Adjudicación de Destinos. Concursillo. Cuerpo de Maestros. Curso 17-18.
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- Publicados la adjudicación definitiva de destinos (pestaña 12).
- Publicados los listados definitivos vacantes (pestaña 11).
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PUBLICACIÓN |
DISPONIBILIDAD | FECHA PUBLICACIÓN |
OBSERVACIONES |
1.Convocatoria Orden EDU/902/2017 | Publicado | BOCyL 25-10-17 | Plazo presentación: Del 26 de octubre al 13 de noviembre de 2017 (ambos incluidos) |
2.Baremo Provisional Participantes | Publicado | EducaCyL 31-01-18 | Plazo del 1 al 7 febrero 2018 |
4.Baremo Definitivo Participantes | Publicado | EducaCyL 26-02-18 | Publicación a las 13h |
3.Plantillas y Vacantes Provisionales | Publicado | EducaCyL 23-02-18 | Se pueden hacer alegaciones |
5.Adjudicación Provisional del Concurso | Publicado | EducaCyL 06-03-18 | Plazo para la presentación de alegaciones y renuncias: Del 7 al 14 de marzo de 2018 (ambos incluidos) |
6.Plantillas y Vacantes Definitivas | Publicado | EducaCyL 18-04-18 | — |
7.Adjudicación definitiva del Concurso | Publicado | Recurso de Reposición o Contencioso. | |
8Concursillo. Convocatoria | Publicado | EducaCyL 30-05-18 |
Plazo de presentación de solicitudes: del 31 de mayo al 11 de junio
de 2018 (ambos incluidos)
|
9.Concursillo. Participantes Provisional | Publicado | EducaCyL 11-07-18 | Alegaciones y/o subsanaciones:del 12 al 16 de julio (ambos incluidos) |
10.Concursillo. Participantes Definitivo | Publicado | EducaCyL 09-08-18 | — |
11.Concursillo. Vacantes Definitiva | Publicado | EducaCyL 21-08-18 | Petición – desde las 08:00h del día 22 hasta las 20:00h del día 23 de agosto de 2018 |
12.Concursillo. Adjudicación Definitiva | Publicado | EducaCyL 24-08-18 | — |
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DOCUMENTOS ACLARATORIOS
- Adjudicación de Oficio
- Anexos y Listados
- Baremación Simplificada
- Derechos Preferentes
- Méritos y Documentación Justificativa
- Modalidades de Participación
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«Concursillo» Provisión de Puestos para su Ocupación Temporal por F. de Carrera. Curso 2018 / 2019. Adjudicación de Destinos
Resolución de 24 de agosto de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos (174.5 KB)(3 páginas) , de la Consejería de Educación, por la que se resuelve la adjudicación de los destinos que han correspondido a los funcionarios de carrera del cuerpo de maestros, que participaron en el procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, para el curso escolar 2018/2019.
- Anexo I: Adjudicaciones (217 KB) (20 páginas)
- Anexo II: Vacantes retiradas del proceso (130.1 KB) (1 página) (al haberse producido un error en su definición, o por no estar previsto su funcionamiento en la planificación educativa)
- Anexo III: Listado de Resultas no incorporadas al proceso (156.9 KB) (25 páginas) (derivadas de la no obtención de destino por los titulares de los puestos que las generan, o por los desistimientos del anexo IV)
- Anexo IV: Listado de participantes que han desistido de su participación (140.1 KB) (6 páginas)
- Listado Alfabético de Participantes y Adjudicaciones (278.9 KB) (33 páginas)
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Concursillo. Maestros. Relación de vacantes publicadas el 21 de agosto de 2018, a las 14:00 horas
Resolución de 21 de agosto de 2018 (141.1 KB) (2 páginas), de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, por la que se aprueba la relación de vacantes y posibles resultas del cuerpo de maestros derivadas del procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, para el curso escolar 2018/2019.
Anexo que acompaña a la Resolución:
Concursillo 2018 Maestros – Vacantes Anexo (734.4 KB) (178 páginas)
Plazo de peticiones de vacantes:
El plazo para que los aspirantes realicen las peticiones de vacantes a través de la aplicación informática es el siguiente:
– desde las 08:00 horas del día 22 de agosto de 2018
– hasta las 20:00 horas del día 23 de agosto de 2018
[/vc_column_text][/vc_tab][vc_tab title=»10. Concursillo Listado Definitivo» tab_id=»1533824143912-13-4″][vc_column_text]
La Resolución de 9 de agosto de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos (23.1 KB) (2 páginas) de la Consejería de Educación, por la que se aprueban los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, por funcionarios de carrera de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación, convocado por la Resolución 22 de mayo de 2018, de la citada Dirección General
No hay periodo de reclamaciones. Contra esta resolución se podrá interponer recurso de reposición (un mes) ante el Director General de Recursos Humanos o recurso contencioso-administrativo (dos meses) ante el Juzgado.
Anexos que acompañan a la Resolución:
- Anexo_I_Admitidos_ConcursilloMaestros (172.9 KB) (12 páginas)
- Anexo_III_Excluidos_ConcursilloMaestros (139.9 KB) (4 páginas)
- Anexo_IIIbis_Excluidos_ConcursilloMaestros (32.2 KB) (1 página)
- Anexo_V_Alegaciones_ConcursilloMaestros (108.1 KB) (1 página)
[/vc_column_text][/vc_tab][vc_tab title=»9.- Concursillo Listado Provisional» tab_id=»1508923239535-8-2″][vc_column_text]
Listado Provisional de Participantes
«Concursillo» Provisión de Puestos para su Ocupación Temporal por F. de Carrera. Curso 2018 / 2019.
Publicado el 11 de julio de 2018, a las 13:00 h.
La Resolución de 11 de julio de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos (24.8 KB) (2 páginas) aprueba las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, por funcionarios de carrera de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación, convocado por la Resolución 22 de mayo de 2018.
Plazo de presentación de alegaciones y subsanaciones:
Del 12 al 16 de julio de 2018 (ambos incluidos)
Los aspirantes podrán efectuar alegaciones, desistir de la solicitud o subsanar el defecto que motivó la omisión o exclusión, utilizando el siguiente modelo Formulario de incorporación de datos (231.9 KB) (1 página) , que podrá ser presentado preferentemente en el registro de la Consejería de Educación.
