¡¡¡ HOY ÚLTIMO DÍA !!!! Finaliza el Plazo Oposiciones Enseñanza Secundaria 2020.

  • Nuevos plazos y efectos de las tasas
    • Procedimiento selectivo de las oposiciones del 2020.
    • Procedimiento baremación formación listas de interinidades
    • Acreditación competencia lingüística en lenguas extranjeras.
  • Nuevo plazo para la inscripción a las pruebas selectivas: Del 5 al 30 de octubre.

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DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA

De acuerdo con el apartado segundo.2 de la ORDEN EDU/475/2020, de 11 de junio, las solicitudes presentadas entre el 9 y el 13 de marzo de 2020 se considerarán válidas. Sin perjuicio de esto, los aspirantes podrán alegar nuevos méritos obtenidos entre el 30 de marzo de 2020 y el nuevo plazo de presentación de solicitudes, del 5 de octubre de 2020 al 30 de octubre de 2020, mediante la cumplimentación de este modelo:

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Nueva-Convocatoria-Opos-EEMM-2020

  • Se establece un NUEVO plazo de presentación de solicitud de participación. La aplicación para cumplimentar la solicitud estará disponible desde las 9:00 horas del día 5 de octubre hasta las 14:00 horas del día 30 de octubre de 2020.
  • POSIBILIDAD DE PRESENTACIÓN DE NUEVOS MÉRITOS: Las solicitudes presentadas entre el 9 y el 13 de marzo de 2020 se considerarán válidas, sin perjuicio de la posibilidad de que los aspirantes puedan alegar nuevos méritos perfeccionados entre el 30 de marzo de 2020 y el nuevo plazo de presentación de solicitudes, mediante la cumplimentación del modelo de documento que se pondrá a su disposición en el aplicativo informático, una vez se abra el citado plazo y sin perjuicio del derecho de los aspirantes a presentar una nueva solicitud.
  • El nuevo plazo de presentación de solicitudes conlleva que todas las REFERENCIAS al año 2020, se entiendan referidas al año 2021, y las relativas al curso 2019/2020, se entiendan referidas al curso 2020/2021.
ORDEN EDU/475/2020, de 11 de junio, por la que se establecen medidas relativas a los procedimientos selectivos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional y profesores de música y artes escénicas, así como procedimiento de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en los mencionados cuerpos y acreditación de la competencia lingüística en lenguas extranjeras, convocados por la Orden EDU/255/2020, de 4 de marzo, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Mediante Orden EDU/255/2020, de 4 de marzo (Boletín Oficial de Castilla y León n.º 46, de 6 de marzo), se convocaron procedimientos selectivos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional y profesores de música y artes escénicas, así como procedimiento de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en los mencionados cuerpos y acreditación de la competencia lingüística en lenguas extranjeras.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, prorrogado sucesivamente por seis reales decretos siendo el último el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio, establece en la disposición adicional tercera que se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público y que el cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo, siendo de aplicación a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, establece en su artículo 9 que con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.

Por su parte el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, establece en el artículo 2 que la prórroga establecida en este real decreto se extenderá desde las 00:00 horas del día 7 de junio de 2020 hasta las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020, y se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y en las disposiciones que lo modifican aplican y desarrollan, sin perjuicio de lo que es establece en los artículos siguientes.

En este contexto, la organización de las pruebas y demás condicionantes impiden que el proceso selectivo se pueda llevar a cabo en las fechas previstas inicialmente sin perjuicio del funcionamiento del servicio educativo. En este sentido, los procesos selectivos de ingreso de personal docente se realizan habitualmente coincidiendo con periodos no lectivos para evitar que su desarrollo, en el que participa un elevado número de docentes y que se realiza en centros educativos, afecte de forma negativa al normal desarrollo de la actividad docente, sin que a día de hoy existan mecanismos alternativos que permitan su desarrollo fuera de esos periodos.

Por otro lado, la correcta preparación de un procedimiento selectivo de esta naturaleza, con la participación de un gran número de personas y el uso de numerosas sedes para su celebración, requiere unas previsiones de naturaleza normativa, logística, formativa y organizativa que han de adoptarse con antelación suficiente a la celebración de las pruebas. Las medidas de restricción de la movilidad y el peligro de contagio hacen imposible que tales previsiones puedan llevarse a cabo y, con ello, la celebración del procedimiento anunciado en los mismos términos de la convocatoria.

