. La excepcionalidad no debe afectar a lo regulado en el apartado 2, sólo a la ratio y hasta un máximo del 20%.

4. La Dirección General competente en materia de formación profesional, podrá autorizar grupos con un número diferente de alumnos a lo establecido en apartados anteriores cuando por las características del alumnado, del ciclo de formación profesional básica o de su ubicación geográfica así lo aconsejen.

Proponemos: Suprimir este apartado; en todo caso se debería sustituir el término “con un número diferente de alumnos” por “con un número inferior de alumnado”.

Sobre el resto de apartados de este proyecto, les haremos llegar nuestras aportaciones en los foros en los que tengan a bien escucharnos.

Además queremos manifestarles nuestro desacuerdo con el proceso de elaboración sobre el currículo y horario de Primaria. A fecha de hoy ni la representación sindical ni el profesorado de los centros han podido participar formalmente en dicho proceso, al carecer de la pertinente propuesta de la Consejería al respecto.

Sobre el proyecto de Decreto de Gobierno y Autonomía de los centros, les reiteramos nuestra defensa de un currículo básico común e integral para Primaria y la ESO e insistimos en que las fechas de comienzo y fin de las clases en el calendario escolar deben garantizar que el profesorado lo prepare y lo evalúe con tiempo suficiente en septiembre y junio.

Por todo ello les reclamamos otros modos de hacer más participativos con el conjunto el profesorado.

26 de mayo de 2014.
El Secretariado Federal de STECyL-i.

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