Nuevos plazos para la publicación de la relación de los libros de texto y la sustitución de forma excepcional. Curso 22-23
El calendario de aplicación de la LOMLOE establece para el curso escolar 2022-2023 la aplicación de las modificaciones introducidas en el currículo, la organización y los objetivos para los cursos 1º, 3ºy 5º de primaria; 1ºy 3º de la ESO; y 1º de bachillerato.
- Publicación de los libros de texto.
- Para el curso escolar 2022-2023, los centros, de forma extraordinaria, podrán hacer pública la relación de los libros de texto en un nuevo plazo hasta el 8 de junio de 2022 en el tablón de anuncios del centro y, en su caso, en su página web.
- Sustitución excepcional de un libro de texto
- Los centros que decidan sustituir de forma excepcional un libro de texto, nuevo plazo hasta el 30 de mayo de 2022.
Dice la administración:
«La reciente publicación de los reales decretos de enseñanzas mínimas de las etapas afectadas, a partir de las cuales la Administración educativa de Castilla y León elabora el currículo propio, hace necesario establecer de forma extraordinaria nuevos plazos para los procedimientos de publicidad y sustitución de forma excepcional de libros de texto para el curso 2022-2023″
ORDEN EDU/506/2022, de 20 de mayo, por la que se determinan de forma extraordinaria, para el curso 2022-2023, nuevos plazos para la publicación de la relación de los libros de texto y la sustitución de forma excepcional de libros de texto en las enseñanzas de educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.
Mediante la Orden EDU/286/2016, de 12 de abril, se concreta el período de vigencia de los libros de texto en las enseñanzas de educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.
El artículo 2.2 de la citada orden establece con carácter general que los libros de texto adoptados no podrán ser sustituidos por otros durante un periodo mínimo de cuatro cursos escolares, salvo situaciones excepcionales y debidamente justificadas, precisándose en el apartado 3 que los centros harán pública la relación de los libros de texto para cada nuevo curso escolar antes del 10 de mayo. Asimismo el artículo 3 regula el procedimiento para la mencionada sustitución excepcional de libros de texto estableciendo los plazos de realización de los distintos trámites.
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su disposición final quinta el calendario de implantación, determinando para el curso escolar 2022-2023 la aplicación de las modificaciones introducidas en el currículo, la organización y los objetivos para los cursos primero, tercero y quinto de la etapa de educación primaria; primero y tercero de la etapa de educación secundaria obligatoria; y primero de la etapa de bachillerato.
La disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, precisa que corresponde a los órganos de coordinación didáctica de los centros públicos, en el ejercicio de la autonomía pedagógica, adoptar los libros de texto y demás materiales que hayan de utilizarse en el desarrollo de las diversas enseñanzas.
La reciente publicación de los reales decretos de enseñanzas mínimas de las etapas afectadas, a partir de las cuales la Administración educativa de Castilla y León elabora el currículo propio, hace necesario establecer de forma extraordinaria nuevos plazos para los procedimientos de publicidad y sustitución de forma excepcional de libros de texto para el curso 2022-2023, en relación con los establecidos en la Orden EDU/286/2016, de 12 de abril, a fin de posibilitar estas actuaciones a los centros educativos que no hubieran podido hacerlo en los plazos ordinarios.
En su virtud, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 14/2022, de 5 de mayo, por el que establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación,
RESUELVO
Primero. Nuevos plazos para la publicación de los libros de texto.
Para el curso escolar 2022-2023, los centros, de forma extraordinaria, podrán hacer pública la relación de los libros de texto en un nuevo plazo hasta el 8 de junio de 2022 en el tablón de anuncios del centro y, en su caso, en su página web.
Segundo. Nuevos plazos para la sustitución excepcional de un libro de texto.
- Para el curso escolar 2022-2023, los centros que decidan sustituir de forma excepcional un libro de texto, cuando la programación docente lo requiera, antes del plazo indicado en el artículo 2.2 de la Orden EDU/286/2016, de 12 de abril, podrán dirigir la solicitud motivada al titular de la Dirección Provincial de Educación correspondiente, de forma extraordinaria, en nuevo plazo hasta el 30 de mayo de 2022.
- El titular de la Dirección Provincial de Educación resolverá, previo informe preceptivo del Área de Inspección Educativa, hasta el 6 de junio de 2022.
- Las Direcciones Provinciales de Educación remitirán a la dirección general competente en materia de ordenación académica información sobre las solicitudes excepcionales de cambio de libro de texto recibidas, antes del 15 de julio de 2022, conforme al modelo previsto en el anexo de la Orden EDU/286/2016, de 12 de abril.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Educación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid, 20 de mayo de 2022.
La Consejera,
Fdo.: Rocío Lucas Navas