Anexos que acompañan a la Resolución:
- Listados provisionales de aspirantes admitidos:
- Listados provisionales de aspirantes excluidos:
[/vc_column_text][/vc_tab][vc_tab title=»8. Concursillo Convocatoria» tab_id=»1527672287160-13-5″][vc_column_text]
RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se convoca, para el curso escolar 2018/2019, procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, por funcionarios de carrera de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación.
Solicitudes de participación y documentación (Apartado Tercero de la convocatoria):
- La cumplimentación deberá efectuarse, obligatoriamente a través de la siguiente aplicación informática:
La aplicación informática para cumplimentar la solicitud estará disponible desde las 9:00 horas del día 31 de mayo hasta las 14:00 del día 11 de junio de 2018.
- O a través de la aplicación informática disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León:
Se recomienda la lectura de los siguientes ficheros antes de proceder a la cumplimentación de la solicidutd:
- Guía rápida para cumplimentar la solicitud en la aplicación (733.6 KB) (19 páginas)
- Guía rápida para la presentación electrónica_Registro_Electronico (1.7 MB) (13 páginas)
- Preguntas frecuentes (621 KB) (12 páginas)
El apartado 2.5 del Acuerdo de 19 de mayo de 2006, de mejora de las condiciones laborales y profesionales del personal docente de centros públicos de enseñanzas escolares de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, publicado por Orden EDU/862/2006, de 23 de mayo, recoge el compromiso de la Consejería de Educación, previa negociación con las organizaciones sindicales, de regular un procedimiento autonómico objetivo de provisión de puestos con carácter temporal para los funcionarios de carrera de los diferentes cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias con el propósito de conciliar la vida personal, familiar y laboral.
El proceso se estructurará en dos fases, con dos plazos diferenciados, siendo la primera la presentación de solicitudes de participación, y la segunda la relativa a la petición de vacantes concretas y posibles resultas.
De conformidad con la Orden EDU/106/2016, de 19 de febrero, por la que se regula la obligatoriedad de cumplimentar y presentar mediante aplicativo informático la solicitud de participación en determinados procesos de selección y provisión de puestos de trabajo docentes en los centros públicos no universitarios y servicios de apoyo a los mismos dependientes de la consejería competente en materia de educación, este proceso incluye la obligatoriedad de cumplimentar la solicitud a través de una aplicación informática acorde con el impulso del empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos.
En la presente convocatoria, tras el transcurso del período transitorio establecido en el apartado b) de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, los puestos de formación profesional básica no se podrán cubrir con funcionarios del cuerpo de maestros.
En consecuencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto 45/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación.
RESUELVO
Primero.– Objeto.
1. El objeto de la presente resolución es convocar, para el curso escolar 2018/2019, procedimiento autonómico de provisión de puestos para su ocupación temporal, en comisión de servicios, por funcionarios de carrera de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación.
2. Este proceso se ordenará en dos fases, definidas por la presentación de la solicitud de participación y por la petición de las plazas vacantes y, en su caso, resultas que se oferten. Estas fases se realizarán en los diferentes plazos indicados en los apartados tercero.10 y quinto.1, respectivamente.
Segundo.– Requisitos de participación.
1. Podrán participar en esta convocatoria los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes de enseñanzas no universitarias dependientes de la Consejería de Educación que cumplan los siguientes requisitos:
- a) Pertenecer a uno de los siguientes cuerpos:
-
- 1.º Catedráticos de enseñanza secundaria (cuerpo 0511).
- 2.º Profesores de enseñanza secundaria (cuerpo 0590).
- 3.º Profesores técnicos de formación profesional (cuerpo 0591).
- 4.º Catedráticos de escuelas oficiales de idiomas (cuerpo 0512).
- 5.º Profesores de escuelas oficiales de idiomas (cuerpo 0592).
- 6.º Profesores de música y artes escénicas (cuerpo 0594).
- 7.º Catedráticos de artes plásticas y diseño (cuerpo 0513).
- 8.º Profesores de artes plásticas y diseño (cuerpo 0595).
- 9.º Maestros de taller de artes plásticas y diseño (cuerpo 0596).
- 10.º Maestros (cuerpo 0597).
- b) Encontrarse en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares en el cuerpo desde el que se participa en el presente procedimiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 2.
- c) Acreditar a 31 de agosto de 2018 la prestación de servicios efectivos como funcionario de carrera durante, al menos, los dos cursos inmediatamente anteriores a esa fecha, en el cuerpo desde el que se participa. A estos efectos, el tiempo de permanencia en la situación de excedencia por cuidado de familiares, regulada en el artículo 92 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, tendrá la consideración de servicios efectivos prestados en el correspondiente cuerpo.
- d) Poseer los requisitos de habilitación o especialización y, en su caso, de acreditación, necesarios para el desempeño de los puestos solicitados.
- Cuando los puestos requieran acreditación de la competencia lingüística además de poseer la habilitación o ser titular de la especialidad correspondiente, deberá haberse obtenido la acreditación de la competencia lingüística en el oportuno idioma de la forma siguiente:
-
- 1.º En el caso del cuerpo de maestros, en aplicación de las siguientes convocatorias:
1.º 1. Resoluciones de 14 de noviembre de 2011, de 29 de octubre de 2012, de 7 de noviembre de 2013, de 27 de octubre de 2014, de 16 de octubre de 2015, de 24 de octubre de 2016 y de 27 de octubre de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos (Boletines Oficiales de Castilla y León de 16 de noviembre de 2011, de 8 de noviembre de 2012, de 15 de noviembre de 2013, de 5 de noviembre de 2014, de 27 de octubre de 2015, de 3 noviembre de 2016 y de 7 de noviembre de 2017, respectivamente).
1.º 2. Órdenes de 11 de julio de 2012 y de 25 de junio de 2013, de la Consejería de Educación, por las que se resuelven la primera y segunda fase, respectivamente, del procedimiento extraordinario de la acreditación de la competencia lingüística en lengua inglesa, para impartir áreas no lingüísticas en educación primaria en los programas de educación bilingüe de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/344/2012, de 18 de mayo.
1.º 3. Orden de 25 de junio de 2013, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve el procedimiento extraordinario para la obtención de la acreditación de la competencia lingüística en lengua francesa, para impartir áreas no lingüísticas en educación primaria en los programas de educación bilingüe de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/693/2012, de 23 de agosto.
