Cursos de perfeccionamiento de inglés alumnado FP inicial

Plazo solicitudes 10 de agosto de 2018

40 plazas para cada una de las nueve provincias de la Comunidad de Castilla y León, en dos niveles: Básico e Intermedio.

Idiomas

Los cursos de perfeccionamiento de inglés se impartirán en las Escuelas Oficiales de Idiomas de las capitales de provincia de la Comunidad de Castilla y León, de forma gratuita.

RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2018, de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, por la que se convocan cursos de perfeccionamiento de inglés para jóvenes titulados de formación profesional inicial inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciados por el Fondo Social Europeo, para el año 2018.

El Programa Operativo de Empleo Juvenil, uno de los Programas Operativos del Fondo Social Europeo para España, se encuentra vinculado al desarrollo de la «Iniciativa de Empleo Juvenil», acordada por el Consejo de Ministros de Empleo y Asuntos Sociales de la Unión Europea.

Esta iniciativa, que pretende facilitar el acceso de los jóvenes al mercado de trabajo, se enmarca en España en la estrategia de Emprendimiento Joven aprobada en febrero de 2013 por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

El Programa Operativo de Empleo Juvenil se desarrolla en España a través del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, regulado por la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

El Sistema Nacional de Garantía Juvenil tiene por finalidad que las personas jóvenes no ocupadas ni integradas en los sistemas de educación o formación, y que sean mayores de 16 años y menores de 25, puedan recibir una oferta de empleo, educación, formación de aprendiz o prácticas tras acabar la educación formal o quedar desempleadas. En el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, la edad se eleva hasta los 30 años.

A su vez, en el desarrollo del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, se ha tenido en cuenta el nuevo marco financiero 2014-2020 de los Fondos Estructurales y de Inversión de la Unión Europea.

Las actuaciones a realizar en el marco del Sistema Nacional de Garantía Juvenil deben tener en cuenta los ejes prioritarios del Programa Operativo de Empleo Juvenil. En este caso, resulta de aplicación el eje prioritario 5: «Integración sostenible en el mercado de trabajo de las personas jóvenes que no se encuentran empleadas, ni participan en actividades de educación ni formación, en particular en el contexto de Garantía Juvenil».

En este sentido, la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, a través de la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, con el fin de dotar de una mayor capacitación lingüística a los jóvenes titulados de formación profesional inicial inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, pretende convocar para el año 2018 un programa de cursos de perfeccionamiento de inglés, cofinanciados por el Fondo Social Europeo, con el objetivo de proporcionar una herramienta lingüística que les facilite el acceso al empleo y la movilidad geográfica, tanto en la Unión Europea como en otros países donde pueda existir oferta laboral.

En línea con todo lo anterior, el Plan General de Formación Profesional 2016-2020, que forma parte de la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo en Castilla y León, incluye entre sus objetivos «Reforzar el desarrollo de competencias transversales que favorezcan la transición del centro de formación a la empresa, la movilidad, el espíritu emprendedor y la cultura innovadora del alumnado de Formación Profesional Inicial». Para alcanzar dicho objetivo, el citado plan contempla diferentes actuaciones, siendo una de ellas el «Aprendizaje de idiomas, potenciando el bilingüismo en los centros de Formación Profesional y facilitando la participación del profesorado y del alumnado en cursos de idiomas».

Por todo ello, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 9 del Decreto 45/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación

RESUELVO

Primero.– Objeto.

La presente resolución tiene por objeto convocar cursos de perfeccionamiento de inglés para jóvenes titulados de formación profesional inicial inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciados por el Fondo Social Europeo, para el año 2018.

Segundo.– Requisitos de los participantes.

Podrán participar en los cursos de perfeccionamiento de inglés los solicitantes que cumplan los siguientes requisitos:

  • a) Estar en posesión del título correspondiente a alguno de los ciclos de formación profesional inicial.
  • b) Estar inscrito en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, de conformidad con lo establecido en el artículo 97 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Tercero.– Plazas y niveles ofertados.

1. Se ofertan hasta 40 plazas para cada una de las nueve provincias de la Comunidad de Castilla y León, en dos niveles: Básico e intermedio.

2. El solicitante deberá elegir en el modelo normalizado de solicitud el nivel preferente del curso que desee realizar.

Cuarto.– Centros de impartición.

1. Los cursos de perfeccionamiento de inglés se impartirán en las Escuelas Oficiales de Idiomas de las capitales de provincia de la Comunidad de Castilla y León, de forma gratuita.

2. Los cursos serán impartidos por el profesorado perteneciente al Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, cuya designación se llevará a cabo mediante el procedimiento ordinario de adjudicación de destinos a los aspirantes a ocupar puestos de trabajo docentes no universitarios en régimen de interinidad.

Quinto.– Criterio de selección.

