Se autoriza la implantación de las enseñanzas de bachillerato y de formación profesional en modalidad a distancia virtual en el CIDEAD

CIDEAD

Educación de adultos. Se Autoriza la implantación de las enseñanzas de bachillerato y de formación profesional, en modalidad a distancia virtual, en el Centro Integrado de Enseñanzas Regladas a Distancia del Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD).

Orden EFP/1318/2021, de 18 de noviembre, por la que se autoriza la implantación de enseñanzas de formación profesional en modalidad a distancia en el Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia.
Orden EFP/1319/2021, de 19 de noviembre, por la que se autoriza la implantación de enseñanzas de bachillerato en modalidad a distancia virtual en el Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia.

La Constitución Española garantiza el derecho de todos los españoles a la educación y encomienda a los poderes públicos que promuevan las condiciones para que este derecho sea disfrutado por todos en plenas condiciones de libertad e igualdad.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, de Educación, establece en su disposición adicional cuadragésima segunda que el Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD), del Ministerio de Educación y Formación profesional, impartirá enseñanza a distancia en todo el territorio nacional y que el Gobierno establecerá, sin perjuicio de los principios recogidos en dicha Ley Orgánica, una regulación específica del CIDEAD.

El Real Decreto 789/2015, de 4 de septiembre, por el que se regula la estructura y el funcionamiento del Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD) establece que a través de la educación a distancia, el CIDEAD proporciona atención educativa de educación básica y secundaria para adultos a los ciudadanos españoles en el exterior y a aquellas personas que, aun residiendo en el territorio nacional, se ven imposibilitadas para recibir enseñanza a través del régimen ordinario.

Igualmente, el Real Decreto 789/2015, de 4 de septiembre, establece en su artículo quinto que el CIDEAD contará con un Centro Integrado de Enseñanzas Regladas a Distancia, sin personalidad jurídica propia, integrado en CIDEAD, para la impartición en la modalidad de distancia de las enseñanzas que ofrece el Sistema Educativo Español recogidas en el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, a excepción de la enseñanza universitaria, de las enseñanzas deportivas y de la educación infantil y que, por tanto, CIDEAD podrá impartir las siguientes enseñanzas del Sistema Educativo Español: Educación primaria, Educación secundaria obligatoria, Bachillerato, Formación profesional, Enseñanzas de idiomas, Enseñanzas artísticas y Educación de Personas Adultas.

El artículo segundo de la Orden ECD/2008/2015, de 28 de septiembre, por la que se regulan las enseñanzas de bachillerato para personas adultas en régimen nocturno, a distancia y a distancia virtual, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establece que las enseñanzas de Bachillerato para personas adultas a distancia virtual serán ofertadas por el Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD).

Visto lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en el artículo octavo del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y en el artículo cuarto del Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, dispongo:

Autorizar la implantación de las enseñanzas de bachillerato en modalidad a distancia virtual en el Centro Integrado de Enseñanzas Regladas a Distancia del Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD).

Madrid, 19 de noviembre de 2021.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Director General de Planificación y Gestión Educativa, José Manuel Bar Cendón.

La Constitución Española garantiza el derecho de todos los españoles a la educación y encomienda a los poderes públicos que promuevan las condiciones para que este derecho sea disfrutado por todos en plenas condiciones de libertad e igualdad.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, de Educación, establece en su disposición adicional cuadragésima segunda que el Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD), del Ministerio de Educación y Formación profesional, impartirá enseñanza a distancia en todo el territorio nacional y que el Gobierno establecerá, sin perjuicio de los principios recogidos en dicha Ley Orgánica, una regulación específica del CIDEAD.

El Real Decreto 789/2015, de 4 de septiembre, por el que se regula la estructura y el funcionamiento del Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD) establece que a través de la educación a distancia, el CIDEAD proporciona atención educativa de educación básica y secundaria para adultos a los ciudadanos españoles en el exterior y a aquellas personas que, aun residiendo en el territorio nacional, se ven imposibilitadas para recibir enseñanza a través del régimen ordinario

Igualmente, el Real Decreto 789/2015, de 4 de septiembre, establece en su artículo quinto que el CIDEAD contará con un Centro Integrado de Enseñanzas Regladas a Distancia, sin personalidad jurídica propia, integrado en CIDEAD, para la impartición en la modalidad de distancia de las enseñanzas que ofrece el Sistema Educativo Español recogidas en el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, a excepción de la enseñanza universitaria, de las enseñanzas deportivas y de la educación infantil y que, por tanto, CIDEAD podrá impartir las siguientes enseñanzas del Sistema Educativo Español: Educación primaria, Educación secundaria obligatoria, Bachillerato, Formación profesional, Enseñanzas de idiomas, Enseñanzas artísticas y Educación de Personas Adultas.

Referente a la Formación Profesional, esta constituye uno de los ejes vertebradores del sistema productivo del país, ya que favorece la empleabilidad y la mejora de la cualificación profesional tan necesaria para conseguir empleos de calidad.

En el marco del I Plan Estratégico de la Formación Profesional, se propone convertir la Formación Profesional en una palanca para el crecimiento, contemplando la mejora de la accesibilidad a la Formación Profesional. El objetivo noveno de dicho Plan Estratégico contempla facilitar una oferta modular que permita acumular o completar la formación que da opción a un título de FP o un certificado de profesionalidad, y define una serie medidas que se desglosan en líneas, entre la que encontramos la garantía de una oferta modular permanente desde el MEFP, y la puesta en marcha de una oferta directa del Ministerio de Educación y Formación profesional, a través del CIDEAD.

Asimismo, en el marco del desarrollo de dicho Plan Estratégico se publica el Plan de Modernización de la Formación Profesional, en el que se establecen una serie de actuaciones encaminadas a la flexibilización y accesibilidad de la formación para un sistema único de la formación profesional. Entre estas actuaciones aparece, en la línea de oferta modular complementaria y permanente desde el MEFP, que el Gobierno garantizará el acceso a toda la oferta modular mediante el Centro Integrado de Enseñanzas Regladas a Distancia dependiente del Ministerio de Educación y Formación Profesional, desde el principio de complementariedad con las administraciones autonómicas.

Visto lo establecido en el capítulo V de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en el título IV del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo, en el artículo octavo del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y en el artículo quinto del Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, dispongo:

Autorizar las enseñanzas de Formación Profesional en la modalidad a distancia en el Centro Integrado de Enseñanzas Regladas a Distancia del Centro para la Innovación y el Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD).

Madrid, 18 de noviembre de 2021.–La Ministra de Educación y Formación Profesional, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), la Secretaria General de Formación Profesional, Clara Sanz López.

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