STECyL-i informa: Los primeros desarrollos normativos de la LOMCE en Castilla y León.

Federación STECyL-i 200(2)STECyL denuncia que la implantación acelerada y a calzador de la LOMCE está ocasionando y va a ocasionar, que toda la normativa autonómica derivada pase por la Mesa Sectorial y el Consejo Escolar de CyL sin el tiempo suficiente para su análisis y valoración por parte del profesorado y los sindicatos docentes representativos del mismo, así como por parte de otros representantes de la comunidad educativa.

El día 24 de abril de 2014 se celebró la primera reunión formal de la Mesa Sectorial de Educación autonómica para comenzar a tratar sobre el desarrollo del próximo curso y la aplicación de la LOMCE en Castilla y León. Estas normas han de pasar también por el Consejo Escolar para ser informados.

El Consejero de Educación planteó su voluntad de negociar en la Mesa Sectorial de Educación en los próximos meses cinco Planes que se ha limitado a enunciar: Plan de Formación Permanente del Profesorado; Plan de atención al alumnado con necesidades educativas y de Orientación Educativa; Plan de Formación Profesional e implantación de la Formación Profesional Básica; Plan para las Enseñanzas de los Idiomas y Plan de fomento de la Calidad y la Innovación Educativa. No ha entrado en ninguna concreción pero si en su voluntad de negociar estas cuestiones, muchas de las cuales hemos venido reclamando los sindicatos docentes. STECyL y el resto de sindicatos de la Mesa Sectorial hemos reclamado, antes de nada, un primer Plan para revertir los recortes y mejorar las condiciones laborales del profesorado y recuperar el empleo público docente. El Consejero se muestra dispuesto a abordarlo, pero recuerda las dificultades presupuestarias y la normativa básica estatal que deben cumplir. Además se presentaron los dos primeros Borradores de Decretos para el Desarrollo de la LOMCE en Castilla y León.

Principales novedades y aspectos fundamentales de los primeros Decretos.

Como ya ha informado STECyL-i, y a falta de publicar en breve el proyecto de Orden del currículo de Primaria, la Consejería de Educación ha pasado por la Mesa Sectorial de Educación, con prisas y con escasa voluntad de diálogo con los sindicatos docentes, los primeros desarrollos normativos de la LOMCE en nuestra Comunidad. Nos referimos al Proyecto de Decreto por el que se establece el marco de gobierno y autonomía de los centros docentes, sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León, al Proyecto de Decreto por el que se regulan determinados aspectos para la implantación de la Formación Profesional Básica en la Comunidad de Castilla y León, así como la ORDEN EDU/259/2014, de 11 de abril, por la que se convoca concurso de méritos para la selección y nombramiento, en 2014, de directores de centros públicos de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación.

  • El Proyecto de Decreto por el que se establece el marco de gobierno y autonomía de los centros docentes.

Este proyecto Se organiza en diversos capítulos, una disposición transitoria y algunas disposiciones finales. El capítulo 2, Gobierno de los centros sostenidos con fondos públicos aborda en su sección 1ª la Dirección de los Centros docentes Públicos y recoge en su articulado las nuevas competencias que la LOMCE otorga al Director y que antes estaban en manos del Consejo Escolar. En su articulado no figuran las competencias que la LOMCE añade a los directores en materia de selección de profesores “para la realización de acciones de calidad” que recoge el artículo 122 bis. La Consejería se ha comprometido a no desarrollarlas por el momento. Además contiene las líneas generales sobre selección de directores, que se han concretado ya, como es sabido, en la Convocatoria de concurso de méritos para la selección y nombramiento de directores citada anteriormente. En este sentido hay que señalar que ha existido un cierto margen de negociación, tanto en lo referido a la comisión de selección – uno de los tres representantes de la administración lo será a propuesta del claustro, como pidió STECyL y se mejora, aunque no de manera suficiente el baremo del concurso de méritos, ya que sigue pesando mucho en el baremo la valoración del proyecto de dirección y de la experiencia como cargo directivo siguen siendo de hecho factores determinantes de la selección de los candidatos. Los artículos de a sección segunda se refieren a la Participación en el Gobierno y a la Coordinación Docente de los Centros. Los órganos de participación no varían (Consejo Escolar y Claustro de profesores); pero como es sabido el Consejo Escolar pierde las atribuciones que gana el Director. En Lo referido a la Coordinación Docente, se potencian los equipos docentes del mismo grupo (lo que nos parece positivo, pero ha de disponerse de tiempo en el horario para ello); sin embargo en Primaria desaparecen, lo que consideramos un retroceso pedagógico, los anteriores ciclos y la coordinación de los mismos; en su lugar y aunque no se avance en este proyecto- veremos en la futura Orden de Primaria- se proponen dos ciclos (1º a 3º y 4º a 6º), en la línea con las evaluaciones externas contemplas para Primaria. Este capítulo se completa con una sección dedicada al Compromiso e implicación del alumnado y las familias. Se pretende, en línea de lo ya avanzado en la normativa de admisión de alumnos aprobada hace poco más de un año por la Junta, que las familias firmen un compromiso de aceptación del carácter propio de los centros (el ideario de los centros privados concertados). STES considera razonable que las familias conozcan y acepten el proyecto educativo de centro y el reglamento de régimen interior, pero considera discriminatorio que se quiera hacer pasar por este aro cuando son centros financiados con fondos públicos. En la cuarta sección se trata sobre la Tutoría y Orientación con generalidades y sin mayores novedades.