Los solicitantes para participar en los cursos de perfeccionamiento de inglés serán seleccionados por riguroso orden de presentación de solicitudes hasta completar el número de plazas disponibles en cada provincia.

Sexto.– Coordinador de los cursos.

Para asegurar el correcto desarrollo de los cursos, la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial designará un coordinador entre el personal docente que preste sus servicios en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que será el responsable tanto de la elaboración del diseño y materiales de los cursos como de la coordinación del profesorado que los imparta en cada provincia.

Séptimo.– Solicitudes y documentación.

1. Los interesados cumplimentarán la solicitud de inscripción conforme al modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (www.educa.jcyl.es).

2. Las solicitudes irán firmadas por el interesado si es mayor de edad o, en otro caso, por su padre, madre o tutor legal.

3. Las solicitudes podrán presentarse por alguno de los siguientes medios:

  • a) De forma presencial. Una vez cumplimentada y firmada la solicitud, se presentará en el Registro de la Consejería de Educación (Avenida Monasterio de Nuestra Señora de Prado, s/n. 47014 Valladolid) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • b) De forma electrónica. A través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), para lo cual los solicitantes deberán disponer de D.N.I. electrónico, o de cualquier certificado electrónico expedido por entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.
  • Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la sede electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
  • Las personas interesadas que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto con la correspondiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Consejería de Educación podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el solicitante, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información general, conforme establece el artículo 28.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • El registro electrónico emitirá resguardo acreditativo de la presentación, consistente en una copia auténtica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen a la misma.
  • Esta copia está configurada de forma que puede ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implicará que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.

4. La solicitud incluirá la declaración responsable del solicitante de que acepta lo establecido en la presente resolución, que cumple con los requisitos exigidos y que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad.

5. El interesado en participar en los cursos deberá aportar, junto con la solicitud, la siguiente documentación:

  • a) Copia del título correspondiente a alguno de los ciclos de formación profesional inicial.
  • b) Certificado acreditativo de estar inscrito en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Octavo.– Plazos.

1. El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Castilla y León y finalizará el día 10 de agosto de 2018.

2. Si la solicitud no reuniese los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada al efecto.

3. El día 5 de septiembre se publicarán en los tablones de anuncios de las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Castilla y León, siendo objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), los listados provisionales de solicitantes admitidos ordenados por riguroso orden de presentación de solicitudes hasta completar el número de plazas disponibles en cada provincia, indicando, en su caso, los solicitantes excluidos y la causa de su exclusión.

4. En el plazo de tres días hábiles desde la publicación de los listados provisionales de admitidos y excluidos, los solicitantes podrán formular las reclamaciones que estimen oportunas.

5. Los formularios de subsanación y de reclamaciones se encuentran disponibles en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (www.educa.jcyl.es).

6. El día 14 de septiembre, mediante resolución de la citada dirección general, se publicarán los listados definitivos de solicitantes admitidos en los tablones de anuncios de las Escuelas Oficiales de Idiomas correspondientes, y se dará publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es). Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes desde su publicación.

7. Excepcionalmente, si no se cubrieran todas las plazas ofertadas en alguna de las provincias, se abrirá un nuevo plazo de presentación de solicitudes desde el día 17 al 26 de septiembre, inclusive, admitiendo las solicitudes presentadas por riguroso orden de entrada siempre que el interesado cumpla los requisitos establecidos en el apartado segundo y aporte la documentación relacionada en el apartado séptimo.5. Los listados de solicitantes admitidos en este segundo período se publicarán el día 28 de septiembre en los tablones de anuncios de las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Castilla y León, siendo objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

Noveno.– Realización.

1. Los cursos de perfeccionamiento de inglés darán comienzo el 1 de octubre de 2018 y su impartición se extenderá hasta el 5 de diciembre de 2018, inclusive, con una duración de 90 horas.

2. La jornada de impartición será de dos horas diarias, de lunes a viernes, en el horario que cada Escuela Oficial de Idiomas determine.

3. Para el correcto desarrollo de los cursos se facilitará al alumnado el material didáctico necesario.

4. Todos los cursos finalizarán con la realización de un examen de valoración del aprovechamiento el día 5 de diciembre, pudiéndose adelantar dicho examen en caso de imposibilidad de efectuarse el día indicado.

Décimo.– Certificación.

1. El profesorado que imparta los cursos deberá realizar un informe de aprovechamiento del curso individualizado por alumno o alumna y remitirlo antes del día 12 de diciembre a la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial.

2. La Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial, a la vista del informe realizado por el profesorado, emitirá el correspondiente certificado de aprovechamiento del curso.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 18 de julio de 2018.

El Director General de Formación Profesional

y Régimen Especial, Fdo.: Agustín Francisco Sigüenza Molina

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