STECyL-i se opone a las evaluaciones externas de 3º y 6º de Primaria

STECyL-i mantiene su oposición a este modelo de evaluación externa para Primaria, considera que su forzada aplicación provocará tensiones en los centros educativos de la Comunidad y pide que revisen los cuestionarios de contexto que se aplicarán al alumnado, familias y dirección de los centros.

STEs-i va a recurrir la Resolución del MECD que determina estos cuestionarios

Comunicado STECyL-i, 29 de abril de 2016.

Publicada la ORDEN EDU/345/2016, de 21 de abril, por la que se regulan las evaluaciones individualizadas de 3º y 6º de Primaria y su aplicación en Castilla y León en mayo.

         Tal y como impuso la LOMCE y su calendario de implantación, el pasado curso ya se realizó la Evaluación de 3º de Primaria. Este Curso 2015-16, a finales de mayo, el alumnado que cursa 3º habrá de someterse a las pruebas de evaluación individualizada y, además, el de 6º de Primaria, a las pruebas de Evaluación de final de etapa. STECyL-i denuncia que ni el MECD ni la Consejería Educación, pese a las numerosas objeciones que los diferentes agentes educativos y una mayoría de las fuerzas con representación parlamentaria hemos venido haciendo en relación a las pruebas de evaluación final de Primaria, han querido acordar su paralización.

         Si bien STECyL-i valora positivamente que al menos se hayan suprimido los efectos académicos de las evaluaciones individualizadas, de tercer curso y la de final de etapa, hemos de denunciar que el resultado de la evaluación individualizada de final de etapa se refleje en el expediente, historial académico y en el informe de evaluación final de la  etapa del alumno/a. Así mismo, consideramos positivo de cara a evitar la elaboración de ranking de centros que se impida el establecimiento de clasificaciones de centros con los resultados de las evaluaciones individualizadas, aunque no hay garantías de que esto llegue a cumplirse.

         A pesar de estas cesiones del MECD y la Consejería de Educación, STECyL-i rechaza y mantiene su oposición este tipo de evaluación “externas”, de manera especial la de 6º de Primaria, porque considera que con las evaluaciones preceptivas a realizar por el equipo docente que atiende a cada uno de los alumnos, con el registro de sus capacidades y logros realizados a lo largo de la etapa, con la elaboración de un informe individualizado de final de Educación Primaria en donde se recogen los objetivos y el grado de adquisición de las competencias de la etapa… etc., es más que suficiente y  que no es necesario que se atienda a otras pruebas “externas” que no aportan ninguna mejora en el Sistema Educativo.

         Así mismo STECyL-i/ STEs-i, al igual que colectivos docentes y de padres y madres, nos oponemos a la realización de esta pruebas de evaluación final de Primaria con los siguientes argumentos: se someterá a niños y niñas de apenas 12 años a una situación de estrés injusta e inútil desde la perspectiva pedagógica; estas reválidas son un mecanismo ineficaz que poco o nada tienen que ver con la calidad educativa y que en nada refuerzan la igualdad de oportunidades; están centradas en competencias instrumentales dejando a un lado la formación global de la persona; este tipo de pruebas conlleva un desprecio hacia la profesionalidad del profesorado, y con ello de los centros, ya que se minusvalora la formación y capacidad para evaluar al alumnado y detectar sus problemas y cómo abordarlos; suponen una duplicidad de funciones, muchas de ellas meramente burocráticas por parte de los tutores, con elevado número de alumnos y con el incremento de labores que, en muchos casos son más administrativas que pedagógicas y sin un valor real en los resultados.

         Además, desde STECyL-i queremos subrayar que de forma simultánea a la celebración de la evaluación final de etapa de 6º de Primaria se pasarán los cuestionarios de contexto a alumnado, familias y dirección del centro que fueron publicados por el MECD sin consenso alguno, mediante Resolución de 30 de marzo de 2016 en la que se definen los cuestionarios de contexto y los indicadores comunes de centro para la evaluación final de Educación Primaria, con el pretendido propósito de obtener información sobre las condiciones socioeconómicas y culturales de los centros para la contextualización de los resultados obtenidos; aunque, como denunciamos, varias preguntas incluidas en los cuestionarios a alumnado, familias y dirección del centro exceden de dicho propósito y pueden servir de evaluación encubierta del profesorado.