El Capítulo 3, Apoyo educativo específico, no recoge apenas nada, más allá de cambiar el nombre al Plan de atención educativa a la diversidad del alumnado, por el del Plan de atención a las diferencias individuales. De importante calado son los asuntos que se tratan en el Capítulo IV, Autonomía y Planificación de los centros sostenidos con fondos públicos. En la línea con lo avanzado en la LOE, la LOMCE y este proyecto de decreto ponen el énfasis en la autonomía de cada centro para singularizar el proyecto de currículo. Los llamados proyectos de autonomía. Este decreto contiene determinados aspectos referidos a la propuesta curricular y el horario de los centros que pueden dar al traste finalmente con el currículum común e integral en las etapas básicas y con el horario escolar común por etapas en los centros públicos y concertados. Así el artículo 27.3 recoge que “Los centros que ejerciten la opción de distribuir las horas anuales correspondientes a cada curso de las diferentes enseñanzas entre las distintas áreas y/o materias podrán disponer, previa autorización de la administración educativa, de hasta el 25 por 100 del horario fijado como general.”.

Pero, tal y como la Consejería se ha comprometido con los sindicatos, durante los dos próximos cursos de implantación de la LOMCE el currículo será común. Por ello se recoge en la disposición transitoria, sobre la implantación y desarrollo de los proyectos de autonomía: “El desarrollo de los proyectos de autonomía por parte de los centros docentes públicos se llevará a cabo una vez se produzca la implantación ordinaria completa en cada una de las etapas.” También en este proyecto de decreto se aborda el calendario escolar, fijándose uno de referencia que, como señala la LOMCE, comprenderá un mínimo de 175 días lectivos para las enseñanzas obligatorias entre los que estarán incluidos los días dedicados a las evaluaciones individualizadas (3º y 6º de Primaria, así como las reválidas de la ESO y de Bachillerato –ordinaria y extraordinaria-.

En teoría este decreto, aunque cada centro docente podrá establecer el calendario escolar en coherencia con su proyecto educativo, cierra la posibilidad de aumentar el número de días, lo que siempre hemos reivindicado desde STECyL, ya que esa autonomía para el calendario solo puede hacerse “dentro de los límites establecidos por el calendario escolar de referencia fijado anualmente por la consejería competente en materia de educación.”. Pero el proyecto permite que cada centro adelante su inicio o se posponga su finalización hasta fechas a nuestro juicio inadmisibles para que los centros y sus claustros puedan preparar y evaluar cada curso escolar. Trataremos por ello de que se cambie el artículo 32.3 de este proyecto pues recoge que “el inicio del curso escolar no se realizará antes del 1 de septiembre ni el final de las actividades lectivas después del 30 de junio de cada año académico.” Sobre estas cuestiones STECyL reitera su defensa de un currículo básico común e integral para Primaria y la ESO y reclamará que las fechas de comienzo y fin de las clases en el calendario escolar deben garantizar que el profesorado lo prepare y lo evalúe con tiempo suficiente en septiembre y junio.

Además este borrador se cierra con varias disposiciones finales, en las que de un plumazo y sin el debate sosegado se modifican tres importantes decretos: el Decreto 120/2002, de 7 de noviembre, por el que se regula el Régimen Jurídico de la Autonomía de Gestión Económica de los Centros Docentes Públicos no Universitarios, el Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo y establece las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de Castilla y León y el Decreto 11/2013, de 14 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

  • Proyecto Decreto por el que se regulan determinados aspectos para la implantación de la Formación Profesional Básica en la Comunidad de Castilla y León.

