Convocatoria programa de aulas itinerantes en los circos curso 22-23

Aula colegio público del circo

Aula colegio público del circo

Extracto de la resolución

Extracto de la Resolución de 26 de mayo de 2022 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria para el curso escolar 2022-2023.

Primero. Beneficiarios:

Empresas y/o empresarios individuales, legalmente constituidos, dedicados a la actividad circense, cuya itinerancia sea permanente durante el período escolar lectivo determinado por la Dirección General de Panificación y Gestión Educativa y que mantengan a lo largo del curso escolar un mínimo de tres alumnos en edad de escolarización obligatoria matriculados en la etapa de educación primaria.

Segundo. Finalidad:

Atención educativa de los niños que, por desplazarse con los circos, no pueden asistir con regularidad a un centro educativo ordinario.

Tercero. Bases reguladoras:

ORDEN ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE del 12 de mayo).

Cuarto. Importe:

Importe total de la convocatoria: 60.000 euros. Cuantía máxima individual de subvención por circo: 3.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 26 de mayo de 2022.- El Secretario de Estado de Educación, Alejandro Tiana Ferrer.

Resolución íntegra

Resolución de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria para el curso escolar 2022-2023.

Primero. Beneficiarios:

Empresas y/o empresarios individuales, legalmente constituidos, dedicados a la actividad circense, cuya itinerancia sea permanente durante el período escolar lectivo determinado por la Dirección General de Panificación y Gestión Educativa y que mantengan a lo largo del curso escolar un mínimo de tres alumnos en edad de escolarización obligatoria matriculados en la etapa de educación primaria.

Segundo. Finalidad:

Atención educativa de los niños que, por desplazarse con los circos, no pueden asistir con regularidad a un centro educativo ordinario.

Tercero. Bases reguladoras:

ORDEN ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE del 12 de mayo).

Cuarto. Importe:

Importe total de la convocatoria: 60.000 euros. Cuantía máxima individual de subvención por circo: 3.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 26 de mayo de 2022.- El Secretario de Estado de Educación, Alejandro Tiana Ferrer.

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