Entre algunas de las preguntas que han de responder el alumnado figura: “¿Los profesores de mi colegio son justos conmigo?”, “¿Se les da bien explicar?”, “¿Escuchan lo que tengo que decir?”, “¿Sé lo que esperan que haga?”, “¿Responden a mis preguntas con claridad?”… una serie de preguntas dirigidas a evaluar a los profesores desde la perspectiva de alumnos que no han alcanzado la madurez suficiente para responder a este tipo de cuestiones –quizá ni la propia reflexión al respecto- y, muy difícilmente, sin que puedan estar influidas por otros actores subjetivos. En el cuestionario de las familias, aparte de la ambigüedad que permite diferentes interpretaciones de algunas de las preguntas, también se utiliza para que se hagan valoraciones sobre el profesorado, el nivel de aprendizaje o lo recomendable o no del centro.

Por ello STEs-i va a recurrir está Resolución del MECD que determina estos cuestionarios, dado que no ha sido consensuada ni negociada con ningún agente social educativo en ningún ámbito y por su pretensión de evaluación encubierta al profesorado.

         Por todo ello deplora STECyL-i la negativa del actual gobierno en funciones y de la Consejería a la paralización de estas las pruebas de evaluación, que cuentan con el rechazo y objeción de gran parte de la comunidad educativa.

Federación STECyL-i, 29 de abril de 2016.

LOMCE-STOP

CEAPA contra las pruebas de evaluación o reválidas y pide que los Padres/Madres y miembros de los Consejos Escolares y Asociaciones presenten escritos a las Consejerías de Educación, Consejos Escolares, Directores

Información y normativa sobre las Evaluaciones individualizadas de 3º y 6º de Primaria, derivadas de la LOMCE.

Federación STECyL-i, 29 de abril de 2016

Las evaluaciones individualizadas de Primaria tienen carácter censal y se realizarán durante el mes de mayo a todo el alumnado que esté cursando tercero y sexto curso de educación primaria en todos los centros de Castilla y León, en fechas simultáneas aún pendientes de su determinación por  la dirección general competente (DG Política Educativa Escolar). Acaban de ser reguladas en nuestra Comunidad mediante la ORDEN EDU/345/2016, de 21 de abril por la que se regulan las evaluaciones individualizadas de tercer curso de educación primaria y de final de etapa, y su aplicación al alumnado de los centros docentes de Castilla y León en el curso escolar 2015-2016.(BOCyL, 29 de abril)

Evaluación individualizada de 3º de Primaria.

Tipos de Pruebas de evaluación individualizada de tercer curso.

Las pruebas de la evaluación individualizada de tercer curso se agruparán en dos ámbitos: Competencia en comunicación lingüística y competencia matemática:

a) La evaluación en el ámbito de la competencia en comunicación lingüística evaluará las destrezas de comprensión escrita y oral y expresión escrita en lengua castellana.

b) La evaluación en el ámbito de la competencia matemática evaluará la aplicación de destrezas de cálculo aritmético, conocimientos y razonamientos matemáticos para la resolución de problemas en contextos funcionales relacionados con la vida cotidiana.

Consecuencias. Planes derivados de las evaluaciones individualizadas de 3º.
  1. De resultar desfavorables los resultados de la evaluación individualizada de tercer curso de educación primaria, el equipo docente deberá adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias más adecuadas. Estas medidas se fijarán en planes de refuerzo y mejora de resultados colectivos o individuales que permitan solventar las dificultades, en colaboración con las familias y mediante recursos de apoyo educativo. Nota: hasta la fecha nada se sabe ni se ha negociado sobre los recursos de apoyo educativo para los centros por parte de la administración educativazo
  2. Los planes de refuerzo y mejora de resultados, elaborados por el equipo directivo, con la colaboración de los equipos docentes de nivel e internivel, tendrán en cuenta las deliberaciones y propuestas del claustro y del consejo escolar en los aspectos de su competencia. Los citados planes, que formarán parte de la programación general anual y de la memoria de fin de curso, se desarrollarán a lo largo de los cursos cuarto y quinto de la etapa.
  3. Asimismo, la consejería competente en materia de educación podrá establecer planes específicos de mejora en aquellos centros públicos cuyos resultados sean inferiores a los valores que, a tal objeto, hayan establecido. En relación con los centros concertados se estará a la normativa reguladora del concierto correspondiente.
  4. La Administración educativa prestará asesoramiento a los centros en la elaboración de los citados planes y la Inspección educativa realizará su seguimiento y evaluación.

LOMCE NO

Evaluación de final de etapa (6º de Primaria)

Las características generales de las pruebas de evaluación final de Educación Primaria, reguladas en la ORDEN EDU/345/2016, de 21 de abril son las establecidas por el MECD mediante el  Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre, por el que se regulan las características generales de las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria establecida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación..