1.º 4. Orden de 1 de octubre de 2013, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve la convocatoria de las pruebas extraordinarias para la obtención de la acreditación de la competencia lingüística en lengua inglesa y en lengua francesa, para impartir áreas no lingüísticas en educación primaria en los programas de educación bilingüe en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, convocadas por la Orden EDU/673/2013, de 14 de agosto.
1.º 5. Orden de 29 de septiembre de 2014, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve la convocatoria de las pruebas extraordinarias para la obtención de la acreditación de la competencia lingüística en lengua inglesa y en lengua francesa, para impartir áreas no lingüísticas en Educación Primaria en los programas de educación bilingüe de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, convocada por la Orden EDU/76/2014, de 5 de febrero.
-
- 2.º En el caso del resto de cuerpos, en aplicación de las Resoluciones de 23 de octubre de 2009, de 11 de noviembre de 2010, de 14 de noviembre de 2011, de 29 de octubre de 2012, de 7 de noviembre de 2013, de 27 de octubre de 2014, de 16 de octubre de 2015, de 24 de octubre de 2016 y de 27 de octubre de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos, y la Orden EDU/246/2018, de 2 de marzo por la que se convocan procedimientos selectivos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas, profesores de artes plásticas y diseño y maestros de taller de artes plásticas y diseño, así como procedimiento de baremación para la constitución de listas de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en los mencionados cuerpos y acreditación de la competencia lingüística en lenguas extranjeras (Boletines Oficiales de Castilla y León de 3 de noviembre de 2009, de 24 de noviembre de 2010, de 16 de noviembre de 2011, de 8 de noviembre de 2012, de 15 de noviembre de 2013, de 5 de noviembre de 2014, 27 de octubre de 2015, de 3 noviembre de 2016, de 7 de noviembre de 2017 y 7 de marzo de 2018, respectivamente).
- e) No estar incurso en la tramitación de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave, o cumpliendo sanción con motivo de los mismos, ni haber sido sancionado por falta grave o muy grave en los últimos seis años.
- f) Haber participado en el concurso de traslados convocado por la Orden EDU/902/2017, de 17 de octubre, para el cuerpo de maestros, o en el convocado por la Orden EDU/903/2017, de 17 de octubre, para el resto de cuerpos (Boletín Oficial de Castilla y León de 25 de octubre de 2018), debiéndose dar además los siguientes supuestos:
-
- 1.º No haber sido excluido del citado concurso.
- 2.º No haber presentado desistimiento a su participación.
- 3.º No haber obtenido destino definitivo como consecuencia de su resolución.
- 4.º No obtener, en su caso, cambio de provincia.
- g) No desempeñar el cargo de director durante el curso escolar 2018/2019.
- h) No haber obtenido una comisión de servicios para el curso 2018/2019 a través de un procedimiento distinto al establecido en la presente resolución.
- i) No haber obtenido una licencia por estudios de carácter anual para el curso escolar 2018/2019.
- j) No disfrutar del quinto año del permiso parcialmente retribuido en el curso académico 2018/2019.
2. A los efectos previstos en las letras b), c) y f) del punto 1, no se considerará cambio de cuerpo la integración de los funcionarios de los cuerpos de profesores en los correspondientes cuerpos de catedráticos.
3. No podrán participar en el presente procedimiento los funcionarios dependientes de otras Administraciones educativas que presten servicios temporalmente, en régimen de comisión de servicios, en centros dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León.
4. Todos los requisitos señalados en el punto 1, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta su nombramiento, salvo lo indicado en la letra b) respecto de la excedencia por cuidado de familiares que estará condicionada al reingreso al servicio activo con la fecha límite de 31 de agosto de 2018, la letra c) relativa a la acreditación de la prestación de servicios efectivos como funcionarios a 31 de agosto de 2018, y en las letras g), h), i) y j) que se entenderán cumplidos con el inicio del curso 2018/2019.
Tercero.– Solicitudes de participación y documentación.
1. Conforme a lo dispuesto en la Orden EDU/106/2016, de 19 de febrero, por la que se regula la obligatoriedad de cumplimentar y presentar mediante aplicativo informático la solicitud de participación en determinados procesos de selección y provisión de puestos de trabajo docentes en los centros públicos no universitarios y servicios de apoyo a los mismos dependientes de la Consejería competente en materia de educación, quienes deseen participar en esta convocatoria deberán presentar una única solicitud que figura como Anexo I en el caso de participar desde el cuerpo de maestros, o como Anexo II en el supuesto de participar desde otros cuerpos, cuya cumplimentación obligatoriamente deberá efectuarse a través de la aplicación informática disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
No obstante, para la obtención de destino, deberán realizar posteriormente la petición de vacantes conforme se indica en el apartado sexto.
2. La solicitud generada por la aplicación informática se dirigirá al Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y podrá presentarse, en su caso, junto con la documentación indicada en el punto 8, por uno de los siguientes medios:
- a) De manera presencial. En el registro de la Consejería de Educación, ubicado en la Avenida de Monasterio de Ntra. Sra. de Prado, s/n, Valladolid 47014, en los registros de las direcciones provinciales de educación o en cualquiera de los registros y demás lugares a que se refiere el artículo el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- El participante deberá imprimir y firmar la solicitud al objeto de ser presentada en los lugares antes indicados, siendo válidos como resguardo acreditativo de la presentación, una copia sellada de la solicitud o el justificante de presentación expedido por la oficina de registro.
- Si, en uso de este derecho, la solicitud y, en su caso, la documentación a aportar, fuera remitida a través de una oficina de correos, será necesaria su presentación en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el empleado de correos antes de que se proceda a su certificación.
- b) De forma electrónica. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.
- Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la web de la Junta de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.
- Los interesados que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto, en su caso, con la documentación correspondiente, que se digitalizará y aportará como archivo anexo a la solicitud, a través del registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León sin perjuicio de la posibilidad de requerir al particular la exhibición del documento o información original.
- El registro electrónico emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación consistente en una copia auténtica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de la documentación que, en su caso, acompañe a la misma.
- Esta copia está configurada de forma que puede ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.
3. La solicitud incluirá la declaración responsable de reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, de ser ciertos todos los datos consignados en ella así como de conocer que la inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato o documento conllevará la pérdida de todos los derechos derivados de este proceso, con independencia de las responsabilidades a que hubiera lugar, conforme dispone el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. En el supuesto de presentarse más de una solicitud, prevalecerá la solicitud presentada en último lugar, conforme a la fecha y hora que conste en el correspondiente registro.
