45 Premios a los Mejores Planes de Lectura de Centro 20-21

Centros docentes que han obtenido los «Premios a los Mejores Planes de Lectura de Centro» correspondientes al curso escolar 2020-2021

Premios-Planes-Lectura-20-21

Mediante Orden EDU/388/2016, de 6 de mayo, modificada por Orden EDU/55/2017, de 2 de febrero (B.O.C. y L. n.º 93, de 17 de mayo y n.º 30, de 14 de febrero, respectivamente) se regulan los «Premios a los Mejores Planes de Lectura de Centro», con la finalidad de reconocer a aquellos que destaquen por su calidad, creatividad, interés o aplicabilidad en el aula.

Por Orden EDU/697/2021, de 31 de mayo, (B.O.C. y L. n.º 111, de 10 de junio) se determina el número, la cuantía global máxima y la asignación económica de los «Premios a los Mejores Planes de Lectura de Centro», correspondientes al curso escolar 2020-2021, fijándose un total de 45 premios, distribuidos entre las provincias de la Comunidad de Castilla y León y para cada modalidad, con una asignación económica máxima para cada uno de ellos de mil euros, cuyo destino será la mejora de la biblioteca escolar del centro premiado.

De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Orden EDU/388/2016, de 6 de mayo, a propuesta motivada de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, y visto el informe de las comisiones provinciales de coordinación,

RESUELVO

Conceder los «Premios a los Mejores Planes de Lectura de Centro», correspondientes al curso escolar 2020-2021, a los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el Anexo, de acuerdo con el número de premios asignados a cada provincia y para cada modalidad, otorgándoles la cantidad de mil euros (1.000 €) a cada uno.

A los centros premiados se le otorgará un diploma y se procederá a la publicación de su plan de lectura de centro dentro del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa.jcyl.es).

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Ambos plazos se contarán desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 20 de agosto de 2021.

La Consejera,
Fdo.: Rocío Lucas Navas

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