Además este Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre en su artículo 7.5 determina que «de forma simultánea a la celebración de la evaluación final de etapa se aplicarán cuestionarios de contexto, que elaborará el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y que los resultados de las evaluaciones finales de etapa serán puestos en conocimiento de la comunidad educativa, mediante indicadores comunes para todos los centros docentes españoles, establecidos también por el MECD, lo que ha hecho recientemente, mediante la Resolución de 30 de marzo de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se definen los cuestionarios de contexto y los indicadores comunes de centro para la evaluación final de Educación Primaria, publicada en el BOE el 15 de abril de 2016. .

Tipos de Pruebas de evaluación final individualizada.
  1. De acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre… las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria se agruparán en tres ámbitos:
    1. competencia en comunicación lingüística,
    2. competencia matemática, y
    3. competencias básicas en ciencia y tecnología:

a) La evaluación en el ámbito de la competencia en comunicación lingüística se centrará en las dos destrezas que delimitan el campo de la competencia comunicativa: la comprensión y la expresión en lengua castellana. Por tanto, evaluará las destrezas de comprensión escrita y oral y expresión escrita. La evaluación de estas destrezas podrá llevarse a cabo mediante pruebas diferentes o mediante una prueba integrada que las valore.

b) La evaluación en el ámbito de la competencia matemática implicará la aplicación de conocimientos y razonamientos matemáticos para la resolución de problemas en contextos funcionales relacionados con la vida cotidiana.

c) La evaluación en el ámbito de las competencias básicas en ciencia y tecnología incluirá la evaluación de las habilidades dirigidas a generar conocimiento científico mediante la recolección de información, planteamiento de hipótesis, resolución de problemas o toma de decisiones basadas en pruebas y argumentos.

Las características generales de las pruebas de evaluación final de Educación Primaria son las establecidas en el Real Decreto 1058/2015, de 20 de noviembre.

Consecuencias.

El resultado de la evaluación individualizada de final de etapa se reflejará en el expediente, historial académico del alumno o alumna e informe de evaluación final de etapa. Aplicación y corrección de las pruebas de evaluación.

  1. En cada centro habrá una comisión de la evaluación individualizada de cada centro será la responsable del desarrollo de las pruebas.
  2. El director o directora del centro o, en su caso, titular del mismo, designará los maestros o maestras, en calidad de titulares y suplentes, encargados de la aplicación y corrección de las pruebas de evaluación individualizada en cada nivel y grupo, teniendo en cuenta que el maestro o maestra no deberá impartir docencia directa al alumnado evaluado.
Resultados e informes de las evaluaciones.
  1. El resultado global y para cada una de las competencias de las evaluaciones individualizadas se expresará en los siguientes niveles: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), o Sobresaliente (SB).
  2. Los tutores y tutoras entregarán un informe individualizado a los padres, madres o tutores legales que incluirá, como mínimo, los resultados globales del alumno o alumna en la evaluación individualizada y en las diferentes pruebas en relación con el nivel de logro de las competencias evaluadas. El informe tendrá carácter informativo y orientador para los centros, equipos docentes, padres, madres o tutores legales y alumnado y, en el caso de los alumnos y alumnas de sexto curso, también para los centros en los que vayan a cursar el siguiente curso escolar.
  3. La comisión de la evaluación individualizada elaborará un informe de centro que incluirá, como mínimo, los resultados globales y los de las diferentes pruebas en relación con el nivel de logro de las competencias evaluadas. En el caso de centros con más de una línea, el informe también presentará los resultados desagregados por cada grupo de tercer y sexto curso.
  4. El resultado de la evaluación individualizada de final de etapa se reflejará en el expediente, historial académico del alumno o alumna e informe de evaluación final de etapa.
  5. La consejería competente en materia de educación podrá hacer públicos los resultados de las evaluaciones individualizadas, sin establecer clasificaciones de centros ni identificación de datos de carácter personal y previa consideración de los factores socioeconómicos y socioculturales del contexto.

Asimismo,… serán puestos en conocimiento de la comunidad educativa, mediante los indicadores comunes para todos los centros docentes españoles, definidos por Resolución de 30 de marzo de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades. Con independencia de la difusión institucional de los resultados de las evaluaciones individualizadas, cada centro informará a sus comunidades educativas de sus resultados y la difusión de los mismos se referirá exclusivamente a los obtenidos por el centro.

Comparte:

También te podría gustar...

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.