5. La cumplimentación informática de la solicitud no sustituye la obligatoriedad de la presentación de la misma en las formas indicadas en el punto 2.
6. De conformidad con la Orden EDU/1044/2016, de 12 de diciembre, relativa al uso del correo electrónico «@educa.jcyl.es» como medio de comunicación en el ámbito de la educación no universitaria, al cumplimentar la solicitud en la aplicación informática únicamente se admitirá este correo asociado a la cuenta de usuario del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León, al ser necesario para el acceso privado a la aplicación informática de petición de vacantes a través del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
Asimismo, la citada dirección de correo electrónico servirá para recibir información de utilidad relacionada con los actos derivados de este proceso y en especial con la fecha de petición de vacantes indicada en el apartado sexto.
7. No se tendrá en cuenta ninguna solicitud que no esté cumplimentada a través de la citada aplicación y, en consecuencia, cuando la presentación se efectúe de manera presencial no se admitirán enmiendas, tachaduras ni modificaciones manuales de los datos informáticos que aquélla contenga, aunque se lleven a cabo dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la página de inicio de la aplicación se podrá consultar y descargar un manual de usuario en el que se explican los pasos a seguir para cumplimentar la solicitud.
8. Conforme a lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la Consejería de Educación recabará de manera electrónica los datos relativos a la identidad del participante salvo oposición expresa manifestada en la solicitud en cuyo caso deberá aportar copia del documento nacional de identidad.
9. Los solicitantes consignarán al menos una de las especialidades de las que sean titulares o, en el caso de maestros, de las que estén habilitados, por orden de preferencia y conforme a los códigos facilitados por la aplicación informática.
El número máximo de especialidades que los participantes pueden consignar será de diez en el cuerpo de maestros y de cuatro en el de otros cuerpos.
Dichas especialidades se tendrán en cuenta en los casos de solicitar la continuidad en el puesto indicada en el apartado sexto.7.
10. El plazo de presentación de solicitudes será del 31 de mayo al 11 de junio de 2018.
La aplicación para cumplimentar la solicitud estará disponible desde las 9:00 horas del día 31 de mayo hasta las 14:00 horas del día 11 de junio de 2018.
11. Cualquier dato omitido, incompleto o consignado erróneamente por el interesado y que afecte a la adjudicación, no podrá ser invocado por éste a efectos de futuras reclamaciones ni considerar, por tal motivo, lesionados sus intereses y derechos.
12. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna solicitud, ni se podrá efectuar modificación alguna de la misma.
13. Hasta el momento de la finalización del plazo de petición de vacantes quienes hayan presentado solicitud podrán desistir del proceso, bastando para ello con no realizar ninguna petición de vacantes en la aplicación informática.
Si finalizado el mencionado plazo se hubiese realizado alguna petición en la citada aplicación, se entenderá que participa en este proceso pudiendo serle adjudicado un destino.
Cuarto.– Listados de admitidos y excluidos.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos dictará la resolución por la que se apruebe el listado provisional de admitidos con indicación de su destino definitivo o provisional, puntuación y especialidades solicitadas, así como la lista de excluidos con mención expresa de los motivos de exclusión. En dichos listados se incluirán el nombre, apellidos y los cuatro últimos dígitos del DNI de los participantes.
La citada resolución establecerá el correspondiente plazo para que los aspirantes puedan efectuar alegaciones, desistir de la solicitud o subsanar el defecto que motivó la omisión o exclusión, utilizando el modelo disponible en el Portal de Educación denominado «Formulario de incorporación de datos o documentos y de subsanación», dirigido al Director General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación (Avenida Nuestra Señora de Prado s/n, 47014 Valladolid), que podrá ser presentado preferentemente en el registro de la Consejería de Educación o en las demás dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. Analizada la documentación presentada, la Dirección General de Recursos Humanos dictará la correspondiente resolución aprobando los listados definitivos de admitidos y excluidos, que incluirán la misma referencia de datos que en la resolución provisional, junto con los desistimientos por no subsanar en plazo el cumplimiento de los requisitos requeridos o a la solicitud así como la contestación a las alegaciones presentadas.
Contra dicha resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Director General de Recursos Humanos en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación.
3. Las resoluciones indicadas en los puntos 1 y 2 se publicarán en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad, en la misma fecha, en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
Asimismo, con el objeto de dar la mayor publicidad, el contenido de los listados antes citados podrán ser consultados en el servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León 983 327 850).
Quinto.– Vacantes.
1. En esta convocatoria se ofertarán los puestos vacantes así como los que resulten del presente procedimiento, cuya cobertura se considere necesaria, de acuerdo con la planificación educativa existente, para el curso 2018/2019, en el momento de su publicación de acuerdo con la organización de grupos, horarios, ciclos y actividades educativas que se programen en los centros públicos educativos.
La relación de vacantes así como de las posibles resultas derivadas de los participantes que hubieran presentado la solicitud indicada en el apartado tercero, se determinará de manera separada, para el cuerpo de maestros y para el resto de cuerpos docentes, en la segunda quincena del mes de agosto de 2018, mediante sendas resoluciones de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, que se publicarán en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación y, en la misma fecha, serán objeto de publicidad en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), estableciendo el correspondiente plazo, no inferior a 36 horas, para efectuar las correspondientes peticiones conforme se indica en el apartado sexto.
No obstante y con carácter previo a dicha publicación, el 17 de agosto de 2018 se anunciarán en los lugares antes indicados la fecha exacta en la que va a realizarse la misma.
2. Se eliminarán aquellas vacantes anunciadas cuando se produzca un error de definición en las mismas o se trate de una plaza cuyo funcionamiento no esté previsto en la planificación educativa.
3. Asimismo, se podrán eliminar o modificar las resultas como consecuencia de la no obtención de destino del titular del correspondiente puesto o por planificación educativa.
Sexto.– Peticiones de vacantes.
1. Los aspirantes incluidos en el listado de admitidos indicado en el apartado cuarto.2 deberán realizar la correspondiente petición de vacantes obligatoriamente a través de la aplicación informática disponible en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) con acceso privado.
Dichas peticiones así efectuadas supondrán la correcta presentación de las mismas ante la Administración sin necesidad de su registro.
Únicamente se considerarán como válidas las peticiones consignadas en el último acceso a la citada aplicación.