Este Proyecto viene muy condicionado por la normativa estatal ya publicada al respecto: el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En Castilla y León, el Proyecto de Decreto establece la implantación de 11 de los 14 títulos publicados por el MEC y sus correspondencias con los anteriores PCPI. Además define el Currículo de los módulos comunes de Comunicación y Sociedad y de Ciencias Aplicadas en 1º y 2 de estos ciclos de FPB. El proyecto no cierra el asunto de las ratios y no contempla la existencia de un módulo, reclamado por STECyL, Transición al Mundo Laboral, que pudiera ser impartidos por los especialistas de FOL, tal y como se hacía en los PCPI de nivel 1.

Desde STECyL hemos reiterado algunos planteamientos que ya hemos hecho llegar a la Administración. Consideramos que el objetivo fundamental de estos programas de Formación Profesional Básica ha de ser el evitar el abandono educativo temprano y favorecer el tránsito a los CFGM. Nuestro país necesita titulados de formación profesional de nivel 2. Además se han de poner en marcha programas para facilitar la superación de la Reválida de la ESO. Respecto a la Oferta, Títulos (Familias Profesionales) y Red de Centros, reclamamos una oferta suficiente y más diversificada en cuanto a la titulación que la existente actualmente en los PCPI de Nivel I, pedimos además mantener o implantarlos en localidades y/o centros públicos donde haya ciclos formativos de FP, y garantizar el transporte escolar para cubrir las necesidades del alumnado, tanto en ausencia de oferta formativa y/o orientación para un determinado perfil profesional. Así mismo pedimos que la red concertada se comprometa con estos programas para evitar derivación del alumnado hacia centros públicos. También hemos pedido que el Consejo orientador garantice unos criterios rígidos para evitar la derivación innecesaria del alumnado hacia estos programas. Sobre Ratios, dadas las características de este tipo de alumnado, no deberían superar los 15 alumnos. Proponemos además que las ratios mínimas para autorizar estos programas se reduzcan a un mínimo de ocho para los IES del medio rural. También reivindicamos formación específica para el profesorado que vaya a impartir los ciclos de FP Básica y pedimos que en la Mesa sectorial se negocie sobre el profesorado que ha de impartir estos programas (PES para módulo comunes y Profesorado Técnico de FP para los profesionales). Como es sabido, se prevé un periodo transitorio de cuatro años en los que los maestros podrán impartir los módulos comunes en el primer curso de estos programas.

Más información en http://2.stecyl.net/mesa-sectorial-borradores-desarrollo-lomce/

  • Proyecto de ORDEN EDU/ /2014 por la que se desarrolla el proceso de admisión y matrícula, del alumnado de formación profesional básica en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León,
    (enlace al borrador del proyecto)

Para aprender cómo se puede hacer mejor. Mientras que la CA de Aragón publica el proyecto de orden sobre la implantación de la FP Básica y abre un periodo para aportaciones, aquí nos enteramos de este proyecto de ORDEN EDU/ /2014 por la que se desarrolla el proceso de admisión y matrícula, del alumnado de formación profesional básica en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, porque se ha pasado -sin trámite por ninguna reunión de la Mesa Sectorial- al Consejo Escolar. STECyL se ha dirigido a los DG de Política Educativa Escolar y de Formación Profesional para manifestarles su desacuerdo por su manera de proceder tan escasamente participativa y negociadora. Este proyecto de Orden regula en su artículo 23 la ratio de estos grupos de FPB, que reproducimos con las aportaciones que les hemos hecho llegar para mejorar su redacción:

Artículo 23. Constitución de grupos/ratio
1. El primer curso de los ciclos de formación profesional básica se desarrollará en grupos con un mínimo de 10 alumnos y un máximo de 20.
Proponemos mínimo de 9 en el medio rural y de 10 con carácter general y un máximo de 15.
2. En el caso de que se integren alumnos con necesidad específica de apoyo educativo la ratio disminuirá en uno por cada alumno de estas características que forme parte del grupo hasta un máximo de cinco.
Proponemos: la ratio disminuirá en dos por cada alumno de estas características y un máximo de dos alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo por grupo.
3. Excepcionalmente, teniendo en cuenta las características del alumnado y las necesidades de escolarización el director provincial de educación podrá autorizar la constitución de grupos con una ratio superior al 20% de la establecida en los apartados anteriores.
Proponemos: Suprimir este apartado 3. La ratio máxima no uede ser nunca superior al 20%. La excepcionalidad no debe afectar a lo regulado en el apartado 2, sólo a la ratio y hasta un máximo del 20%.
4. La Dirección General competente en materia de formación profesional, podrá autorizar grupos con un número diferente de alumnos a lo establecido en apartados anteriores cuando por las características del alumnado, del ciclo de formación profesional básica o de su ubicación geográfica así lo aconsejen.
 Proponemos: Suprimir este apartado; en todo caso se debería sustituir el término “con un número diferente de alumnos” por “con un número inferior de alumnado”.

Sobre el resto de apartados de este proyecto, les comunicamos que les haríamos llegar nuestras aportaciones en los foros en los que tengan a bien escucharnos.

  • STECyL ha manifestado al DG de Política Educativa nuestro desacuerdo con el proceso de elaboración sobre el Currículo y Horario de Primaria y STECyL-i reclama a esta Dirección General otros modos de hacer más participativos con el conjunto el profesorado y más negociación sindical.

A fecha de hoy ni la representación sindical ni el profesorado de los centros han podido participar formalmente en dicho proceso, al carecer de la pertinente propuesta de la Consejería al respecto. Todavía la DG de Política Educativa no ha cerrado la propuesta del currículo y el horario.

Aunque el Consejero de Educación se comprometió a presentar a finales de este mes un documento a los sindicatos docentes en la Mesa Sectorial, a fecha de hoy tal reunión no ha sido convocada aún y nos tememos que no se convoque hasta primeros de junio. En los contactos bilaterales de la DGRH con los sindicatos sobre el asunto del horario escolar en Primaria no se nos ha entregado hasta la fecha documento alguno. Desde la DGRH nos comentan que a finales de mes convocarían a la Mesa Sectorial y que habría dos reuniones para tratar el asunto. Nos confirman lo que ya se plantea en el borrador de decreto de Gobierno y Autonomía: ahora sacarán un Horario Escolar de la Educación Primaria Común para todos los centros en los dos próximos cursos de implantación de la LOMCE. Tras este periodo los centros podrán definir su proyecto curricular y disponer de hasta el 25% del horario, previa autorización administrativa. Insisten en que durante los dos primeros cursos no se permitirá. No quieren revolver mucho, señalan, ya que hay que pensar en clave de dos años. Nos comentan que no plantean grandes cambios sobre el actual horario, que se mantendrá en las 25 horas en Primaria. Sobre la carga horaria de Religión nos comentan que la propuesta de dejarla en una hora semanal está provocando muchas presiones de la Iglesia Católica.

Por nuestra parte sobre este tema y el resto del currículo les reiteramos nuestras posiciones ya conocidas en las propuestas que hemos remitido y hecho públicas. Les pedimos que además de sobre el horario se pueda tratar el tema de la organización de centros. Reiteran que mantendrán al menos el horario actual de la Artística. Comentan que el desdoble de Conocimiento del Medio en dos asignaturas puede implicar que Sociales, necesite algo más de horario. Insistimos en nuestra defensa del currículo común e integral. Reivindicamos que el nuevo currículo no suponga merma de las plantillas de los centros. La DGRH nos responde diciendo que se compromete a que no se perderá plantilla de funcionarios docentes.

Desde STECyL-i reclamamos a la Dirección General de Política Educativa Escolar otros modos de hacer más participativos con el conjunto el profesorado y más negociación sindical en todo el desarrollo normativo que se cocina en ese departamento.

STECyL finalmente quiere manifestar que no va a suscribir acuerdos sobre la implantación de la LOMCE en nuestra Comunidad. Los condicionantes que impone la propia Ley en muchos asuntos, así como el contexto de recortes educativos nos separan radicalmente. Pero STECyL reclama a la Consejería que abra un marco de debate entre el profesorado y negocie con sus sindicatos representativos todo el desarrollo legislativo autonómico derivado de la implantación de la LOMCE. En definitiva, modos más participativos y más negociación para encauzar los importantes desacuerdos que nos separan. Por nuestra parte manifestamos nuestra voluntad de dar pasos adelante y plantear alternativas para la mejora de nuestro sistema educativo y medidas de apoyo a la escuela pública.

 


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