Teniendo en cuenta que el Plan para la transición hacia una nueva normalidad, que conlleva una reducción gradual de las medidas extraordinarias de restricción de la movilidad y del contacto social, establecidas mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se encuentra en la Comunidad de Castilla y León en sus fases iniciales y al continuar, en la actualidad, la situación de emergencia sanitaria y las medidas preventivas de contención adoptadas por el estado de alarma, especialmente aquellas que suponen la suspensión de actividades públicas que agrupen o concentren a personas, se hace imposible un normal desarrollo de los procesos convocados, ya que la constitución de los tribunales de selección y de las comisiones, la organización de las pruebas y demás actuaciones previstas no pueden realizarse en la situación actual, pudiendo perjudicar tanto la finalización del actual curso escolar, como el inicio del curso siguiente e, incluso, la planificación educativa de esta Consejería Educación.

Por ello, con la finalidad de garantizar el normal desarrollo del proceso selectivo sin que afecte al derecho de acceso a la función pública de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, por no existir mecanismos alternativos que permitan garantizar en las próximas fechas al conjunto de aspirantes su participación en el proceso selectivo, es necesario tomar las medidas precisas que den seguridad jurídica a todos los sujetos implicados en el mismo: órganos de selección, aspirantes y Administración educativa.

En atención a lo anteriormente indicado, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y en el Decreto 25/2019, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación

RESUELVO

Primero.– Objeto.

La presente orden tiene por objeto establecer medidas relativas a los procedimientos selectivos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional y profesores de música y artes escénicas, así como procedimiento de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en los mencionados cuerpos y acreditación de la competencia lingüística en lenguas extranjeras, convocados por la Orden EDU/255/2020, de 4 de marzo, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Segundo.– Nuevo plazo de presentación de solicitudes.

1. Se establece un nuevo plazo de presentación de solicitud de participación, junto con la documentación que deba acompañarla, que comenzará el 5 de octubre de 2020 y finalizará el 30 de octubre de 2020.

La aplicación para cumplimentar la solicitud estará disponible desde las 9:00 horas del día 5 de octubre hasta las 14:00 horas del día 30 de octubre de 2020.

2. Las solicitudes presentadas entre el 9 y el 13 de marzo de 2020 se considerarán válidas, sin perjuicio de la posibilidad de que los aspirantes puedan alegar nuevos méritos perfeccionados entre el 30 de marzo de 2020 y el nuevo plazo de presentación de solicitudes indicado en el punto 1, mediante la cumplimentación del modelo de documento que se pondrá a su disposición en el aplicativo informático determinado en el apartado 3.1 de la Orden EDU/255/2020, de 4 de marzo, una vez se abra el citado plazo y sin perjuicio del derecho de los aspirantes a presentar una nueva solicitud.

3. El nuevo plazo de presentación de solicitudes conlleva que todas las referencias contenidas en la orden EDU/255/2020, de 4 de marzo, al año 2020, se entiendan referidas al año 2021, y las relativas al curso 2019/2020, se entiendan referidas al curso 2020/2021.

Tercero.– Inicio de la fase de oposición.

1. Se deja sin efecto la fecha de comienzo de la fase de oposición establecida inicialmente para el 20 de junio de 2020 en el apartado 9.1 de la Orden EDU/255/2020, de 4 de marzo.

2. El inicio de la fase de oposición será fijado para el mes de junio de 2021, siendo anunciada la nueva fecha de comienzo mediante orden de la Consejería de Educación, que será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Cuarto.– Efectos del abono de tasas.

1. Se considerarán válidas las tasas abonadas conforme a lo previsto en el apartado cuarto de la Orden EDU/255/2020, de 4 de marzo, entre el 9 de marzo de 2020 y el 30 de marzo de 2020, aunque el aspirante no hubiera llegado a presentar su solicitud en los lugares previstos en el apartado 3. 5 de la Orden EDU/255/2020, de 4 de marzo.

2. No obstante, y al haberse alterado de forma sustancial las condiciones del procedimiento como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, aquellos aspirantes que así lo deseen podrán solicitar el reintegro de las tasas abonadas mediante solicitud, dirigida a la Consejera de Educación, en la que deberán indicar un número valido de cuenta corriente para efectuar el reingreso.

La solicitud de reintegro de las tasas, que se presentará en los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberá ir acompañada de copia del modelo 046 acreditativo del abono de las mismas.

El plazo para presentar la solicitud del reintegro será de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con lo establecido en los artículos 8.2 a) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Con carácter previo y potestativo podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 11 de junio de 2020.

La Consejera,
Fdo.: Rocío Lucas Navas

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