En la página de inicio de la aplicación se podrá consultar y descargar un manual de usuario en el que se explican los pasos a seguir para cumplimentar las peticiones de vacantes y resultas.
2. Los aspirantes consignarán por orden de preferencia en la aplicación informática, los puestos a los que deseen optar, siempre que cumplan los requisitos necesarios para ello, utilizando el código identificativo que aparezca en la relación de vacantes y resultas.
3. Para solicitar puestos con acreditación de la competencia lingüística deberá poseerse la habilitación o ser titular de la especialidad correspondiente y la acreditación de dicha competencia lingüística en el oportuno idioma obtenida conforme al apartado segundo.1.d).
En el cuerpo de maestros deberá tenerse presente que las plazas de inglés de los centros acogidos al convenio con el «British Council» requerirán la habilitación en la especialidad en lengua extranjera: inglés y la acreditación lingüística en dicho idioma.
Las acreditaciones derivadas de dichas convocatorias serán incorporadas de oficio por la Administración.
4. Podrán solicitarse los puestos correspondientes al cuerpo de maestros configurados con otras asignaturas complementarias o de horario compartido con otra u otras especialidades siempre que el solicitante tenga reconocidos los requisitos necesarios para impartirlas.
En el resto de cuerpos, se podrán solicitar los puestos con asignaturas complementarias o de horario compartido con otra u otras especialidades afines en el mismo centro, siempre que el aspirante posea la primera especialidad por el que esté definido el puesto.
5. Los participantes con destino definitivo no podrán solicitar puestos de los centros ubicados en la localidad donde radique dicho destino.
6. Los participantes con destino provisional no podrán solicitar puestos de los centros ubicados en la localidad del destino obtenido en el proceso de adjudicación de destinos provisionales para el curso 2018/2019.
7. Sin perjuicio de lo indicado anteriormente, los funcionarios que obtuvieron destino en el anterior procedimiento convocado por la Resolución de 31 de mayo de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, podrán solicitar y, en su caso, obtener la continuidad en el puesto como máximo en los siguientes dos cursos escolares, si así lo manifiestan en la petición de vacantes, siempre que cumplan los requisitos de esta convocatoria y no exista resolución desestimatoria de la dirección provincial de educación emitida a partir de informe motivado desfavorable del director del centro.
En caso de emitirse informe desfavorable por el director del centro, que deberá estar suficientemente motivado, se dará traslado del mismo al interesado con el fin de efectuar las correspondientes alegaciones en el plazo de cinco días hábiles. Dicho informe junto con las alegaciones, será remitido al titular de la dirección provincial de educación para su resolución en el plazo de cinco días hábiles. Contra dicha resolución, que no pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes ante el correspondiente titular de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León.
Asimismo, la continuidad estará condicionada a la existencia de vacante o resulta, o a que la plaza no sea solicitada por otro funcionario con mayor derecho que el interesado en el proceso de adjudicación de destinos provisionales, de acuerdo con las prioridades que se determinen por la Dirección General de Recursos Humanos, por lo que no generará derecho alguno a favor del solicitante.
Para optar a la continuidad en el puesto asignado durante el curso 2017/2018, deberá indicarlo en el apartado correspondiente, procediendo la aplicación informática a incorporar el puesto o puestos de la especialidad por la que ha sido nombrado en dicho curso aun teniendo otras características. En el caso de puestos bilingües dicha incorporación requerirá el mantenimiento de ese carácter.
En el caso de existir varios participantes que soliciten la continuidad en el puesto se tendrá en cuenta los criterios de desempate indicados en el segundo párrafo del apartado séptimo.1.
No obstante, quienes soliciten la continuidad y en previsión de la no concesión de la misma podrán hacer uso de la petición de vacantes y posibles resultas señalada en este apartado.
8. En cualquier caso, se entenderán solicitados por los aspirantes exactamente los puestos a que correspondan los códigos consignados en su petición de vacantes.
Cualquier dato omitido, incompleto o consignado erróneamente por el interesado y que afecte a la adjudicación, no podrá ser invocado por éste a efectos de futuras reclamaciones ni considerar, por tal motivo, lesionados sus intereses y derechos.
9. Finalizado el plazo de presentación de peticiones de vacantes no se admitirá ningún cambio en las mismas.
10. Los participantes admitidos en este proceso que no realicen ninguna petición de vacantes en la aplicación informática se entenderá que desisten de su participación y deberán ocupar su destino definitivo o, en su caso, el provisional que obtuvieron en el proceso de adjudicación de destinos provisionales para el curso 2018/2019.
Séptimo.– Procedimiento para la adjudicación de puestos.
1. Sin perjuicio de la posibilidad de la continuidad en el puesto indicada en el apartado sexto.7, la aplicación informatizada efectuará las adjudicaciones conforme a las especialidades señaladas en la solicitud, a las peticiones consignadas por el aspirante conforme a lo recogido en el apartado sexto, teniendo en cuenta la puntuación obtenida por cada participante en el concurso de traslados convocado por la Orden EDU/902/2017, de 17 de octubre, para el cuerpo de maestros, o en el convocado por la Orden EDU/903/2017, de 17 de octubre, para el resto de cuerpos.
En el caso de que se produzcan empates, éstos se resolverán conforme a los criterios de desempate que se establecen en los apartados de la convocatoria de los citados concursos.
2. Aun cuando se concurra a plazas de diferentes especialidades, solamente podrá obtenerse un único destino.
Octavo.– Resolución del procedimiento.
1. Una vez realizado el proceso informático de adjudicación, y de manera separada para el cuerpo de maestros y para el resto de cuerpos docentes, la Dirección General de Recursos Humanos dictará, en el plazo máximo de 24 horas desde la finalización del plazo para la cumplimentación de peticiones, las correspondientes resoluciones de adjudicación de destinos que se publicarán antes del 1 de septiembre de 2018, junto a los Anexos con los listados de adjudicación, así como los de desistimientos distintos de los indicados en el apartado cuarto.2, eliminaciones o modificaciones de vacantes o resultas.
La citada resolución así como los anexos mencionados únicamente se publicarán en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad, en la misma fecha, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).
Contra dicha resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Director General de Recursos Humanos en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación.
En los Anexos mencionados en el punto 1 se incluirán, al menos, el nombre, apellidos, y los cuatro últimos dígitos del DNI de los participantes y, según proceda, la puntuación, las especialidades consignadas y el destino adjudicado o su denegación.
