Borrador de la convocatoria para el proceso de estabilización del profesorado interino y propuesta de plazas

Sistema excepcional de ingreso en los cuerpos docentes por CONCURSO DE MÉRITOS
Plazas convocadas en centros docentes del ámbito de la Comunidad de Castilla y León

  • Turno 1: Sistema de ingreso libre
  • Turno 2: Reserva de personas con discapacidad reconocida

Estabilizacion-Concurso-Meritos-Plazas-AnexoII

  • Celebrada la Mesa Sectorial de Educación los días 8 y 10 de noviembre la Administración entrega el borrador de la convocatoria aceptando algunas modificaciones

La Consejería ha presentado en la Mesa Sectorial de Educación un asunto que hay que resolver por imperativo legal: cerrar la convocatoria del procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso en los Cuerpos de Secundaria, Enseñanzas Medias y Maestros/as mediante concurso de méritos.

poner en marcha de forma simultánea y coordinada esta convocatoria.

Las 13 Comunidades que estuvieron presentes en la Conferencia de Educación de 2 de noviembre de 2022 acordaron realizar de forma simultánea y coordinada esta convocatoria y realizar el proceso a través de la solicitud de participación en las diferentes plataformas. En Castilla y León en Tramita: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/es/sede-electronica.html

  • Las personas aspirantes podrán solicitar otras plazas de la especialidad por la que participa que hayan sido convocadas por el resto de Comunidades Autónomas que se relacionarán en el Anexo I-Comunidades
  • La distribución por cuerpos, especialidades y turnos de ingreso se publicarán en el ANEXO II
  • Hay 10% para participantes con discapacidad (57 de las 561).
  • El plazo coincide en todas las CCAA de 21 de noviembre a 21 de diciembre.
  • Solicitud completamente informática. No se permite nada presencial. Es necesario certificado o DNI electrónico y se utiliza Clave. La presentación es únicamente electrónica.
  • Importante: no es necesario acreditar los servicios prestados en CyL, ni los procesos selectivos aprobados en CyL, ni la formación que esté en el Registro de formación.
  • Se pone en marcha por primera vez el sistema REDOA (Repositorio de Documentación acreditada), donde se alojarán los méritos en formato pdf de modo que no se tengan que volver a subir en próximos procesos. Sirve para los méritos que no son incorporados de oficio.
  • Cada participante presentará una única solicitud por cada especialidad en la que participe. Tendrá que presentar solicitudes separadas en el caso de que opte por distintas especialidades.
  • Se presenta en la CCAA en la que participe en primera opción, aunque puede pedir plazas de otras CCAA en esa misma única solicitud.
  • Se puede presentar cualquier persona, sea o no interino.

Desde el 21 de noviembre

  • Si se asume el acuerdo de las Comunidades Autónomas el plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el 21 de noviembre y el 21 de diciembre, ambos inclusive.
  • La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante, perdiendo cualquier derecho de participación en los procedimientos selectivos.
  • Según ese mismo acuerdo las personas aspirantes deberán abonar un importe «equivalente» a las tasas por derechos de examen y deberán acreditar la posesión de la titulación específica exigida para el ingreso en el cuerpo docente por el que participa en este procedimiento selectivo.
  • Los méritos alegados deberán estar actualizados en el día en que concluya el plazo de presentación de solicitudes.
  • Se valorarán con hasta un máximo de 15 puntos los méritos. Los relacionados con la experiencia docente previa (hasta siete puntos), formación académica (hasta 3),  otros méritos (hasta 5 puntos). Aquí se incluyen superación de la fase de oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta (2,5 por procedimiento convocado desde 2012 sin poder sumar más de dos) y cursos de formación permanente realizados (un máximo de 2).
  • Las personas que superen este procedimiento selectivo no tendrán que realizar una fase de prácticas.
  • La fecha de efectos de nombramiento como personal funcionario de carrera de este concurso, será el día 1 de septiembre del curso académico siguiente a aquel en que haya finalizado el procedimiento selectivo convocado.

El baremo se regula en el RD 270/2022

  • Hasta 7 puntos. Experiencia docente previa.
    La experiencia pesará hasta 7 de los 15 puntos que, como máximo, se podrán sumar en el concurso extraordinario de méritos.
    La experiencia en centros públicos se valorará por cada año en la misma especialidad del Cuerpo al que se opte se concederán 0,7 y la mitad  (0,35) por el tiempo en otras especialidades del mismo cuerpo. En especialidades de otros cuerpos serán 0,125 puntos  por año.
  • Hasta 3 puntos. Formación académica.
    Se tendrá en cuenta el expediente académico del título alegado siempre que, con carácter general, se corresponda con el nivel de titulación exigido para ingreso en el Cuerpo al que se opte. El título de doctor pesará un punto, como tener otras titulaciones de primer o segundo ciclo.
    Los certificados de conocimientos avanzados (C1 o C2) de una lengua extranjera expedidos por entidades acreditadas pesará medio punto por cada uno.
  • Hasta 5 puntos. Oposiciones previas y formación permanente.
    En el apartado de otros méritos se ponderará la superación de la fase de oposición de la misma especialidad del Cuerpo a la que se opta con 2,5 puntos (hasta un máximo de dos procedimientos convocados desde 2012 aprobados).
    No más de dos puntos se podrán sumar por cursos de formación permanente y perfeccionamiento relacionados con la especialidad, organización escolar…

Cambios que se realizan en el borrador:

  • En el artículo primero “objeto de la orden ” se elimina la última línea “para la estabilización de empleo temporal de larga duración”
  • En el artículo segundo se elimina el punto 3 “normativa de aplicación”
  • En el artículo tercero en el punto 2.4.c se mantiene la fecha de 1 de septiembre de 2014 ya que viene determinada por las órdenes que se mencionan previamente.
  • Respecto a órganos de selección artículo sexto en el punto 2. sobre la composición de los órganos de selección la Consejería determinará a los presidentes pero introducen como nuevo que losmiembros serán por sorteo y solo con los de la provincia para hacer el menor perjuicio.
  • En ese mismo artículo sexto, en lo referido a las comisiones de baremación se contempla la inclusión de las OOSS.
  • En el artículo octavo, en el punto 6 sobre la publicidad de los aspirantes seleccionados, la competente en la materia es la Consejera y no la directora de RRHH.
  • Contra la resolución cabe recurso de reposición o contencioso administrativo
  • Punto 8.8. se redacta entero de nuevo. La novedad es que si el proceso acaba antes del 1 de septiembre de 2023 tienen que incorporarse a su plaza haciendo una solicitud a través delproceso que se decida (aún por determinar). Si el proceso no ha acabado antes de dicha fecha, el personal interino tendrá que ir a los AIVI/AISIs y se incorporan el 1 de septiembre de 2024.

Estabilizacion-Concurso-Meritos

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1 respuesta

  1. Mario Alberto Parrilla Pérez dice:

    Hola.
    me gustaría saber donde van los puntos de master u otras carreras para el proceso de estabilización.
    Un saludo y gracias.
    Mario,

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