Educación impulsará la formación de los profesores en entidades privadas

Tratará también de impulsar la creación de redes de profesorado mediante el trabajo colaborativo para intercambiar experiencias y buenas prácticas

Agencias

EducatribuLa Consejería de Educación impulsará convenios con entidades privadas para dar formación al profesorado de los centros educativos de la Comunidad, si bien tendrán que estar dotadas de personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro y entre cuyos fines estatutarios figure esta actividad. Así lo recoge el proyecto de Decreto por el que se regula la formación permanente del profesorado de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en centros docentes sostenidos con fondos públicos en Castilla y León, que se encuentra en consulta pública hasta el 2 de mayo.

Este aspecto lo recoge el apartado de entidades colaboradoras que señala que también se podrán firmar convenios desde la Consejería de Educación para la realización de actividades formativas con universidades, otras administraciones públicas, organizaciones sindicales con representación en la mesa sectorial del personal docente en los centros públicos no universitarios o aquellas más representativas de la enseñanza concertada. Todas las actividades formativas ofertadas por las entidades colaboradoras deberán ser complementarias a las ofertadas por la Red de Formación.

El decreto parte de la necesidad de planificar la formación pemanente del profesorado y adecuarla a la realidad educativa regional e impulsar un modelo de formación al servicio de las necesidades del propio sistema educativo derivadas de los objetivos institucionales, sin olvidar las necesidades que todo docente tiene en su desempeño diario.

En este modelo de formación, añade el texto normativo, la actualización y el desarrollo de competencias profesionales deberá realizarse fundamentalmente en el centro educativo que será el eje de la formación donde se potencien los itinerarios formativos. Al mismo tiempo subraya que la formación del profesorado no ha de permanecer al margen de las múltiples posibilidades que las Tecnologías de la Información y la Comunicación ofrecen. Por ello, se impulsarán actividades de formación a distancia que complementen y amplíen la presencial. “La flexibilidad temporal y espacial que ofrece la enseñanza a distancia permite la adaptación a las dificultades ocasionadas por la dispersión geográfica y a la disponibilidad horaria del profesorado”, sostiene.

El objetivo es alcanzar un modelo de formación permanente del profesorado que sea “dinámico”, que esté en continuo crecimiento y que contribuya a una mejora constante de la actividad docente y, por tanto, la calidad educativa.

Y es que, según el decreto, la finalidad de la formación es mejorar la calidad de la educación, conjugando la actualización del profesorado para hacer frente a las nuevas necesidades y demandas de la sociedad actual, con la respuesta que se ha de dar a sus expectativas de mejora en el ejercicio profesional, aprendizaje, promoción y satisfacción laboral.

Además, dentro de los objetivos se tratará de impulsar actividades relacionadas con las TIC, desarrollar la interrelación y coordinación entre la formación del profesorado, la innovación, la investigación, la evaluación para la mejora de las actuaciones de éxito educativo, así como impulsar la creación de redes de profesorado mediante el trabajo colaborativo para intercambiar experiencias y difundir buenas prácticas educativas.

Centros de Formación del Profesorado e Innovación Educativa (CFIE)

Para la impartición de esta formación se consideran centros docentes los Centros de Formación del Profesorado e Innovación Educativa (CFIE), los equipos de orientación educativa, generales, específicos y de carácter especializado y cualquier otra unidad funcional de trabajo orientada al apoyo y asesoramiento externo a centros docentes.

Asimismo, el equipo directivo del centro será el responsable de liderar los procesos de formación, mejora e innovación y contará con la colaboración de un coordinador de formación, calidad e innovación, junto con los órganos competentes del centro. Además, para el desarrollo de los planes se constituirá un equipo de formación interno en el mismo y con el apoyo de otro equipo externo.

Mientras, los CFIE tendrán autonomía de gestión económica y, anualmente, la Consejería remitirá a los mismos los recursos económicos para atender tanto los gastos de funcionamiento como los que sean precisos para el desarrollo de los planes de formación.

Los CFIE tendrán entre sus competencias la detección de las necesidades de formación de los centros, la planificación de la respuesta, la gestión y diseño de los planes y el apoyo y asesoramiento a los centros, así como la promoción del intercambio de experiencias o la evaluación y ajuste de las actividades.

Planes de Formación

Asimismo, la Consejería aprobará el plan marco de formación permanente del profesorado con las directrices y principios básicos que se concretarán a través de planes en los centros, en los CFIE, planes provinciales de formación y un plan regional. Este último constituye un conjunto de actuaciones que contendrá toda la oferta de la red, es decir, de la Consejería, de los CFIE y los provinciales, así como los de las entidades colaboradoras.

Finalmente, el decreto establece que la formación estará sometida a un proceso de seguimiento y evaluación, que proporcionará la información necesaria sobre el impacto que producen en el sistema y permitirá tomar las decisiones oportunas en aras de establecer la mejora continua. A tal efecto, la Consejería establecerá un sistema de seguimiento y evaluación de la formación, definiendo los criterios, indicadores, procedimientos e instrumentos necesarios para llevar a cabo dicho seguimiento y evaluación de manera continua.

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