Asimismo, con el objeto de dar la mayor publicidad, el contenido de todos los anexos antes citados podrán ser consultados en el servicio telefónico de información y atención al ciudadano 012 (para llamadas desde fuera de la Comunidad de Castilla y León 983 327 850).
2. Se podrán anular los destinos adjudicados como consecuencia de cambios sobrevenidos que pudieran afectar tanto a la propia vacante o resulta como a las características de aquélla, y que sean consecuencia de la planificación educativa en relación con la organización de grupos, horarios, ciclos o actividades educativas. A los participantes afectados se les ofertará, en caso de ser posible, otra plaza de características similares.
Noveno.– Irrenunciabilidad de los destinos.
1. Una vez hecha pública la adjudicación de la plaza, no se aceptará la renuncia al destino obtenido, salvo por razones del servicio o por situaciones excepcionales, cuya valoración corresponderá a la Dirección General de Recursos Humanos previo informe, en su caso, de la dirección provincial de educación correspondiente.
2. Los destinos adjudicados serán considerados de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de la indemnización en concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón del servicio.
Décimo.– Nombramiento e incorporación al destino.
1. El Director General de Recursos Humanos nombrará en comisión de servicios a los participantes que hayan obtenido destino mediante el presente procedimiento.
El nombramiento en puestos de las secciones bilingües y lingüísticas implicará la obligatoriedad de impartir las horas en el idioma de las mismas. En caso de no completar horario con las horas de las áreas o materias no lingüísticas propias de dichas secciones se impartirán horas no bilingües, de acuerdo con los criterios de elección de horarios establecidos por la normativa de aplicación.
2. No obstante, se podrá revocar el nombramiento al constatarse el incumplimiento de alguno de los apartados de esta convocatoria. Sin perjuicio de la posible incursión en responsabilidad disciplinaria, aquellos participantes a los que, en su caso, se revoque la comisión de servicios por causas imputables al propio interesado, no podrán volver a solicitar plazas en virtud de este procedimiento de provisión durante los cinco cursos siguientes a la fecha en que se haga efectiva dicha revocación.
3. La comisión de servicios tendrá efectos desde el 1 de septiembre de 2018 hasta el 31 de agosto de 2019.
4. En las resoluciones de la Dirección General de Recursos Humanos por las que se resuelvan las adjudicaciones de destinos se indicarán las fechas de incorporación a los mismos, sin perjuicio del deber de participar en los centros en los que estuvieran destinados durante el curso 2017/2018 en las labores de evaluación de los alumnos.
Undécimo.– Elección de horarios y grupos.
1. La adjudicación de plaza mediante esta convocatoria, implicará la renuncia expresa del interesado al orden de prelación que la normativa establece para la elección de horarios y grupos en el centro al que sea destinado.
2. Deberá realizar dicha elección inmediatamente después de los funcionarios docentes destinados definitiva y provisionalmente en dicho centro y con anterioridad, en su caso, a los funcionarios en prácticas y a los funcionarios interinos, sin perjuicio de lo indicado en el apartado décimo.1 en relación con las enseñanzas bilingües.
3. En el supuesto de que dos o más funcionarios nombrados en comisión de servicios entren en concurrencia en esa elección, la prelación vendrá dada por el orden establecido en el apartado séptimo.1, sin perjuicio del derecho preferente en la elección de horarios reconocida a los funcionarios que pertenecen al cuerpo de catedráticos únicamente para este supuesto.
Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de le Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante el Director General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Valladolid, 22 de mayo de 2018.
El Director General
de Recursos Humanos, Fdo.: Jesús Manuel Hurtado Olea[/vc_column_text][/vc_tab][vc_tab title=»7.- Adjudicación Definitiva» tab_id=»1508923165582-6-2″][vc_column_text]
La Resolución de 18 de abril de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos (403.1 KB)(5 páginas) (BOCYL de 27-abr-2018) hace publica la parte dispositiva de la Orden de 18 de abril de 2018, de la citada Consejería, por la que se adjudican con carácter definitivo los destinos correspondientes al concurso de traslados de ámbito autonómico, entre los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, convocado en el curso 2017/2018, por la Orden EDU/902/2017, de 17 de octubre.
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Anexos que acompañan a la Resolución:
- Derecho preferente a centro: Anexo I (29.9 KB) (1 página)
- Derecho preferente a localidad o zona: Anexo II (30.7 KB) (1 página)
-
Adjudicación por orden de puntuación: Anexo III (3.2 MB) (67 páginas)
- Relación alfabética de participantes: Anexo IV (3.1 MB) (203 páginas)
-
Incorporaciones de oficio: Anexo V (48.3 KB) (1 página)
- Excluidos: Anexo VI (11.8 KB) (1 página)
-
Alegaciones y modificaciones de oficio: Anexo VII (38 KB) (10 páginas)
- Desistimientos (Renuncias): Anexo VIII (49.2 KB) (6 páginas)
[/vc_column_text][/vc_tab][vc_tab title=»6.- Vacantes Definitivas» tab_id=»1508923133071-5-7″][vc_column_text]
RELACIÓN DEFINITIVA:
La Resolución de 11 de abril de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos (373.4 KB) (3 páginas) (BOCYL de 18-abr-2018) publica la parte dispositiva de la Resolución de la misma fecha y Dirección General, por la que se aprueba la relación definitiva de vacantes a ofertar en el concurso de traslados, de ámbito autonómico, convocado por la Orden EDU/902/2017, de 17 de octubre, entre los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, y la modificación definitiva de las unidades y puestos de determinados centros públicos de educación infantil, primaria y especial, centros de educación obligatoria, institutos de educación secundaria y centros de educación de personas adultas pertenecientes al citado cuerpo.
