Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo

ASPECTOS RELEVANTES DEL REAL DECRETO-LEY

El sábado 21 de abril, fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo. La aplicación de las medidas previstas corresponde a las Comunidades Autónomas.

PUNTOS A DESTACAR EN LA REFORMA

1.  Educación no universitaria

recorte_educacion1.1.  Posibilidad de modificar con carácter temporal las ratios de alumnos por aula, establecidas en la Ley Orgánica de Educación. Se permite a las Comunidades Autónomas en momentos de limitación de la tasa de reposición de efectivos (inferior al 50 por 100) aumentar en un 20 por 100 el número máximo de alumnos por clase, 25 en Primaria y 30 en Secundaria (actualmente ya se preveía un posible incremento del 10 por 100 del número máximo de alumnos).

1.2.  Aumento de la jornada lectiva semanal para el personal docente de centros públicos y privados sostenidos con fondos públicos. Se fija, como mínimo, 25 horas en educación infantil y primaria y 20 horas en las restantes enseñanzas, sin perjuicio de las situaciones de reducción de jornada contempladas actualmente.

1.3.  Sustitución de profesores. En los centros docentes públicos y privados sostenidos con fondos públicos, el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de los profesores titulares, se producirá únicamente cuando hayan transcurrido 10 días lectivos desde la situación que da origen a dicho nombramiento. El período de 10 días lectivos previo al nombramiento de funcionario interino deberá cubrirse con los recursos del propio centro docente.

1.4.  Se aplaza para el curso 2014-2015 la implantación de Ciclos Formativos de 2.000 horas, para Grado Medio y Superior, cuya implantación estuviera prevista para el curso escolar 2012-2013.

1.5.  Se elimina la obligación de ofertar, al menos, dos modalidades de Bachillerato en los términos previstos en el artículo 34.1 de la Ley Orgánica de Educación.

2.  Enseñanza universitaria

2.1.  Régimen de dedicación del profesorado de las Universidades públicas a la actividad docente. Esta dedicación podrá variar en función de la actividad investigadora, dedicando la parte de la jornada necesaria para impartir en cada curso un total de 16 o 36 créditos ECTS, dependiendo de la situación en la que se encuentren.

2.2.  Se trata de acercar los precios públicos de los servicios académicos de las Universidades a su coste real, así el coste de la primera matrícula cubrirá entre el 15 y el 25 por 100 del coste real en los títulos de Grado y Másteres habilitantes para el ejercicio de una profesión. En segunda matrícula cubrirá entre el 30 y el 40 por 100 del coste real. En tercera matrícula entre el 65 y el 75 por 100. En cuarta matrícula entre el 90 y el 100 por 100. Para el resto de Másters, la primera matrícula cubrirá entre el 40 y el 50 por 100 del coste real, y a partir de la segunda matrícula, entre el 65 y el 75 por 100.

2.3.  Titulaciones de grado. Exigencia de un número mínimo de alumnos, se trata de actuar sobre la dimensión mínima de una oferta «viable», es decir, sobre el número mínimo de alumnos que ha de tener una titulación. Este criterio lo fijarán las Comunidades Autónomas.

2.4.  Becas y ayudas al estudio. Serán los Presupuestos Generales del Estado los que financien la cantidad que corresponda al límite inferior de la horquilla establecida para el precio público de cada enseñanza. Las Comunidades Autónomas financiarán íntegramente con cargo a sus presupuestos la diferencia entre el precio público que fijen y el límite mínimo que corresponda a cada enseñanza.


MODIFICACIONES NORMATIVAS

Modifica: Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades [Arts. 7.2, 8.2, 30 bis, 68 y 81].

Comparte:

También te podría gustar...

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.