Convocatoria programa de aulas itinerantes en los circos curso 22-23

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Aula colegio público del circo

Aula colegio público del circo

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Extracto de la resolución

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Extracto de la Resolución de 26 de mayo de 2022 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria para el curso escolar 2022-2023.

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Primero. Beneficiarios:

Empresas y/o empresarios individuales, legalmente constituidos, dedicados a la actividad circense, cuya itinerancia sea permanente durante el período escolar lectivo determinado por la Dirección General de Panificación y Gestión Educativa y que mantengan a lo largo del curso escolar un mínimo de tres alumnos en edad de escolarización obligatoria matriculados en la etapa de educación primaria.

Segundo. Finalidad:

Atención educativa de los niños que, por desplazarse con los circos, no pueden asistir con regularidad a un centro educativo ordinario.

Tercero. Bases reguladoras:

ORDEN ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE del 12 de mayo).

Cuarto. Importe:

Importe total de la convocatoria: 60.000 euros. Cuantía máxima individual de subvención por circo: 3.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 26 de mayo de 2022.- El Secretario de Estado de Educación, Alejandro Tiana Ferrer.

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Resolución íntegra

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Resolución de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria para el curso escolar 2022-2023.

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Convocatoria subvenciones circos atención educativa 22-23

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Primero. Beneficiarios:

Empresas y/o empresarios individuales, legalmente constituidos, dedicados a la actividad circense, cuya itinerancia sea permanente durante el período escolar lectivo determinado por la Dirección General de Panificación y Gestión Educativa y que mantengan a lo largo del curso escolar un mínimo de tres alumnos en edad de escolarización obligatoria matriculados en la etapa de educación primaria.

Segundo. Finalidad:

Atención educativa de los niños que, por desplazarse con los circos, no pueden asistir con regularidad a un centro educativo ordinario.

Tercero. Bases reguladoras:

ORDEN ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE del 12 de mayo).

Cuarto. Importe:

Importe total de la convocatoria: 60.000 euros. Cuantía máxima individual de subvención por circo: 3.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 26 de mayo de 2022.- El Secretario de Estado de Educación, Alejandro Tiana Ferrer.

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