Anexos que acompañan a la resolución:
- Centros públicos de E. Infantil, Primaria y Especial y Centros de Educación Obligatoria con puestos de trabajo vacantes de carácter ordinario y singular/itinerante: Anexo I (1 MB) (19 páginas)
- Institutos de Educación Secundaria con puestos de trabajo vacantes en los cursos primero y segundo de la Educación Secundaria Obligatoria de carácter ordinario y singular/itinerante: Anexo II (151.1 KB) (4 páginas)
- Centros de Educación de Personal Adultas con puestos de trabajo vacantes de carácter ordinario y singular/itinerante: Anexo III (86.3 KB) (3 páginas)
- Relación de Centros Públicos de E. Infantil, Primaria, Especial y Obligatoria con indicación de aquellos puestos que se definen como ordinarios y singulares/itinerantes: Anexo IV (282.3 KB) (48 páginas)
- Relación de Institutos de Educación Secundaria, con indicación de aquellos puestos que se definen como ordinarios y singulares/itinerantes: Anexo V (45.2 KB) (11 páginas)
- Relación centros de Educación de Personas Adultas, con indicación de aquellos puestos que se definen como ordinarios y singulares/itinerantes: Anexo VI (17.4 KB) (4 páginas)
[/vc_column_text][/vc_tab][vc_tab title=»5.- Adjudicación Provisional» tab_id=»1508923106642-4-5″][vc_column_text]
La Resolución de 5 de marzo de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos (75.1 KB) (3 páginas) adjudican con carácter provisional los destinos correspondientes al concurso de traslados de ámbito autonómico, entre los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, convocado por la Orden EDU/902/2017, de 17 de octubre.
Alegaciones y desistimientos:
Plazo para la presentación de alegaciones: del 7 al 14 de marzo de 2018 (ambos incluidos).
Apartado 3.2 de la Resolución: En el citado plazo, únicamente quienes hayan participado voluntariamente en dicha convocatoria, hayan obtenido o no destino provisional, podrán presentar el desistimiento total a su participación en el concurso, debiendo utilizar el modelo siguiente: Anexo_VII_Modelo Desistimiento (53 KB) (1 página) .
Anexos que acompañan a la resolución:
- Derecho preferente a centro: Anexo_I_DPC (29.9 KB) (1 página)
- Derecho preferente a localidad o zona: Anexo_II_DPL (30.7 KB) (1 página)
- Listado de adjudicaciones por orden de puntuación: Anexo_III_Adjudicaciones (3.2 MB) (67 páginas)
- Relación alfabética de participantes: Anexo_IV_ALFABETICO (3.3 MB) (221 páginas)
- Concursantes incorporados de oficio: Anexo_V_Incorporados De Oficio (11.4 KB) (1 página)
- Relación de participantes excluidos de la participación en el concurso, con expresión de las causas: Anexo_VI_EXCLUIDOS (11.6 KB) (1 página)
[/vc_column_text][/vc_tab][vc_tab title=»4.- Baremación Definitiva» tab_id=»1508923044515-2-2″][vc_column_text]
De acuerdo con lo dispuesto en la Apartado 21.2 de la Orden EDU/902/2017, de 17 de octubre, por la que se convoca, en el curso 2017/2018, concurso de traslados de ámbito autonómico, entre los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, se expone la relación definitiva de participantes.
Contra esta relación definitiva no podrá efectuarse alegación alguna debiendo esperarse a la publicación de la resolución por la que la Dirección General de Recursos Humanos apruebe la adjudicación provisional de destinos.
Relaciones definitivas expuestas:
- Relaciones alfabéticas definitivas:
- ALFABETICO_AV (1.9 MB) (61 páginas)
- ALFABETICO_BU (242.7 KB) (44 páginas)
- ALFABETICO_LE (3.5 MB) (107 páginas)
- ALFABETICO_PA (1.2 MB) (40 páginas)
- ALFABETICO_SA (3 MB) (95 páginas)
- ALFABETICO_SE (1.3 MB) (42 páginas)
- ALFABETICO_SO (767.8 KB) (25 páginas)
- ALFABETICO_VA (4 MB) (127 páginas)
- ALFABETICO_ZA (2.1 MB) (66 páginas)
- Relaciones definitivas derecho preferente a centro: DPC_AV (6.2 KB) (1 página)
- Relación definitiva de participantes excluidos: Excluidos (11.4 KB) (1 página)
- Participantes incorporados de oficio: Incorporados de Oficio (11.3 KB) (1 página)
- Alegaciones estimadas, desestimadas y modificaciones de oficio:
- Alegaciones_AV (44.9 KB) (8 páginas)
- Alegaciones_BU (19.6 KB) (7 páginas)
- Alegaciones_LE (52.9 KB) (10 páginas)
- Alegaciones_PA (25 KB) (4 páginas)
- Alegaciones_SA (58.8 KB) (10 páginas)
- Alegaciones_SE (16.7 KB) (3 páginas)
- Alegaciones_SO (24.6 KB) (4 páginas)
- Alegaciones_VA (83.7 KB) (14 páginas)
- Alegaciones_ZA (27.4 KB) (5 páginas)
- Subsanaciones efectuadas:
- Subsanaciones Realizadas_AV (16.9 KB) (3 páginas)
- Subsanaciones Realizadas_BU (15.5 KB) (5 páginas)
- Subsanaciones Realizadas_LE (23.8 KB) (5 páginas)
- Subsanaciones Realizadas_PA (15.3 KB) (3 páginas)
- Subsanaciones Realizadas_SA (27 KB) (5 páginas)
- Subsanaciones Realizadas_SE (12.5 KB) (2 páginas)
- Subsanaciones Realizadas_SO (6.1 KB) (1 página)
- Subsanaciones Realizadas_VA (54.5 KB) (8 páginas)
- Subsanaciones Realizadas_ZA (18.1 KB) (3 páginas)
[/vc_column_text][/vc_tab][vc_tab title=»3.- Vacantes Provisionales» tab_id=»1508923076351-3-0″][vc_column_text]
RELACIÓN PROVISIONAL:
Publicado el 23 de febrero de 2018, a las 14:00 horas
La Resolución de 22 de febrero de 2018, de la Dirección General de Recursos Humanos (185.4 KB) (3 páginas) aprueba la relación provisional de vacantes a ofertar en el concurso de traslados, de ámbito autonómico, convocado por la Orden EDU/902/2017, de 17 de octubre, entre los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, y la modificación provisional de las unidades y puestos de determinados centros públicos de educación infantil, primaria y especial, centros de educación obligatoria, institutos de educación secundaria y centros de educación de personas adultas pertenecientes al citado cuerpo.
