Listados habilitación profesorado como personal asesor y evaluador. PEAC 2023. Solicitud 1 al 7 de cada mes

5. Habilitación profesorado como personal asesor y evaluador. PEAC 2023-3.

  • Habilitación como personal asesor y evaluador del procedimiento abierto con carácter permanente de evaluación y acreditación de competencias profesionales (2023-3)
ORDEN EDU/1386/2023, de 28 de noviembre, por la que se habilita con carácter nacional como personal asesor y evaluador para procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación de distintas familias y cualificaciones profesionales.

4. SOLICITUD de habilitación profesorado como personal asesor y evaluador. PEACP

Solicitud-Habilitacion-FP-PEACP

La habilitación de personal asesor y evaluador es un proceso abierto y permanente

Las solicitudes se podrán presentar los siete primeros días de cada mes.

https://aplicaciones.educa.jcyl.es/AEDO/login/3125_7252

  • La habilitación tendrá carácter nacional y el profesorado habilitado formará parte de la red de asesoramiento y evaluación de Castilla y León.

Nota: los que ya estuvieran habilitados en convocatorias anteriores no será necesario que presenten de nuevo esta solicitud, salvo que desearan ser habilitados en otras familias profesionales distintas.

3. Habilitación profesorado como personal asesor y evaluador. PEAC 2023-2.

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  • Habilitación como personal asesor y evaluador del procedimiento abierto con carácter permanente de evaluación y acreditación de competencias profesionales (2023-2)
ORDEN EDU/970/2023, de 24 de julio, por la que se habilita con carácter nacional como personal asesor y evaluador para procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación de distintas familias y cualificaciones profesionales.

2. Habilitación profesorado como personal asesor y evaluador. PEAC 2023-1.

  • Habilitación como personal asesor y evaluador del procedimiento abierto con carácter permanente de evaluación y acreditación de competencias profesionales (2023-1)
  • La habilitación tendrá carácter nacional y el profesorado habilitado formará parte de la red de asesoramiento y evaluación de Castilla y León.

PROFESORADO HABILITADO COMO ASESOR Y EVALUADOR CON INDICACIÓN DE LA FAMILIA PROFESIONAL O FAMILIAS PROFESIONALES

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ORDEN EDU/552/2023, de 24 de abril, por la que se habilita con carácter nacional como personal asesor y evaluador para procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación de distintas familias y cualificaciones profesionales.

El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, prevé que las tareas de asesoramiento y/o evaluación se desempeñen por personas habilitadas por las administraciones competentes. Para obtener la habilitación en el ejercicio de dichas funciones, según establece el artículo 25.1 del citado real decreto, se deben reunir una serie de requisitos de experiencia, dentro de determinados colectivos.

Por Orden EDU/1935/2022, de 22 de diciembre, se convocó el procedimiento para la habilitación de personal asesor y evaluador del procedimiento abierto con carácter permanente de evaluación y acreditación de competencias profesionales contempladas en la oferta de enseñanzas de formación profesional del sistema educativo de la Comunidad de Castilla y León, adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación.

Verificado el cumplimiento de los requisitos, vista la propuesta de habilitación de personal asesor y evaluador del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales formulada por la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial conforme a lo determinado en el apartado sexto.1, de la Orden EDU/1935/2022, de 22 de diciembre.

Por todo ello, en atención a lo establecido en el apartado sexto.2 de la Orden EDU/1935/2022, de 22 de diciembre.

RESUELVO

Primero.– Habilitación como personal asesor y evaluador.

Segundo.– Habilitaciones denegadas.

Tercero.– Efectos.

  • De conformidad con el apartado sexto.3 de la Orden EDU/1935/2022, de 22 de diciembre, la habilitación tendrá carácter nacional y las personas habilitadas formarán parte de la red de asesoramiento y evaluación de Castilla y León, en los términos del artículo 14 de la Orden HAC/1605/2011, de 29 de diciembre, por la que se desarrolla la gestión del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral en Castilla y León, así como la estructura organizativa responsable.

Cuarto.– Publicación y publicidad.

  • De conformidad con el apartado sexto.2 de la Orden EDU/1935/2022, de 22 de diciembre, la orden de habilitación se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León y en la misma fecha se dará publicidad en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en la web temática de Aprendizaje a lo largo de la vida del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa.jcyl.es/adultos).

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Educación o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 24 de abril de 2023.

La Consejera,

Fdo.: Rocío Lucas Navas

1. Habilitación profesorado como personal asesor y evaluador. PEAC 2023. CONVOCATORIA

Nota: los que ya estuvieran habilitados en convocatorias anteriores no será necesario que presenten de nuevo esta solicitud, salvo que desearan ser habilitados en otras familias profesionales distintas.

Se convoca  procedimiento para la habilitación de personal asesor y evaluador del procedimiento abierto con carácter permanente de evaluación y acreditación de competencias profesionales contempladas en la oferta de enseñanzas de formación profesional del sistema educativo de la Comunidad de Castilla y León, adquiridas a través de la experiencia laboral o vías no formales de formación.

  • Plazo para solicitarlo
    • Las solicitudes se podrán presentar los siete primeros días de cada mes.
  • Habilitación
    • Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes la dirección general competente en materia de formación profesional formulará propuesta de habilitación de los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos
  • Solicitud
    • Solicitud de habilitación como personal asesor y evaluador de los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales
ORDEN EDU/1935/2022, de 22 de diciembre, por la que se convoca el procedimiento para la habilitación de personal asesor y evaluador del procedimiento abierto con carácter permanente de evaluación y acreditación de competencias profesionales contempladas en la oferta de enseñanzas de formación profesional del sistema educativo de la Comunidad de Castilla y León, adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación.
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