Profesorado interino: mismo trabajo, mismos derechos

Es el momento de cambiar las reglas. El actual sistema de acceso a la función pública docente ha demostrado ser injusto, obsoleto y desconectado de la realidad de los centros educativos. Durante años, miles de docentes interinos han sostenido el sistema educativo con profesionalidad, experiencia y compromiso, sin que se les haya reconocido adecuadamente.

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Defendemos un nuevo modelo de acceso, basado en el acceso diferenciado, que sitúe la experiencia docente en el centro y elimine las barreras injustas de las pruebas eliminatorias. Es imprescindible avanzar hacia una estabilización real del profesorado interino, desvinculada del actual sistema de oposición, que no responde ni a la realidad del trabajo docente ni a la necesidad de consolidar plantillas.

No hablamos solo de acceso, hablamos de justicia, estabilidad y calidad educativa. Porque sin estabilidad no hay proyecto educativo, y sin reconocimiento no hay dignidad profesional.

Decálogo por un nuevo sistema de acceso y la estabilidad del profesorado

  1. Acceso diferenciado para el profesorado interino: Un modelo de ingreso específico que reconozca la experiencia acumulada y otro que permita a las personas con menos experiencia acceder a la función pública.
  2. Estabilización desvinculada de la oposición: Procesos extraordinarios de consolidación basados en méritos, no en pruebas memorísticas.
  3. Listas de interinidad estables e independientes: Ordenadas por tiempo de servicio y méritos, sin que sea obligatorio pasar por el concurso oposición
  4. Fin de la precariedad y garantía de estabilidad: Compromiso de continuidad para el personal interino hasta su acceso definitivo.
  5. Igualdad real de derechos laborales: Equiparación total con el personal funcionario: permisos, retribuciones, formación y condiciones laborales.
  6. Acceso transparente y objetivo: Tribunales por sorteo, control público y garantías en todo el proceso selectivo.
  7. Convocatoria de todas las plazas existentes: Eliminación de la tasa de reposición y planificación real de las necesidades del sistema.
  8. Eliminación de cualquier tipo de discriminación entre el personal interino y el personal funcionario de carrera por maternidad, paternidad y reducción de jornada por cuidado de hijos e hijas.
  9. Derechos garantizados durante permisos de maternidad y paternidad: Contrato y alta en la SS de las mujeres interinas que estén de permiso por maternidad cuando les corresponda una vacante o sustitución, sin renunciar al permiso, así como el reconocimiento de todos los derechos administrativos. Igual tratamiento se dará al personal interino que disfrute de permiso paternal.
  10. Reserva de la plaza adjudicada en caso de incapacidad transitoria el día de la incorporación hasta el alta.
  11. Derecho a permisos no retribuidos de carácter voluntario, sin pérdida del puesto de trabajo o del lugar de la lista de espera correspondiente, en las mismas condiciones que el funcionariado de carrera.

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