Anexos que acompañan a la resolución:
- Centros públicos de E. Infantil, Primaria y Especial y Centros de Educación Obligatoria con puestos de trabajo vacantes de carácter ordinario y singular/itinerante: Anexo I (1 MB) (19 páginas)
- Institutos de Educación Secundaria con puestos de trabajo vacantes en los cursos primero y segundo de la Educación Secundaria Obligatoria de carácter ordinario y singular/itinerante: Anexo II (142.2 KB) (4 páginas)
- Centros de Educación de Personal Adultas con puestos de trabajo vacantes de carácter ordinario y singular/itinerante: Anexo III (86.3 KB) (3 páginas)
- Relación de Centros Públicos de E. Infantil, Primaria, Especial y Obligatoria con indicación de aquellos puestos que se definen como ordinarios y singulares/itinerantes: Anexo IV (734.4 KB) (48 páginas)
- Relación de Institutos de Educación Secundaria, con indicación de aquellos puestos que se definen como ordinarios y singulares/itinerantes: Anexo V (102.2 KB) (11 páginas)
- Relación centros de Educación de Personas Adultas, con indicación de aquellos puestos que se definen como ordinarios y singulares/itinerantes: Anexo VI (25.4 KB) (4 páginas)
[/vc_column_text][/vc_tab][vc_tab title=»2.- Baremación Provisional» tab_id=»be2403c0-6254-9″][vc_column_text]
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 21 de la Orden EDU/902/2017, de 17 de octubre (BOCYL del 25) por la que se convoca, en el curso 2017/2018, concurso de traslados de ámbito autonómico entre los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Maestros para la provisión de plaza en la Comunidad de Castilla y León, se expone la Relación provisional de participantes.
Se establece un plazo de 7 días naturales para que los interesados presenten alegaciones o subsanen los méritos alegados y no justificados: del 1 al 7 de febrero de 2018, ambos incluidos.
Relaciones provisionales expuestas:
- Derecho preferente a centro:
- Relación alfabética provisional de participantes:
- Alfabetico_AV (1.9 MB) (57 páginas)
- Alfabetico_BU (237.9 KB) (41 páginas)
- Alfabetico_LE (3.5 MB) (102 páginas)
- Alfabetico_PA (1.2 MB) (37 páginas)
- Alfabetico_SA (3 MB) (90 páginas)
- Alfabetico_SE (1.3 MB) (39 páginas)
- Alfabetico_SO (759.2 KB) (22 páginas)
- Alfabetico_VA (4 MB) (119 páginas)
- Alfabetico_ZA (2.1 MB) (63 páginas)
- Relación provisional de subsanaciones:
- Subsanacion_AV (15.3 KB) (2 páginas)
- Subsanacion_BU (14.3 KB) (4 páginas)
- Subsanacion_LE (20.1 KB) (3 páginas)
- Subsanacion_PA (13.7 KB) (2 páginas)
- Subsanacion_SA (24.8 KB) (4 páginas)
- Subsanacion_SE (12.3 KB) (2 páginas)
- Subsanacion_SO (6 KB) (1 página)
- Subsanacion_VA (50.9 KB) (7 páginas)
- Subsanacion_ZA (16.3 KB) (2 páginas)
- Relación provisional de excluidos: EXCLUIDOS (49.1 KB) (1 página)
- Relación de incorporaciones efectuadas de oficio: Incorporados de oficio (48.7 KB) (1 página)
[/vc_column_text][/vc_tab][vc_tab title=»1.- Convocatoria» tab_id=»f7da80dc-5132-2″][vc_column_text]
La Orden EDU/902/2017, de 17 de octubre (20.4 MB) (58 páginas) (BOCYL de 25-oct-2017) convoca, en el curso 2017/2018, concurso de traslados de ámbito autonómico, entre los funcionarios pertenecientes al cuerpo de maestros, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León.
INFORMACIÓN DESTACADA El acceso a la aplicación estará disponible desde el día 26 de octubre de 2017, primer día del plazo de solicitud. De acuerdo con lo establecido en el apartado 12.1 de la orden de convocatoria, la solicitud se cumplimentará obligatoriamente a través de esta aplicación informática. |
Apartado 13.1 de la orden de convocatoria: «… no será necesaria la presentación de los documentos justificativos de las actividades de formación que se ajusten a los apartados 5.1 y 5.2 del anexo III que figuren inscritos en el Registro de Formación Permanente del Profesorado de Castilla y León en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes» |
Podrá consultar el Registro de Formación Permanente siguiendo las instrucciones de este enlace: registro de formación
|
- Plazo de presentación de solicitudes: Del 26 de octubre al 13 de noviembre de 2017 (ambos incluidos)
– Anexos que acompañan a la convocatoria:
- Solicitud de participación: Anexo II disponible en la aplicación para cumplimentar el concurso de traslados.
- Baremo: Anexo I (117.7 KB) (13 páginas)
- Hoja de alegación de méritos a evaluar por las comisiones provinciales: Anexo III (122.7 KB) (1 página)
- Hoja de alegación de méritos a evaluar por las secciones de personal: Anexo IV (277.1 KB) (2 páginas)
- Modalidad simplificada de baremación: Anexo V disponible en la aplicación para cum plimentar el concurso de traslados.
- Códigos de especialidades y provincias: Listado I (58.7 KB) (1 página)
- Relación de centros de Ed. Infantil, Primaria, Especial y Obligatoria: Listado II (189.9 KB) (29 páginas)
- Relación de centros de Ed. Infantil, Primaria, Especial y Obligatoria. Carácter singular/itinerante: Listado III (374.7 KB) (73 páginas)
- Relación de Institutos de enseñanza secundaria. Ordinarios: Listado IV (75.7 KB) (12 páginas)
- Relación de Institutos de enseñanza secundaria. Itinerantes: Listado V (30.6 KB) (3 páginas)
- British Council y centros con secciones bilingües: Listado VI (57.9 KB) (11 páginas)
- Relación de centros y aulas de Ed. de Personas Adultas: Listado VII (37.5 KB) (4 páginas)
- Relación de centros educación compensatoria: Listado VIII (49 KB) (8 páginas)
[/vc_column_text][/vc_tab][vc_tab title=»0.- Adquisición Especialidades» tab_id=»1508923415278-12-7″][vc_column_text]
RECORDATORIO: El plazo presentación es el mes de octubre de cada año. (Art. 3.5 ).
Las nuevas habilitaciones serán válidas para el Concurso de Traslados de este curso 17-18[/vc_column_text][vc_btn title=»AMPLIAR INFORMACIÓN» color=»juicy-pink» align=»center» link=»url:http%3A%2F%2Fstecyl.net%2Fadquisicion-nuevas-especialidades-curso-17-18-cuerpo-de-maestros%2F||target:%20_blank|»][/vc_tab][/vc_tabs][/vc_column][/vc_row]